El derecho agrario cubano: en busca de su autonomía jurisdiccional

AuthorRolando Pavo Acosta
ProfessionProfesor de Derecho Agrario
Pages234-256
El Derecho Agrario; su teoría general Rolando Pavó Acosta
234
VII. EL DERECHO AGRARIO CUBANO: EN BUSCA DE SU AUTONOMÍA
JURISDICCIONAL.
1. El artículo 54 de la Ley de Reforma Agraria de 1959 y la proyección de una
nueva justicia agraria.
La Ley de 17 de mayo de 1959, constituyó el instrumento jurídico fundamental de la
Reforma Agraria en Cuba, proceso que se extendió hasta 1963 y que trasciende
precisamente por su brevedad e integralidad. La Ley en su artículo 54 se pronunció por
la creación de tribunales de tierra, lo cual visto en retrospectiva resulta sorprendente y
revolucionario, en todos los sentidos del término; sin embargo la propuesta ha pasado
casi inadvertida para los estudiosos del Derecho Agrario, pues la literatura jurídica de
nuestro continente a penas le ha concedido relevancia -con la excepción del profesor
Ricardo Zeledón que reparó en ello, tal y como se comentará más adelante en la
exposición-, aconteciendo que, se le ha atribuido todo el mérito sobre la construcción
normativa de los tribunales agrarios a la experiencia instrumentada por los peruanos en
1969. Tal vez la referida posición doctrinal derive de la apreciación de que en definitiva
dichos tribunales nunca se implantaron en Cuba, hecho que unido al silencio posterior
de la legislación y de la doctrina cubana a este respecto, hacen que todavía a 50 años,
queden varias interrogantes sin la debida respuesta y que valdría la pena retomar,
entre ellas las siguientes:
¿Cuáles fueron los factores que conforman el contexto histórico determinante de
la propuesta de creación de tribunales de tierra, contenida en el artículo 54 de la
Ley de Reforma Agraria de 17 de mayo de 1959?
¿Cuáles fueron los factores que determinaron la no implantación de los
tribunales de tierra, ni en ese instante, ni en un momento posterior?
¿En qué medida resulta vigente esta propuesta?
Para encontrar las respuestas adecuadas a tales cuestiones se emplearon los
siguientes métodos y técnicas de investigación científica: el análisis histórico, para
evaluar el contexto en el cual se formuló la propuesta de creación de tribunales de
tierra y las circunstancias determinantes de su no implantación, el análisis histórico
El Derecho Agrario; su teoría general Rolando Pavó Acosta
235
jurídico de las normas jurídicas para el examen de los antecedentes normativos de
los tribunales de tierra, el análisis de documentos: para identificar posibles
antecedentes sobre la creación de tribunales de tierra en programas de partidos
políticos, actas de congresos y otros, la técnica de entrevista, para indagar acerca
de los conocimientos, las opiniones y percepciones de los expertos en torno al
origen de la propuesta de creación de tales tribunales.
Pocas personas se atreverían a no reconocer la trascendencia del logro de
mayores niveles de realización de la justicia para todos los miembros de la sociedad,
de manera que toda indagación científica que centre su atención en los problemas
relativos a la administración de justicia, va a resultar de indudable actualidad e
importancia, y mucho más si se trata del ejercicio de la función jurisdiccional en
materia agraria, precisamente por la trascendencia económica y social del sector
agrario.
261
A escala nacional resulta notoria la escasez, de los trabajos de investigación
realizados acerca de la historia de la administración de justicia y muy
particularmente sobre la evolución del ejercicio de la jurisdicción en materia agraria.
La ausencia de debates en Cuba, a este respecto ha constituido entonces una de
las motivaciones para la elaboración de este trabajo, que puede considerarse como
uno de los frutos demorados de la investigación en la que he venido trabajando
desde 1993.
262
2. Las tendencias en la doctrina acerca del ejercicio de la jurisdicción agraria.
Constituye un criterio consolidado en la doctrina jurídica, que el proceso judicial como
institución jurídica y como realidad sociojurídica no debe considerarse como un fin en sí
261
A este respecto el profesor Ricardo Zeledón ha ubicado a la justicia agraria como una de las
dimensiones para los nuevos desarrollos del Derecho Agrario, señalando como un desafío
primordial en este ámbito, el establecimiento de un sistema de administración de justicia que
asegure la igualdad material y no meramente formal, como una garantía democrática de
seguridad para los ciudadanos. Ver Ricardo Zeledón Zeledón: El Derecho Agrario. Nuevas
Dimensiones, p.234.
262
Ya había tratado aunque sólo tangencialmente la cuestión, en trabajos como: “La
Jurisdicción Agraria en Cuba: fundamentos históricos y problemática actual”, Mecanismos y
procedimientos de solución de los conflictos agrarios en Cuba, El Modelo Cubano de solución
de los Conflictos Agrarios: su formación y perspectivas, “La jurisdicción agraria; una mirada
actual desde la perspectiva cubana” y “Los dilemas procesales del Derecho Agrario cubano.

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT