El ámbito subjetivo de la justicia administrativa

AuthorBenjamin Marcheco Acuña
Pages89-145
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CAPÍTULO III
El ámbito subjetivo de la justicia administrativa
III.1. La legitimación en el proceso administrativo.
Aspectos conceptuales
El proceso se presenta como el conjunto de actividades de dos tipos
de sujetos (partes) frente a un órgano jurisdiccional, que litigan sobre
la conformidad con el Derecho de una pretensión. Los distintos tipos
de partes están determinados por la relación que estas guardan con la
pretensión procesal. Así, son partes del proceso los sujetos jurídicos
que pretenden (demandantes) o frente a los que se pretende (demanda-
dos), una tutela jurisdiccional concreta y que, afectados por el pronun-
ciamiento judicial correspondiente, asumen plenamente los derechos,
cargas y responsabilidades inherentes al proceso.199
La posición concreta de la parte en un proceso especíco estará dada
por la relación que se guarde con la pretensión procesal, es decir, por
la legitimación.
El concepto de legitimación, –se ha dicho– «es uno de los más debatidos
y al mismo tiempo más confusos del Derecho procesal. La confusión
viene de lejos y depende de que con esa palabra se han designado histó-
ricamente (…) cosas muy distintas».200 Para la doctrina procesal moder-
na la legitimación tiene el especíco signicado de ser –según la deni-
ción de guaSP, que en Cuba sigue griLLo Longoria–, «la consideración
en que tiene la ley, dentro de cada proceso, a las personas que se hallan
en una determinada relación con el objeto del litigio, y, en virtud de la
199 de La oLiva SantoS, a. y FernÁndez, m. a. Derecho Procesal Civil I, Editorial
Centro de Estudios Ramón Areces, Madrid, 1996, p. 480.
200 gonzÁLez Pérez, J. Derecho Procesal Administrativo, 2a ed., Instituto de Estu-
dios Políticos, Madrid, 1966, t-2, p. 267.
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Benjamin marcheco acuña
cual exige, para que la pretensión procesal sea examinada en cuanto
al fondo, que sean dichas personas las que guren como partes en el
proceso».201
La legitimación, como concepto propio de la teoría general del dere-
cho procesal, es igualmente de aplicación al proceso administrativo, en
el que vendría dada entonces por la especial aptitud de un sujeto para
actuar como parte en un proceso de esa naturaleza, por razón de su re-
lación con una actuación administrativa previa.
No obstante el tratamiento de la legitimación en lo contencioso- admi-
nistrativo no atiende a criterios estrictamente procesales, pues la posi-
bilidad de acceso a la jurisdicción está determinada por el régimen re-
gulador de la actividad de la Administración y el ámbito de extensión la
justicia administrativa. En el Derecho Administrativo –arma garrido
FaLLa– «lo normal es que todas las situaciones jurídicas que pueden dar
lugar a que una pretensión se actúe ante órganos jurisdiccionales ofrece
un sujeto común: La Administración pública, cambiando solamente el
particular. Esta consideración es, desde luego, suciente para alterar
todo el problema de la legitimación, hasta hacer de él una cuestión es-
pecíca del Derecho material administrativo».202
En efecto, la posibilidad de gurar como parte en un proceso adminis-
trativo está condicionada, en primer lugar, por la existencia de una ac-
tividad administrativa que el ordenamiento considere susceptible de ser
enjuiciada por la jurisdicción y luego por la especial relación que con
dicha actividad tiene el sujeto. En dependencia de los criterios que de-
na el ordenamiento para determinar la condición exigible para actuar en
el proceso, o para denir frente a quien puede dirigirse la acción, estará
decidiendo igualmente el grado de control que sobre la actividad ad-
ministrativa puede ejercerse en sede judicial; por lo que, mientras más
reducidos o extensos sean los criterios de legitimación activa o pasiva
y, consecuentemente, la inuencia de los tribunales sobre la actividad
201 guaSP, J. Derecho Procesal Civil, 7a ed., Thomson- Civitas Editorial Aranzadi,
Madrid, 2004, t-I, p. 222, (1a ed. 1956); griLLo Longoria, R. Derecho Procesal
Civil II, 2da ed., Editorial Félix Varela, La Habana, 2004, p. 93.
202 garrido FaLLa, F. Régimen de Impugnación de los Actos Administrativos, Ins-
tituto de Estudios Políticos, Madrid, 1956, p. 18.
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Fundamentos de la justicia administrativa
de la Administración, así también variará el contenido del Derecho Ad-
ministrativo material.
III.2. La legitimación del particular. Las situaciones
jurídicas subjetivas
El problema de la legitimación activa en lo contencioso-administrativo
se conduce a determinar la titularidad jurídica que ha de exigirse para
accionar contra una actuación de la Administración susceptible de ser
conocida por la jurisdicción. Tradicionalmente se ha conducido en dos
vertientes: la existencia de una situación jurídica subjetiva eventual-
mente lesionada o la defensa de la legalidad objetiva. En dependencia
de cual sea esta, se estaría ante una concepción subjetiva u objetiva de
la jurisdicción administrativa.203
La jurisdicción contenciosa subjetiva, como acaba de decirse, está des-
tinada a la protección de situaciones jurídicas de carácter subjetivo que
eventualmente le hayan sido vulneradas a su titular; por lo que la legi-
timación estaría entonces en función de la atribución subjetiva de la si-
tuación jurídica y la pretensión que se deduce en el proceso y que tiene
como punto de partida la relación jurídica material entre el demandante
y la Administración, o entre aquel y otro particular con intervención
de la Administración. Tanto en uno como en otro supuesto, –arma
gonzÁLez Pérez˗ «es incuestionable la legitimación para incoar
el proceso de aquél titular de la relación al que se le niega, no se le
reconoce, se modica en su perjuicio o se le declara extinguida una
203 A León duguit se debe la terminología que distingue entre la jurisdicción obje-
tiva y subjetiva. Cfr. duguit, L. Manual de Derecho Constitucional (traducción
por José G. acuña), 2a ed. española, Francisco Beltrán, Librería española y
extranjera, Madrid, 1926, p. 114, que luego ha seguido la doctrina (por todos
cfr. Laubadère, a.; venezia, J. C; gaudemet, Y. Traité de Droit Administratif,
14a ed., Librairie Générale de Droit Administratif et Jurisprudence, Paris, 1996,
t-I, p. 465.

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