La Constitución cubana de 1976: entre la estabilidad y el cambio

AuthorJosefina A. Méndez López / Danelia Cutié Mustelier
Pages157-168
La Constitución cubana de 1976: entre la estabilidad
y el cambio
J A. M L / D C M
El nacimiento de la Constitucióncubana, el  de febrero de , coincidiendo
justamente con un an iversario más del inicio de la gesta revolucionaria de
, dejaba atrás la Ley Fundamental de , con todas sus enmiendas y
transformaciones y diecisiete largos años de provisionalidad del gobierno y la s
formas estatales. Su aprobación representó para Cuba la institucionalización
del orden socialista que ya existía, la consagración jurídica de lo que, de hecho,
se ha bí a lo gr ad o; pe ro a de má s, er a t am bi én l a l eg it im ac ió n d e u n pr og ra m a, d e
un futuro y de un sueño político y social. Su signicación histórica, nacional,
regional y política ha sido sucientemente tratada, pero en menor grado ha
sido vista su signicación jurídica; a decir del profesor Julio Fernández Bulté
la Constitución del  es «la obra jurídica fundamental de la Revolución, que
señaló la culminación del proceso liberta rio cubano».
Venía así, l a Constitución cubana, como poder jurídico supremo, a
cumplir las funciones de seguridad, justicia y legitimidad, expresadas de
manera dinámica en las dos dimensiones de su estructura constitucional.
En la parte orgánica de este t exto, aparece la función de seguridad, cuando se
responde a las interrogantes ¿quién m anda?, ¿quién ejerce el poder y cómo
se ejerce? A l respecto, véanse los capítulos I, IX, X y XII. Por su parte, la
función de justicia en su núcleo dogmático (capítulo VI I y otros artícu los
diseminados por todo el texto constitucional) responde a la interrogante ¿qué
se manda? Las respuestas a estas preguntas –sigu iendo a Peces Barba– a
1 Julio Fernández Bulté: «Patria y Legislación. Cien años sin s oledad», en Granma, La
Habana, 5 de enero, 20 01, p. 3.
2 Cfr. Gregorio Peces Barba: «La Constitución y la seguridad jurídica», en Claves de razón
práctica, n.º 138, Madrid, 20 03, pp. 4 y ss.
3 Ibídem.

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