El cooperativismo en España y Cuba: ideas convergentes sobre la participación de las mujeres

Páginas296-314
Fecha01 Mayo 2020
Fecha de publicación01 Mayo 2020
AutorEliana Alemán Salcedo,Lisett D. Páez Cuba,Lohitzune Zuloaga Lojo
MateriaDerecho Mercantil y de la Empresa
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ISSN 2310 -340X RNPS 2349 -- COODES Vol. 8 No. 2 (mayo-agosto)
Alemán Salcedo, E., Páez Cuba, L.D., Zuloaga Lojo, L. El cooperativismo
en España y Cuba: ideas convergentes sobre la participación de las
mujeres p. 296-314
Disponible en: http://coodes.upr.edu.cu/index.php/coodes/article/view/325
2020
El cooperativismo en España y
Cuba: ideas convergentes sobre la
participación de las mujeres
Cooperativism in Spain and Cuba:
converging ideas on women's
participation
Cooperativismo em Espanha e Cuba: ideias convergentes sobre a
participação das mulheres
Eliana Alemán Salcedo1, Lisett Daymaris Páez Cuba2, Lohitzune Zuloaga Lojo3
1
Universidad Pública de Navarra (UPNA). España. ORCID: https://orcid.org/0000-
0002-9984-8073. Correo electrónico: eliana.aleman@unavarra.es
2
Universidad de Pinar del Río "Hermanos Saíz Montes de Oc a". Fac ultad de Ciencias
Sociales y Humanidades. Departamento de Derecho. Pinar del Río. Cuba. ORCID:
https://orcid.org/0000-0001-8907-7562. Correo electrónico: lisypc87@gmail.com
3
Universidad Pública de Navarra (UPNA). España. ORCID: https://orcid.org/0000-
0002-2930-3780. Correo electrónico: lohitzune.zuloaga@unavarra.es
Recibido: 13 de junio 2020.
Aprobado: 24 de julio 2020.
RESUMEN
Por sus c aract erísticas, las cooperativas tienen un gran potenc ial para que mujeres y
hombres participen en igualdad de condiciones, aunque todavía existen desequilibrios
de género. Con el objetivo de indagar en esta cuestión, en el presente t rabajo se revisa
la evoluc ión del movimiento cooperativista respec to a la igualdad de género, prestando
atenc ión a las fuerzas del entorno que han reforzado esa posición. También se analizan
los elementos que ac túan en entornos tan dispares como el de Cuba y España y que
favorecen la participación de las mujeres en las cooperativas. Se toman c omo referencia
las Cooperat ivas No Agropecuarias en Cuba y las Cooperativas de T rabajo Asociado en
España, por c onstituir organizaciones análogas. Desde una metodología cualitativa, se
emplearon métodos t eóricos de carácter sociojurídico, que permitieron enfoc ar la
evolución del cooperativismo como parte de un proceso histórico y comparar los casos
de ambos países. El corpus ha estado constituido por las principales declaraciones
internacionales en materia de género y Economía Soc ial, así como leyes, políticas
públicas regionales y nacionales que fomentan la igualdad de género en las cooperat ivas.
Los resultados indican que, con las particularidades de cada país, la evolución del
contexto internacional ha ejercido presión para la adopc ión de medidas en la materia.
No obstante, los c ambios que introduzcan las c ooperativas requieren que la experiencia
para las mujeres sea exitosa, en t érminos de que favorez ca el empoderamiento real a
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largo plazo y sea una alternativa económica viable que trasc ienda a los tiempos de c risis
que las han f omentado.
Palabras clave: cooperativas; Cuba; Economía Social; empoderamiento; España;
género; políticas públicas
ABSTRACT
Due t o their c haract eristics, cooperatives have a great potential for women and men to
participate on equal terms, although gender imbalances still exist. In order to explore
this issue, t his paper reviews the evolution of the cooperative movement with r espec t to
gender equality, paying attention to the forces in t he environment that have
strengthened this position. It also analyses the elements that ac t in environments as
disparate as those of Cuba and Spain and that favor the participation of women in
cooperat ives. Reference is made t o Non-agricultural Cooperatives in Cuba and
Associated Work Cooperatives in Spain, which are similar organizations. Using a
qualitative methodology, theoretical methods of a soc io- legal nature were used, which
made it possible to focus on the evolution of cooperativism as part of a historical process
and t o compare t he c ases of both c ountries. T he corpus has been made up of t he main
international dec larations on gender and the Social Economy, as well as laws, regional
and national public policies that promote gender equality in c ooperatives. The results
indicate t hat, with the particularities of each c ountry, the evolution of the international
context has exerted pressure for action in t his area. However, the changes introduce d
by cooperat ives require t hat the experience for women be successf ul, in terms of
promoting real long-term empowerment and being a viable economic alternative that
transcends the times of crisis that have encouraged them.
Keywords: cooperatives; Cuba; social ec onomy; empowerment; Spain; gender; public
policies
RESUMO
Devido às suas carac terístic as, as cooperativas t êm um grande potenc ial para mulheres
e homens participarem em c ondições de igualdade, embora ainda existam desequilíbrios
de género. A fim de pesquisar nesta questão, este trabalho revê a evolução do
movimento cooperativo no que diz respeito à igualdade de género, prestando atenção
às forç as no ambiente que reforçaram esta posição. Analisa também os elementos que
agem em ambientes tão díspares como os de Cuba e Espanha e que favorecem a
participação das mulheres nas cooperativas. É feita referência a Cooperativas Não
Agropecuárias em Cuba e a Cooperativas de Trabalho Asociado na Espanha, que são
organizações análogas. Utilizando uma metodología qualitativa, f oram utilizados
métodos t eóricos de natureza sóc io- jurídica, que permitiram foc ar a evolução do
cooperat ivismo como parte de um processo histórico e comparar os casos de ambos os
países. O c orpus foi constituído pelas principais dec larações internacionais sobre género
e Economia Social, bem como leis, políticas públicas regionais e nacionais que promov em
a igualdade de género nas c ooperativas. Os resultados indicam que, c om as
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particularidades de cada país, a evolução do contexto internacional tem exercido pressão
para a ação nesta área. Contudo, as mudanças introduzidas pelas cooperativas exige m
que a experiência das mulheres seja bem sucedida, em termos de promover o verdadeiro
empoderamento a longo prazo e ser uma alt ernativa económica viável que transcenda
os tempos de crise que as têm fomentado.
Palavras-chav e: c ooperativas; Cuba; ec onomia social: empoderamento; Espanha;
género; políticas públicas
INTRODUCCIÓN
Por sus c aract erísticas, las cooperativas tienen un gran potenc ial para que mujeres y
hombres participen en igualdad de condiciones, sin embargo, t odavía existen
desequilibrios de género por ser t ambién estas organizaciones reflejo de las sociedades
en las que operan (Elio Cemborain, 2006). Por esta razón, se propone identificar aquellos
elementos del entorno que influyen en que las cooperat ivas tiendan, cada vez más, a
adoptar medidas orientadas a la igual participación de hombres y mujeres. Para ello, y
por la similitud de sus características, se examina el contexto ac tual de fomento de las
Cooperativas No Agropecuarias (CNOA) en Cuba y de las Cooperativas de Trabajo
Asociado (CTA) en España, c on la intención de advertir los elementos que operan en la
consec ución de un cambio y en el alcance del mismo.
Lagarde (1996) considera que "género" no equivale a "mujer" porque utilizar estas
cat egorías como equivalentes neutraliza las posibilidades explicat ivas de la perspect iva
de género; esto es, no evidencia el carácter relacional del género ni los procesos
históricos y soc iales en los que se origina y reproduce un orden fundado en la sexualidad
y, c omo tal, un orden de poder. La pertinencia de esta ac laración en el estudio se debe
a que las múltiples referencias instituc ionales a las que se aluden no, necesariamente,
introducen un enfoque de género dirigido a modificar las fuentes de dominio del hombre
sobre la mujer, sino a mejorar la participación de las mujeres en el mercado de trabajo.
Este propósito merece especial atenc ión por su repercusión en la vida de est as, pero, al
mismo tiempo, permite también advertir el alcance real de las cooperativas para lograr
la equidad de género.
Ciertamente, la participación de las mujeres en el mercado laboral c onstituye un medio
para lograr su empoderamiento soc ial y económico, en la medida que les permite tener
más opciones y recursos, así c omo conquistar mayor autonomía. En c onsec uencia, la
búsqueda de la equidad de género c onlleva t omar medidas que compensen las
desventajas históricas y soc iales sufridas. A su vez, las cooperativas se representan
como organizaciones c apac es de responder a las nec esidades prácticas y estratégicas de
género. Sin embargo, las desventajas se mantienen y se siguen reproduciendo porque,
en definitiva, el desequilibrio entre los sexos está profundamente arraigado en la división
del trabajo, tanto a lo interno c omo externo del ámbito familiar. En este sentido,
cualquier propuesta, que pretenda abordar la desigualdad de nero, debe
obligatoriamente trasc ender a la dimensión organizacional.
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Sobre la división sexual del trabajo, Aguado y Ballesteros (2018) subrayan que la
incorporación de las mujeres al mercado de trabajo no se da igual en todos los sect ores
ni niveles laborales y que suele estar acompañado de proc esos de segregación
ocupac ional. Desde las t eorías de la segmentación del empleo, se observa cómo estas
conc entran su actividad en sect ores feminizados según los estándares soc iales -lo que
se denomina segregac ión horizontal- y en segmentos c on poca autoridad, mal
remunerados y con bajas probabilidades de promoción, también llamado segregación
vertical. Esta propensión, que favorec e a los hombres, se produce por múltiples causas
que tienen que ver con la estruc tura productiva del país, los modelos organizacionales o
la existencia de roles y estereot ipos.
En est e ámbito de análisis, España y Cuba no son ajenas al desequilibrio en el mercado
laboral. Según el índice de desigualdad de género de Naciones Unidas de 2018, en lo
que respecta a la participac ión en la fuerza laboral, se aprecia que la tasa de participación
de las mujeres en España es de 53.4 y la de los hombres, de 62.7; mientras que en
Cuba es de 40.0 y 67.4 respectivamente (UNDP, 2019). En el caso de las CTA, en
diciembre de 2017 se c ontaba c on 6.746 que daban empleo a 89.969 personas
trabajadoras (excluyendo el régimen de autónomos, es decir, personas sometidas a un
régimen espec ial al trabajar por c uenta propia), conc entrando el 76% de la act ividad del
sect or servicios, especialmente en educac ión, act ividades sanitarias y soc iales.
Ciertamente, no resulta fác il extraer datos sobre la situación de la mujer en las CTA
porque las cifras of iciales engloban todo tipo de c ooperativas. No obstant e, el informe
"Las mujeres en las cooperativas de t rabajo" de COCETA 2019 concluye que la
participación de estas en puestos de dirección y responsabilidad representa una media
del 54%, c uando en 2014 era del 39%, percibiéndose así una mejoría.
En Cuba, según datos aportados por Mesa et al. (2018), en el primer trimestre de 2017
había 411 CNOA registradas, representando un 7.5% del total de las cooperativas. A
criterio de Rodríguez y Valle (2019), en estas formas asoc iativas los c argos de direcc ión
son mayoritariamente ocupados por hombres, quienes "desempeñan func iones como las
de Presidente, Sustituto del Presidente o Administrador; y quedan para las soc ias
puestos como el de Secretaria. En tales asignaciones se reproducen est ereotipos de
género, permeados por la segregac ión vertical y horizontal" (p. 76). Acertadamente,
advierten también que, en general, para el caso cubano se aprecia una insuficiente
perspect iva de género en las normas cooperativas, además de un nivel bajo de
escolaridad de las socias, baja representatividad en cargos de mayor responsabilidad,
sobrecarga laboral de estas, producto del doble rol de socia- trabajadora y ama de casa
y una "falta de c apacitación en temas relativos a la equidad género y pobre artic ulación
de las CNOA con la comunidad" (p. 90); t odo lo cual devela retos act uales en el abordaje
del binomio género-c ooperativismo.
Por otra parte, una aproximación soc iológica al análisis del mercado laboral exige
considerar que el mismo es una institución social y, c omo tal, está sujeto a la
incrustac ión. Est o supone que las instituciones, a la vez que orientan los inter cambios
humanos a través de las convenc iones y formas de c omportamiento que aquellas
definen, se ven afec tadas por tales intercambios. Así pues, las organizaciones incorporan
del ambiente elementos c ulturales, creencias y reglas que se dan por hechas como
patrones para organizarse y, al hac erlo, también afec tan las dinámicas de cambio.
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El ambiente institucional está compuesto por diversidad de valores y normas de
diferentes grupos de interés, que expresan sus expect ativas sobre c ómo debe
comportarse una organización. Esta situación coloca a la organización frente a lo que el
institucionalismo organizacional define c omo legitimación; esto es, que el
comportamiento de la organización sea percibido c omo congruente con lo que se espera
de ella y garantizar así su supervivencia. En un entorno c omplejo, para ser percibidas
como legítimas, las organizaciones de un mismo campo tienden a parecerse
(isomorfismo), al asumir estructuras y enfoques en común (Boxenbaum & Jonsson,
2017). En este orden de ideas, las políticasblicas de fomento de igualdad entre
mujeres y hombres hacen parte de las fuerzas c oercitivas provenientes del entorno que
lleva a las empresas a introduc ir c ambios en la materia para ganar legitimidad.
Con el objetivo de indagar en esta cuestión, en el presente trabajo se revisa la evoluc ión
del movimiento cooperat ivista respec to a la igualdad de género, prestando atenc ión a
las fuerzas del ent orno que han reforzado esa posición. También se analizan los
elementos que actúan en entornos tan dispares co mo el de Cuba y España y que
favorecen la participac ión de las mujeres en las cooperativas. A tales fines, se t oman
como referenc ia las Cooperativas No Agropecuarias (CNOA) en Cuba y las Cooperativas
de Trabajo Asoc iado (CTA) en España, por constituir organizac iones análogas, en la
medida que ambas tienen como objetivo principal proporcionar empleo a sus miembros .
MATERIALES Y MÉTODOS
Se ha empleado una metodología c ualitativa, teniendo en cuenta que el estudio se cent ra
en la participación de las mujeres en las CTA de España y en las CNOA de Cuba, desde
la perspect iva social y legal de la igualdad de género. Se han seleccionado estas formas
de organización c ooperativa considerando sus potencialidades para la participación de
las mujeres como asoc iadas y trabajadoras. Asimismo, la novedad de las CNOA en Cuba
y el paralelismo que puede establecerse c on las CT A de España, por ocuparse ambas
figuras de proveer empleo a las personas asociadas, justifican una mirada conjunta a
ambos modelos organizacionales y al proceso que han seguido en cada país. Posee un
enfoque desc riptivo y correlacional, ofrec iendo una valoración c ualitativa de la incidencia
de la participación femenina en el sect or c ooperativo, su expresión normativa y las
regularidades de su comportamiento en la práctica social, tanto en el caso cubano como
en el español. Para ello, se emplearon métodos t eóricos de c aráct er socio- jurídico, tales
como el histórico- lógico, el de análisis-síntesis, el sistémico- estructural-func ional y el de
comparación jurídica.
El método histórico- jurídico posibilitó sist ematizar la realidad de la evolución del
cooperat ivismo y de las políticas de género c omo parte de un proceso histórico
desarrollado en situaciones concretas, lo que ha llevado a una revisión crítica de los
documentos en los que se plasma tal progreso y a su análisis c omo parte de un todo que
reproduce el orden soc ial dominante. El análisis-síntesis ha constituido un ejercic io de
identificac ión y examen de aquellos elementos de carác ter normativo y soc ial en t orno
a las CTA y las CNOA, lo c ual ha permitido el est ablecimiento de las relaciones entre la
identidad cooperat ivista y las medidas adoptadas sobre igualdad de género en distintas
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instancias. Este método se ha c omplementado, además, con el jurídico -comparado, con
el fin de señalar elementos comunes o divergentes entre Cuba y España en el ámbito
cooperat ivo. A su vez, se ha empleado el método sistémico- estructural-funcional, el cual,
desde una perspect iva sociológica y jurídica, favorec ió la valoración de la eficac ia de las
normas vigentes al efect o, en correspondencia con los c ontextos sociales cooperativos
y, en c orrelato, permitió dilucidar el impacto de la política de género si se diseñara c on
enfoque transversal en el resto de las políticas públicas .
De igual forma, se aplicó el método de análisis de c ontenido para el estudio objetivo,
coherente y sistemático de materiales e informaciones bibliográficas. En est e c aso, ha
posibilitado c lasificar y desentrañar lo esencial del tema en libros de texto, normas
jurídicas y artículos científicos relacionados c on el binomio cooperativismo- género, desde
los ámbitos de la responsabilidad social y las políticas públicas sobre igualdad de género.
Todos los documentos referenciados const ituyeron base de sust entac ión para el est udio
en c uestión y el consecuent e análisis crítico de convergencias act uales y perspect ivas
futuras.
RESULTADOS Y DISCUSIÓN
Identidad cooperativa y tendencias internacionales en materia de igualdad de
género
El cooperativismo moderno, basado en la solidaridad y participación democrática de sus
miembros, ha tenido una voc ación incluyente y antidiscriminatoria desde sus orígenes.
Proyect os pioneros -como la c ooperativa Rodchale de 1840- admitían como miembro s
iguales a mujeres y, en general, a personas pertenec ientes a cualquier clase social, sin
importar su ideología o religión. Estos principios han sido inspiradores de la Declaración
de Identidad Cooperativa de la Asociación Cooperativa Internacional (ACI) adoptada
desde 1995, que reconoce a la cooperativa como una asoc iación autónoma de personas,
unidas voluntariamente para hac er frente a sus necesidades y aspiraciones ec onómicas,
sociales y culturales comunes por medio de una empresa de propiedad c onjunta y
democráticamente controlada. Este contenido toma forma de definición jurídicamente
vinculante, al recogerse en los puntos 2 y 3, así como en el anexo de la Recomendació n
sobre la promoción de las cooperat ivas, patentado por la Organización Internacional del
Trabajo (OIT) en 2002. Asimismo, la Organización de Naciones Unidas, desde 2001, ha
recomendado a los gobiernos incluirla en sus leyes sobre cooperativas.
Más espec íficamente, en el análisis de los principios que sustentan la Alianza, se
evidencia un claro posicionamiento de trabajar en la búsqueda de la equidad y en superar
la discriminación de género. La aprobación de la Declaración de la Identidad Cooperativa
y su resolución sobre "la equidad de género en las cooperativas", del año 1995, debe
entenderse en un contexto mundial de mayor exigencia al reconocimiento de los
derechos de las mujeres, como fue la 4ª Conferencia Mundial sobre la Situación de la
Mujer, c elebrada en Beijing en septiembre de 1995. En este sentido, en su Est rategia
para promover la equidad de género, la ACI ha reconocido que t ratar igual a personas
en situaciones diferentes perpetúa las desigualdades y destaca el vínculo ent re
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cooperat ivismo y empoderamiento de género para transformar las relaciones de poder
y lograr la equidad de género. De tal forma, las venta jas del c ooperativismo para
impactar positivamente en la equidad de género son cada vez más reconoc idas, incluso
por la OIT c uando resalta el pot encial de las c ooperativas en est a materia.
La asociac ión cooperativa presenta también ventajas para que mujeres y hombres
participen en igualdad de c ondiciones, salgan de la economía informal en los países
menos desarrollados o incrementen su autoconfianza. Sin embargo, se pregunta si las
mujeres están aprovechando el pot encial que supone la organización cooperat iva y si las
cooperat ivas tradicionales están aprovechando el pot encial que estas representan. Por
su parte, Elio (2006) apunta que la mayoría de cooperativas están dirigidas por hombres ,
lo cual supone que se fundamenten en valores, normas y prioridades masc ulinas,
revelando así las contradicciones entre la t eoría cooperat iva y la práctica social.
Sin embargo, la incorporación de la "igualdad de género" en la normativa que afec ta a
las cooperativas debe entenderse dentro de marcos más amplios de políticas públicas
que priorizan la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres. En el ámbito
europeo, la apuesta por este objetivo en el mercado de t rabajo se recoge dentro del
mismo Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea de 1957 y los pasos sucesivos han
evolucionado en c onsonancia con las Conferencias de la Mujer, celebradas a nivel
mundial. Con la adopción, desde la Conferencia de Beijing del principio del
gendermainstreaming (t ransversalidad del enfoque de género), la Unión Europea integró
en todas sus políticas y acc iones el fomento de la igualdad entre los sexos. Ya en 1996,
el Consejo de la Unión Europea recomendaba que se tomaran medidas para una
participación equilibrada de hombres y mujeres en los puestos de decisión.
Posteriormente, en 2010, la Comisión aprueba "Una Carta de la Mujer" en la que se
insiste en la necesidad de garantizar la igualdad de oportunidades para el ac ceso al
mercado laboral. Los sucesivos marcos y compromisos estratégicos adoptados dan
cuenta del posicionamiento de la Comisión c on la equidad de género en el mercado
laboral y su intención de materializarlo en políticas públicas de tipo transversal.
De las tres declaraciones que el Consejo desarrolla en 2019, en materia de igualdad de
género, destaca la de "Las economías que fomentan la igualdad de género: perspect ivas
de futuro" (14938/19), donde se insta a los gobiernos de la Unión a considerar las
políticas de género como una prioridad y a adoptar una estrategia dual para la promoción
de la mujer, en la que se integre, de forma sistemática, la perspectiva de género en
todas las políticas y acc iones. Se exige, además, una perspect iva intersec cional,
reconoc iendo que no todas las situaciones de desigualdad afect an a t odas las mujeres
por igual, según c lase social, origen étnico u otros ejes de discriminación est ructural,
quedando ello recogido en su estrategia para la igualdad de género, del período 2020-
2025. Como consecuenc ia de est a estrategia y de las políticas públicas desarrolladas por
los Est ados miembros, las c ooperativas, al igual que ot ras organizaciones económicas,
se verán abocadas a tomar medidas relacionadas, por ejemplo, con la
infrarrepresentac ión de las mujeres en puestos directivos.
En el territorio latinoamericano, el movimiento c ooperativista es consc iente de la
contradicción entre los principios cooperativistas y los resultados prácticos. En el XI
Encuentro de Equidad de Género de la XIX Conferencia Regional de Cooperativas de las
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Américas de 2015, se conc luyó que todavía existen barreras c ulturales y
organizacionales para aprovechar el talento de todos sus miembros. Se consideró actuar
en distintos ámbitos de gestión para reducir las brechas de género, tales como la
participación de la membresía, selección y reclutamiento del personal, desarrollo
profesional, política salarial, acceso a puestos de decisión, c onciliación entre trabajo y
familia, prácticas de gobernanza, servicios a la membresía, entre otros.
En tal sentido, entre las recomendaciones realizadas por ACI-Américas, mediante su
Comi Regional de Equidad de Género (CREG), acertadamente se aleccionan propuestas
referidas a incluir a soc ios y socias cooperat ivistas en puestos de toma de decisiones,
transversalizar acc iones e intercambiar buenas prácticas en torno a la equidad, capacitar
en la temática y sensibilizar a las instanc ias correspondientes, formar promotores de
género y generar liderazgos así como potenc iar las rendiciones de cuentas de las propias
cooperat ivas sobre el avanc e de la igualdad y equidad de género.
El caso de España: largo recorrido vinculado al desarrollo de políticas públicas
La larga trayec toria de las cooperativas en España ubica las primeras CTA reguladas en
los años treinta del siglo pasado. Al analizar el periodo 1940-2000, Román (2014)
observa que la evolución de las CTA responde a los est ímulos del mercado. Pero "fueron
en las etapas de esc aso crec imiento del PIB c uando las sociedades cooperativas, en su
conjunto, alcanzaron un mayor dinamismo, reforzando de este modo su perfil antic íclico"
(Román Cervantes, 2014, p. 106). Así, si bien las CTA comienzan a crec er a partir de
finales de la década de los 50, en consonanc ia con el nac imiento del Grupo Cooperativo
Mondragón en el País Vasc o, la expansión de estas, en los años setenta, está relacionada
con el desarrollo industrial y su capacidad para responder al desempleo (Román
Cervantes, 2014). Est a tendenc ia se mantuvo hasta mediados de los ochenta, pero con
la incorporación de España a la Unión Europea, que fomenta la c reación de sociedades
mercantiles y otras formas de t rabajo asoc iado como las sociedades laborales, en un
contexto, además, de c recimiento económico, el desarrollo de las CTA se ralentiza. No
obstante, con la c risis ec onómica de 2008, se impulsa nuevamente esta forma
asociativa, al ser considerada una organización eficaz para responder ante los ret os de
la globalización.
Por otra parte, la mención específic a de la igualdad de género o medidas para alcanzarla
en la legislación sobre las c ooperativas es relativamente reciente y está vinculada al
despliegue más amplio de políticas de género. Esto se comprende no tanto porque los
legisladores consideraran innecesario hac er tal mención al dar por sentado que los
principios c ooperativos ya incluyen la igualdad de género, sino porque la evolución de la
normativa aplicable ha estado vinculada a las distintas etapas políticas que ha
atravesado el país. Por ello mismo, resulta relevante el hecho de que las regulaciones
más rec ientes hagan referenc ia a la igualdad de género, en un contexto en el que esta
cuest ión se considera una prioridad política.
En un breve rec orrido, se observa que la primera Ley de cooperativas de septiembre de
1931, promulgada durante la Segunda República, fue derogada po r la Ley de
Cooperativas de 1942, publicada por la dict adura franquista (Román Cervantes, 2014).
Esta derogac ión supuso pasar de un modelo cooperativo, inspirado en los principios de
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la ACI, a otro que implicó someter el c ooperativismo y otras instituc iones económicas al
control político. La Ley de 1942 se mantuvo vigente hasta la Ley de Cooperativas de
1974 que, c omo hace notar Román, España todavía no había iniciado la t ransición a la
democracia, aunque sí introduce mayor flexibilidad, por ejemplo, al no vincular el
conc epto de cooperativa a "sin ánimo de lucro", dotándolas de carácter empresarial.
A partir de los 90, España apuesta por una política más dec idida de apoyo a la Economía
Social que, entre otros elementos, se conc reta con la aprobación de una nueva Ley de
Cooperativas en 1999, actualizando la otrora Ley General de Cooperativas de 1987, la
cual había supuesto una actualización de la Ley de 1974 al nuevo c ontexto democrático
y socioec onómico. En la nueva normativa, se incorporan las directrices europeas y se le
hace func ional a un contexto de competencias exclusivas, descentralizadas sobre las
Comunidades Autónomas. Asimismo, la Ley define las sociedades cooperativistas en
consonanc ia con la Declaración de Identidad de la ACI y se remite expresamente a los
principios cooperativos, formulados por la misma. El c oncepto que se maneja sobre las
CTA guarda gran similitud con las CNOA de Cuba (Monreal Garrido, 2018), que quedan
especificadas como aquellas que tienen por objeto proporcionar a sus socios puestos de
trabajo mediante su esfuerzo personal y direct o, a tiempo parcial o c ompleto, a través
de la organización en común de la producción de bienes o servicios para terceros.
Además, con la Ley 5 (2011), las c ooperativas españolas están englobadas dentro del
conjunto de organizaciones que conforman la Economía Social. Cabe indicar que el
conc epto moderno de Economía Soc ial está inspirado en los principios del cooperat ivismo
e inc luye también a las mutualidades, las asociaciones y las fundaciones que realizan
act ividad económica (Monzón & Chaves, 2017).
Como se mencionaba anteriormente, la introducción de referencias y medidas para
promocionar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, en las normativa s
en materia de c ooperativismo y Economía Social, no puede ent enderse sin el desarrollo
y respaldo de políticas de género más amplias y transversales. En España, a partir de la
creac ión del Instituto de la Mujer en 1983 y con la adopc ión de sucesivos planes de
igualdad de oportunidades, se generan las condiciones para el desarrollo de políticas
públicas en materia de igualdad de género. Pero es en la déc ada de los noventa que se
produjo una consolidación de la instituc ionalización de las políticas de igualdad de
género, incorporando más claramente el ámbito del mercado de trabajo. Est os avances
tendrán un espec ial desarrollo durante el mandato del Gobierno Soc ialista a partir de
2004, destac ándose la aprobación de la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva
de mujeres y hombres (Lombardo & León, 2014).
La referida Ley Orgánica c olocaba el principio de igualdad como eje organizador de todas
las políticas públicas de las administraciones públicas, est ablecía medidas para la
prevención de conductas discriminatorias y preveía políticas activas con ducent es a la
protección y efec tividad real del principio de igualdad. También regulaba aspectos para
garantizar este principio en el mercado de t rabajo, establec iendo la obligatoriedad de
negociar con representantes legales de los/as trabajadores la elaboración de planes de
igualdad y adopción de medidas de promoción de la igualdad. La modificación de esta
Ley por el Real Decreto-ley 6 (2019), de 1ero de marzo, est ableció la obligatoriedad de
elaborar planes de igualdad en las empresas de 50 trabajadores/as o más, refiriéndose
a todo tipo de organizaciones, incluida la de la economía social.
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en España y Cuba: ideas convergentes sobre la participación de las
mujeres p. 296-314
Disponible en: http://coodes.upr.edu.cu/index.php/coodes/article/view/325
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El renovado impulso de las políticas de igualdad, tanto en Europa como en España, a
partir del 2010 quedó subordinado a las políticas de aust eridad de la crisis ec onómica de
2008, lo que supuso un retroc eso en esta materia y en la aplicac ión del principio de
mainstreaming (Lombardo & León, 2014). La reivindicac ión de la igualdad de
oportunidades de hombres y mujeres en el mercado laboral vuelve a tomar fuerza
después de la crisis, pero con un discurso más vinculado a los beneficios ec onómicos
que aporta como ventaja cumplir con este principio. No es casual que en 2017 el Instituto
Europeo de la Igualdad de Género se pronunciara sobre los beneficios ec onómicos de la
igualdad de género en el incremento del PIB, en la productividad, en el impulso de la
competitividad, en la disminución del desempleo o en un afrontamiento mejor del
envejecimiento de la población de la Unión Europea.
Por su parte, el impulso de una política pública en materia de Economía Social a nivel
europeo coincide con el inicio de la crisis económica. Lo ponen de relieve Monzón &
Chaves (2017, p. 41) c uando señalan que "después del estallido de la c risis ec onómica,
el Parlamento Europeo publicó una Resolución sobre la ec onomía soc ial (19 de febrero
de 2009, DO de 25.3.2010) y el Comité Económico Social Europeo publicó un dictamen
sobre «Distintos tipos de empresas»". Dichos autores destacan la relevancia de estos
textos y cómo se emprendieron, a partir del 2009, varias acc iones en favor de las
empresas sociales, adopt ando el enfoque de política pública. Cabe señalar que, a
instancia de la Resolución del Parlamento Europeo, el 5 de julio de 2018, c on
recomendaciones dest inadas a la Comisión sobre un est atuto para las empresas soc iales
y solidarias, se refuerza la idea de la cont ribución de estas para alcanzar la igualdad de
género y reducir la brecha salarial. Por su parte, con la aprobación de la Estrategia
Española de la Ec onomía Soc ial 2017-2020 (2018), se introduce el Eje 9: Fomento de la
igualdad de género y de la inclusión social en la economía soc ial.
Aterrizando en las normativas que directamente afect an a las organizaciones
cooperat ivistas, se debe señalar que la Ley 27/1999 de Cooperativas no hac e referencia
específica alguna a la igualdad de género, mientras que la Ley 5 (2011) de Econ omía
Social sí la incorpora cuando señala la "promoción de la solidaridad interna y c on la
sociedad que favorezc a el compromiso con el desarrollo local, la igualdad de
oportunidades entre hombres y mujeres, la cohesión soc ial (…)" (art. 4c). Si se revisan
las dieciséis legislaciones sobre cooperativas de las Comunidades Autónomas, se
identifica que algunas mejoran el marco estat al: c inco no la introducen, una de ellas
remite a la normativa general y el resto menciona alguna referencia.
En tal sentido, destacan Andalucía y Cantabria por añadir la igualdad de género a los
principios recogidos por la ACI. Las legislaciones de Aragón, Cataluña, País Vasco o
Andalucía, inc luyen en el Fondo de Educación y Promoción Cooperativa act ividades para
lograr la igualdad efec tiva ent re hombres y mujeres. Con distinto detalle, las
legislaciones de Andalucía, Cataluña, País Vasc o, Valencia, Extremadura y Galicia
enfatizan la necesidad de que las mujeres tengan representación en los órganos de las
cooperat ivas. Tanto la Ley gallega c omo la aragonesa inc luyen específicamente aspec tos
relacionados con la integración social de las mujeres víctimas de violencia. Finalmente,
otras c omo la de Ast urias, Cantabria, Valencia y Murcia, refiriéndose a la promoción del
cooperat ivismo, visualizan la necesidad de articular esas medidas con otros programas
que dichas c omunidades desarrollen para la remoción de las desigualdades de género.
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Por lo que respecta a las CTA, la regulación de cuestiones, relativas a la igualdad de
género en la particular relación soc ietaria de prestac ión del trabajo, la maternidad y la
conc iliación de la vida profesional y laboral, está muy poco desarrollada en la legislación
cooperat iva, que generalmente se remite a la normativa interna de la sociedad
(Villafáñez Pérez, 2017).
El caso de Cuba: proceso de actualización del modelo económico socialista con
retos en torno a la transversalidad de la política de género
La c ooperativa c omo pec uliar sistema societario ha sido una de las formas de gestión
económica, implementadas en Cuba, proporcionando así una alternativa socialista de
propiedad colectiva. Las c ooperativas c onstituyen importantes act ores de la Economía
Social y Solidaria, en tanto el cooperativismo representa en sí mismo una expresión de
justicia social c omo respuesta a un sistema económico capitalista, basado en la
acumulación de riquezas. En este sentido, la actualización del modelo económico c ubano
ha potenciado la propiedad cooperat iva y, en particular, la enfoc ada al sector no
agropecuario, con notables asc ensos en la última década.
Los antec edentes del movimiento cooperat ivo en Cuba dat an del periodo
prerrevolucionario y ha dec ursado por distintas etapas: desde la existencia de las
cooperat ivas de transporte antes de 1959 hasta la rec iente expansión de cooperativas
no agropecuarias en la Isla. Con la promulgación de la Ley de Reforma Agraria, se
fomentaron primigeniamente cooperativas dest inadas al sect or de la agricultura,
esencialmente las de Créditos y Servicios (CCS) en 1960, las de Producción Agropec uaria
(CPA) en 1975 y las Unidades Básicas de Producción Cooperativa (UBPC) en 1993; t odas
ellas por iniciativa estatal y respetando el principio de voluntariedad a diferencia de otros
países del extinto c ampo socialista. Sin embargo, el cooperativismo c ubano del siglo XXI
adquiere otras dimensiones tras la ac tualización del modelo económico que tuvo lugar
con el VI Congreso del Partido en 2011, específicamente por lo refrendado en los
numerales del 25 al 29 de los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido
y la Revolución. De esta manera, a partir de 2012 se regula, de forma experimental, la
creac ión de las c ooperativas en sec tores distintos al agropecuario.
Posteriormente, tras el VII Congreso del Partido Comunista de Cuba, se incluye de ntro
de los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución para el
período 2016-2021 la propiedad cooperativa como una de las formas insertadas en el
modelo de gest ión económica, enfatizando que es preciso avanzar en el experiment o de
las cooperativas no agropecuarias, priorizando aquellas ac tividades dirigidas a ofrecer
soluciones al desarrollo local. De igual forma, la Const itución cubana, proclamada en
2019, sustenta como forma de propiedad la cooperativa, insertada en un nuev o modelo
de gestión ec onómica. Por ende, la c onc reción en la práct ica del cooperativismo, en
particular el no agropecuario, ha const ituido no solo expresión de voluntad política del
Estado c ubano, sino una importante fuente de ingresos para la c iudadanía. Para
Bengoetxea (2018, p. 218): "Los poderes públicos cubanos plantean el empleo en las
cooperat ivas como una alternativa efectiva al muy notable excedente de personal
observado en el sec tor estat al, que se llega a cifrar en torno al millón de personas".
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El considerable ascenso del cooperativismo no agropecuario en los últimos años ha traído
aparejado una consecuente profusión teórica, investigativa y legislativa en la materia
(Bengoetxea Alkorta, 2018; Monreal Garrido, 2018; Rodríguez Musa & Valle Ríos, 2019).
El año 2019 marcó un hito con la act ualización del marco jurídico cooperativo en el país,
con la derogación de los anteriores Decreto Ley 305 y Decreto 309, vigentes desde 2012
y la entrada en vigor del Decreto-Ley No. 366 y su Reglamento (Decreto No. 356), así
como las Resoluciones 361 y 362 en materia tributaria, referidas en su c onjunto a las
CNOA. De t al forma, el vigente Decreto Ley 366/19, aprobado por el Consejo de Estado
de la República de Cuba (2019) establece que las CNOA c onstituyen organizaciones con
fines ec onómicos y soc iales (art. 2.1), cuyo objet ivo es la producc ión de bienes y la
prestac ión de servicios (art . 2.2) y que son cooperativas de trabajo, donde cada uno de
los socios tiene c omo principal c ontribución su trabajo personal (art. 5).
Si bien el cooperativismo no agropecuario ha sido profusamente abordado en los ámbitos
legal, económico y soc ial, el abordaje concreto de la categoría "género" constituye un
elemento relegado en el caso c ubano. Aunque se advierten algunos estudios
embrionarios, ciertamente "no se conocen relevantes esfuerzos destinados a fortalecer
la equidad de género al interior de est as nuevas formas asociativas" (Rodríguez Musa &
Valle Ríos, 2019, p. 71). Por otra parte, de la propia lectura de las normas jurídica s
vigentes, se puede aducir la omisión explícita de la categoría género en el escenario
cooperat ivo. Ello conlleva afirmar que, si bien el tema de las CNOA en Cuba es
relativamente reciente, la inclusión de la perspec tiva de género resulta ciertamente
incipiente.
Al examinar las políticas públicas relativas al enfoque de género dentro del fenómeno
cooperat ivo en Cuba, resalta lo refrendado en los Lineamientos del Partido Comunist a
de Cuba de 2017 y en la Constituc ión de la República, reformada en 2019. Esta última
consagra la no discriminación por razón de sexo y género, así como la igualdad de
hombres y mujeres ante la ley, con derechos y obligaciones reconoc idos para ambos.
Pero, es válido acotar que no existe una ley específica tal como la Ley Orgánica e spañola
de 2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres ni un enfoque transversal en el
resto de las políticas, por lo que la reforma legal en la Isla conllevaría a un necesario
redimensionamiento de la política de género, aún insuficiente en materia legislativa,
institucional y en c uanto a políticas públicas en general.
Vale advertir t ambién que, de forma somera, la perspect iva de género sí ha encontrado
un asidero en los documentos aprobados en el VII Congreso del Partido Comunista de
Cuba en 2017. Entre los principios socialistas que sustentan el Modelo, se estipula el
reconoc imiento moral y jurídico de la igualdad de derechos y deberes de la ciudadanía y
de las garantías para hac erlos efec tivos con equidad, inclusión, justicia social,
participación política, superación de las brechas sociales, respeto a la diversidad y el
enfrentamiento a toda forma de discriminación por color de la piel, género, identidad de
género, orientación sexual, discapacidad, origen territorial y nacional, creencia religiosa ,
edad y c ualquier ot ra distinción lesiva a la dignidad humana.
Cabe mencionar que los Documentos del VII Congreso del PCC también reconocen el
género c omo un proceso de construcc ión social e histórica, a través del cual se
configuran las relaciones entre personas, según lo legitimado c omo masculino y
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femenino en una cultura, espacio y tiempo determinados. Sin embargo, pese a las
definiciones al respect o y la voc ación política de insertar la t emática de género,
expresada por vez primera en el entramado político c ubano, esta ha resultado aún
insuficiente, no integrada ni transversalizada, lo c ual, a su vez, complejiza su
configuración dentro del fenómeno cooperativo.
Como acertadamente advierte Rodríguez (2018, p. 43), si bien es c ierto que las
cooperat ivas deben "manifestarse como un espac io asociat ivo contra -c apitalista (contra-
especulación, contra-intermediarios, contra-patronato, contra- lucro)", a ello debería
agregarse la "cont ra-disc riminación de género" c omo expresión de un enfoque integral
que debe t ransversalizarse desde las políticas públicas. Su c oncrec ión debería apuntar a
repensar el fenómeno del c ooperativismo desde lo legislativo, lo soc ial y c ultural, sobre
todo por las potenc ialidades que brindan las c ooperativas como organizaciones idóneas
para alcanzar la equidad de género.
A esta idea, se suman Rodríguez y Valle (2019) con alternativas específicas para el caso
cubano como resultan el fomento de la intercooperación y la formalización de Convenios
de Colaboración entre Cooperativas o de estas con otros entes de la sociedad c ivil como
la Federación de Mujeres Cubanas (FMC). A su vez, estos autores enfatizan el papel de
la asesoría jurídica cubana en torno al diseño de políticas internas y a la elaboración,
interpretación y aplicac ión de disposiciones jurídicas (Estat utos, Reglamento Interno,
Acuerdos de la Asamblea, entre otros). Además, indican que sería muy útil emplear el
modelo de responsabilidad soc ial cooperativa directa, de acuerdo con los modelos
existentes en Cuba, así como intencionar la creac ión de los planes de igualdad en las
CNOA, tal cual la usanza española.
Más que una mera comparación entre las CNOA en Cuba y las CTA en España, el estudio
ha esbozado pilares del c ooperativismo en ambos países. Aunque se aprecian diferencias
en su configuración jurídica y política, en ambos países se c onsideran como alternativa
a la crisis y se reconoc e su potenc ialidad para c ontribuir a la c onstrucción de relaciones
más equitativas entre mujeres y hombres. Además del sust rato cultural que limita el
logro de estos objetivos, los resultados han permitido identificar fuerzas del ent orno que
pueden conduc ir al cambio organizacional en materia de igualdad de género. Al respect o,
se problematizan las siguientes cuest iones:
a. Las CNOA de Cuba y las CTA de España como modelos alternativos de
organización empresarial
Las CNOA en Cuba y las CTA en España corresponden, según el c riterio de Monreal
(2018, p. 234), "a una modalidad del modelo empresarial cooperativo, siendo su
elemento distintivo y su principal objetivo proporcionar trabajo a sus miembros y no
únicamente bienes y/o servicios en condiciones más favorables, como el resto de
modalidades c ooperativas". Con estas c aract erísticas y a pesar de c iertas diferencias
entre Cuba y España, a las cooperativas de ambos países se les atribuyen similares
virtudes para la c reación de autoempleo, especialmente en situac iones de c risis.
En Cuba, las CNOA se presentan como una alternativa soc ialista en un contexto de crisis
económica y, a su vez, como vía de desarrollo, en tanto que el Estado ha nec esitado
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modelos de gestión factibles en el escenario de Economía Soc ial y Solidaria. Por su parte,
a pesar del largo recorrido de las c ooperativas en España, su evolución muestra que los
períodos de mayor expansión de est e tipo de organización corresponden con los de
recesión económica. Tanto Europa c omo España han fomentado en los períodos de
crec imiento ec onómico otras formas de organización ec onómica más propias del
contexto capitalista como las soc iedades anónimas y limitadas e incluso las sociedades
laborales. No obstante, a partir de la c risis ec onómica de 2008 se recupera un impulso
decidido, quizás orientado precisamente a mostrar esta forma de organización
empresarial como capac idad de adaptación a los tiempos de crisis.
A pesar de ello, las formas de organización social y solidaria están lejos de vertebrar el
modelo económico dominante, así que coexisten y c ompiten con sus reglas. La división
social del trabajo puede llevar a que sean las organizaciones de la ec onomía social las
que se ocupen mayoritariamente de las actividades más sociales (y, de paso, menos
"rentables"), como asegurar salidas laborales a colectivos vulnerabilizados, donde se
suele ubicar a las mujeres. En est e último aspect o, c onviene estar alerta frente a
procesos de segregación horizontal en el que las cooperativas de mujeres pueden
devenir en formas de subsistencia más que de promoción y desarrollo.
b. La presión del ambiente organizacional en la adopción de medidas de
igualdad entre hombres y mujeres en el ámbito laboral
Otras de las virtudes atribuidas a las cooperativas es su c apacidad para potenciar la
igualdad entre hombres y mujeres, precisamente por c onsiderarlo inherente a sus
valores, principios y forma organizativa. Sin embargo, los estudios disponibles y los
datos diferenciados por sexo (cuando se ofrecen), vislumbran que las cooperativas
tienen todavía carencias de base en el camino hacia la participación igualitaria entre
hombres y mujeres. Esto se explica porque, al igual que cualquier tipo de organización
social, las cooperativas reflejan los valores, prejuicios y estereotipos de las soc iedades
en las que operan. Así, los desequilibrios en la participación de mujeres y hombres en
las cooperativas en Cuba y España no escapan a las lógicas de modelos económicos
androcéntricos, que fac ilitan a los hombres mejores oportunidades y condiciones
laborales.
Como se indicó más arriba, las organizaciones incorporan elementos c ulturales t omados
del ambiente y las presiones provenientes del mismo inciden en la modificac ión de su
comportamiento. En un contexto de creciente presión mundial de promoción de los
derechos de las mujeres, la Declaración de Identidad de la ACI y la Conferencia Mundial
de Nac iones Unidas sobre la Mujer en Beijing, ambas de 1995, c onstituyeron un punto
de inflexión que fac ilitó la aplicación del principio del mainstreaming en todas las políticas
públicas. Su plasmación en planes y legislaciones concretas se ha convertido en una
fuerza coercitiva proveniente del entorno en el que ac túan las organizaciones.
Así, la tendencia a incorporar medidas para igualar la participación de mujeres y hombres
en la empresa no atañe únicamente a las cooperativas (a las que se da por desc ontado
que lo tienen asumido), sino también a las empresas convencionales. Por obligació n o
por convencimiento, ambos tipos de empresas c ompiten en un mercado en el que
requieren introducir medidas de igualdad para legitimarse, como ha suc edido en España.
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Además de ello, diferentes est udios cada vez más enfatizan en los beneficios económicos
que reportan a las empresas, el aprovec har el talento de las mujeres. En la práct ica,
este acerc amiento se aleja cada vez más del ent endimiento de la igualdad ent re mujeres
y hombres como una cuest ión de derechos fundamentales para incardinarse dentro de
la lógica del mercado.
Si la teoría de la ventaja c ompetitiva prevalece a la hora de fomentar la part icipación
igualitaria de mujeres y hombres en las empresas, el sustrato cultural que subyac e en
el desequilibrio entre géneros permanecerá intac to. Es prec isamente una visión crítica
al reformismo de género la que carac teriza a c iertos enfoques que se lanzan desde las
instituciones sobre la igualdad de género, en los que, a pesar de la retórica ut ilizada, no
se abordan las cuest iones fundamentales de las relaciones de poder del orden de género.
En el caso Cuba, si bien las CNOA están haciendo su propio recorrido, de los datos
disponibles se desprende la tendencia a una mayor participación de hombres que de
mujeres. A pesar de que el contexto socioeconómico c ubano difiere sust ancialmente del
español y no predomina la lógica mercantilista, priman los rezagos de una sociedad
patriarcal donde la gest ión económica ha est ado encargada fundamentalmente al
hombre, relegando a las féminas hacia roles hogareños y a ot ros menos protagónicos
dentro del ámbito laboral.
c. Convergencia entre la política de promoción al cooperativismo y la política
de género
La evolución en materia de igualdad entre mujeres y hombres en España no puede
entenderse sin analizar la convergencia entre las políticas de género, impulsadas por el
gobierno y el fomento de la Economía Social. Así, la Ley 27/1999 de c ooperativas no
aludía espec íficamente a la igualdad de género, pero sí lo hace la Ley de Economía Social
de 2011, aprobada con posterioridad a la Ley de igualdad entre hombres y mujeres de
2007. Solo después de una política pública de género, convergente con una política
pública sobre Ec onomía Social y reforzada por el mandato de la Unión Europea, puede
apreciarse el notable avance de los indicadores de género (COCETA, 2019).
En el c aso cubano, a pesar de la decidida apuesta por el cooperat ivismo en sec tores no
agropecuarios y por una política de género al más alto nivel legislativo y político, todavía
no se vislumbra esa convergencia. La experiencia española indica que no bast a c on
confiar en las virtudes del modelo cooperativo para que estas organizaciones propugne n
por la igualdad de género, sino que exigen de una iniciativa añadida. En tal sentido, los
datos disponibles apuntan a la necesidad de mejorar sustantivamente los i ndicadores de
segregación vertical y horizontal. El actual respaldo de la Isla por una política integral
de género constituye un momento idóneo para esa c onvergencia entre políticas públicas.
Además, un estudio más atento de la equidad de género dentro del c ooperativismo no
agropecuario permitiría particularizar los enfoques equitativos, problematizando sobre
la necesidad de la intercooperación, la responsabilidad social cooperativa direct a, la
capac itac ión y la c onfiguración de los planes de igualdad en este sect or.
No obstante, una política pública convergente en materia de fomento de igualdad de
género y de Ec onomía Soc ial resulta positiva, t ampoco esta es suficiente. En España, se
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ha vist o c ómo las c risis ec onómicas tienden a sac rificar el primero de los objetivos y el
segundo se erige c omo todo redent or que no siempre satisface las demandas sociales.
De ahí la necesidad de una economía centrada en las personas y en la equidad de género
como derecho fundamental, conc ebida de forma transversal y dotada de suficientes
recursos y est ructuras para lograrlo. El riesgo en Cuba es similar, considerando que la
política de género no está conc ebida de manera transversal hacia el resto de políticas
públicas. Aunque el cooperat ivismo no agropecuario supone una fuente de empleo
importante para las mujeres, estas terminan siendo contratadas en sect ores altamente
feminizados y más precarizados (trabajo t extil, manufacturado, régimen de cuidados,
entre otros). En t al sentido, el pretendido empoderamiento, a su vez, no ha hec ho más
que perpetuar los roles tradicionales de género en la práct ica social cubana,
respondiendo en gran medida al resto de los modelos vigentes de gest ión económica.
d. Las cooperativas y su potencial tributo a la igualdad e ntre mujeres y hombres
A pesar de las críticas antes desc ritas, son muchas las expectativas que se depositan en
las c ooperativas para hacer frente a las situac iones de crisis y para lograr la inclusión
económica y el empoderamiento de las mujeres, sea en España o en Cuba. Estudios
sobre el tema señalan cómo el formato legal de cooperativas les permite desafiar los
roles tradicionales, actuar de forma independiente, hacer sus propias elecciones y
empoderarse, a la vez que les posibilita crear un espacio para realizar proyectos
innovadores, incluso cuando su ac tividad est á circunsc rita a las tradicionalmente
feminizadas (Gómez Carrasco, 2019). La referida autora t ambién afirma que la agenc ia
es transformadora siempre y cuando el desafío de roles se limite a cuest iones inmediata s
y se utilice para iniciar un proceso de cambio a largo plazo en las estructuras del
patriarcado, lo c ual se logrará si la cooperativa obtiene resultados positivos y c onstituye
un punto de entrada para realizar c ambios transformadores, los cuales deben ser
asumidos colectivamente.
Por tanto, crear c ooperativas de mujeres o promover la igualdad en esta forma de
organizaciones resulta aún insuficiente, por lo que deben fac ilitarse todo t ipo de medios
(legales, económicos, tecnológicos, entre otros) en función de que las cooperativas
desarrollen experiencias exitosas para las mujeres que participan en ellas y para los
asociados en general. De ahí la necesidad de generar un tejido productivo que c ontribuya
realmente a la promoción de las mujeres en igualdad de condiciones que los hombres,
que sería, en definitiva, uno de los aspec tos que permiten hablar de c ierta
democratización económica. De este modo, la perspect iva de género se configura como
indicador para evaluar el cooperat ivismo y no solo para alertar sobre las defic iencias en
materia de igualdad entre hombres y mujeres, en tant o, solo así se podrá desplegar el
potenc ial transformador que al régimen cooperativo se le atribuye.
En la ac tualidad, las organizaciones deben adaptarse a un entorno que demanda mayor
igualdad entre hombres y mujeres. Con más o menos alcance, las administracion es
públicas lo intentan, adoptando políticas en la materia, lo que a su vez constituye un
mecanismo de coerc ión sobre las empresas que se ven cada vez más forzadas a
introducir dichos cambios en favor de su legitimidad. En el c aso de las cooperativas, este
tipo de presión sería, a priori, fác ilmente asumible por entroncar con su propia identidad.
No obstante, el hecho de que t odavía muchas c ooperativas no garanticen la igualdad de
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Disponible en: http://coodes.upr.edu.cu/index.php/coodes/article/view/325
2020
género o se produzc an procesos de segregación ocupac ional, demuestra que los valores
en los que se sustenta el orden de género están demasiado arraigados o
institucionalizados, provocando que el c ambio sea muy lento.
En tal sentido, ha resultado clave la determinación de las c onvergencias en c uanto a la
participación de la mujer en las CTA en España y en las CNOA en Cuba, desde una
aproximación a las manifestac iones legales y soc iales del fenómeno, reveladoras de un
necesario redimensionamiento en las polític as públicas de ambos Estados y de una nueva
epistemología en torno al enfoque de género en el ámbito cooperativo.
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Conflicto de intereses:
Los autores declaran no tener c onflictos de intereses.
Contribución de los autores:
Los autores han participado en la redac ción del trabajo y análisis de los documentos.
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Internacional
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