Cuba y su contribución a la difusión de la cultura jurídica romana en Hispanoamerica durante el siglo XIX

AuthorLéster A. Martinez Quintana
Pages73-95
VI. CUBA Y SU
CONTRIBUCI6N
A LA
DIFUSI6N
DE
LA
CULTURA
JURfDICA
ROMANA
EN
HISPANOAMERICA
DURANTE
EL SIGLO XIX
Lester
A.
Ma[[lnez Quinrana*
Son varias las aristas desde las
que
se
puede
examinar la presencia
hi
storica del
Oe-
recho
Romano
en nuestra
Isla:
en la ensefianza, en la legislacion,
en
la
practica foren-
se. Mostraremos
aquf
una
de extraordinaria importancia por los aportes efect
ivos
que
en
ella hicieron nuestros juristas: la Iiteratura jurIdica.
EI
espacio temporal de nuestro estudio esta cenrrado
en
el
siglo XIX, especial-
mente en
su
primera mitad,
por
ser esta
la
etapa en
que
, seglin mis investigaciones,
se produce
la
contribucion mas relevante
de
Cuba a la difusi6n y conocimiento del
Derecho
de
Roma
en
la
isla
y fuera de sus fronteras.
Ello estuvo fuvorecido fundamentalmente por
eI
indudable
crecimienro
economi-
co insular
de
finales del siglo XVIII e inieios del XIX,
eI
despunte
del negocio de la
imprenta
en
esta epoca, por la excepcional situacion geografica
de
la
Isla,
Have
del
Nuevo
Mundo
que
comunicaba a Espana y otras porencias europeas con las cierras
americanas, ademas de
la
circunstancia historica de mantenerse nuestra Isla
durante
casi todo
eI
siglo
XIX
bajo
eI
dominio
polftico y jurfdico colonial espanol, mientras
los pueblos latinoamericanos se desligaban
de
su metr6poli, creando
su
propio dere-
cho.
La
avidez intelectual mocivada
por
las
ideas ilustracionistas que permeaba n los
sectores mas tradicio nalist
as
de la sociedad colonial cubana de
La
primera
mitad
del
XIX
si
bien no constituye un factor
de
incidencia djrecta
en
este fenomeno,
sf
con-
tribu
ye
a incentivar
eI
estudio del derecho y
las
lenguas foraneas.
La
historia jurfdica cubana desde mediados
del
siglo XVIII, hasta
eI
ano de 1842
en
que
se
produce
la
trascendental reforma de los estudios universitarios,
est3.
marcada
por
la
pugna entre dos derechos,
eI
romano y
el
patrio 0 espanol, que desencadena una inte-
resante marcha, a veces forzada, entre quienes se pronuncian por la aceptacion y dirusi6n
del primero como der
ec
ho de
e1evada
perfecci6n tecnica y
los
que
se
oponen
al
mismo,
por considerarlo
un
derecho extrafio, de muchas suruezas y contradicciones internas.
Hasta la secularizacion de la universidad en 1842,
eI
nudeo
de
los
estudios juri-
dicos en
Cuba
estaba compuesto por la trfada derec
ho
romano, canonico y patrio.
* Docror en Ciencias Juridicas. Profesor de Derecho Romano e Hiswria del Es(ado y
el
Derecho de
la
Universidad de Oriente
en
Santiago de Cuba.
73
Estos estudios
se
rea1izaban, fundamentalmente, en tres centros: la
Real
y Ponrificia
Universidad de San Geronimo de
la
Habana, fundada
el
5 de enero de 1728 por
los
padres dominicos del Convento San Juan de Letcin de esta ciudad;
el
Seminario San
Basilio Magno de Santiago de Cuba, fundado en 1722, aunque los estudios de esta
ciencia
all,
datan de inicios de la segunda
mitad
de
ese
siglo, y
por
Ultimo, el Colegio
Seminario de
San
Carlos y
San
Ambrosio de
la
Habana, en Citedra instituida en 1807
por
el
Obispo Espada en
pLeno
apogeo de la influencia de
la
ilustracion
en
la
Isla.
Uegado a este
punto
vamos a analizar
las
principales
Fuentes
bibliogclficas que
durante
el
siglo
XIX propiciaron a nuestros juristas
el
conocimiento del Derecbo
Romano y que tan intima relacion guardan con
La
ensefianza de este derecbo en
la
Isla.
En este sentido debemos distinguir aquellas
Fuentes
directas, especialmente
las
contenidas en
el
Corpus luris de Justiniano, (as( como
Las
obras
que
con
caracter espe-
cial trataron
sus
instituciones), de aquellas
que
de forma indirecta
10
refieren, y que
tanto
abundaron en el esfuerzo institucionalizado de concordar este derecho con el
patrio. Asimismo
ocupan
un lugar muy destacado las publicaciones periodicas
(Revistas) que
en
La
Isla
se
promovieron
durante
la
segunda mitad del
sigLo
XIX.
En
sentido general, la investigacion ha perrnitido comprobar
que
durante todo el
sigLo
XIX la
IsLa
mantuvo
un
elevado nivel de actualizacion bibliogcifica.
Las
mismas
obras que en Espana servian
de
texto en las universidades
pa.ra
la ensefianza del
Derecho Romano eran utiLizadas aqu!, naturalmente que a
eUo
contribu(a el hecho
de ser nuestra
Isla
una dependencia colonial espanola a la que
se
hadan
extensivas
Las
disposiciones
aUi
vigentes
en
esta materia.
Pero no solo resalta esta identidad, sino la rapidez con que, a pesar del estado de
las comunicaciones, llegaban a nuestras librerias las obras de mas reciente divulgaci6n
en
cualquier parte de Europa 0
de
nuestro continente. Sin duda, debio funcionar con
rnucha eficiencia la actividad de
los
impresores y libreros radicados
en
Cuba
para
garantizar esta brevedad. I
Otra
caracterfstica
que
res
alta de
La
BibliograHa ;urfdica colonial manejada
en
nuestra Isla,
es
la
difusion durante la primera rnitad del
sigLo
XlX,
de
obras preferen-
1 Lo expuesro
es
perfocramenre demosrrable en hechos concreros: En 1819-20 se publica en
Guat
emala
la edici6n principe de
las
fumosas
Instiruciones
rk
Dn-echo
rk
Castilla
y
rk
Indias
dd
Caredr:irico
de
esa
Universidad
Dr
. Jose Marfa Alvarez. Cinco arios despues la Imprenra de Pedro
N.
Palmer
de
la Habana
harfa
la
primera edici6n
de
esra obra fuera de Guaremala, pues
las
orras conocidas daran de
1826
(Mexico
y Filadelfia). Luego
se
harlan
en
la
Habana
dos ediciones mas de esta obra (1834 y 1841).
En
1826, nuestro Jose
Anronio
Saco publica en Filadelfia una traducci6n
dd
latm al Castellano de
las
&citaciones
tk
Han(ccio,
0 Ekmmtos
tki
Romano
,
de
esre auror y
el
viemes 5
de
enero
de
1827 d
Diario
de
la Habana anuncia
que
en
la Borica de D. Pedro Sanfdiu se vende
la
Instituta
de
era-
duciday
anotada por D. Jose
Amonio
Saco. En 1847
se
publica en
la
Habana por la imprenra
dd
Gobierno
una
rraducci6n del frances al castdlano hecha por
un
cubano
de
la obra "recien concluida"
dd
frances
Raymond
Theodore Troplong,
InjhJmcia
rkl
Cristianismo
ro (I Dmcho
Civil
de
los
Romanos
.
Asimismo
eI
Diario de la
Habana
,
No
.37 del
domingo
6 de febrero de 1825,
anunciaba
al
publico
la suscripci6n al Manltal rk
Prdctica
m
forma
d(
ditilogo
, c
on
a cornspondirote formulario
de
pedi
-
mmtos, por
E.T
.,
publicada
por
primera
Yel
eI
ario anrerior y que "los imeresados
no
se
desdefiar.in en
cooperar
a
una
empresa
que
puede
producir resultados vemajosos a la ilustraci6n
dd
pals."Y
asf
orros
ejemplos que citaremos
mas
adelanre.
74

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