Decreto-Ley No. 44/2021.- Sobre el ejercicio del Trabajo por Cuenta Propia
GOC-2021-775-O94
JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular.
HAGO SABER: Que el Consejo de Estado ha considerado lo siguiente:
POR CUANTO: La Ley 116, “Código de Trabajo”, de 20 de diciembre de 2013, establece los principios fundamentales que rigen el derecho de trabajo, aplicables a los trabajadores, incluidos los que trabajan por cuenta propia.
POR CUANTO: El Decreto-Ley 356 “Sobre el Ejercicio del Trabajo por Cuenta Propia”, de 17 de marzo de 2018, tal y como quedó modificado por el Decreto-Ley 383, de 23 de septiembre de 2019, establece las disposiciones generales para el desarrollo de esta actividad, así como el sistema de organización y control y las disposiciones normativas dictadas establecen el Reglamento para el ejercicio de esta modalidad de empleo, así como la denominación, el alcance de las actividades y el Reglamento para tramitar la Licencia de Operación de Transporte.
POR CUANTO: La experiencia en la aplicación de las disposiciones normativas del trabajo por cuenta propia aconseja unificarlas para su mejor implementación a fin de perfeccionar esta modalidad de empleo como parte de la Estrategia Económica y Social del país, reconociendo la creatividad y capacidad de los trabajadores por cuenta propia de encadenarse con el sector estatal u otros actores del sector no estatal, así como perfeccionar las responsabilidades de las administraciones locales del Poder Popular, en relación con esta actividad.
POR TANTO: El Consejo de Estado, en el ejercicio de las atribuciones que le están conferidas en el inciso c) del Artículo 122 de la Constitución de la República, ha adoptado el siguiente:
DECRETO-LEY 44
SOBRE EL EJERCICIO DEL TRABAJO POR CUENTA PROPIA
Del objeto y alcance
El presente Decreto-Ley tiene como objeto actualizar las disposiciones generales para el ejercicio del trabajo por cuenta propia, regular el procedimiento para tramitar las autorizaciones a través de la Oficina de Trámites creada a tal efecto, adecuar su sistema de organización y control, así como perfeccionar las responsabilidades de los órganos de administración local del Poder Popular, los órganos, organismos de la Administración.
Central del Estado y entidades nacionales, en relación con esta actividad.
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La incorporación de manera excepcional de los jóvenes de quince (15) y dieciséis (16) años de edad al trabajo por cuenta propia, así como las condiciones que deben garantizarse a los jóvenes de diecisiete (17) y dieciocho (18) años de edad que laboran en esta forma de gestión, se rigen por lo establecido en el Código de Trabajo y su Reglamento.
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La persona natural que solicita autorización para ejercer el trabajo por cuenta propia;
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la persona natural autorizada a actuar como empleador, dotada de capacidad legal para concertar relaciones laborales con los trabajadores que contrata; y
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los trabajadores contratados que ejercen el trabajo por cuenta propia con subordinación a una persona natural autorizada a actuar como empleador.
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El trabajador puede hacerse representar legalmente en todos sus actos.
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El cónyuge y los familiares hasta el segundo grado de consanguinidad, padres, hijos, hermanos, nietos y abuelos, y primero de afinidad, suegros, nueras, yernos, que participen en el proyecto de trabajo no tienen la obligación de inscribirse como trabajadores contratados.
De los organismos y entidades nacionales responsables en la atención al trabajo por cuenta propia
De las oficinas de Trámites
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Las entidades nacionales definidas por los organismos de la Administración Central del Estado responsables de la atención a las actividades que se ejercen por cuenta propia, designan sus representantes y lo notifican a los jefes de las entidades donde radican las oficinas de trámites.
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Las entidades encargadas de otorgar licencias de Operación de Transporte, designadas por el Ministerio del Transporte, para las actividades de transporte de carga y pasajeros y los servicios auxiliares y conexos del transporte;
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las oficinas de Trámites y Empleo de las direcciones de Trabajo municipales, para el resto de las actividades; y
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las unidades de Servicios y Trámites, donde estén creadas.
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Los trámites se realizan de forma presencial o mediante el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones.
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Cuando el proyecto de trabajo incluye la realización de forma conjunta de actividades de transporte de carga y pasajeros, y servicios auxiliares y conexos del transporte con otras actividades, la solicitud se presenta en la Oficina de Trámites y Empleo que radica en las direcciones de Trabajo municipales o en las unidades de Servicios y Trámites, según corresponda.
PROCEDIMIENTO PARA TRAMITAR LA AUTORIZACIÓN PARA EJERCER EL TRABAJO POR CUENTA PROPIA
De los trámites para la aprobación del proyecto de trabajo
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Cuando se pretende arrendar una vivienda, habitación o espacio, la solicitud se presenta en el municipio donde radica el inmueble.
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Carné de identidad;
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proyecto de trabajo que pretende desarrollar;
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datos de contacto;
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solicitud de apertura de cuenta bancaria fiscal en caso de no poseer cuenta bancaria; y
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otros documentos que se requieran en correspondencia con el proyecto a desarrollar.
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Para ejercer una actividad de transporte se requiere de la licencia correspondiente, según lo previsto en el Reglamento para la Licencia de Operación de Transporte.
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En los casos en que el propietario se hace representar, corresponde al representante tramitar la autorización para el ejercicio del proyecto.
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Nombre del proyecto si procede;
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descripción de las actividades que pretende realizar;
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lugar donde prevé ejercer el trabajo por cuenta propia; en los casos en que se ejerza en la vivienda, se delimita el área comercial del resto de esta;
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trabajadores a contratar y sus generales, cuando se requiera;
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interés de utilizar carteles u otras formas de promoción y publicidad, servicios artísticos y uso de música grabada o audiovisual;
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horario de funcionamiento de la instalación, en correspondencia con lo establecido por el Consejo de la Administración Municipal del Poder Popular, similar al de entidades del sector estatal;
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declaración de la procedencia del interesado a los efectos de la afiliación a la seguridad social;
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escala de contribución para la seguridad social seleccionada;
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sucursal bancaria de su domicilio fiscal; y
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declaración de la veracidad de los datos expuestos, que el origen de la fuente de financiamiento y las inversiones realizadas o a ejecutar en las actividades, así como la procedencia de los equipos...
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