Decreto-Ley No. 71/2023.- “Modificativo del Decreto-Ley No. 56 “De la Maternidad de la Trabajadora y la Responsabilidad de las Familias”, de 13 de octubre de 2021

GOC-2023-411-O41

JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder

Popular de la República de Cuba.

HAGO SABER: Que el Consejo de Estado ha considerado lo siguiente:

POR CUANTO: La Ley 156, “Código de las Familias”, de 22 de julio de 2022, establece en su Disposición Final Cuadragésima que el Ministerio de Trabajo y Seguridad

Social, a partir de su aprobación, dicta las normas jurídicas sobre protección a la maternidad y paternidad para las madres y los padres comitentes y para la gestante solidaria, en el ámbito de su competencia.

POR CUANTO: El Decreto-Ley 56, “De la Maternidad de la Trabajadora y la Responsabilidad de las Familias”, de 13 de octubre de 2021, amplió las garantías y los derechos de la madre y el padre trabajadores respecto a la protección de la maternidad en el sector estatal y no estatal; además, propició una mayor integración de la familia en el cuidado y atención de los hijos menores; lo cual requiere ser modificado para regular los derechos de las personas trabajadoras que intervienen en la gestación solidaria, así como adecuar los beneficios y prestaciones a los sujetos que surgen como consecuencia del pluralismo familiar que convive en la sociedad cubana y que es tutelado en el “Código de las Familias”.

POR TANTO: El Consejo de Estado, en el ejercicio de la atribución que le está conferida en el Artículo 122, inciso c) de la Constitución de la República, acuerda dictar el siguiente:

DECRETO-LEY No. 71

MODIFICATIVO DEL DECRETO-LEY No. 56 “DE LA MATERNIDAD

DE LA TRABAJADORA Y LA RESPONSABILIDAD DE LAS FAMILIAS”,

DE 13 DE OCTUBRE DE 2021

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 y 2
Artículo 1 Modificar los artículos 1 y 2 del Decreto-Ley 56 “De la Maternidad de la

Trabajadora y la Responsabilidad de las Familias”, de 13 de octubre de 2021, los cuales quedan redactados de la manera siguiente:

Artículo 1. El objeto del presente Decreto-Ley es establecer regulaciones relativas a la maternidad de la trabajadora y la Responsabilidad de las Familias, con los objetivos siguientes:

a) Asegurar y facilitar a la mujer trabajadora la atención médica durante el embarazo, el descanso pre y posnatal, la lactancia materna y, a ambos padres, el cuidado de las hijas y los hijos; en lo adelante, el menor;

b) regular las prestaciones monetarias, económica y social, desde las treinta y cuatro (34) semanas de embarazo o treinta y...

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