Decreto No. 281.- Reglamento para la implementación y consolidación del Sistema de Dirección y Gestión Empresarial Estatal

DECRETO No. 281

POR CUANTO: Por el Decreto-Ley No. 252 de fecha 7 de agosto de 2007 “SOBRE LA CONTINUIDAD Y EL FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DE DIRECCIÓN Y GESTIÓN EMPRESARIAL CUBANO”, encomendó al Consejo de Ministros emitir el Reglamento sobre las principales normas de actuación y procedimientos técnicos del Sistema de Dirección y Gestión.

POR CUANTO: Es necesario proveer a los Organismos de la Administración Central del Estado, Consejos de la Administración y otras entidades nacionales, así como al sistema empresarial estatal, de las normas y procedimientos que rigen como instrumentos de trabajo para la mejor aplicación del nuevo sistema de dirección y gestión.

POR CUANTO: Es útil efectuar una actualización de las normas y procedimientos que recójala experiencia en la aplicación práctica de las Bases Generales de Perfeccionamiento Empresarial, puestas en vigor a través del Decreto-Ley No. 187 de 18 de agosto de 1998, de manera que pueda constituir instrumentos efectivos en la consolidación del Perfeccionamiento Empresarial en el país.

POR CUANTO: Las empresas que aplican el Perfeccionamiento Empresarial han demostrado en estos años mayor eficiencia, organización, disciplina, por lo que proveerlas de estas herramientas les posibilitaría alcanzar metas superiores, demostrando que en el socialismo las empresas pueden alcanzar alto desempeño y un alto reconocimiento social.

POR TANTO: En uso délas atribuciones que le están conferidas, el Consejo de Ministros, decrétalo siguiente:

REGLAMENTO PARA LA IMPLANTACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DEL SISTEMA DE DIRECCIÓN Y GESTIÓN EMPRESARIAL ESTATAL

CAPÍTULO I Artículos 1 a 56

GENERALIDADES

El presente Reglamento establece las características, principales normas técnicas y de actuación, los diferentes procedimientos, las facultades delegadas alas empresas y organizaciones superiores de dirección y enmarcamientos que se establecen en el desarrollo para la implantación del Sistema de Dirección y Gestión.

El proceso de Perfeccionamiento Empresarial tiene como objetivo garantizar la implantación de un Sistema de Dirección y Gestión (SDG) en las empresas estatales y organizaciones superiores de dirección que logren un significativo cambio organizativo al interior de las mismas y gestionar integralmente los sistemas que la componen.

El Perfeccionamiento Empresarial, se rige por las políticas del Partido Comunista de Cuba, del Estado y del Gobierno, tiene como objetivo supremo garantizar el desarrollo de un sistema empresarial organizado, disciplinado, ético, participativo, eficaz y eficiente, que genere mayores aportes ala sociedad socialista y que todas las empresas se conviertan en organizaciones de alto reconocimiento social.

El presente Reglamento es el instrumento de dirección para que las empresas estatales y organizaciones superiores de dirección, puedan de forma ordenada, realizar las transformaciones necesarias con el objetivo de lograr la máxima eficacia y eficiencia en su gestión integral.

En el presente Reglamento cuando se exprese “organización superior de dirección”, se refiere a la organización superior de dirección e incluye en este concepto a los grupos empresariales y uniones. De la misma forma, para especificar Sistema de Dirección y Gestión Empresarial se expresará solo Sistema Dirección y Gestión.

En el presente Reglamento al referirse a Organismos se entenderá por ello los Organismos de la Administración Central del Estado, así mismo cuando se exprese Consejo de la Administración Provincial incluye en este al municipio especial Isla de la Juventud. Sobre las funciones de los Órganos para garantizar la dirección del proceso de Perfeccionamiento Empresarial

ARTÍCULO 1 (Modificado) Las principales funciones y atribuciones del Grupo Gubernamental son:
  1. Aprobar las políticas, principios y procedimientos generales de actuación en el desarrollo del proceso de Perfeccionamiento Empresarial;

  2. proponer al Consejo de Ministros las modificaciones que sean necesarias introducir al Reglamento para la Implantación y Consolidación del Sistema de Dirección y Gestión Empresarial Estatal;

  3. autorizar que las empresas y organizaciones superiores de dirección comiencen a aplicar el Sistema de Dirección y Gestión, teniendo en cuenta los expedientes finales aprobados, sobre la base del dictamen del Grupo Ejecutivo;

  4. evaluar sistemáticamente los resultados obtenidos por las empresas y organizaciones superiores de dirección que aplican el Perfeccionamiento Empresarial, así como los principales problemas que afectan el desarrollo del proceso, aprobando en cada caso las medidas que correspondan;

  5. evaluar y aprobar nuevas medidas a introducir en el proceso, como respuesta a situaciones que se presenten en el desarrollo de la implantación del Sistema de Dirección y Gestión;

  6. aprobar la suspensión de la aplicación del sistema en aquellas empresas y organizaciones superiores de dirección que no hayan alcanzado los resultados esperados en su gestión o que hayan incurrido en deficiencias no compatibles con los principios establecidos;

  7. autorizar la reincorporación al sistema de aquellas empresas y organizaciones superiores de dirección que fueron suspendidas de la aplicación del mismo;

  8. evaluar la marcha del proceso de Perfeccionamiento Empresarial en cada organismo, Consejo de la Administración Provincial y organización superior de dirección, aprobando en cada caso las medidas que correspondan;

  9. delegar en los jefes de los organismos, presidentes de los consejos de la Administración Provincial y directores generales o presidentes de las organizaciones superiores de dirección, según corresponda, que demuestren calidad en la aplicación del Sistema de Gestión y Dirección, la facultad de aprobar los expedientes de sus empresas y organizaciones superiores de dirección;

  10. extender, excepcionalmente, hasta dos (2) años el término establecido en los artículos 8, inciso a); 44.1 y 87 de este Reglamento;

  11. autorizar excepcionalmente a adoptar medidas referidas al proceso de perfeccionamiento empresarial en entidades empresariales que no cumplan con los preceptos establecidos para este, por causas no imputables a la gestión empresarial; y

  12. otras que le sean...

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