Decreto No. 70/2022.- Modificativo del Decreto 225 “De contravenciones personales de las regulaciones para el control y registro del ganado mayor y de las razas puras”

GOC-2022-831-O89

MANUEL MARRERO CRUZ, Primer Ministro.

HAGO SABER: Que el Consejo de Ministros ha considerado lo siguiente:

POR CUANTO: El Decreto-Ley 99 “De las Contravenciones Personales”, de 25 de septiembre de 1987, en su Disposición Final Primera, faculta al Consejo de Ministros para definir las contravenciones, determinar las medidas a imponer por su comisión, definir la autoridad que las impondrá así como la que tendrá a su cargo resolver los recursos de apelación.

POR CUANTO: El Decreto-Ley 17 “De la implementación del Proceso de Ordenamiento

Monetario”, de 24 de noviembre de 2020, establece la unificación monetaria y cambiaria a partir del primero de enero de 2021.

POR CUANTO: El Decreto 225 “De contravenciones personales de las regulaciones para el control y registro del ganado mayor y de las razas puras”, de 29 de octubre de 1997, establece las contravenciones, multas y demás medidas a aplicar por la violación de las regulaciones sobre el control y registro del ganado; así como las autoridades facultadas para imponer las multas y demás medidas, y resolver los recursos.

POR CUANTO: Teniendo en cuenta que las cuantías de las sanciones pecuniarias que se disponen en el referido Decreto 225, no cumplen los fines para las que están previstas y las medidas aprobadas para dinamizar la producción agropecuaria en el país, es necesario ajustar los valores de las multas y actualizar esta disposición al escenario actual.

POR TANTO: El Consejo de Ministros, en el ejercicio de las atribuciones que le están conferidas en el Artículo 137, incisos ñ) y o) de la Constitución de la República de Cuba, decreta lo siguiente:

DECRETO 70

MODIFICATIVO DEL DECRETO 225 “DE CONTRAVENCIONES

PERSONALES DE LAS REGULACIONES PARA EL CONTROL Y REGISTRO

DEL GANADO MAYOR Y DE LAS RAZAS PURAS”

Artículo 1 Modificar el Artículo 1 del Decreto 225 “De contravenciones personales de las regulaciones para el control y registro del ganado mayor y de las razas puras”, el que queda redactado de la forma siguiente:

Artículo 1. Las personas naturales y jurídicas...

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