Decreto No. 74/2022 “Sobre el Centro Nacional de Derecho del Autor y del Artista Intérprete
DECRETO 74
SOBRE EL CENTRO NACIONAL DE DERECHO DEL AUTOR
Y DEL ARTISTA INTÉRPRETE
Centro Nacional de Derecho del Autor y del Artista Intérprete.
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Proponer al Ministerio de Cultura las actualizaciones a la política del Estado y el
Gobierno en cuanto a la protección de la creación literaria y artística, así como contribuir en su ejecución y control;
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otorgar licencias de uso social de creaciones literarias y artísticas, acorde a lo establecido en la Ley;
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proponer cambios para el perfeccionamiento de la legislación sobre la protección de la creación literaria y artística;
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ofrecer orientación a los órganos, organismos de la Administración Central del
Estado y a las entidades nacionales que lo soliciten, en relación con la aplicación de la legislación nacional y de los acuerdos, tratados o convenciones internacionales de los que es parte el Estado cubano, en cuanto a la protección de la creación literaria y artística, y sobre el diseño y ejecución de estrategias en esta materia, así como contribuir en acciones de sensibilización sobre estas temáticas;
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emitir opiniones técnicas sobre proyectos de disposiciones normativas relativas a la materia de su competencia o vinculadas a esta;
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tener a su cargo el Registro de creaciones literarias y artísticas protegidas, y de actos y contratos referidos a estas;
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tramitar o recomendar, dentro de los límites de su competencia, la aprobación de acuerdos, convenios o tratados internacionales en los que el Estado pretenda ser parte, relacionados con la protección de la creación literaria y artística;
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participar en las actividades de organizaciones internacionales, así como en conferencias u otras reuniones internacionales, sobre la protección de la creación literaria y artística;
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desarrollar la cooperación...
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