Decreto No. 80/22.- “Creación de la organización superior de dirección empresarial grupo empresarial productor y comercializador avícola y de alimentos balanceados” (GOC-2023-61-O7)
GOC-2023-61-O7
MANUEL MARRERO CRUZ, Primer Ministro,
HAGO SABER: Que el Consejo de Ministros ha considerado lo siguiente:
POR CUANTO: El Decreto 336 “Del sistema de relaciones de las organizaciones superiores de dirección empresarial”, de 5 de septiembre de 2017, en su Artículo 2, apartado 1, dispone que el Consejo de Ministros crea las organizaciones superiores de dirección empresarial que se le subordinan y dispone su extinción, fusión o cualquier otro movimiento organizativo cuando resulte procedente.
POR CUANTO: A partir de la reorganización del Grupo Empresarial Ganadero, resulta necesario crear el Grupo Empresarial Productor y Comercializador Avícola y de Alimentos Balanceados como organización superior de dirección empresarial, subordinada al Consejo de Ministros y entidad nacional, a todos los fines previstos en la legislación vigente.
POR TANTO: El Consejo de Ministros, en el ejercicio de las atribuciones que le están conferidas por los incisos l) y o) del Artículo 137 de la Constitución de la República de
Cuba, decreta lo siguiente:
DECRETO 80
CREACIÓN DE LA ORGANIZACIÓN SUPERIOR DE DIRECCIÓN
EMPRESARIAL GRUPO EMPRESARIAL PRODUCTOR
Y COMERCIALIZADOR AVÍCOLA Y DE ALIMENTOS BALANCEADOS
Grupo Empresarial Productor y Comercializador Avícola y de Alimentos Balanceados, subordinada al Consejo de Ministros, como entidad nacional, a todos los fines previstos en la legislación vigente.
Balanceados se crea con los bienes y recursos que se le asignen para integrar su patrimonio, provenientes del Grupo Empresarial Ganadero y es atendido por el Ministro de la Agricultura.
PRIMERA: El Grupo Empresarial Ganadero adopta las medidas que correspondan para la ejecución de lo dispuesto en el presente Decreto en un plazo de sesenta días hábiles, contados a partir de la fecha de su entrada en vigor.
SEGUNDA: El Ministro de Economía y Planificación en un término de treinta días hábiles, contados a...
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