Decreto Presidencial No. 262/2021.- Reglamento del Consejo Nacional de Innovación

GOC-2021-526-EX44

MIGUEL DÍAZ CANEL BERMÚDEZ, Presidente de la República.

HAGO SABER: Que en el ejercicio de la facultad que me está conferida en virtud del Artículo 125, de la Constitución de la República de Cuba, he considerado lo siguiente:

POR CUANTO: Mediante el Acuerdo 156 del Consejo de Estado, de 13 de abril de 2021, se creó el Consejo Nacional de Innovación, con el objetivo de gestionar con éxito la innovación en el país y en su Disposición Final Primera establece que corresponde al Presidente de la República emitir en el plazo de treinta días a partir de la entrada en vigor del acuerdo, el Reglamento sobre la organización y funcionamiento de este órgano.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me han sido conferidas en el Artículo 128, incisos b), ñ), y x) de la Constitución de la República, he decidido dictar el siguiente:

DECRETO PRESIDENCIAL 262

ÚNICO: Aprobar el siguiente:

REGLAMENTO DEL CONSEJO NACIONAL DE INNOVACIÓN

CAPÍTULO I Artículos 1 a 8

DEL CONSEJO NACIONAL DE INNOVACIÓN

SECCIÓN PRIMERA Artículos 1 a 6

De la integración del Consejo Nacional de Innovación

Artículo 1 El Consejo Nacional de Innovación está presidido por el Presidente de la República, en lo adelante el Presidente, e integrado por el Primer Ministro, el Viceprimer Ministro que atiende esta actividad y los demás miembros permanentes establecidos en el Acuerdo 156 del Consejo de Estado, de 13 de abril de 2021.
Artículo 2 Designar los demás miembros del Consejo Nacional de Innovación que se relacionan en Anexo I, que forma parte del presente Decreto Presidencial.
Artículo 3 El Consejo Nacional de Innovación se integra por una cifra de hasta veintitrés miembros, sin contar a su Presidente.
Artículo 4 La composición e integrantes del Consejo Nacional de Innovación pueden ser renovados, de manera periódica, de forma tal que se ajuste a las condiciones, prioridades y objetivos estratégicos que permitan impulsar la innovación en la nación.
Artículo 5 El Consejo Nacional de Innovación se auxilia para su funcionamiento de un Equipo Ejecutivo cuyos miembros se relacionan en el Anexo II, que forma parte integrante del presente Decreto Presidencial.
Artículo 6 Cuando el Presidente se vea imposibilitado de asistir a una de las reuniones convocadas del Consejo Nacional de Innovación esta es presidida por el Primer Ministro.
SECCIÓN SEGUNDA Artículos 7 y 8

Sobre los invitados a las reuniones del Consejo Nacional de Innovación

Artículo 7 El Presidente, por decisión propia o a propuesta de alguno de los miembros del Consejo Nacional de Innovación, puede invitar a las reuniones a otras personas cuya participación e intervención se considere importante para el análisis y debate de los temas a tratar, las que no tienen derecho al voto.
Artículo 8 En el caso a que se refiere el artículo anterior, el Equipo Ejecutivo cursa las invitaciones correspondientes y adjunta las copias de los documentos relativos a los puntos de la agenda de la reunión para los que se haya considerado necesaria la presencia del invitado.
CAPÍTULO II Artículos 9 a 12.1

DE LAS REUNIONES Y SESIONES

Artículo 9 EI Consejo Nacional de Innovación se reúne de forma ordinaria trimestralmente y de forma extraordinaria cuando la naturaleza del asunto así lo requiera.
Artículo 10 Para la validez de las sesiones del Consejo Nacional de Innovación se requiere la presencia de más de la mitad del número total de los miembros que lo integran y, además, haberse cumplido previamente los requisitos siguientes:
  1. Dar a conocer a los miembros del Consejo Nacional de Innovación el lugar, fecha y hora en que tendrá lugar la reunión; y

  2. remitir a los miembros del Consejo Nacional de Innovación, con una anticipación no menor de cinco días a su fecha de celebración, la agenda de los temas que se tratarán en la reunión, y...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT