Delitos y penas en el nuevo mundo

AuthorRicardo M. Mata y Martín
ProfessionDoctor en Derecho. Catedrático (Acreditado) de Derecho Penal, Facultad de Derecho, Universidad de Valladolid, España
Pages87-109
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DELITOS Y PENAS EN EL NUEVO MUNDO
Ricardo M. M  M*
Planteamiento
La historia del ser humano nos muestra al Derecho penal como un elemento
necesario en la convivencia humana de todos los tiempos. Efectivamente,
lanecesidad de declarar ciertas conductas como infractoras e imponer a las
mismas algunas sanciones o consecuencias aparece, de múltiples formas, en
lassituaciones habituales; pero también en las más extremas, como son los des-
cubrimientos, exploraciones de territorios desconocidos e incluso en la guerra.
Con la mención al Derecho penal, por tanto, hacemos referencia a la
determinación de ciertas conductas como prohibidas y la aplicación para sus
autores de sus correlativas sanciones. En denitiva, los componentes funda-
mentales del derecho penal: delitos y penas. El Derecho penal, la facultad
de congurar los hechos constitutivos de infracciones y declarar las penas o
sanciones aplicables, así como su ejecución, es una de las manifestaciones
supremas de la soberanía del poder público de una comunidad política. Como
tal manifestación se impone a la voluntad de los individuos que se encuentran
* Doctor en Derecho. Catedrático (Acreditado) de Derecho Penal, Facultad de Derecho,
Universidad de Vall adolid, España, rimata@der.uva.es.
Se ha respetado el uso original de la ortografía en determinadas citas que aparecen en el
capítulo.
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Ricardo M. Mata y Martín
en el territorio de la comunidad política y se extiende, por tanto, a todos los
territorios en los que se asienta tal comunidad. Es cierto que la historia, en
muy distintos períodos, nos enseña también lo que a nuestros ojos se presenta
como excesos en este poder punitivo, pero también sabemos que ejercido en
sus justos términos constituye un instrumento creador de espacios de libertad
frente a la violencia y la “ley” del más fuerte, en benecio de las víctimas y del
conjunto de la sociedad. En todo caso ninguna civilización ha renunciado a
este instrumento colaborador de la convivencia, aunque en nuestros tiempos
pueda calicarse como una “amarga necesidad”.
En el presente trabajo se quiere realizar una aproximación a lo que fue la
aplicación del derecho penal en el descubrimiento, conquista y colonización
del Nuevo Mundo. Precisamente, por tratarse de un nuevo espacio y con
condiciones especícas posee interés el conocimiento de la problemática en
laconguración y ejecución del poder punitivo ultramarino. Desde los prime-
ros tiempos del arribo de C a las Antillas se presentan problemas graves
en la convivencia que hacen surgir los instrumentos punitivos. Igualmente, en
elcontacto con los indígenas y, en su caso, en los enfrentamientos se recurrirá
con mayor o menor justicia al Derecho penal. Como se ha dicho, dadas las
características del presente trabajo, únicamente se pretende mostrar algunas
de las líneas maestras de lo que constituyó el ejercicio del ius puniendi más
allá de los límites espaciales hasta entonces establecidos para las Monarquías
hispánicas.
Como el descubrimiento del Nuevo Mundo y su asimilación se desarrolló
a lo largo de momentos históricos muy diversos, desde el descubrimiento en
1492, y sobre territorios que iban aumentando paulatinamente, así como en
condiciones variables, se hace preciso distinguir, al menos, dos grandes fases
en esta aplicación del Derecho penal. Por una parte, lo que puede denominarse
Derecho penal del descubrimiento y conquista (prácticamente un Derecho
penal de frontera). Es el relativo a los primeros momentos y que se aplicará
en expediciones, descubrimientos y conquistas de los años iniciales. Después,
con el cambio de circunstancias vendrá el Derecho penal de asentamiento o
institucionalizado. Aquel que podemos reconocer una vez logrado el esta-
blecimiento de poblaciones y normalizada la vida social. Conforme a esta gran
división pasamos a exponer sus rasgos fundamentales.
Derecho penal de descubrimiento y conquista
Esta calicación se reere al Derecho punitivo aplicado durante los primeros
tiempos en las expediciones y conquistas de nuevos territorios (incluidos los
períodos de navegación). Como se ha señalado el ius puniendi representa una

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