Estado y deporte. Consideraciones teóricas a propósito de la problemática del intervencionismo publico vs. el 'autonomismo' del ámbito deportivo

AuthorKarel Luis Pachot Zambrana
Pages361-377
XXV.
ESTADO Y DEPORTE.
CONSIDERACIONES
TE6RICAS
A
PRop6sITO
DE
LA PROBLEMATICA
DEL
INTERVENCIONISMO
PUBLICO
VS.
EL
«AUT
ONOMISMO
" DEL
AMBITO
DEPORTIVO*
Karel
Luis
Pachoc Zambrana
I.
PLAN
TEAMIENTO
INIC
IA
L
La perdurabilidad que
eI
depone ha evidenciado a traves de
los
anos nos permite
asistir en la contemporaneidad a
10
que bien pudiera denominarse
la
"sociedad depor-
ti
vi
zada" . Tal afirmaci6n no obvia
el
hecho de
que
el
deporte
no
es
practicado por la
totalidad de la poblaci6n mundial, pero reafirma
que
no
es
menos cierto
que
SI
millo-
nes de personas, amen de practicarlo 0 no en alguna etapa de sus vidas, han incor-
porado
el
deporce a sus patrones
de
vida, bien
por
la anci6n 0 pasi6n con que
les
seduce este, bien porque la innegable fuerza social
que
arrastra
el
mismo
les
desbor-
da su atenci6n cotidiana.
Sin embargo no asi
se
ha
comportado la relaci6n que
se
ha
venido manifescando
hist6ricamente entre
el
Estado y
el
deporte, mas
si
se tiene en cuenta
que
el
deporce
no siempre
fue
objeto de atenci6n publica, por demas tampoco requerida dicha aten-
ci6n inicialmente por
los
promotores de
esca
actividad social.
De
hecho, inicialmente
el
intert!s que
el
Estado evidenci6 por
el
deporte
se
comextua
li
z6 desde
una
visi6n del
intervencionismo publico generada por
la
instrumentaci6n
de
un conjunto de polici-
cas publicas encaminadas a sostener los pilares basicos
del
Estado Moderno
-p
lante-
ado a partir de su Modelo Liberal decimon6nico del "Jaissez-foire"-,
10
que,
por
otra
parte. pretendi6 superar d deficit
de
legitimidad
y,
de
igual modo, concretar
las
exi-
gencias de
la
dignidad humana que este no habia logrado. En estos cauces comenza-
*
Una
versIOn
inieial del preseme esrudio
fue
publicada con
el
drulo "Estado y depone:
Co
nsideraeion
es
te6ricas
",
en
eI
10
del
afio 2006 de la &Vista
Brarikira
de
Direito
Desportivo
, publi-
caci6n del Instituto Brasilefio de Deree
ho
Deportivo.
**
Liceneiado
en
Derecho (2 001). Doctor en Ciencias Jurldicas (20
07
). Profesor de Derecho
Constirueional
de
la
Facultad de Derecho
de
La
Universidad de Orieme, Samiago de C
uba
, Vicedecano
Doceme. Miembro
de
La
Soc
iedad Cubana
de
Derecho
Co
nstirueional y Administrativo, de
La
Uni6n
Nacional d e Jurisras de Cuba. Miembro
de
La
Chedra
de Historia del Esrado y
eI
Derecho "Leonardo
Grman Peralra"
de
la
Universidad de Oriente. Miembro del Insricuro Brasilefio
de
Derecho Deportivo
y del Insrituto fberoamericano de Derecho Deportivo.
361
ron a manifestarse signos
de
publificacion I deportiva en
la
medida en que aparecie-
ron y
se
consolidaron los modelos alternativos alliberalismo ante la grave crisis
en
que
se
hallaba sumido este: los Estados Social y,
por
otra parte, Socialista.2
El establecimiento de este Ultimo,
el
emergente Estado Socialista
-reivindicador
de los intereses de
las
clases trabajadoras cual alternativa radical frente alliberalismo
-oblig6 a un redimensionamiento en
los
fmes sostenidos por
este
ultimo. En
tal
con-
texto fueron asumidos publicamente una serie de servicios sociales, basados,
en
algu-
na media, en
el
reconocimiento jurfdico de los denominados derechos econ6rnicos,
sociales y culturales,
los
que
fueron consagrados, incluso, como derechos fundamen-
tales en
los
respectivos ordenamientos jurfdicos. No obstante,
la
incorporaci6n del
deporte a
la
lista de esas polfticas publicas
se
realiz6 lenta y progresivamente, siendo
resultado de una constante evoluci6n
el
grado
de
desarrollo 0 nivel de intervenci6n
publica que hoy
se
logra apreciar en determinados paises.
De
hecho
, aquella marginaci6n que socavaba inicialmente
al
deporte moderno de
la
intervenci6n publica
en
aquel periodo hist6rico previo a la construcci6n de
los
Estados Social y Socialista, coincidente con
eI
Estado Liberal de la segunda mitad del
siglo XIX y primera del XX,
se
argument6 desde
la
perspectiva
de
que
eI
deporte
moderno, fen6meno emergido de
la
propia sociedad burguesa y conducido por
las
estructuras privadas de direcci6n y organizaci6n (asociaciones deportivas), era una
actividad que
s610
afectaba a drculos muy concretos y espedficos de
la
sociedad.
Consecuentemente la organizaci6n autonoma del
depone
con relaci6n al resto
de
los
fen6menos sociales estuvo determinada por la traslaci6n a este del paradigrna liberal
que
exaltaba su caracter eminentemente privado, lIegandose a dotar, incluso,
de
reglas
propias que en cierto
momento
uataron de constituir
un
drculo jurfdico indepen-
diente de
los
ordenamientos jurfdicos generales vigentes en
los
respectivos pafses.
Esta situacion, de completa inhibici6n publica, condicion6 que se crearan las con-
diciones para que
la
acuvidad deportiva fuese considerada un fenomeno regulado
exclusivamente por los entes depoctivos privados, imponiendose, paraldamente a
ello,
la
regia del "equilibrio natural" producto del racionalismo burgues, renuente a
cualquier tipo de intervenci6n publica.
1
£1
tennino
que
puede parecer exuafio,
se
emplea usualmeme en la doctrina
jucI-
dico-deponiva comparada. Ai respecto,
es
oportuno recordar, segun apuma Miguel Marla
GAR
C
fA
DBA,
"Recensi6n
allibro
"
£1
Derecho Deportivo en Espatia 1975-2005 " de Ignacio Jimenez Sow y Estanislao
Arana
Garda
(Directores)", en Rroista Jurldica
tk
Deporte y Entwenimiento, Thomson-Aranzadi,
18,
2006, cila 8, p . 678, que:
"E]
5
de
junio de 2002,
el
diario ABC publicaba una noticia firmada poc
el
academico, D.
Garda
Yebra
,
en
la cual
se
ponia de manifiesro que
la
Real
Academia Espafiola
habCa
aprobado, para su inclusi6n en el, la palabra publificaci6n, como "acci6n y efecro
de
publificar", verbo
uansitivo, cuyo significado es,
en
primera acepci6n, "
dar
caracter publico 0 social a algo individual 0
privado"". Sin embargo, hasta la fecha
no
ha sido incorpocado
el
termino en
el
Diccionario
de
la
Real
Academia de la Lengua Espanola poc causas desconocidas
por
el
auror.
2 Sobre
la
formulaci6n le6cica de los diferemes modelos de Estado (Liberal, Social y Socialista)
vid.:
Ram6n
GAR
c
CA
COTARELO y Andres
DE
BLAS
HE
RR
E
RO
,
uorl11
tkl
EstaLbJ
y
Sistemas
Politicos
, Tomo 1,
UNED
, Madrid, 1986, pp. 71 Y 55
.;
Julio FE
RN
AN
D
EZ
yorla
tkl
Estado,
Felix Varela,
La
Habana,
2002,
pp
.
III
Y s
s.;
Y Jose Walter
MOND
ELO
GAR
C
CA
y Mileydis
SAMON
LE
YVA
, "Futuro del Estado
Social de Derecho", en
Co
LE
CnVO
DE
A
UT
O R
ES
, Memorias
tk
fa
IV
Conftrencia
Cienrifica
sobre
el
Dtrecho, Barco
de
pape!, Mayaguez, Puerto Rico, pp.
151
Y 55.
362

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