El habeas data en la Constitución Cubana

AuthorTeresa Delgado Vergara
ProfessionProfesora Titular, Universidad de La Habana
Pages263-275
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Profesora Titular
Universidad de La Habana
Sumario: I. Los derechos inherentes a la personalidad en el panorama normativo cubano: 1. El
derecho a la intimidad.- II. El derecho a la autodeterminación informativa y el habeas
data.particularidades: 1. Contexto histórico-geográfico.- III. Exegesis del 97 constitu-
cional cubano: 1. ¿Acción, derecho, recurso?- IV. Conclusiones.- V. Bibliografía
i. los derechos inherentes a la Personalidad en el Pa-
norama normativo cuBano
Los derechos inherentes a la personalidad referidos por el Código civil cuba-
no han sido objeto de múltiples estudios doctrinales desde el punto de vista civil,
su sede natural, pero también desde el Derecho público al remitir su artículo 38 a
la Carta Magna cuando establece:
“La violación de los derechos inherentes a la personalidad consagrados en la
Constitución que afecte al patrimonio o al honor de su titular confiere a este o a sus
causahabientes la la facultad de exigir:
a) El cese inmediato de la violación o la eliminación de sus efectos, de ser posible;
b) la retractación por parte del ofensor; y
c) la reparación de los daños y perjuicios causados.”
“Los derechos inherentes a la personalidad ocupan, o deben ocupar, el más destaca-
do lugar dentro del Derecho Civil, toda vez que éste concibe como realidad primaria
respecto a la cual irradian sus normas a la persona misma, al ser humano jurídica-
mente considerado, provisto de atributos y cualidades intrínsecas que lo dignifican y
lo colocan en el plano más alto del conglomerado social en el que se desenvuelve.”1
Sin embargo ello no significa que deban ser olvidados por el constituyente,
por cuanto su reconocimiento y tutela son indispensables para el desarrollo pleno
de la persona per se y en tanto ciudadano también. Puede resultar muy saludable
para las garantías de los derechos una hermenéutica armónica y coherente entre
el texto constitucional y la ley común.
1 VALDÉS DÍAZ, Caridad, “Comentarios al artículo 38”, en P G, Leonardo,
Comentarios al Código civil cubano. Tomo I, Volumen II, Editorial Félix Varela, La Habana 2014, pág. 1.

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