Introduccción motivada. Algunas notas diletantes entre el sentimieto jurídico y la legalidad fundamental

AuthorFrancisco Lledó Yagüe - Ignacio F. Benítez Ortúzar
ProfessionCatedrático de Derecho Civil, Universidad de Deusto (España) - Catedrático de Derecho Penal, Universidad de Jaen (España)
Pages11-20
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Nos cabe el honor inmerecido de destacar en unas líneas esta fructífera cola-
boración entre profesores españoles y cubanos en torno a un estudio comparativo
de la reciente y transcendental Constitución cubana publicada a la sazón en el
pasado abril de 2019.
Ahora bien, no se trata de un análisis pormenorizado del texto constitucional
cubano, tampoco supone que la aportación de los profesores españoles explique el
texto y contexto del articulado de la citada Constitución, de manera prioritaria, sino
sustancialmente extrayendo reflexiones comparativas con la Constitución española.
El objetivo de la colaboración parte de una metodología y estructura empíri-
ca, que debe su inspiración y materialización efectiva a nuestro ínclito y cualifica-
do jurista y meritorio amigo, el profesor Dr. Juan Mendoza Díaz. Y acorde con esta
apreciación previa, se ha seleccionado una serie de temas conceptualmente rele-
vantes, en torno a los cuales y como “eje vertebrador” –en todos los temas–, los au-
tores, por un lado, los compañeros profesores cubanos, reflexionan con acertadí-
sima inspiración sobre estas cuestiones jurídicamente necesarias y que, referentes
a la garantía de los derechos del ciudadano, constituyen el núcleo fundamental
de la Constitución cubana. Por otro lado, la colaboración correspondiente a los
profesores españoles, lo que han resaltado en sus trabajos, es el fruto de la expe-
riencia –desde un punto de vista fenomenológico y experiencial– de estas cues-
tiones “homónimas” en el contexto de la enriquecedora aportación doctrinal y
jurisprudencial del texto constitucional español en estos años, y que sirve como
“caudal de ideas y reflexiones”, en la firme andadura de la Constitución cubana,
en el contexto sociopolítico que le compete.
Así las cosas, lo que se ha pretendido y este es el “hilo conductor de la obra”
no es lo que el autor español explique, diserte o formule específicamente, re-
flexiones en torno al texto constitucional cubano, ya que ello compete en “buena
lid”, específicamente a los autores cubanos. Lo que se pretende es que el cualifi-
cado comentarista español contextualice y explique precisamente desde la óptica
de la explicación de la Constitución española, el “Derecho constitucional” vivido
en el arte empírico de la experiencia en la vida práctica jurisdiccional y doctri-
nal, de estas cuestiones que tanto en la Constitución cubana “ahora”, como en la
Constitución española desde 1978 hasta el momento presente, ha suscitado inten-
sa y extensamente su aplicación para su destinatario natural que no es otro que el
ciudadano en España, y, ahora también, al ciudadano cubano.
En relación a lo expuesto, la pretensión principal de la colaboración de los
cualificados profesores españoles, no es otra que aportar un “sentimiento jurídico

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