Los medios alternativos de solucion de conflictos como forma de expresion de la tutela judicial efectiva en Cuba

AuthorDunia González Martínez
PositionBufete Colectivo de Las Tunas
Pages17-35
RPNS 0491 ISSN 2789-0910 BOLETÍN ONBC. REVISTA ABOGACÍA No. 72, julio-diciembre, 2024
http://ojs.onbc.cu
LOS MEDIOS ALTERNATIVOS DE SOLUCION DE CONFLICTOS
COMO FORMA DE EXPRESION DE LA TUTELA JUDICIAL
EFECTIVA EN CUBA
Alternative means of conflict resolution as a form of expression of effective
judicial protection in cuba
Lic. Dunia González Martínez.
0009-0001-7828-2429
Abogada del Bufete Colectivo de Las Tunas.
dunia.gonzalez@ltu.onbc.cu
Resumen: Con el presente trabajo se muestra
una visión genérica de las ventajas del uso de
los medios alternativos de solución de conflictos
y su concepción desde el Derecho
Constitucional, acerca de si forman parte o no
de la tutela judicial efectiva en el contexto
actual cubano, ofreciendo un análisis
perspectivo de nuestra legislación e
identificándolos como un acompañamiento de
la jurisdicción ordinaria para resolver sus
conflictos, al no ser exigible como requisito
para dar inicio a una litis, carentes además de
particularidades que no les permiten observarse
como partes del debido proceso.
Palabras claves
: Tutela, medios alternativos,
conflictos, garantías.
Abstract: This paper shows a generic vision of
the advantages of the use of alternative means
of conflict resolution and its conception from
Constitutional Law, about whether or not they
are part of the effective judicial protection in the
current Cuban context, offering a prospective
analysis of our legislation and identifying them
as an accompaniment of the ordinary
jurisdiction to resolve their conflicts. as it is
not required as a requirement to initiate a
litigation, they also lack particularities that do
not allow them to be observed as parties to due
process.
Key words: Guardianship, alternative means,
conflicts, guarantees.
Fecha de enviado: 13/04/2024
Fecha de aceptado: 05/06/2024
INTRODUCCIÓN
Los Medios Alternativos de Solución de Conflictos,
son mecanismos que permiten que las partes de un
conflicto participen en su resolución, desde la
elección del mecanismo (negociación, conciliación,
mediación, arbitraje) hasta el diseño del
Los medios alternativos de solucion de conflictos como forma de expresion de la tutela judicial
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Dunia González Martínez
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procedimiento a seguir y el contenido de sus
acuerdos. Se caracterizan por ser flexibles y
simples: Los Mecanismos Alternativos carecen de
toda forma estricta; para tal efecto, evitando con
ello establecer formalismos innecesarios, debiendo
utilizar en ellos un lenguaje sencillo y locuaz.
Deben además tramitarse con agilidad y sin
complejidad de manera que faciliten llegar a los
acuerdos que requieren las partes.
La sobresaturación de procedimientos en los
tribunales, y en los diferentes órdenes
jurisdiccionales y administrativos, repercute
negativamente en los tiempos de resolución de
los conflictos. Frente a ellos, los sistemas
alternativos de resolución de conflictos como
complemento al proceso judicial o
administrativo pueden permitir la obtención de
un pronunciamiento en un plazo mucho más
breve. En este sentido, la rapidez y el reducido
coste económico se destacan entre las
características delimitadoras, en función de las
facultades o competencias que tenga asignado
el tercero o terceros en la resolución del
conflicto.
En los métodos autocompositivos, la intervención
del tercero, que se sitúa en plano de igualdad con
las partes, tiene por finalidad potenciar la
comunicación y alcanzar, con ello, una mejor
solución al conflicto.
Con la aprobación del nuevo texto Constitucional
cubano y la introducción de nuevas garantías, en
especial el Debido Proceso, da paso al
reconocimiento de los medios alternativos de
solución de conflicto como una forma
autocompositiva. En tal sentido hay que verlos, tal
como dice su nombre, como una alternativa frente
a justicia ordinaria. Sería entonces más productivo
entonces concebir los medios alternativos de
solución de conflictos no como una vía
competitiva a la justicia ordinaria, sino como una
complementaria. Ambos sistemas tienen sus
propias ventajas, se necesitan mutuamente y bien
pueden actuar coordinadamente, dicho así debió
concebirse por el legislador en el recién Código de
los Procesos, como un requisito previo a la litis,
cumpliendo así sus funciones como parte de la
tutela judicial efectiva.
DESARROLLO
Surgimiento de los medios alternativos de
solución de conflictos.
Los Medios Alternativos de Solución de
Conflictos, son mecanismos o procesos de
comunicación interpersonales, que enfatizan el
diálogo y la colaboración entre las partes por
sobre el debate adversarial y en los cuales la

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