Migraciones, tráfico y trata de seres humanos, globalización y expansionismo penal en el Siglo XXI
Author | Dr. Arnel Medina Cuenca |
Profession | Profesor Titular de Derecho penal de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Habana |
Pages | 162-210 |
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globalización y expansionismo penal
en el Siglo XXI
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Sumario
1. Introducción
2. Globalización, nuevas formas de esclavitud
y migraciones internacionales
3. Las migraciones latinoamericanas hacia la Unión Europea
y España
Elexpansionismopenalysuincidenciaeneltráco
y la trata de seres humanos
Lasdiferenciasentreeltrácoylatratadepersonas
InstrumentosinternacionalescontraelTrácoilícitodepersonas
6.1. La Convención internacional sobre la protección de los derechos
de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares
6.2. La Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia
Organizada Transnacional y sus Protocolos
ElProtocolocontraelTrácoIlícitodeMigrante
6.2.2. El Protocolo para Prevenir, Reprimir
y Sancionar la Trata de Personas
LasleyesmodelosdeNacionesUnidascontraeltráco
y la trata de personas
6.3. A manera de resumen
7. Conclusiones
* Profesor Titular de Derecho penal de la Facultad de Derecho de la Uni-
versidad de La Habana. Vicepresidente de la Sociedad cubana de Ciencias
Penales. arnel@lex.uh.cu
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1. Introducción
Las migraciones son tan antiguas como la humanidad misma. A
lo largo de la historia siempre han sido un elemento para garantizar
la sobrevivencia o mejorar las condiciones de vida de las sociedades.
Se considera que probablemente las primeras migraciones, ocurrie-
ron cuando las tribus agotaron los suelos del lugar donde cultivaban
sus alimentos y se vieron forzadas a abandonarlos y buscar otro con
mejores condiciones.
En épocas remotas el hombre se trasladaba de un lugar a otro en
busca de alimentos, con la evolución de la sociedad, la posibilidad de
encontrarmejorescondicionesdevidadeterminólosujosmigrato-
rios entre regiones y países y en los últimos siglos con el desarrollo
del transporte, las comunicaciones, los efectos de la globalización y
fundamentalmente como consecuencia del incremento signicativo
de las desigualdades entre países del norte desarrollado y del sur, em-
pobrecido, el tema migratorio se ha convertido en un problema que
preocupa a la Comunidad internacional y a los Estados nacionales.
En la medida en que los países más ricos restringen la entrada de
inmigrantesasus territorios se produce un incremento signicati-
vo de las migraciones ilegales, con una participación creciente de las
bandas criminales, que han encontrado una vía de obtener fáciles ga-
nanciasnosolotracandosereshumanossinotambiénconnesde
explotación sexual, laboral, para la extracción de órganos corporales
y para otros medios ilícitos.
El motivo de las migraciones que han ocurrido a lo largo de la
historia de la humanidad, siempre ha sido el mismo: buscar otro país
que les brindara oportunidades de disfrutar de mayor felicidad, pros-
peridad y bienestar. Fue a partir de la penúltima década del siglo XIX
en el año 1881, cuando ya adquieren la característica de transferen-
cia de mano de obra, dentro de un sistema económico internacional1.
“Como tal, el fenómeno está directamente sujeto al ciclo económico
del capitalismo, lo cual explica su atenuación a partir de la crisis de
yhastacuandonalizalaSegundaGuerraMundial2.
1 Esquivel Leyva, Manuel de Jesús. (2003): “La migración de trabajadores
mexicanos hacia Estados Unidos 1848 - 1994”. ON186
18CE Ríos EDITORES. Culiacán. Sinaloa. México, p. 23.
2 Ídem, p. 23. Vid BAGU, Sergio. (1985): “Tendencias Migratorias en el Mun-
do”, en: Audiencia Pública Trabajadores Migratorios. Senado de la Repú-
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Desde la segunda mitad del siglo XX, la migración va, en lo fun-
damental, desde los países en vías de desarrollo hacia los más avan-
zados. Los factores que incentivan la inmigración son la existencia
de mayores niveles de bienestar o mejores servicios sociales en los
países de destino, unido a los motivos políticos, económicos, el des-
empleo, las crisis económicas, las guerras, los cambios climáticos y
los desastres naturales, que en general provocan desplazamientos a
veces forzados y de igual modo la existencia de redes sociales y fami-
liares que arrastran nuevas migraciones.
El proceso de globalización aporta una novedad al tema migra-
torio: mientras los países del Norte propugnan la total libertad para
la circulación de los capitales y mercancías, ponen enormes trabas
burocráticas a la circulación de las personas, militarizan las fronteras
y los aeropuertos y construyen muros. Ahora se trata de la aplica-
ción de políticas migratorias encaminadas a favorecer solamente la
entrada de aquellos que les interesa, en función de su preparación
profesionalydeobjetivosespecícos
En el presente se estima que los principales emisores de migrantes
son China, México, India, Filipinas e Indonesia. Se prevé que durante
los próximos 50 años los principales receptores de migrantes serán
Estados Unidos, Alemania, Canadá, Gran Bretaña y Australia. Tam-
bién se calcula que en Europa la población económicamente activa
decrecerá drásticamente para el año 2025.
Hasta el 2050 se pronostican decrecimientos de hasta el 40 % en
esa población en Alemania, Polonia, Italia y España, en virtud de sus
bajas tasas de fertilidad. Por su parte, el Fondo para la Población de
Naciones Unidas indica que serán necesarios seis millones más de
personas en edad productiva para contrarrestar este “shock demográ-
coporloquelasmigracionesseguiránteniendofuturo3.
blica / Universidad Nacional Autónoma de México. México D.F., mayo 22,
p. 233.
3 Olea, Helena. (2004): “Los derechos humanos de las personas migrantes:
respuestas del Sistema Interamericano”. “El Sistema Interamericano de
protección de los Derechos Humanos y los de las poblaciones migrantes,
las mujeres, los pueblos indígenas y los niños, niñas y adolescentes”. Ins-
tituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH). San José. Costa Rica.
Disponible en: hpwwwiidhedcrBibliotecaWebVariosDocumentos
BD_1375160761/Sistema%20Interamericano.pdf Consultado el 15/11/2013,
a las 13.00.
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En América Latina la migración, entendida como el movimiento
de personas de un Estado a otro con el propósito de radicarse de
manera temporal o permanente, es un fenómeno cada vez más im-
portante. Su trascendencia radica no solo en el volumen de personas
involucradas, sino también en el impacto económico y social que con-
lleva, tanto para el Estado emisor, como para el Estado receptor.
Apesardelomasivoydelimpactodelosujosmigratoriospoco
se repara en los derechos humanos de las personas migrantes. En
muchos casos, la violación de los derechos tanto civiles y políticos
como económicos, sociales y culturales en sus países de origen, es el
factor primordial en la decisión de emigrar. A pesar de ello, se obser-
va con frecuencia que las personas migrantes son víctimas de viola-
ciones a sus derechos tanto en el tránsito como en el lugar de destino.
La condición de no ciudadanos coloca a las personas migrantes
en una situación de particular vulnerabilidad. El desconocimiento de
lalengualascostumbres la legislación y las prácticas diculta su
relación con las autoridades estatales y limita o pone trabas al acceso
a servicios y programas estatales, resultando en violaciones a sus de-
rechos humanos.
Anteelincrementodelosujosmigratoriosenlasúltimasdéca-
das del pasado siglo y en los inicios del siglo XXI, como resultado de
lascrisisyconictospolíticoseconómicosysocialeslospaísesrecep-
tores han respondido endureciendo los controles en las fronteras, lo
quenohatraídocomoresultadoladisminucióndelosujosmigra-
torios, pero sí ha contribuido a hacer más difícil, costoso y peligroso
elviajeLafalsicacióndedocumentoslaviolenciacomúneltráco
de migrantes, la trata de personas, los viajes en medios de transporte
que no ofrecen condiciones de seguridad, se han convertido en parte
de la migración, acentuando la percepción del inmigrante como in-
fractor de la ley y aumentando su condición de vulnerabilidad4.
La práctica de engañar al migrante para que viaje al extranjero
para trabajar, es una forma de explotación que genera grandes uti-
lidadesalasmaasinternacionalesquecontrolaneltrácodeseres
humanos. En un estudio de 2009, llamado “El Costo de la coacción”,
4 Vid, Olea, Helena, op. cit. p. 16.
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la OIT calculó que se extorsiona a los trabajadores migrantes hasta
20 000 millones de dólares por año en todo el mundo5.
Los dramas de los inmigrantes no se reducen a una frontera ni a un
determinado mar. Son globales y si se utilizaran límites esquemáticos
para esbozarlo, habría que decir que cortan al planeta entre Norte
y Sur. Una parte, desesperada por las paupérrimas condiciones de
vida, e incluso el serio peligro de muerte por conflictos bélicos, y que
habita algún país pobre del Sur, decide, perdida por perdida, subir a
precariasbarcazasoencomendarseamaasorganizadasqueporal-
tas cifras de dinero, dicen que la pondrán del otro lado de la frontera.
Pero ese “sueño” termina en el fondo del mar, o muriendo de sed en
el desierto de Arizona o preso en algún establecimiento policial hasta
la inevitable deportación. O en una situación de esclavitud laboral o
explotadaporunareddetrata Elnal delviaje noesdesueñoEs
pesadilla6.
5 Departamento de Estado del Gobierno de los Estados Unidos. Informe de
la trata de personas. Junio de 2012, p. 9. Disponible en: hpphotosstate
gov/libraries/mexico/310329/October2012/JTIP%20REPORT%202012-In-
troductionRTFnalSPApdf Consultado el 29/8/2013, a las 19.00.
VéasealrespectoEspinozaBerrocalGustavoFelipeTrácode
personas. La tercera actividad Ilegal más lucrativa del Mundo”. Univer-
sidad Autónoma del Sur – IX Región – Chile. p.4. Disponible en: hp
www.carlosparma.com.ar/index.php?option=com_content&view=articl
eidtracodepersonascatidparteespecialItemid Con-
sultado el 30/8/2013, a las 19.00. El autor en su artículo exclusivo para:
www.carlosparma.com.ararmaenrelación con estos polémicos infor-
mes que desde el año 2000 ha venido publicando el Departamento de Es-
tado del Gobierno de los Estados Unidos, que: “según ellos, tiene el objeti-
vodecombatirelTrácodePersonasenLatinoaméricaperoquealmirar
debajodelascenizasenrealidadtienecomondetenerlaolamigratoria
proveniente desde América Latina,… hacia su país, que aun, hoy en día,
nopuedencontrolarecazmente Estaobservaciónsebasaeneldescaro
con que actúa Estados Unidos al presentar este informe y la hipocresía de
esta supuesta Política de Estado con la que quiere actuar, debido a que
actualmente, es el principal mercado y productor de mercancía sexual y
de pornografía en América y en el Mundo, el que aporta a sus erarios,
grandes cantidades de dólares al año, y que en razón de ello, carecería de
lamoralparajuzgar ycalicar alosdemáspaísesdel orbeen virtudde
esta materia”.
6 Vid, Marín, Emilio. (2013): “Miles de inmigrantes pobres mueren tratando
desalirdeinernosDisponibleenhpwwwlaarenacomaropinion-
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Por otra parte, una vez que llegan al país de destino, los inmigrantes
no autorizados deben continuar viviendo en condiciones irregulares.
Los empleadores y las autoridades conocen la imposibilidad de los mi-
grantes no autorizados de solicitar protección en caso de abuso o vio-
lación de las normas, lo que resulta para ellos en condiciones de trabajo
violatorias de la ley, en la imposibilidad de acceder a bienes y servicios
como el resto de la población y en su propia renuencia a solicitar pro-
tección estatal cuando son víctimas de delitos o de faltas administrati-
vas, o cuando requieren de atención a necesidades especiales.
Adicionalmente, en los procesos penales y migratorios de los que
son parte, no se garantiza adecuadamente el debido proceso, ni a nivel
normativoni anivelpráctico Enconcretose observandeciencias
en los servicios de traducción, en la información sobre la protección
consular y en la existencia de un amplio margen de discrecionalidad
en los actos administrativos, entre otros.
Es importante tomar en cuenta, también que la población migran-
te está compuesta por grupos a los cuales se les ha reconocido una
protección especial. Miembros de comunidades indígenas, mujeres
y niños migrantes, requieren de la atención a sus necesidades espe-
cícasPorotraparteladiscriminación racialcontra lascomunida-
des afrodescendientes, indígenas y contra otros grupos étnicos, como
los musulmanes fundamentalmente, a partir del once de septiembre
de 2001, también repercute en el fenómeno migratorio y deben ser
valorados para la protección efectiva y la garantía de los derechos de
las personas migrantes.
La migración comprende el desplazamiento de individuos o pue-
blos de un país a otro, cruzando las fronteras, para establecerse en él,
por razones económicas, sociales o políticas, entre otras.
EnelmarcodelaUniónEuropeaseutilizatambiénladenición
estadística de migración, como el cambio de residencia habitual, de
cuerdo los Reglamentos 763/2008 y 862/2007 del Parlamento Europeo
y del Consejo sobre Censos de Población y Vivienda y Protección In-
ternacional7.
siempre_mueren__ya_sea_por_mar_a_lampedusa_o_en_la_frontera_de_
eeuu-103737-111.html Consultado el 22/10/2013, a las 13.00.
7 Instituto Nacional de Estadística. (2013): “Cifras de población a 1 de ene-
ro de 2013. Estadística de Migraciones 2, p.18. disponible en: hpesta-
ticos.elmundo.es/documentos/2013/06/25/nota_INE.pdf Consultado el
20/8/2013, a las 19.00.
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La inmigraciónconsisteenllegaraunpaísparavivirenélinclu-
ye el cambio de residencia de una persona o grupo de una región o
país a otro, desde el punto de vista del lugar de destino de los despla-
zados8. La migración es interna si las personas cambian de territorio
en un mismo país, y es externa si provienen del extranjero.
La emigración se entiende como el abandono voluntario de un
país para establecerse en otro, desplazamiento de un grupo de perso-
nas o de un individuo de uno a otro país, ya sea de forma temporal
o permanente.
Se considera emigrante el que se traslada de su país de origen a
otro, generalmente, con la intención de desarrollar una actividad
de tipo laboral, aunque, en rigor de verdad los individuos deciden
abandonar su lugar en el mundo por otras y muy complejas circuns-
tancias. Podría decirse que la emigración termina donde comienza
la inmigración, es decir, el emigrante en determinado momento del
proceso cuando llegue a destino se convertirá en inmigrante. Cuando
la emigración ocurre por razones políticas, entonces se utiliza el tér-
mino emigrado, en lugar de emigrante.
Todo lo anterior nos motivó para realizar una investigación so-
bre la temática desde una perspectiva multidisciplinaria teniendo en
cuenta que es imposible abordarla, sin dar una mirada trasversal a
fundamentos históricos, sociológicos, criminológicos, que nos permi-
tan poner énfasis en las cuestiones penales que son el objetivo esen-
cial del estudio.
La importancia del tema parte desde la misma percepción social
y jurídica que se tiene sobre él, que comienza por la Comunidad in-
ternacional y sus pronunciamientos, los reclamos de los grupos de
Derechos humanos y los penalistas, que consideran la necesidad de
recalcar que no es el Derecho penal la solución a esta problemática
sinosolouninstrumentodeultima raiopara darrespuesta alata-
que a un bien jurídico importante como es la dignidad humana, que
sepone enpeligroconel tráco desereshumanos cuyatendencia
general es de personas indocumentadas, que entran al nuevo terri-
torio sin portar documentos o con documentación falsa, o sin el di-
nerosucienteparapagarelcostodelviaje loque lossomete alos
tracantesyconfrecuencialaconductainicialdetrácodepersonas
8 Ídem, p. 20.
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se convierte en trata y el sueño de una vida mejor en una moderna
forma de esclavitud que puede durar muchos años.
ElproblemaparaCubaesdeevidentetrascendenciayactualidad
en los últimos cincuenta años la política hostil del Gobierno de los
Estados Unidos de Norteamérica se ha dirigido a estimular la migra-
ción ilegal de los ciudadanos cubanos hacia ese país, obstaculizando
eltránsito ordenado y seguro de laspersonasquedesean emigrar
mientras que, por otra parte, la adopción de regulaciones internas
que enfrenten esta problemática, lo convierte el tema muy sensible
para nuestro país9.
No hay dudas entonces que ese incremento de las migraciones ile-
gales ha llevado a muchos países, entre ellos al nuestro, a partir de la
vigencia de la Ley No. 87 de 16 de febrero de 199910, a adoptar medi-
daslegislativasparaprevenirycombatirconmayorecaciaeltráco
ilícito de seres humanos, que en la actualidad aparece vinculado a los
grupos delictivos organizados, los que desarrollan sus actividades,
fundamentalmente por vía marítima, poniendo en peligro la vida y
la seguridad de las personas.
HastalaincorporaciónalCódigoPenaldeestanuevaguradelic-
tiva, rigió entre nosotros, en el Título IV: Delitos contra el orden pú-
blico, los delitos de entrada y salida ilegal del territorio nacional, que
tipicancomoinfraccionespenaleslaentradaylasalidasincumplir
las formalidades legales establecidas.
9 Vid, para mayor precisión sobre el tema: Medina Cuenca, Arnel. (2013):
Eldelito de tráco ilícito de migrantes y lanecesidadde su actualiza-
ción en el Código Penal Cubano”. Revista Derecho, Empresa y Sociedad
(RDES), No.2, Época I, Mayo – agosto de 2013, pp. 81 y ss. Disponible en:
hpwwwdykinsononlinecom // hpwwwdykinsononlinecom
Revista_de_derecho,_empresa_y_sociedad_%28REDS%29_Numero_2,_
Epoca_I,_Mayo_-_Agosto_2013.ebook7201
10 Cuba. Código Penal cubano. Ley No. 62 de 1987. Actualizado. Colección
Jurídica. Ministerio de Justicia. La Habana 1999. Título XV: “Delitos contra
elnormaltrácomigratorioArtículosyAdicionadoporelartí-
culo 22 de la Ley No. 87 de 16 de febrero de 1999 (G. O. Ext. No. 1 de 15 de
marzo de 1999, p. 10).
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2. Globalizaciónnuevasformasdeesclavitud
y migraciones internacionales
El siglo XXI tan esperado por muchas personas en el mundo, como
un símbolo de esperanza y aliento para tiempos mejores, ha conso-
lidado el proceso de globalización y con ello no solo sus aspectos
positivos, sino que también se aprecia un incremento de la concen-
tración del capital en determinados territorios, lo que contribuye al
mantenimiento del subdesarrollo en otros menos favorecidos, que ha
propiciadounsignicativoincremento delasmigraciones irregula-
res, con una participación cada vez más creciente de la delincuencia
organizada, también globalizada.
No resulta posible analizar las migraciones internacionales y el
trácoilícitodepersonassintenerenconsideraciónlainuenciade
laglobalizaciónenelincrementodelosujosmigratoriosComohan
expresado Berzosa y Martínez: La globalización de los intercambios,
el aumento de las inversiones directas de las multinacionales en el
extranjeroylaintegración mundialdelosmercadosnancieros ha
llevadoalainternacionalizacióneconómicay alaintensicaciónde
losujossocioeconómicosatravésdetodoelplanetaperotambiéna
una polarización a nivel mundial entre ricos y pobres dentro del Es-
tado y, aún más, entre Estados ricos y Estados pobres a nivel global11.
Coincidimos con Terradillos Basoco, en que la globalización, le-
jos de constituir una palanca de ampliación de estrategias penales
de aplicación igualitaria, consagra la desigualdad, sobre todo como
efecto de procesos de desregulación cuya consecuencia fundamen-
tal es la impunidad del poderoso en entornos débiles12 y en el tema
que nos ocupa, provoca que las bandas criminales se aprovechen de
las penurias que sufren los más desfavorecidos con la distribución
delariquezayencuentreneneltrácodesereshumanosunavía
11 Berzosa, Alfonso, Martìnez, Carlos. (2002): “Los efectos de la globaliza-
ción y propuestas alternativas”. Cuadernos de Derecho Judicial. No. V,
pp. 145 y ss. Disponible en: hpwwwpoderjudicialeseversuite
GetRecordsTemplatecgpjcgpjpjpublicaciondetalladahtmlIdentica
dor=CD0200503&dkey=5566&TableName=PJPUBLICACIONES&Criterio
=colecciones Consultado el 22/8/2013, a las 11.00.
12 Terradillos Basoco, Juan. (2001): “Sistema penal y criminalidad internacio-
nal”, en Nieto Martín (Coord.), Homenaje al Dr. Marino Barbero Santos.
In Memoriam, vol. I, Cuenca, p. 309.
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para obtener fáciles ganancias aprovechándose de la debilidad y en
ocasionesdelafaltadeinterésdelosEstadosparacombatirestea-
gelo, a pesar de los esfuerzos que desde la Comunidad internacional
ydesde la sociedad civil se desarrollanparaenfrentaralas maas
internacionalesquesebeneciandeltrácodesereshumanosypro-
teger a las víctimas.
La globalización, contrario a lo que pudiera esperarse por quie-
nes en determinado momento, vieron en ella la solución de todos
los males de la humanidad, sin tener en cuenta los efectos negativos
desu vertienteneoliberalno va aatenuarlos ujos migratorioLa
mayoría de las migraciones modernas tienen sus raíces en la actual
estructura del sistema económico, que al fomentar la concentración
del capital en determinadas áreas, contribuye al mantenimiento del
subdesarrollo en otras menos favorecidas. La globalización, lejos de
ser un paso para conseguir la protección de los derechos y liberta-
des fundamentales de los individuos, ha supuesto «la concentración
depoderybenecioentornoatrespolosUniónEuropeaEstados
Unidos y Japón”, con la inevitable consecuente depauperación de
quienes, individuos o colectivos, quedan al margen». (...). Y frente
a la necesidad, de poco sirve la impermeabilización de las fronteras.
La imposibilidad de acceder a los recursos esenciales en gran parte
del planeta, y la imposición de criterios excesivamente restrictivos
para el acceso y permanencia legal en los países llamados «del pri-
mer mundo», interaccionan entre sí constituyendo el principal factor
determinantedeltrácoilegaldepersonas13.
El estudio de las migraciones internacionales en el contexto del ac-
tual mundo globalizado, nos permite reconocer la existencia de una
relación directa entre desarrollo vs subdesarrollo, entre equilibrio vs
desequilibrio, entre equidad vs desigualdad. Al realizar un análisis
13 Rodríguez Mesa, María José. (2001): “Delitos contra los derechos de los
ciudadanos extranjeros”. Editorial Tirant lo Blanch, Valencia, pp. 22-23.
Vid, también en: Revista Electrónica de Ciencia Penal y Criminología. (2007)
“Las razones del Derecho Penal. Modelos de Fundamentación y Legiti-
macióndonde arma quela pérdida de capacidad estatal derivada
del proceso de globalización, o al menos su inconsistencia en el campo
de producción y aplicación del Derecho, determina la incapacidad del
sistema penal para controlar las nuevas relaciones sociales”. Disponible
en: hpcriminetugresrecpcrecpcpdf Consultado el 26/5/2013
a las 15:20.
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detallado de las causales que lleva consigo la presencia actual de este
fenómeno, nos lleva a su vez a observar la existencia de efectos deter-
minantes sobre las economías nacionales. Las políticas migratorias y
económicas relacionadas con la globalización están destinadas a im-
pedir la movilidad, pero lo que ocurre es que el mercado y la propia
situación económica imperante a través de la propia política es lo que
impulsaalincrementodeestosujos14.
En consecuencia, al aumentar la brecha entre ricos y pobres se
incrementalaconictividad socialdisminuyenlasposibilidadesde
empleo y en general de la satisfacción de las necesidades en los ha-
bitantes de los territorios menos favorecidos por el desarrollo econó-
mico y al propio tiempo se produce un crecimiento de la demanda
de fuerza de trabajo en los países más desarrollados, propiciando los
ujosmigratoriosyconellolaglobalizacióndelasmigraciones
Ennuestro entorno geográcoenlos últimos añosel Caribe
con una población de 37 millones de personas15 y un estimado de
42 millones en el 2010, según Naciones Unidas, ha perdido a más
de 5 millones de habitantes a lo largo de este proceso. Es una de las
regiones con mayores niveles de emigración y con mayor variedad
dentro de la propia región. Los países que han mantenido un mayor
ujohansido GuyanaSurinamJamaica TrinidadyTobagoySan-
ta Lucía. La migración internacional de la Comunidad del Caribe se
caracteriza, en rasgos generales, por desplazamientos entre países,
que en algunos casos representan proporciones importantes de las
poblaciones nacionales y por la existencia de una intensa movilidad
circular, que implica el retorno en etapas a los países de origen, con la
combinación de elementos de emigración, recepción y tránsito, pre-
sentes en casi todos los casos16.
14 Rodríguez Martínez, Miriam. (2000): “La migración inter regional de
América Latina: problemas y desafíos”. Centro de Estudios de Migracio-
nes Internacionales (CEMI). La Habana, Cuba. Julio de 2000, p. 1. Disponi-
ble en: hpbibliotecavirtualclacsoorgararlibroscubacemimiginter
pdf Consultado el 15/10/2013, a las 21.00.
15 Informe sobre las migraciones en el mundo. OIM 2010. Naciones Unidas.
16 Rodríguez Martínez, Miriam. (2011): “Flujos Migratorios en el Caribe”.
Anuario Digital CEMI: Migraciones Internacionales y Emigración Cuba-
na 2011, p. 88. Disponible en: hpwwwuhcucentroscemiwpcontent
uploads/2011/11/Flujos-Migratorios-en-el-Caribe1.pdf Consultado el
15/10/2013, a las 21.00. La prestigiosa investigadora de la Universidad de
La Habana añade que: “Entre los países caribeños que en el 2010 reportan
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A más de una década del inicio del nuevo siglo, en el análisis de
los temas migratorios, es necesario considerar también, que propi-
ciado por la globalización, se está produciendo un reequilibrio im-
presionante del poder económico mundial17, lo que a mediano pla-
zo incidirá en las tendencias de las migraciones. Por primera vez
en 150 años, la producción combinada de las tres economías líde-
res del mundo en desarrollo, Brasil, China e India, es prácticamente
igual al PIB combinado de las potencias industriales más consolida-
das del Norte: Canadá, Francia, Alemania, Italia, Reino Unido y Es-
tados Unidos18.
mayores porcentajes de migración en relación con su población total se
encuentran: Islas Caimán con el 63 % de su población, Islas Vírgenes nor-
teamericanas con el 56 %, Guyana Francesa con un 46.5 %, Anguila con
el 39 %, Islas Vírgenes Británicas con el 36 % y Aruba con casi el 32 %. El
restodelospasoslosporcentajesuctúanentreunaun
17 Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD). (2013):
“Informe Sobre Desarrollo Humano 2013. El ascenso del Sur: Progreso
humano en un mundo diverso”, p. 12. Disponible en:hpwwwundp
org/content/dam/undp/library/corporate/HDR/2013GlobalHDR/Spanish/
HDR2013%20Report%20Spanish.pdf Consultado el 3/9/2013, a las 19.00.
Enelreferidoinformesearmaqueentiemposdeincertidumbrelospaí-
ses, del Sur están sosteniendo colectivamente el crecimiento económico
mundial, apuntalando a otras economías en desarrollo y reduciendo la
pobreza. Aún le quedan grandes desafíos por afrontar, y en ellos vive gran
parte de la población pobre del mundo. No obstante son un ejemplo de
que con políticas pragmáticas y un claro enfoque del desarrollo humano
pueden surgir oportunidades latentes en sus economías, estimuladas por
la globalización. Las regiones en desarrollo también han estrechado vín-
culos entre sí: entre 1980 y 2011, el comercio entre países del sur aumentó
de menos del 8 % del comercio internacional de mercancías a más del 26%.
Sepuedearmar queexisteunsuren elNorteyunnorte enelSur
Las élites, tanto del Norte como del Sur, están cada vez más globalizadas y
conectadassebenecianconlaenormegeneraciónderiquezaalcanzada
en la última década, en parte debido a una aceleración de la globalización.
18 Ídem, pp. 12-13. En 1950, Brasil, China e India juntos representaban solo
el 10 % de la economía mundial, mientras que a los seis líderes econó-
micos tradicionales del Norte les correspondía más de la mitad. Según
las proyecciones de este informe, para el año 2050 Brasil, China e India
juntas serán responsables del 40% de la producción mundial, superando
ampliamente la producción combinada proyectada del bloque actual del
Grupo de los Siete. En la actualidad, al Sur en su totalidad le corresponde
alrededor de la mitad de la producción económica mundial, mientras que
en 1990 producía solo un tercio.
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En el siglo XXI, como se ha señalado con acierto desde la doctrina,
la esclavitud no puede considerarse una monstruosidad del pasado
delacualnoshayamosdenitivamenteliberadosetratadeunnego-
cio que en el mundo está más en auge que nunca. La globalización, la
pobrezalosdesequilibriosdemográcos delospaísesdeorigen la
violenciasociallainestabilidadpolíticadelosEstadoslosconictos
étnicos o religiosos y la modernización de la agricultura, constituyen
factores de gran impacto, que determinan la permanencia de la escla-
vitud, favorecida por la inmigración económica y la vulnerabilidad
de los inmigrantes19.
Al analizar la denominada esclavitud del siglo XXI, Miró Llinares,
nosdicequeeltrácoilegaldepersonasbienparalaposteriorpros-
titución o bien simplemente para su posterior entrada en un país rico,
resultauna actividad delictivaque aporta cada vezmás benecios
porloqueempiezaasermonopolizadaporlasmismasmaasquese
dedicantambiénaltrácodearmasdrogaso inclusoalterrorismo
internacional, mientras que, por otra parte, al extremarse los contro-
les migratorios en los países más desarrollados, en busca de posibles
potenciales terroristas, se perciben en la opinión pública como fenó-
menos relacionados que, en el fondo, son muy diferentes entre sí20.
19 Pérez Cepeda, Ana Isabel. (2002): “Algunas Consideraciones político-cri-
minalesprevias a laincriminacióndel tráco depersonasREDUR No
p. 110. Disponible en: hpwwwuniriojaesdptosddredurnumero
perez.pdf. Consultado el 27/4/2013 a las 13:50.
20 Miró Llinares, Fernando. (2008): “Política comunitaria de inmigración y
política criminal en España”. Revista Electrónica de Ciencia Penal y Cri-
minología. No. 10, pp. 6-7. Disponible en: hpcriminetugresrecpc
recpc10-05.pdf. Consultado el 12/8/2013 a las 09:40 Al valorar la incidencia
de la sensación de seguridad que produce la sociedad de riesgo el tema
migratorio, añade que: “En la actualidad, tanto a nivel popular, como en
los medios de comunicación, es frecuente considerar que el crecimiento
de la delincuencia es un fenómeno debido en gran parte al aumento de
lainmigraciónAmododeejemploreerelosresultadosdeunaencues-
ta realizada a la población castellano-leonesa, en la que más del 60 % de
losciudadanosrelacionan inmigraciónytrácodedrogasmásdel
prostitución e inmigración, y casi un 60 % inseguridad ciudadana e in-
migración (Antón Prieto, José. Ignacio. (2004): “Inmigración y delito en
el imaginario colectivo. Alternativas a una relación perversa”, en Pérez
ÁlvarezFEdSertainmemoriamAlexandriiBaraaEdicionesUniver-
sidad Salamanca. Salamanca, p.253. Disponible en: hpdialnetunirioja
es/servlet/articulo?codigo=1029339 Consultado el 16/8/2013, a las 18.00).
DAMC
175
GarcíaVázquezarmaconrazónqueEuropaestabaorgullosade
que la esclavitud se erradicara aquí antes que en cualquier otro con-
tinente. Lamentablemente, la esclavitud está volviendo bajo formas
igualmente repulsivas que generan ganancias exorbitantes. La trata
de personas es, sin atisbo de duda, la actividad criminal de mayor
crecimiento en la Unión Europea, y las medidas tomadas hasta la
fecha para reducir este fenómeno aún no han producido resultados
tangiblesEltrácocrececonlaglobalizacióneconómicaylaapertu-
ra de fronteras interiores. La demanda de una mano de obra barata
e indocumentada contribuye al comercio ilegal de seres humanos,
reduciendocostossinembargoestadeación sehace acostadela
dignidad humana y menoscaba las normas internacionales básicas de
derechos humanos, laborales, de salud y de seguridad21.
La trata de seres humanos ha sido calicada como la versión
moderna” de la trata de esclavos que se produjo hasta el siglo XIX,
aunquelanuevaesclavituddelsigloXXIesmásrentablemásbarata
que aquella legalmente establecida porque se fundamenta en una re-
lación de dominio, en la que el valor de adquisición y mantenimien-
to del esclavo contemporáneo es bastante inferior22. Con frecuencia,
como apuntamos supra,lasvíctimasdeltrácodepersonasterminan
en el lugar de tránsito o en el de destino, en situaciones de esclavitud
laboral, o atrapadas por una red dedicada a la trata de personas23,
ante la imposibilidad de pagar el precio del transporte u otras deudas
que se les han ido añadiendo en el camino24.
21 García Vázquez, Sonia. (2008): “Inmigración ilegal y Trata de personas en
la Unión Europea: La desprotección de las víctimas”. Revista de Derecho
Constitucional Europeo. Año 5, Número 10, julio-diciembre. Disponible
en: hpwwwugresredceREDCEarticulosSoniaGarciaVazquez
htm Consultado el 25/5/2013 a las 15.20.
22 Pomares Cintas, Esther. (2011): “El delito de trata de seres humanos con
nalidaddeexplotaciónlaboralRevista Electrónica de Ciencia Penal y Cri-
minología. No. 13 – 15. Disponible en: hpcriminetugresrecpcre-
cpc13-15.pdf Consultado el 14/3/2013 a las 16:40.
23 En los tiempos actuales con demasiada frecuencia las redes dedicadas al
trácoparticipan en latrata y viceversalotambién ocurre conlasrela-
cionadascon eltráco dedrogasy dearmas ytambién lasdedicadasal
lavado de dinero.
24 Según datos estimados de la Organización Internacional del Trabajo (OIT),
el 29 % de las víctimas del trabajo forzoso se encontraron en esta situación
después de haber cruzado las fronteras internacionales, la mayoría de ellos
M
176
Lostracantesutilizanalasvíctimascomoobjetosoartículosem-
plean la coacción, el engaño o el cautiverio por deuda, privando a las
víctimas de sus libertades fundamentales, tales como decidir sobre su
propio cuerpo y su trabajo. Viola el derecho humano fundamental a
la vida y la seguridad de no ser sometido a la esclavitud en ninguna
de sus formas”25.
En su reciente informe sobre el Estado de los Derechos Humanos
enel mundodeAmnistíaInternacionalha armadoqueLa
carrera por los recursos no es más que un aspecto de nuestro mundo
globalizado. Otro es la circulación de capitales, que cruzan fronteras
y atraviesan océanos para llegar a los bolsillos de los poderosos. Sí,
la globalización ha conllevado prosperidad y crecimiento económico
para algunas personas, pero la experiencia de los pueblos indígenas
se está repitiendo en otras comunidades que ven cómo los gobiernos
ylas empresas se benecian de lastierrasendonde viven y pasan
hambre”26.
Desdenalizadalasegundaguerramundialyhastaprinci-
piosdelosañossetentadelsigloXXlosujosmigratorioshaciaEu-
ropa Occidental fueron favorecidos, por las necesidades de la recons-
trucción y también de la expansión de sus economías. Al analizar las
tendencias de las migraciones en este periodo Álvarez Acosta, nos
dice que: “Los mercados laborales de los países del Primer Mundo, en
este caso europeo, estuvieron abiertos por necesidades propias de su
crecimiento y expansión, mientras la fuerza de trabajo de esa misma
connessexualesEl se convirtieronenvíctimas detrabajoforzoso
después de desplazamientos en su país, mientras que el 56 % restante no
abandonó su lugar de origen o residencia. Vid, Organización Internacio-
nal del Trabajo (OIT), “Preguntas y respuestas sobre el trabajo forzoso”.
Disponible en: hpwwwiloorgglobalabouttheilonewsroomnews
WCMS_182014/lang--es/index.htm Consultado el 23/10/2013, a las 21.00.
25DelaCruzOchoaRamónDelitosdetrataytrácodepersonas
Revista Cubana de Derecho. No. 30. Julio – diciembre, p. 40.
26 Amnistía Internacional (AI). (2013): “El Estado de los Derechos Humanos
en el mundo 2012”. Edición y traducción al español: Editorial Amnistía
Internacional (EDAI) Valderribas, 1328007 Madrid España, p.16. Dispo-
nible en: hplesamnestyorgairAmnestyInternationalAnnualRe-
port2013_complete_es.pdf Consultado en 26/5/2013 a las 11:00
DAMC
177
región - fueron los casos de España, Italia y Grecia – y provenientes
del Tercer Mundo veía satisfecha relativamente sus necesidades”27.
A partir de 1974 los países europeos cerraron sus fronteras a la
inmigración y los ingresos de inmigrantes a sus territorios se limitan
a los que aspiran a la condición de refugiados y a quienes postulan a
programastendientesacaptartrabajadoresconcalicacionesespecí-
casconloqueseproduceunacontradicciónentreeldiscursolibe-
ral en materia de circulación de capitales y mercancías y la política de
imponer severos controles a la libre movilidad de trabajadores y a la
radicación de personas en sus territorios, como ya se ha dicho supra.
En los países tradicionalmente receptores de inmigrantes, como
Estados Unidos, Canadá y Australia, se aplican también políticas
progresivamente selectivas hacia determinadas categorías de inmi-
grantesconla intención de evitar los conictos que surgensobre
todo en periodos de crisis del sistema capitalista, tanto de la compe-
tencia entre los trabajadores nacionales de esos países y los inmigran-
tes como de otros procesos, como el resurgimiento del nacionalismo,
la xenofobia y el rechazo “al diferente”, que han vuelto a tomar peso
en las últimas décadas28. Estamos ante el denominado “robo de ce-
rebros”, a partir de una necesidad de los países receptores, de cubrir
especialidades que no tienen y aprovecharse de los conocimientos
deespecialistas de otrospaísesparasu propio benecioyporotra
partela contratación de una fuerzalaboral decitariaen empleos
que no cuentan con posibilidades de cubrir en sus países. Las políti-
cas restrictivas a la libre circulación de las personas, se convierten en
unestímuloalasinmigracionesilegalesyaltrácodepersonascon
27 Álvarez Acosta, María Elena. (2005): “Siglo XX: migraciones humanas”.
Editora Política. La Habana. Cuba, p. 24.
28 Pellegrino, Adela. (2003): “La migración internacional en América Latina
yelCaribetendenciasyperlesdelosmigrantesComisiónEconómica
para América Latina y el Caribe (CEPAL). Santiago de Chile, marzo, p.8.
Disponible en hpwwweclacorgpublicacionesxmllcl
P.pdf Consultado el 13/9/2013, a las 10.00.
Resulta polémico comparar las políticas migratorias de estos tres países,
no obstante las similitudes existentes y resaltadas por Pellegrino, debido
a que resulta evidente, que mientras para los Estados Unidos, las migra-
ciones ilegales constituyen un problema muy grave, Canadá y Australia,
mantienen una política de regular las migraciones de acuerdo a las nece-
sidades de sus economías y los niveles de migración irregular no resultan
signicativos
M
178
la participación creciente del crimen organizado, que aprovecha las
circunstancias para obtener fáciles ganancias29.
En los primeros años del siglo XXI, con el desarrollo tecnológico
y la mundialización de las economías, las personas se mueven de un
país a otro en cantidades nunca antes vistas, ya sea como profesio-
nales del comercio, como turistas, o como migrantes. El número de
inmigrantes de última generación existentes en el mundo en 2013
se estima en 232 millones, que representan el 3,2 % de la población
mundial30, frente a los 175 millones en 2000 y 154 millones en 1990.
Entre 1990 y 2000, la cifra de migrantes internacionales aumentó en
un promedio de 1,2 % anual. Durante el período de 2000 a 2010, la
tasa de crecimiento anual se aceleró, llegando a 2,3 %. Desde enton-
ces, sin embargo, ha disminuido, pasando a alrededor de 1,6 % anual
durante el período de 2010 a 2013 31, lo cual se corresponde con los
efectos de la crisis en los principales países receptores.
En 2013, alrededor de 82,3 millones de migrantes internaciona-
les que han nacido en el Sur residen en el Sur, 81,9 millones nacidos
en el Sur, viven en el Norte El número de migrantes internacionales
del Norte, que también reside en el Norte se situó en 53,7 millones,
mientras que 13,7 millones de migrantes internacionales del Norte
29 Se trata en la actualidad de la tercera actividad ilegal más lucrativa del
mundoantecedidadeltrácodearmasydeldedrogas
30 Ryder, Guy. (2013): “Es necesario un nuevo enfoque sobre migración labo-
ral”. Artículo de opinión del Director General de la Organización Interna-
cional del Trabajo (OIT). De cara al Diálogo de alto nivel sobre Migración
y Desarrollo que tuvo lugar en Nueva York, los días 3 y 4 de octubre de
2013, auspiciado por la Organización de las Naciones Unidas. Disponible
en: hpwwwiloorgglobalabouttheilonewsroomcommentanaly-
sis/WCMS_222797/lang--es/index.htm Consultado el 24/10/2013, a las
11.00. El autor destaca además que el aumento de las cifras, se debe a di-
versasrazonescambiosenlastendenciasdemográcasaumentodelas
desigualdades económicas, incremento de la inestabilidad política y crisis
ambientales imprevistas”.
31 Vid, International Migration 2013. The number of international migrant
worldwide reaches 232 million. High-level Dialogue on International Mi-
gration and Development. High-level meetings for the 68th session of the
GeneralAssemblyDepartmentofEconomicandSocialAairsPopulation
Division September. Available at: hpswwwunorgengameetings
migration/pdf/International%20Migrants%20Worldwide_totals_2013.pdf
Retrieved on 25/10/2013, 18.00.
DAMC
179
vivían en el Sur32. El alto número de migrantes que residen en países
del Sur han determinado que “prácticamente la mitad de las remesas
enviadas a su país de origen por emigrantes del Sur corresponde a
trabajadores que viven en otros países en desarrollo”33. Los permisos
de trabajo otorgados a extranjeros en el Brasil aumentaron en un 64 %
entre 2009 y 2011, habiendo sido los nacionales de los Estados Unidos
elgrupobeneciariomásnumerosoen34.
De los 20 principales corredores de remesas en el mundo, 16 son
parte de la corriente migratoria Sur-Norte. En 2010 se remitieron casi
100 000 millones de dólares desde los Estados Unidos de América ha-
cia los países del Sur, lo que representa más de una tercera parte del
total de las corrientes de remesas en el mundo de la migración Sur-
Norte. Ese mismo año, los cinco principales corredores registraron
más de 10 000 millones de dólares estadounidenses en remesas, cada
uno, encabezados por el de los Estados Unidos de América a México,
22 000 millones y el de los Emiratos Árabes Unidos a la India, con
14 000 millones35.
Brasil, China e India han reducido drásticamente la proporción de
personas que son pobres en ingresos. Brasil ha pasado del 17,2 % de
lapoblaciónenalenChinadelenal
eneIndiadelenalenNoobstantelos
principales desafíos del desarrollo no se han reducido. Se calcula que
alrededor de 1,57 mil millones de personas, o más del 30 % de la po-
blación de los 104 países analizados en el “Informe sobre Desarrollo
Humano 2013”, viven en condiciones de pobreza multidimensional,
un índice que incluye tanto la cantidad como la intensidad de carencias
32 Vid, International Migration 2013. Migrants by origin and destination.
High-level Dialogue on International Migration and Development. High-
level meetings for the 68th session of the General Assembly. Department of
EconomicandSocialAairsPopulationDivisionSeptemberAvailableat
hpswwwunorgengameetingsmigrationpdfInternational
Migration%202013_Migrants%20by%20origin%20and%20destination.pdf
Retrieved on 25/10/2013, 18.00
33 Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, op. cit. p.15.
34 Organización Internacional para las Migraciones (OIM). (2013): “Informe
sobrelasmigracionesen elmundo Impreso enEspañaporGrá-
cas Alcoy, p. 81. Disponible en: hppublicationsiomintbookstorefree
WMR2013_SP.pdf Consultado el 26/10/2013, a las 11.30.
35 Ídem, p. 74.
M
180
simultáneas sufridas por las personas en salud, educación y nivel
de vida36.
Españaporsuposicióngeográcaysustradicionalesrelaciones
con América Latina se ha convertido, desde las últimas décadas del
siglo XX en el mayor receptor de inmigrantes después de los Estados
Unidos37. Terradillo Basoco, ha manifestado al respecto que: “El rol
geográcodeEspañaenesejuegoesfundamentalpuesesunapuer-
ta importante de acceso de la inmigración procedente de Latinoamé-
rica y del norte de África hacia Europa”38.
De acuerdo con el segundo cálculo de la Organización Interna-
cional del Trabajo, de junio de 2012, realizado con una metodología
mejorada y con más fuentes de datos, se estima que la esclavitud
moderna, el trabajo forzoso, a nivel mundial alcanza, alrededor de
20,9 millones de víctimas en cualquier momento39. Por regiones Asia
y el Pacíco continúan teniendo el mayor número de víctimas si
bien el cálculo de víctimas de la trata en África ha crecido después
del cálculo de 2005 40.
Entre 2007 y 2010, la mayoría de las víctimas de la trata de perso-
nas que se detectaron a nivel mundial eran mujeres, con cifras esti-
madas entre el 55 % y el 60 % según se reporta en el Informe Mundial
36 Ídem, p. 13.
37 Según el censo de 2010, la población hispana en general aumentó en un 42%
durante la última década a 50,5 millones, es decir uno de cada seis es-
tadounidenses, y contribuyó en más de la mitad del crecimiento pobla-
cional en este país. Los latinos constituyen el 16% de la población de los
EE.UU, de 308, 745,538. (U.S. Census Government, 2010c). Vid, Castro
Mariño, Soraya. (2011): “La Promesa de la Reforma Migratoria Integral
de los Estados Unidos de América: Juego Político vs. Política Real (2009-
2011)”. Anuario Digital CEMI: Migraciones Internacionales y Emigración
Cubana. 2011, p. 48. Disponible en: hpwwwuhcucentroscemiwp
content/uploads/2011/11/Politica-real-vs-juego-politico21.pdf Consultado
el 15/10/2013, a las 19.00.
38 Terradillos Basoco, Juan. (2008): “Política penal europea de inmigración”.
Problemas actuales del Derecho penal y de la Criminología. Estudios pe-
nales en memoria de la profesora. Dra. María Díaz Pita. Tirant lo Blanch,
Valencia, p. 970.
39 Departamento de Estado del Gobierno de los Estados Unidos. op. cit.
p. 37. En 2005 esta cifra, había sido calculada en 12,3 millones de víctimas,
entretrabajoforzosoytrataconnesdecomerciosexual
40 Departamento de Estado del Gobierno de los Estados Unidos. op. cit,
pp. 37-38.
DAMC
181
sobrelatratadepersonaselaboradoporlaOcinadeNaciones
Unidas contra la Droga y el Delito, en cumplimiento del Plan de Ac-
ción Mundial de las Naciones Unidas para combatir la Trata de per-
sonas, aprobado por la Asamblea General en 2010, que encomendó
adichaocinalatareadeelaborarinformesbienalessobrelascarac-
terísticas y corrientes de la trata de personas en los planos mundial,
regional y nacional. En este periodo el número de niñas víctimas de
la trata constituyeron entre el 15 % y el 20 %, del total de víctimas
de trata detectadas y al sumar las niñas y los niños la cifra asciende
al 27 %, lo que representa un incremento del 7 %, con respecto al pe-
riodo 2003 - 2007 41.
Enlaconguración del fenómeno migratorio debemos tener en
cuentaqueladelincuenciaorganizadaquecomoarmamossupra,
tambiénse globalizaydiversica susactividadeslucrativashaen-
contradosuoportunidadparainvolucrarseenelmercadodeltráco
de personas, con el incremento de las desigualdades y la desespe-
ranza en los países pobres, que estimulan los desplazamientos de las
personas en busca de mejores condiciones de vida y el aumento de
los controles fronterizos en los países receptores, para tratar de de-
tenerlosujos migratorios convirtiendo de esta forma a losseres
humanos en una mercancía más.
3. Las migraciones latinoamericanas
hacia la Unión Europea y España
En los últimos años, como consecuencia de la crisis económica en
la denominada zona Euro, el tema migratorio ha adquirido nuevos
matices, fundamentalmente en los países más afectados, como Gre-
ciaEspañaIrlandaPortugalItaliayChipredondeelujodeemi-
grantes ha disminuido y se reportan incrementos de migraciones, en
busca de trabajo, desde esos territorios, hacia países en desarrollo,
como Argelia, Brasil, Argentina, México y otros.
41OcinadeNacionesUnidasContralaDrogayelDelitoUNODC
“Informe Mundial sobre la trata de personas 2012. Resumen Ejecutivo”.
op. cit, p. 3. En dicho informe se añade que en 2009, el 59 % de las víctimas
detectadas a nivel mundial eran mujeres, el 17 % niñas, el 14 % hombres y
el 10 % niños. Se destaca también el dato de que en 2009, la trata para la
extracción de órganos fue detectada en 14 países en todo el mundo.
M
182
Investigaciones recientes evidencian que en el primer lustro del
siglo XXI el número de inmigrantes latinoamericanos era creciente,
hasta alcanzar los 400 mil en 2006, pero luego la tendencia se revir-
tió y en 2009 solo entraron a los países de la Unión Europea 229 mil
personas42Setratadeunadisminuciónsignicativadelasmigracio-
nes desde varios países de América Latina, hacia Europa, lo que está
relacionado con la crisis económica en Europa, la situación favorable
que reportan determinados países Latinoamericanos43 y también las
políticas de inclusión social y los profundos cambios que se están
produciendo en importantes países de la región, en los que ya se
aprecian los resultados de las políticas de integración regional y de
42 Vid, Organización Mundial de las Migraciones (2012): “Informe sobre Ru-
tas y dinámicas migratorias entre los países de América Latina y el Cari-
be, y entre América Latina y la Unión Europea”. Disponible en:hp
www.ba.unibo.it/NR/rdonlyres/922B6554-A053-486F-81A8-FD20BD9DB-
D0B/257877/Rutas_MigratoriasCAP_1.pdf. Consultado el 21/5/2011 a 08:00
Según el referido informe en la fecha señalada residían en Europa cuatro
millones 290 mil latinoamericanos, fundamentalmente en el Reino Unido,
Países Bajos, Italia, Francia y España, que a pesar de la crisis económica
continúa siendo el principal destino y en América Latina un millón 250
mil europeos, 107 mil de los cuales abandonaron sus países en 2008 y 2009
para instalarse fundamentalmente en Brasil, Argentina, Venezuela y Mé-
xico. Las principales naciones del viejo continente emisoras de migrantes
hacia Latinoamérica fueron España con 47 mil 700, Alemania 20 mil 900,
Países Bajos 17 mil 100 e Italia 15 mil 701.
43 Vid, Pérez Herrero, Pedro. (2012): “Las Conferencias Iberoamericanas.
UnareexióndesdePublicadoporelRealInstitutoElcanoDis-
ponible en: hpwwwrealinstitutoelcanoorgwpsportalrielcano
contenido?WCM_GLOBAL_CONTEXT=/elcano/elcano_es/zonas_es/
america+latina/dt14-2012_perez-hierro_cumbres_iberoamericanas_2012.
Consultado el 21/5/2013 a las 11.00. “En 2012 la situación de América Lati-
na, España, la UE y EEUU ha cambiado con respecto a 1991. Las socieda-
deslatinoamericanas han evolucionado suseconomíasestán creciendo
losdestinosdelasexportacionessehandiversicadoalosmercadosasiá-
ticosylas formasdemocráticas sehan consolidadoBrasil seha conver-
tidoen la sextapotenciaeconómica mundial elPIBper cápita deChile
seacercaaldelaUEyPerúcrecearitmoselevadosObviamentesiguen
quedando retos importantes: hay que perfeccionar el funcionamiento de
las instituciones, mejorar la distribución del ingreso, avanzar en la seguri-
dad ciudadana, reducir la violencia y la corrupción, erradicar el narcotrá-
cotrabajar enla implementación dereformas scales ydesarrollar las
estructuras productivas para producir más y mejor en un mundo compe-
titivo evitando caer de nuevo en un proceso de reprimarización”.
DAMC
183
las encaminadas a mejorar las condiciones de vida de sus habitantes
y a reducir las desigualdades sociales, que, como conocemos, consti-
tuyen la causa principal de las migraciones ilegales.
España, que ha sido tradicionalmente el mayor receptor de migran-
tes latinoamericanos, según reporta el Instituto Nacional de Estadística
(INE), por primera vez, en los últimos 42 años perdió población al cierre
del año 2012, desde que se dispone de datos anuales, en 1971, con un de-
crecimiento de 113 902, como resultado de un saldo vegetativo positivo
(nacimientos menos defunciones) de 48 488 personas y un saldo migra-
torio negativo de 162 390 personas44 (314 358 inmigrantes procedentes
de otros países menos 476 748 emigraciones con destino al extranjero, de
ellos 59 724 españoles, el 12,5 %).
La crisis económica ha tenido un efecto sustancial en la emigra-
ción de las Américas, en particular hacia España, con una reducción
del 38 % entre el período 2005 - 2007 y el 2008 – 2010. En cifras abso-
lutas se produjo un descenso de alrededor de 860 000 a 550 000 para
los periodos indicados45. Al valorar estas cifras no podemos olvidar
que el 92 % de los emigrantes de las Américas, se concentran en los
Estados Unidos y España46.
En España se ha registrado un particular aumento de la emigra-
ción. En 2011, la emigración aumentó en un 26 % en comparación con
el año anterior, con algo más de 500 000 emigrantes, incluidas más
44 Instituto Nacional de Estadística 2013, op. cit. pp. 1 y ss. Este saldo mi-
gratorio negativo se ha mantenido en los últimos tres años, con - 42 675
en 2010 y – 37 699 en 2011. En el 2000 España contaba con 40 millones
de habitantes, mientras que en la siguiente década, caracterizada por el
incremento de la inmigración y el crecimiento económico, llegó hasta los
46,1 millones. A 1 de enero de 2013 se reportan 46.704.314 habitantes en
España. La inmigración de los españoles desde el exterior en 2012 pro-
cedía principalmente de Cuba VenezuelaFrancia y Reino Unido con
un incremento de los procedentes del Ecuador (37,1%) y un descenso de
los provenientes de Cuba (-31,9%). España mantuvo un saldo migratorio
positivo en 2012 con Cuba, República Dominicana, Reino Unido y Vene-
zuela, mientras que los mayores saldos negativos fueron con Rumania,
Ecuador, Marruecos y Bolivia.
45 Migración Internacional en las Américas. (2012): Segundo Informe del
Sistema Continuo de Reportes sobre Migración Internacional en las
Américas (SICREMI 2012). Disponible en: hpwwwmigracionesgov
ar/pdf_varios/estadisticas/G48952_WB_SICREMI_2012_SPANISH_RE-
PORT_LR.pdf Consultado el 14/(/2013, a las 18.00, p. 10.
46 Ídem, p. 28.
M
184
de 62 000 personas nacidas en España y 445 000 personas nacidas
en el extranjero. Mientras que más del 86 % de los emigrantes no
son nacidos en España, la emigración de personas nacidas en España
aumentó aproximadamente en un 70 %, en 2010 y entre los países
europeosde procedencia de migrantes con desino aÁfricaguran
España, Portugal, Alemania, el Reino Unido e Italia. La migración
de España hacia África alcanzó la cifra de 84 000, aproximadamente,
en 2011. El país de destino más importante fue Marruecos, con el 68 %
(alrededor de 57 000) del total de los emigrantes españoles con desino
a África.
Otros importantes destinos en África son Argelia, el Senegal, Ni-
geria y Guinea Ecuatorial47.
Las oportunidades de trabajo son ahora mucho más escasas y la
competencia entre los trabajadores nacidos en los países receptores
y los inmigrantes es más intensa. Las afectaciones en el sector de la
construcción, donde trabajan muchos inmigrantes han tenido su inci-
dencia negativa en la inserción laboral de los trabajadores emigrantes48.
Las políticas migratorias aplicadas en Europa, en los últimos años
también han incidido indiscutiblemente en la disminución de las mi-
graciones hacia los países de la Unión Europea49 y España.
En 2008 el tema migratorio fue abordado en reiteradas ocasiones
durante la campaña electoral en España y formaron parte importan-
te de los debates televisivos entre Zapatero y Rajoy, en los cuales el
Presidente del Gobierno formuló las tres fuentes de su política de
inmigración, la que quedo enunciada de la siguiente forma: “Nues-
tra política de inmigración tiene un principio: solo pueden venir y
quedarse los que puedan trabajar de acuerdo con la ley... Y eso hay
que hacerlo en tres frentes. Primero, que no salgan de sus países de
origen personas empujadas por la desesperación. Segundo, que el
control de fronteras impida la entrada de inmigrantes que no tengan
47 Organización Internacional para las Migraciones (OIM). (2013): “Informe
sobre las migraciones en el mundo 2013”, op. cit, .p. 84.
48 Ídem, p. 28.
49 Vid, Directiva 208/115/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16
de diciembre de 2008, relativa a las normas y procedimiento comunes en
los Estados miembros para el retorno de los nacionales de terceros países
que se encuentran ilegalmente en su territorio. En el ámbito español se le
conoce como la Directiva de la vergüenza.
DAMC
185
contrato de trabajo garantizado. Y Tercero, que se pueda devolver a
los países de origen a las personas que entren ilegalmente aquí”50.
Numerosos autores y organizaciones defensoras de los Derechos
Humanos, han abordado críticamente esta política migratoria, entre
ellos Rafael Lara, que la resumió con las siguientes palabras: “Que
no salgan, si salen que no lleguen, si llegan que sean inmediatamente
detenidos y repatriados”51que hoy clasican entre lasmáscitadas
por los estudiosos de los temas migratorios en España y América52.
En noviembre de 2008 el Gobierno español puso en marcha un
programa de retorno asistido para extranjeros desempleados, con un
discursoocial que insinuaba que esta medida iba a resultar clave
paraatajar la crisis económica revertirlos ujos migratorios ylo-
grar la estabilidad social. “En los primeros quince meses de funcio-
namiento del programa solo se habían acogido al mismo 8.500 perso-
nas, de las que más de 5 000 eran de nacionalidad ecuatoriana, lo cual
es, obviamente una cifra irrisoria comparado con los cerca de cinco
millones de extranjeros que residen en España”53.
Unavez más se había identicadoinmigración concrisis sem-
brando la sospecha de que los inmigrantes eran responsables del des-
empleo, sugiriendo que la solución pasaba por el regreso a sus países
50 Lario Bastida, Manuel. (2008): “Crónica crítica al debate sobre políticas mi-
gratorias en España 2008”. Discurso & Sociedad. Grupo de Estudios Crí-
ticos sobre la comunicación (ECCO), España, p.781 Disponible en:hp
www.raco.cat/index.php/InDret/article/download/138050/188695 Consul-
tado el 21/8/2013, a las 23.00 El debate televisivo se produjo el 3 de marzo
de 2008.
51LaraRafael Regulación deujos años de muerte en las
fronteras”. Asociación Pro Derechos Humanos en la Frontera Sur. Dis-
ponible en: www.publicacoesacademicas.uniceub.br/index.php/rdi/arti-
cle/.../1433 Consultado el 21/8/2013, a las 22.00.
52 Vid, entre otros, Martínez Escamilla, Margarita. (2009): “Inmigración, De-
rechos Humanos y Política Criminal: ¿Hasta dónde estamos dispuestos a
llegar?”. Revista para el Análisis del Derecho. InDret. Barcelona, Fuentes
Rodrìguez, Catalina. (2010): “El debate entre Zapatero y Rajoy: Estudio Ar-
gumentativoRevistadeEstudiosFilosócosNoXXAsociación Pro Dere-
chos Humanos de Andalucía (APDHA). Derechos Humanos en la Frontera Sur.
yel Servicio Jesuita de Migrantes (SJM), en Superar Fronteras (2011).
53 Superar Fronteras. (2011): “Crisis Económica, Inmigración y miedo”. Servi-
cio Jesuita de Migrantes (SJM). España - Abril, p. 12. Disponible en: www.
alboan.org/docs/articulos/Superarfronteras.pdfConsultado en a
las
M
186
deorigen sembrandoelgermen de laposibleconictividad social
reforzando una mirada utilitarista de las personas migrantes y distra-
yendo la atención de otras cuestiones más importantes. Un discurso
irresponsable, que ni resuelve el problema del desempleo, ni ayuda a
cohesionar la sociedad de un modo que afronte los problemas comu-
nes con más fuerza54.
En este contexto los países más desarrollados continúan necesi-
tando fuerza de trabajo, porque sus bajas tasas de natalidad no les
permiten otra opción, pero ahora la tendencia es la selección previa y
rigurosadetrabajadoresjóvenesycalicadosconlacorrespondiente
afectación para los países emisores, como ya se ha señalado supra,
lo que se conoce como «fuga de cerebros». Estas pérdidas resultan
sensibles, como destaca Álvarez Acosta, “…mayormente cuando los
migrantes han obtenido una buena preparación, en algunos casos
gratuitamente y después de migrar no regresan a sus territorios. Este
fenómeno es cotidiano en nuestros días”55.
Elexpansionismopenalysuincidenciaeneltráco
y la trata de seres humanos
Aunque últimamente se aprecia una tendencia de los Estados a
penalizaroaagravarlaspenasparalosautoresdeltráco ilícitode
personas56, la realidad hasta hace relativamente poco tiempo era bien
diferente, como se expresa con claridad en la resolución adoptada en
la Cumbre Mundial contra el Racismo, efectuada en Durbán, Sudáfrica,
54 Superar Fronteras, op. cit, p.12.
55 Álvarez Acosta, María Elena, op, cit, pp. 16 y17. Al comentar las necesidades
de fuerza de trabajo en los países de la Unión europea señala que: “Según
un estudio de las Naciones Unidas, los 15 países que integraban la Unión
Europea necesitarían 47,4 millones de inmigrantes en los próximos 50 años
para evitar la disminución de su población, y 67,4 millones para mantener
la relación entre activos y retirados” (AFP, 20 de marzo de 2000).
56OcinadeNacionesUnidasContralaDrogayelDelitoUNODC
“Informe Mundial sobre la trata de personas 2012. Resumen Ejecutivo”,
p.3. Disponible en: hpwwwunodcorgdocumentshumantracking
Executive_summary_spanish.pdf En este informe se señala que se aprecia
una mayor respuesta en materia de justicia penal a nivel mundial, a partir
de 2003 en que entró en vigor el Protocolo contra la trata de personas y ya
en 2012 un total de 134 países y territorios de todo el mundo han penaliza-
dolatrataestableciendoundelitoespecíco
DAMC
187
entreeldeagostoyel deseptiembredelreriéndoseala
trata de personas: “los tratantes rara vez son detenidos y casi nunca
procesados. Las penas impuestas por la trata de personas son relati-
vamente leves cuando se las compara con el contrabando de drogas
o de armas. Una de las razones por las que la trata de personas no es
objeto de una mayor represión es el escaso número de casos docu-
mentados”.
Eltemoralasrepresaliasdelostracantesprovocaquelasvícti-
masdeltrácodepersonasnosesientaninclinadasacooperarconlas
autoridades policiales en los países de destino. La ignorancia de sus
derechos y protecciones legales, los obstáculos culturales y lingüísti-
cos y la ausencia de mecanismos de apoyo hacen que las mujeres víc-
timas de la trata se sientan aún más aisladas e impiden que busquen
justicia o que reciban respuesta de las autoridades judiciales”57.
Estas conductas que hasta la última década del pasado siglo, por
lo general, eran tratadas por otras ramas del Derecho, pero los pro-
fundos cambios producidos en la estructura y actividad de la delin-
cuencia organizada, en un mundo cada vez más globalizado, han de-
terminado a los países y a la Comunidad internacional a penalizarlas,
lo que se demuestra en el hecho de que en las legislaciones penales
57 Vid, Cumbre Mundial Contra el Racismo. (2001): “Resolución sobre Mi-
gración y discriminación”. Durbán, Sudáfrica. Disponible en: www.
un.org/spanish/CMCR/gender/htm. Consultado el 8/2/2013 a las 22:30.
Alreferirsealmodoenquetienelugarlatrataestaresoluciónarmaque
“Los tratantes utilizan diversos métodos para reclutar a sus víctimas, que
van desde el rapto liso y llano a la compra de la persona de manos de su
propia familia. Sin embargo, en la mayoría de los casos, la víctima poten-
cial de la trata ya está buscando una oportunidad de emigrar cuando se
le acerca un conocido o es atraída por un anuncio. A algunas se les hace
creer que son reclutadas para trabajar legalmente o casarse en el extranje-
ro. Otras saben que se les recluta para la industria del sexo, e incluso que
serán obligadas a trabajar para devolver lo mucho que ha costado su reclu-
tamiento y transporte, pero son engañadas acerca de sus condiciones de
trabajo. Se teje así una compleja red de dependencia en la cual los tratantes
generalmente intentan adueñarse de la identidad jurídica de la víctima,
conscandosu pasaporte o sus documentosSuentradao permanencia
en el país de destino suele ser ilegal, lo cual no hace más que aumentar
su dependencia de los tratantes. Está muy extendida la servidumbre por
deudas, que permite controlar a las víctimas de la trata y garantizar su
rentabilidad a largo plazo. Según se ha informado, con frecuencia los tra-
tantes recurren a la coerción física y a actos de violencia e intimidación”.
M
188
vigentesenundeterminadonúmerodepaísesnoaparecentipica-
das como delitos, o se regulan de forma incipiente y por lo general de
maneradispersaymezcladasconotrasgurasdelictivas58.
Laprioridaddepenalizareltrácodeseres humanosensusdos
modalidades responde a la necesidad de brindarle especial protec-
ción a los derechos humanos de los inmigrantes, ante la actuación
cada vez más inescrupulosa de las bandas criminales y de otros ac-
tores, que se aprovechan de la situación vulnerable de las víctimas59,
pero no nos parece adecuado que también se utilice para controlar
losujosmigratoriospuesaquíyanosetratadeprotegerderechos
fundamentalessino defuncionesmeramente administrativasRe-
riéndosealasituacióndeEspañaTerradillosBasocoarmaqueen
el Código Penal español se produce “una tensión, en ocasiones es-
quizofrénica, entre las funciones de protección inherentes al Derecho
penalylasfuncionesdecontroldelosujosmigratoriosfunciónim-
propia a aquél y asumida ante el fracaso del control de la regulación
meramente administrativa”60.
Los primeros años del Siglo XXI se han caracterizado por un ex-
pansionismo acelerado e irracional del Derecho penal, amparado en
la necesidad de perfeccionar la lucha contra el crimen organizado
transnacional, por la aparición de nuevas modalidades delictivas, el
incremento de las penas y un mayor rigor penitenciario, mientras
que cada día se habla menos de la necesidad de prevenir el delito,
con la aplicación de políticas de inclusión de los excluidos de siem-
pre y de los nuevos que se les incorporan, como consecuencia de las
frecuentes crisis económicas y del incremento de las desigualdades
entre el norte desarrollado y el sur empobrecido.
Paracombatiralostracantesdearmasdrogasysereshumanos
que junto al terrorismo, la corrupción y otros males, se encuentran
en el centro de la preocupación de los gobiernos, los partidos y la
sociedad civil, un sector minoritario de la doctrina penal y crimino-
lógica, considera necesaria la promulgación de normas penales de
58 Vid, el artículo 302, apartado 3, inciso a del Código Penal cubano, que
mezcla la trata de personas con el proxenetismo.
59Ellojustica lapresenciaen los códigospenalesde delitos relacionados
con los derechos de los extranjeros, los trabajadores o los denominados
delitos de discriminación.
60 Terradillos Basoco, Juan. (2006): “Extranjería, inmigración y sistema penal”.
Inmigración y sistema penal. Tirant lo Blanch, Valencia, pp. 51 y ss.
DAMC
189
mayor severidad, con la inclusión de nuevos delitos y un sistema de
justicia penal que coloque en el centro de su actividad la defensa de
la sociedad, en detrimento de las garantías penales y procesales, por
las que la humanidad ha luchado durante siglos y que cuentan con
reconocimiento universal.
Los últimos años parecen caracterizarse por un desmedido pro-
tagonismo del Derecho penal, como nos señala con acierto el pro-
fesorCarbonellMateualarmarque Bastaasomarse alosmedios
de comunicación para comprobar que un elevadísimo porcentaje de
sus contenidos está relacionado de manera más o menos directa con
jueces, tribunales, crímenes, delitos, penas, policías, sobornos, pre-
varicaciones, etc. La vida política depende de sentencias judiciales
y la amenaza con recurrir a los tribunales es constante…Allí donde
la pena resulta innecesaria, es injusta, como se viene diciendo desde
Becaria y reconoce la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciu-
dadano. No solo no debe intervenir el Derecho penal allí donde no es
necesario, bien porque puede ser el bien jurídico tutelado por otros
mecanismos menos costosos, bien porque no necesita de tutela algu-
na, sino que hay que proclamar que la intervención ha de ser también
lamínimaimprescindibleporconsiguientelaconsecuenciajurídica
la pena, ha de ser la menor de las posibles61.
ElprofesorZaaroni ha expresado, al respecto, que las garantías
penales y procesales penales no son producto de un capricho, sino el
resultado de la experiencia de la humanidad acumulada en casi un
milenio, en lucha constante contra el ejercicio inquisitorial del poder
punitivo, propio de todas las invocaciones de emergencias conocidas
en todos estos siglos, en que el poder punitivo descontrolado em-
prendiendo empresas genocidas causó más muertes y dolor que las
propias guerras62.
61CarbonellMateuJuanCarlosReexionessobreelabusodelDe-
recho penal y la banalización de la legalidad”, Homenaje al Dr. Marino
Barbero Santos in memoriam. Ediciones de la Universidad de Castilla –
La Mancha, Ediciones Universidad, Salamanca, Cuenca, 2001, p. 129 y
131. Disponible en: hpportaluclmesdescargasidpdocsdoctrinas
reflexiones%20sobre%20el%20abuso%20del%20derecho%20penal%20
y%20la%20banalizacion%20de%20la%20legalidad.pdf. Consultado el
28/5/2013, a las 13:00.
62ZaaroniEugenio Raúl Globalización y CrimenOrganizadoConfe-
rencia de clausura de la primera Conferencia Mundial de Derecho Penal,
M
190
Con el surgimiento de nuevas y complejas formas de criminali-
dad y especialmente las relacionadas con la denominada criminali-
dadorganizada se justica quejuntoalproceso de discriminación
de determinadas conductas de escasa peligrosidad social, exista en la
actualidadunatendenciaacriminalizarotrascomoeltrácoilícito
de migrantes y la trata de personas, que han sido recogidos en la
Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organi-
zada Transnacional63, vigente desde el 29 de septiembre de 2003. Se
trata de conductas que por el perfeccionamiento del modo de actuar
de sus comisores, en la era de la globalización, requieren de frecuen-
tesmodicacionesdelostipospenales yen ocasionesdeunmayor
rigor en el sistema de sanciones y de una especial dedicación de la
Comunidad internacional y de los Estados nacionales.
El miedo que generan las propias crisis económicas también incide
enlasituacióndevíctimasdeltrácodesereshumanosdebidoaque
las crisis económicas engendran miedo a no poder mantener el nivel
organizada por la Asociación Internacional de Derecho Penal (AIDP) en
Guadalajara, Jalisco, México, pronunciada el 22 de noviembre de 2007.
Disponible en: hpwwwalfonsozambranocomdoctrinapenalgloba-
lizacion_crimen_organizado.pdf Consultado el 26/4/2011 a las 11:00.
63OcinadelasNacionesUnidasContralaDrogayelDelitoCon-
vención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Trans-
nacional y sus Protocolos”. Aprobada por la Asamblea General de las
Naciones Unidas, el 15 de noviembre de 2000, mediante la Resolución
delaAsambleaGeneralRaticadaporCubaeldefebrerode
Disponible en: hpwwwunodcorgdocumentstreatiesUNTOCPubli-
cations/TOC%20Convention/TOCebook-s.pdf. Consultada el 28/5/2013, a
las 11:30. Entre el12 y el 15 de diciembre de 2000 se celebró en Palermo,
ItaliaunaConferenciapolíticadealtonivelqueconcluyóconlarmade
laConvenciónEnelprimerpárrafodelPrefaciosearmaEndiciembre
de 2000, al suscribir en Palermo (Italia) la Convención de las Naciones
Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, la Comunidad
internacional demostró la voluntad política de abordar un problema mun-
dial con una reacción mundial. Si la delincuencia atraviesa las fronteras, lo
mismo ha de hacer la acción de la ley. Si el imperio de la ley se ve socava-
donosoloenunpaíssinoenmuchospaísesquieneslodeendennose
pueden limitar a emplear únicamente medios y arbitrios nacionales. Si los
enemigos del progreso y de los derechos humanos procuran servirse de la
apertura y las posibilidades que brinda la mundialización para lograr sus
nesnosotrosdebemosservirnosdeesosmismosfactoresparadefender
los derechos humanos y vencer la delincuencia, la corrupción y la trata de
personas”.
DAMC
191
de vida deseado, a perder el trabajo, por muy precario que sea, a no
encontrar un nuevo empleo, a perder las prestaciones por desem-
pleoalempobrecimientoetcMiedosignicamayorsentimientode
incertidumbre, mayores niveles de angustia. Ante la amenaza se ob-
servanrespuestascontrariassolidariaseinsolidariasUnarespuesta
a la amenaza consiste en unir esfuerzos, en compartir recursos. La
unión fortalece. Pero cuando el miedo domina, la persona no percibe
al otro como un aliado, sino como competidor, adversario, enemigo.
Con miedo se trata de hacer frente a la amenaza solo o con la ayuda
de un grupo restringido, cerrado64.
Eltrácocrece con la globalización económica y la apertura de
fronteras interiores. La demanda de una mano de obra barata e in-
documentada contribuye al comercio ilegal de seres humanos, redu-
ciendocostossinembargoestadeaciónsehace acosta deladig-
nidad humana y menoscaba las normas internacionales básicas de
derechos humanos, laborales, de salud y de seguridad65.
Al propio tiempo, en épocas de crisis se produce en, determina-
dos sectores de los países receptores de los migrantes, un cambio de
percepción sobre la valoración social de la inmigración y de pronto
aquellas personas útiles al sistema económico, que ocupan empleos
en el nivel más bajo de la escala social, realizan trabajos recios, se
adaptan a horarios y condiciones laborales que no aceptan los tra-
bajadores autóctonos, reciben salarios bajos, y en general protestan
pocopasan aserconsiderados bajoslosefectos delasdicultades
económicas, como mera mano de obra, herramientas de trabajo, casi
objetosdeusarytirarconundiscursoquearmaquelosemigrantes
solo deben residir en sus países, en época de “vacas gordas”, y se de-
benmarcharenmomentosderecesióneconómicaodevacasacas
“Y proponen una ecuación para solucionar el problema del paro: cin-
co millones de parados menos cinco millones de inmigrantes igual
a pleno empleo. Evidentemente tan sencilla ecuación es totalmente
falsa”66.
Al analizar las perspectivas de la inmigración ilegal siguiendo a
Muñoz Conde, se aprecia que el problema se convierte en grave en
los países de alto nivel económico y de difícil solución, atendiendo a
64 Superar Fronteras, op. cit. p. 7.
65 García Vázquez, Sonia, op. cit. p.2.
66 Superar Fronteras, op. cit. p. 11.
M
192
los niveles de pobreza que están presentes en otros países, principal-
mente africanos y latinoamericanos, por lo que las medidas adminis-
trativas restrictivas producen un efecto criminógeno, pues práctica-
mente arrojan a los extranjeros que no tienen posibilidad de entrar,
atravesar o residir en España, en manos de los traficantes67.
AlrespectoelprofesorZaaroni68, comenta que en algunos casos,
lasagenciasselectivasusanelpoderdeselecciónrepresivaparajar
caracteres negativos en los estereotipos de esas minorías: todos los
inmigrantesindocumentadosdelpaísvecinosonladronestodoslos
usuarios de tóxicos cuyo mercado se regula mediante prohibición,
robanymatanparacomprareltóxicotodosloshomosexualesyles-
bianassoncorruptoresdemenorestodosloshabitantesdezonasde
viviendasprecariasodeemergenciasonsalvajesyprimitivostodos
losjóvenesdeesossectoressonpandillerosyvioladoresetcétera
En el actual escenario mundial y regional, el enfrentamiento a la
delincuencia organizada transnacional, en general y en lo relaciona-
doconeltráco ilícitodeinmigrantesyla tratadepersonasresul-
ta compleja y se mezcla demasiado con las campañas electorales, el
oportunismo político y los intereses de los Estados receptores, que
en numerosas ocasiones aplican medidas para combatirlos, que en
lugar de resolver el problema, lo que hacen es incrementar los sufri-
mientos de las víctimas, que son los excluidos de siempre69. Se trata
de un tema que no podemos abandonar, al menos los que continuamos
67 Muñoz Conde, Francisco. (2010): “Derecho Penal. Parte Especial. Decimo-
séptima edición, revisada y puesta al día. Tirant lo Blanch. Valencia. Espa-
ña, p. 356.
En realidad en los últimos años la situación de España y de otros países
europeos ha cambiado y por otra parte se aprecia un incremento de las
migracionesentre países en desarrolloporloque ambas situaciones es
necesario tenerlas en cuenta también al valorar los problemas migratorios.
68ZaaroniEugenioRaúlEnbuscadelaspenasperdidasDesle-
gitimación y Dogmática Jurídico-penal. Editorial Ediar. Buenos Aires, p. 17.
69 A modo de ejemplo podemos señalar la Ley SB1070 del Estado de Arizona
y otras similares que se han sido promulgadas recientemente en los Esta-
dos Unidos que han provocado una gran controversia sobre migración y
racismo contra latinos, tanto en ese país como en México y otros Estados
Latinoamericanos, que pueden tener el efecto de enviar a decenas de miles
de indocumentados a prisión y la consiguiente afectación de los derechos
humanosmás elementales de las víctimas del trácodepersonasy sus
familiares.
DAMC
193
pensando que la solución a los problemas del incremento de la cri-
minalidad hay que buscarlos en las políticas de inclusión social y no
en el aumento del rigor de las penas, ni en la construcción de más
cárceles70.
Lasdiferenciasentreeltrácoylatratadepersonas
Confrecuenciaseconfundeneltrácoylatratadepersonasde-
bidoaqueaunqueelprimeropuedeincluiralatrataambasguras
delictivas, tiene sus propias características, por lo que desde la Co-
municad internacional, las leyes penales y la doctrina se han preci-
sado los elementos comunes que las caracterizan y también los que
marcan las diferencias.
Comopone de maniesto García Vázquez71,… “siempre se han
separado por una ambigua línea sombreada, la trata de personas y
eltrácoilícitodemigrantessondelitosdistintosperorepresentan
problemasenpartecoincidentesyesporelloque susdeniciones
jurídicas contienen elementos comunes. No obstante, hay que delimi-
tarel conceptode trácodepersonas distinguiendoentretrata de
personasytrácoilícitodepersonas
Eltrácoilícitodemigrantesesdenidoenelartículotresdel
Protocolocontraeltrácoilícitodemigrantesportierramaryaire
que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la
Delincuencia Organizada Trasnacional, como la facilitación de la en-
trada ilegal de una persona en un Estado Parte del cual dicha persona
noseanacionaloresidentepermanenteconelndeobtenerdirec-
tao indirectamente un benecio nanciero uotrobeneciodeor-
den material. Por “entrada ilegal” se entenderá, conforme al propio
70 Blaustein, Eduardo. (2006): “Prisiones privatizadas en EEUU, modelo
de exportación. Mazmorras Inc”. En Servicio Informativo Ecuménico y
Popular. SIEP. EL Salvador. Disponible en: hpwwwecumenicoorg
article/prisiones-privatizadas-en-eeuu-modelo-de-exportaci/ Consultado
el: 13/8/2013, a las 11.00. Vid, la expresión atribuida al experto en siste-
mas penitenciarios, de los Estados Unidos: Robert Gangi: “Construir más
prisiones para detener el delito es como construir más cementerios para
detener las enfermedades mortales”.
71 García Vázquez, Sonia, op. cit. p. 3.
M
194
artículo: “el paso de fronteras sin haber cumplido los requisitos ne-
cesarios para entrar legalmente en el Estado receptor”72.
El artículo tres del Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar
latrata de personas especialmente mujeres yniñosdenela trata
de personas como: la captación, transporte, traslado, acogida o re-
cepción de personas, recurriendo a la amenaza, o al uso de la fuerza
u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso
de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o re-
cepcióndepagosobeneciosparaobtenerelconsentimientodeuna
personaquetengaautoridadsobreotraconnesdeexplotación73.
Con el nombre de trata de seres humanos, nos dice Muñoz Conde,
se denomina una actividad criminal, universal, que se caracteri-
za por el abuso de una situación de superioridad y de la necesidad
económicaquepadecenpersonascuyapobrezageneraeltrácoyel
transporte a otros países distintos al de origen, para aprovecharse de
ellas como mano de obra barata, en condiciones muy parecidas a la
esclavitudparaexplotarlassexualmenteoextraerles susórganos
corporales74.
En ambas modalidades va a estar presente el movimiento de seres
humanosparaobteneralgúnbenecioeneltrácosiempreseinclu-
ye el elemento de ayuda para el cruce de fronteras y la entrada ilegal
de personas indocumentadas al territorio de un determinado país,
lo que lo relaciona con elementos de carácter transnacional, con la
entrada y residencia de personas y la fuente principal de ingresos de
72OcinadelasNacionesUnidasContralaDrogayelDelitoConvención
de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional
y sus Protocolos”, op. cit., p. 57.
73 Ídem. p. 44. El propio artículo 3del Protocolo para prevenir, reprimir y
sancionar la trata de personas especialmente mujeres y niños dene
comorequisitosmínimosdelaexplotación quetengacomo nlaexplo-
tación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los
trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la
esclavitud, la servidumbre y la extracción de órganos, con la precisión de
que el consentimiento dado por la víctima de la trata de personas a toda
forma de explotación que tenga la intención de realizar las conductas des-
critas en el inciso a) de este artículo no se tendrá en cuenta cuando se haya
recurrido a cualquiera de los medios enunciados en dicho inciso, lo que se
corresponde con el hecho de que por lo general los autores de estos delitos
obtienen por vías engañosas, el consentimiento de las víctimas.
74 Muñoz Conde, Francisco, op. cit, pp. 206 y ss.
DAMC
195
lostracanteseselpreciopagadoporelinmigrante75mientrasque
en la trata lo fundamental es la intención de explotar a la víctima, con
independencia de la forma en que arriba al lugar de destino, que pue-
de ser legal o ilegal y la fuente principal de los ingresos es producto
de su explotación posterior.
Lostérminos trata desereshumanosy tráco demigrantes
hansido usadoscomosinónimos pero sereerena conceptosdife-
rentes. El objetivo de la trata es la explotación de la persona, en cam-
bio el ndeltrácoeslaentradailegaldemigrantes. En el caso de
la trata no es indispensable que las víctimas crucen las fronteras para
quesecongureelhechodelictivomientrasqueésteesunelemento
necesarioparalacomisióndeltráco76. La víctima de la trata puede
ser nacional. Una persona puede ser trasladada de una región a otra
para ser explotada, dentro del mismo país.
Martos Nuñez, considera a la trata como una modalidad del trá-
codepersonas alreferirqueeltrácodemujeres connesdeex-
plotación sexual es un fenómeno criminológico relacionado con el
incrementodelainmigraciónilegalyunavariantedeltrácodeseres
humanos (TSH). Es un proceso que empieza con el reclutamiento de
las personas en sus países de origen y acaba en los países de destino
conlaobtencióndeimportantesbenecioseconómicosporlaexplo-
raciónsexual de las personas objetode tráco eltrabajo ilegal la
75Existetambiénlaposibilidad dequeeltrácoadiferenciadela trataen
determinadascircunstanciastenganeshumanitarioscomopuedeocurrir
enlospaísesquetienentipicadalagura delfacilitadorVidporejem-
plo el apartado uno del artículo 318 bis del Código Penal español.
76 Debido a cuestiones idiomáticas y dadas la relativa juventud de estos con-
ceptosexisten confusionesrespecto alostérminos trácoy tratademi-
grantes. En idioma inglés, el primero es designado como “smuggling”,
cuya traducción más exacta podría ser “contrabando”. Sin embargo, las
autoridades migratorias de países hispanoparlantes utilizan comúnmente
eltérminotrácoynocontrabandoparadesignarestetipodeactivi-
dades. En cuanto a la trata, concepto empleado tradicionalmente para re-
ferirse al traslado de personas entre países con propósitos de explotación
tratadeesclavostratadeblancasesdesignadaeningléscomotrac-
king”, lo cual establece una confusión con la versión hispana del primer
conceptoAsílosequivalentescorrectosdeberíansertrácoocontraban-
doparasmugglingytrataparatracking
M
196
adopcióndemenorescomofuerzadetrabajoparasuventalapor-
nografíainfantileltrácodeórganosuotrosetcétera77
Eltrácodeinmigrantesesobjetodepolíticasmigratoriasyde
inmigración clandestina, no así la trata de personas que es una viola-
ción de los derechos del hombre.
Eltrácoilícitodepersonaspuedecontenerelementosdelatrata
pero con un alcance más amplio, que presupone la libre voluntad de
lostracadosyelconsentimientodelosemigrantesvaaresultarevi-
denteconlanalidaddecruzarlasfronterassincumplirlostrámites
migratorios correspondientes, mientras que en la trata las víctimas o
nunca lo han dado o si lo hicieron carece de valor jurídico por la pre-
sencia del engaño, el uso de la fuerza, la violencia u otras formas de
coacciónqueseejercesobreellasconnesdeexplotación
InstrumentosinternacionalescontraelTrácoilícito
de personas
Durante el siglo XX, la Convención sobre la Esclavitud78, fue adop-
tada por la Sociedad de Naciones en 1926 y en 1953 recibió la aproba-
ción de la Asamblea General de las Naciones Unidas, comprometien-
do a los estados signatarios a prevenir y reprimir la trata de esclavos y
a procurar la supresión de la esclavitud en todas sus formas. En 1949,
la misma Asamblea General aprobó el Convenio para la Represión
de la Trata de Personas y de la Explotación de la Prostitución Ajena79,
consolidando otros acuerdos internacionales que databan de 1904, en
el que los Estados parte se comprometían a: prevenir la prostitución,
rehabilitar a las prostitutas, reprimir a la trata de personas de ambos
sexoscon nes deprostitucióny a suprimirlasleyes reglamentos
77 Martos Nuñez, Juan Antonio. (2012): “El delito de trata de seres humanos:
Análisis del artículo 177 bis del Código Penal”. Revista Estudios Penales
y Criminológicos. Universidad de Santiago de Compostela. Vol. XXXII.
Disponible en: hpwwwuscesrevistasindexphpepcarticleview
Consultado el 10/8/2003 a las 11.00.
78 Trejo García, Elma del Carmen. (2006): Compendio de Instrumentos In-
ternacionales Relativos a la Trata de Personas. Centro de Documentación,
Información y Análisis de la Subdirección de Política Exterior de la Cá-
mara de Diputados de los Estados Unidos Mexicanos. México D. F., p. 3.
Vid, texto de la Convención. Disponible en: hpwwwdiputadosgob
mx/cedia/sia/spe/SPE-ISS-08-06.pdf Consultado el 15/9/2013, a las 23.30.
79 Ídem, p. 10.
DAMC
197
registros especiales y otras disposiciones impuestas a las personas
que practican, o presuntamente practican, la prostitución80.
En 1956, en una Conferencia de ONU se aprueba la Convención
Suplementaria sobre la abolición de la Esclavitud, la Trata de Escla-
vos y las Instituciones y Prácticas análogas a la Esclavitud, en la que
seamplíaladenicióndeesclavitudcontenidaenlaConvenciónde
1926, para incluir la servidumbre por deudas, formas serviles de ma-
trimonio y la explotación de niños y adolescentes.
Numerosos Instrumentos Jurídicos Internacionales del denomina-
do sistema de las Naciones Unidas y de otros fórum internaciona-
leso regionalescontienen regulacionessobreel trácoyla tratade
personas y especialmente sobre los derechos de las víctimas de estas
conductas, entre los que solo a manera de ejemplo podemos men-
cionar la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 10 de
diciembre de 1948, la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados
deysuProtocolodeel Convenioparalarepresión dela
trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena, adopta-
do por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 2 de diciembre
de 1949, vigente desde el 25 de julio de 1951, que ha sido considerado
como el texto básico que sobre esta cuestión se ha adoptado a nivel
internacional81laConvenciónsobre losDerechosdelNiñodede
noviembre de 1989 y su Protocolo facultativo relativo a la venta de
niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornogra-
fía, y otros muchos82.
80 Espinoza Berrocal, Gustavo Felipe, op. cit., p. 3.
81VidMesaRedondasobreTrácodeMujeresUnamiradadesdelasorgan-
ziacionesIntervencióndeIselRiveroDirectoradelaOcinadeNa-
ciones Unidas en España. Informes, Ponencias y Documentos de Referencia
delaJornadacelebradaenMadrideldenoviembredesobreTráco
demujeresconnes deexplotaciónsexualDisponibleenhpwwwan-
toniosalasorgsitesdefaultlesTraFicodemujeresconnesdeexplo-
tacion_sexual__031324.pdf. Consultado el 20/3/2013, a las 15:00.
82Vidademásel Protocolopara modicarlaConvención sobrela esclavi-
tudUNTSqueentróenvigoreldediciembredelaCon-
vención suplementaria sobre la abolición de la esclavitud, la trata de escla-
vos y las instituciones y prácticas análogas a la esclavitud, 226 U.N.T.S. 3,
queentróenvigordeabrildelaConvenciónsobrelaeliminación
de todas las formas de discriminación contra la Mujer, entre otras.
M
198
6.1. La Convención internacional sobre la protección
de los derechos de todos los trabajadores migratorios
y de sus familiares
La Convención Internacional sobre la Protección de los derechos
de todos los trabajadores migrantes y sus familiares83, adoptada el
18 de diciembre de 1990 por la Asamblea General, mediante Resolu-
ción 45/1585, constituye uno de los instrumentos fundamentales para
proteger los derechos de los trabajadores migrantes y sus familias.
Sin embargo, la gran mayoría de los países desarrollados receptores
nola hanraticadoEsta circunstancia noimpideque los derechos
fundamentales que hayan sido violados no sean denunciados por el
migrante o por el funcionario que conozca de tales violaciones, en el
marco de la normativa antes señalada.
Laprotección de lostrabajadoresmigratorios y a susfamiliares
constituyen en contenido esencial de esta Convención que establece
normas éticas y sirve como guía y estímulo para la promoción de los
derechos de los migrantes en cada país. No se trata de crear nuevos
derechos para los migrantes, sino de garantizarles el trato igualitario
y las mismas condiciones laborales para migrantes y nacionales84.
La Convención es aplicable en todo el proceso de migración, desde
la preparación, la salida, el tránsito, el período de estancia, la realiza-
ción de una actividad remunerada en el Estado receptor y el retorno
a su país de origen. Este amplio enfoque del instrumento coadyuva a
que la protección del migrante se realice de manera integral y no so-
lamente en el país receptor. Por ende, el Estado emisor de migrantes
83 Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la
Cultura. (2005): “Convención internacional sobre la protección de los de-
rechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares”. Adop-
tada por la Asamblea General en su resolución 45/158, de 18 de diciembre
devigentedesdeeldejuliodetrashabersidoraticadapor
un mínimo de 20 países en marzo de 2003. Disponible en: hpunesdoc
unesco.org/images/0014/001435/143557s.pdf Consultada el 16/10/ 2013, a
las 16.00.
84VidMedina Cuenca Arnel y Goite Pierre Mayda Tráco de
personas y criminalidad organizada, un reto para el Derecho”. JUS 2011.
Revista de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Sina-
loa. Disponible en: hpwwwubijuscomindexphppageshoppro-
duct_details&flypage=flypage_images.tpl&product_id=169&category_
id=17&option=com_virtuemart&Itemid=222
DAMC
199
tiene la obligación de cumplir con sus mandatos y prevenir y erradi-
car, desde el ámbito local, la migración irregular85yeltrácodeseres
humanos.
Esta Convención, no distingue entre personas documentadas e
indocumentadas para ejercer los derechos que en ella están consa-
grados y, por tanto reconoce y asegura los derechos humanos fun-
damentales de los migrantes y sus familiares como la vida, la segu-
ridad personal, la prohibición de la esclavitud y servidumbre y de
la tortura, la libertad de opinión, de pensamiento, de conciencia y
de religión, la prohibición de ser sometidos a detención arbitraria, el
derecho al cumplimiento de normas del debido proceso en caso de
detención por causas de investigación penal y a acudir a los tribuna-
les y cortes de justicia en igualdad de condiciones que los nacionales.
Otros temas de particular trascendencia para los derechos de los
trabajadores migrantes, que se incluyen en el texto de la Convención,
sonlaprohibicióndeconscaro destruirdocumentosdeidentidad
como pasaportes, autorizaciones de entrada o permisos de trabajo, el
acceso a consulados y representaciones diplomáticas, la prohibición
de la expulsión colectiva al referir en el artículo 22, que todo Estado
tiene la obligación de tramitar, de acuerdo a su legislación migratoria,
la deportación o entrada de migrantes, examinándolos caso por caso.
Se reconoce también, la igualdad de derechos en cuanto a remu-
neración y empleo, el derecho a la sindicalización, salud y atención
médica, unido al derecho a mantener contacto con su país de ori-
gen, lo que implica: asegurar que los migrantes puedan regresar a su
país de origen si así lo desean, permitirles efectuar visitas ocasionales
e incitarlos a mantener lazos culturales, garantizar la participación
85 Solicitarle a los Estados emisores de migrantes, que erradiquen la emigra-
ción irregular sin ir al fondo del problema, que son los diferentes niveles
de desarrollo entre los países, ni colaborar con medidas efectivas que ayu-
den a disminuir la brecha entre ricos y pobres, con resulta complejo, pero
las medidas contra la difusión de información engañosa en lo concernien-
te a la emigración y la inmigración y las encaminadas a detectar y elimi-
nar los movimientos ilegales o clandestinos de trabajadores migratorios y
sus familiares y para imponer sanciones efectivas a las personas, grupos
o entidades que organicen o dirijan esos movimientos, establecidas en el
artículo 68 de la convención, nos parecen adecuadas y en correspondencia
conlasnecesidadesdelaprevencióngeneralyespecialdeesteagelode
la humanidad.
M
200
política de los migrantes en el país de origen y asegurar el derecho de
los migrantes a transferir sus ingresos a su país de origen.
El contenido de la Convención, ha sido objeto de análisis durante
los debates del Diálogo de alto nivel sobre Migración y Desarrollo
que tuvo lugar en Nueva York, los días 3 y 4 de octubre de 2013, aus-
piciado por la Organización de las Naciones Unidas, en cuya etapa
de preparación el Director General de la Organización Internacional
del Trabajo, Ryder Guy, ha señalado que la mayoría de los migrantes
no dejan su país de origen por elección sino por necesidad. La falta
de oportunidades de empleos decentes e ingresos dignos es por lo
general lo que impulsa a las personas a migrar, como se ha precisado
supra. Lamentablemente, con demasiada frecuencia esta travesía se
emprendeencondicionesdesesperadasypeligrosasycuandollegan
a su nuevo destino, o hasta cuando regresan a su país de origen, son
vulnerables a la discriminación86.
Lasmujereslos trabajadoresjóvenesylaspersonaspococuali-
cadas y en situación irregular son especialmente vulnerables a la ex-
plotación. A los trabajadores migrantes les son negados sus derechos
fundamentales en el trabajo, a pesar de su reconocimiento expreso
por la Convención Internacional sobre la Protección de los derechos
de todos los trabajadores migrantes y sus familiares, como la liber-
tad sindical, la negociación colectiva, la no discriminación y el salario
mínimo y también pueden ser víctimas del trabajo forzoso y de la
trata de seres humanos. Sin embargo, los trabajadores migrantes des-
empeñan un papel fundamental en la economía. Compran bienes y
servicios, pagan impuestos y establecen pequeñas empresas que crean
empleo. Además, envían dinero a sus hogares –más de 400 000 millo-
nes de dólares enviados a las economías en desarrollo en 2012– que
beneciaasusfamiliasycomunidades87.
86 Ryder Guy. (2013), op. cit, p. 1.
87 Ídem, p. 2. Un tema al que no hace referencia el Director General de la OIT,
ensuartículoesquesetratadeunamagnícaoportunidaddelasNacio-
nesUnidas paraimpulsar la raticaciónde estaimportanteConvención
internacional, que en la segunda mitad del año 2013, con más de diez años
de vigencia, continúa siendo uno de los convenios de derechos humanos
conmenosraticacionesNingunodelosEstadosdeacogidademigrantes
deEuropaOccidentallaharaticadoytampocolohanhechoAustralia
Canadá, EE. UU., India y Sudáfrica. Vid, Amnistía Internacional (2013),
op. cit. pp. 17-18.
DAMC
201
Del total de 20,9 millones de trabajadores forzosos, estimados
en 2012, 18,7 millones, el 90 %, son explotados en la economía pri-
vada por individuos o empresas. De estos últimos, 4,5 millones, el 22 %,
son víctimas de explotación sexual forzada, y 14,2 millones, el 68 %, son
víctimas de explotación laboral forzada en actividades económicas
como la agricultura, la construcción, el trabajo doméstico o la ma-
nufactura. Los 2,2 millones restantes, el 10 %, están sujetos a moda-
lidades de trabajo forzoso impuestas por el Estado, por ejemplo en
las prisiones, o en trabajos impuestos por el ejército de un país o por
fuerzas armadas rebeldes88.
Se impone la necesidad de examinar de forma más amplia las dis-
tintas dimensiones de la cuestión de las migraciones en la actualidad,
que afectan a cientos de millones de personas y a países de origen,
tránsito y destino. La Comunidad internacional está en el deber de
evaluar, con mayor profundidad las causas de los movimientos in-
ternacionales de población y su compleja interrelación con el desarrollo
y de adoptar las medidas necesarias para estimular a los Estados a
implementar políticas migratorias responsables, en un marco de pro-
tección integral de los derechos humanos de los migrantes, centran-
do la atención en hacer de la migración un factor positivo para el
desarrollo sostenible y la reducción de la pobreza, en correspondencia
con las proyecciones de la Comunidad internacional de formular una
Agenda Mundial para el Desarrollo después de 2015.
Todo ello en un mundo, en el que aun un gran número de los en-
cargados de la formulación de políticas, sigue considerando que la
migración internacional es más bien una amenaza para la seguridad y
la identidad de los países que una oportunidad para la cooperación y
el desarrollo. Es necesario un cambio de mentalidad, que pase a con-
siderar a la migración internacional como una fuerza positiva para el
88 Vid, Organización Internacional del Trabajo. (2012): Estimación Mundial
sobre el Trabajo Forzoso. Resumen ejecutivo. Disponible en: hpwww
ilo.org/wcmsp5/groups/public/@ed_norm/@declaration/documents/pu-
blication/wcms_182010.pdf Consultado el 25/10/2013, a las 16.00. Estas ci-
frasnoincluyenloscasosdetrataconnesdeextraccióndeórganosnilos
de matrimonio forzado u adopción forzada, a menos que estas prácticas
den lugar a una situación de trabajo o servicio forzoso.
M
202
desarrollo, tanto en los países de origen como de desino, siempre y
cuando estuviera corroborada por las políticas adecuadas89.
6.2. La Convención de las Naciones Unidas contra la
Delincuencia Organizada Transnacional y sus Protocolos
La Asamblea General de las Naciones Unidas, en el mes de no-
viembre del 2000, como ya se ha dicho supra,adoptóeltexto deni-
tivo de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuen-
cia Organizada Transnacional y de los Protocolos Complementarios
contraeltrácoilícitodemigrantesportierramaryaireyparapre-
venir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente muje-
res y niños.
Esta Convención, conocida como la Convención de Palermo, obli-
ga a los Estados Parte a adoptar, de conformidad con los principios
fundamentales de su derecho interno, las medidas legislativas que re-
sultennecesariasparatipicarcomodelitoscuandosecometaninter-
nacionalmente, diversas acciones delictivas y destaca, como parte de
su contenido esencial, el propósito de promover la cooperación para
prevenir y combatir con mayor ecacia la delincuencia organizada
transnacionaltambién dene conceptos tales comoeldegrupode-
lictivo organizado, delito grave, delito determinante y otros de indu-
dable trascendencia para la aplicación consecuente de sus preceptos90.
LaConvencióncomienzasuarticuladoproclamandosunalidad
promover la cooperación internacional para prevenir y combatir más
ecazmenteladelincuencia organizadaanivelinternacionallaque
sematerializaatravésdedelitoscomolatratayeltrácode perso-
nas, por lo que este tratado es de forma general para estos delitos.
Ante la utilización de diversos métodos, que incluyen desde el uso
de medios de transporte aéreos, marítimos y terrestres, así como la
realizacióndetrámitesmigratoriosfraudulentoscomofalsicación
de pasaportes, la corrupción de autoridades diplomáticas, consula-
resaduanalespolicialesyjudicialeseltrácoylatratadepersonas
se han convertido en tema de constante análisis por los principales
dirigentes políticos de los Estados y por la Comunidad internacional.
89 Organización Internacional para las Migraciones (OIM). (2013): “Informe
sobre las migraciones en el mundo 2013”, op. cit., p. 181.
90 Vid, artículo 2 de la Convención, op. cit., p. 1.
DAMC
203
ElProtocolocontraelTrácoIlícitodeMigrantes
Este Protocolo fue inspirado en las Resoluciones de Naciones
Unidasdelproducto deltrácode personasque existenenel
mundo, recordando la Resolución 54/212 de la Asamblea General, del
22 de diciembre de 1999 en la que la Asamblea instó a los Estados
miembros91 y al sistema de las Naciones Unidas a que fortalecieran la
cooperacióninternacionalyeldesarrolloandeabordarlascausas
fundamentales de la migración y también fue consecuencia del notable
aumento de las actividades de los grupos delictivo organizados en re-
laciónconeltrácoilícitodeinmigrantesyotrasactividadesdelictivas
conexas que causaban graves perjuicios a los Estados afectados.
ElProtocolocontraelTrácoIlícitodeMigrantesescomplemen-
tario de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia
Organizada Transnacional y tiene como propósito prevenir y comba-
tirel trácoilícito demigrantesy promoverlacooperaciónconese
nentrelosEstadosPartepromoviendoalavezlosderechosdelos
migrantesquesonobjetodedichotráco
En el Preámbulo92sedeclaraqueparaprevenirycombatirecaz-
menteeltrácoilícitodemigrantesserequiereunenfoqueamplioe
internacional, que conlleve la cooperación, el intercambio de infor-
mación y la adopción de otras medidas apropiadas, incluidas las de
índole socioeconómicas, en los planos nacional, regional e interna-
cionalasícomo lanecesidad degarantizarle untratohumanoalos
migrantes y de proteger plenamente sus derechos humanos, a la vez
que se expresa la preocupación de la Comunidad internacional por el
notable aumento de las actividades de los grupos delictivos organi-
zadosenrelaciónconeltrácoilícitodemigrantesydelpeligroque
91RaticadoporCubaeldejuniode
92 Vid, el Preámbulo, donde se señalan además como antecedentes, la reso-
lución 54/212 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, de 22 de
diciembre de 1999, en la que la Asamblea instó a los Estados miembros
y al sistema de las Naciones Unidas a que fortalecieran la cooperación
internacional en la esfera de la migración internacional y el desarrollo, a
nde abordarlascausas fundamentales dela migración especialmente
lasrelacionadasconlapobrezaydeaumentaralmáximolosbenecios
que la migración internacional podría reportar a los interesados, y alentó a
los mecanismos interregionales, regionales y subregionales a que, cuando
procediera, se siguieran ocupando de la cuestión de la migración y del
desarrollo.
M
204
signicaparalavidaylaseguridaddelosmigrantesinvolucradosen
estaactividadlucrativadetrácodesereshumanosquesedesarrolla
por delincuentes inescrupulosos, que por lo general, ante el peligro
de ser descubiertos, tratan de deshacerse de su “carga humana”, sin
el menor escrúpulo, al estilo de sus antecesores en la época colonial,
de tan triste recordación en nuestros países.
ElartículounodelProtocolorearmaelcaráctercomplementa-
rio de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia
Organizada Transnacional y precisa que los delitos previstos en el
artículoseisseconsiderarándelitostipicadosconarregloadicha
Convenciónyeldosnosdenecomonalidaddeésteinstrumento
jurídicointernacionalprevenirycombatireltrácoilícitodemigran-
tes, así como promover la cooperación entre los Estados Parte con
esenprotegiendoalmismo tiempolos derechosde losmigrantes
objetodedichotráco93.
En relación con las medidas de prevención y cooperación se regu-
lan las obligaciones de los Estados Parte, en particular los que tengan
fronterascomunes o esténsituadosen las rutasdetráco ilícito de
migrantes, el artículo 10 establece, que los mismos, intercambiarán,
de conformidad con sus respectivos ordenamientos jurídicos y admi-
nistrativos internos, información pertinente en relación con los luga-
res de embarque y de destino, las rutas, la identidad y los métodos
de las organizaciones o los grupos delictivos organizados involucra-
dososospechososdeestarvinculadosaltrácoilícitodemigrantes
sustracciones de documentos de viaje o de identidad en blanco, los
medios y métodos utilizados para ocultar o transportar personas, las
experiencias de carácter legislativo94.
Otras medidas reguladas por el Protocolo95, son las referidas al
reforzamiento de los controles fronterizos, la revisión de los docu-
mentos de viaje, denegación de entrada o revocatoria de visados a
93 Vid, Artículos 1 y 2.
94 Ídem. Artículos 10 apartado 1. en el apartado dos se precisa, en relación
con estas medidas de prevención y cooperación, que: “el Estado Parte re-
ceptor de dicha información dará cumplimiento a toda solicitud del Esta-
do Parte que la haya facilitado en el sentido de imponer restricciones a su
utilización”.
95 Ídem. Artículos 11 y 12. Este Título fue adicionado por el artículo 22 de la
Ley No. 87 de 16 de febrero de 1999 (G. O. Ext. No. 1 de 15 de marzo de
1999, p. 10).
DAMC
205
laspersonas involucradasenla comisióndeestosdelitos asícomo
las relacionadas con la calidad y la seguridad de los documentos de
identidad y de viajes que se expidan, a los efectos de impedir su fal-
sicaciónylasencaminadasaimpedirlacreaciónexpediciónyutili-
zación ilícitas de dichos documentos.
6.2.2. El Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata
de Personas
Estrechamenterelacionadoconeltrácodemigrantesseencuen-
tra la trata de personas, como ya se ha explicado supra, y el Protocolo
para Prevenir, Reprimir y sancionar la Trata de Personas, especial-
mente Mujeres y Niños, es también complementario de la Convención
de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transna-
cionalytienecomonalidadprevenirycombatirecazmentelatrata
de personas, especialmente mujeres y niños, con un enfoque amplio
e internacional en los países de origen, tránsito y destino, que incluya
medidasparaprevenirdicha tratasancionaralostracantesypro-
teger a las víctimas amparando sus derechos humanos internacional-
mentereconocidos así como depromoverla cooperación entre los
Estados Parte96paralograresosnes97.
Éste Protocolo es el primer instrumento de Naciones Unidas que
tiene en cuenta la demanda de mujeres y niños que están siendo
traficados, llamando a los países a adoptar medidas más severas
tendentes a desalentar esta demanda que promueve todas las formas
de explotación de mujeres y niños/as98.
Cuando se trate de niños menores de 18 años, se señala que la cap-
tacióntransportetrasladoacogidaorecepcióndeunniñoconnes
96 RaticadoporCubaeldejuniodeVidInformedeCubasobre
el enfrentamiento jurídico – penal a la trata de personas y otras formas
de abuso sexual (2012). Resumen Ejecutivo. Presentado por Cuba a la
OcinadelasNacionesUnidascontralaDrogayelDelitolaOcinadel
Alto Comisionado de NNUU sobre DDHH y a la Asamblea General de
UN Disponible en hpwwwcubaminrexcusitesdefaultlesche-
ros/informe_de_cuba_sobre_el_enfrentamiento_juridico_2012-web.pdf
Consultado el 13/11/2013, a las 11.00.
97 Vid, el preámbulo del Protocolo y el artículo uno en el que se precisa ade-
másquelosdelitostipicadosconarregloalartículoseconsiderarán
delitostipicadosconarregloalaConvención
98 Vid, artículo 9.5 del Protocolo.
M
206
de explotación se considerará “trata de personas” incluso cuando no
se recurra a ninguno de los medios denunciados en el apartado a) del
artículo tres del Protocolo99, lo que evidencia una especial protección
de los menores de edad.
El artículo 5 indica a los Estados Parte adoptar las medidas legisla-
tivasqueresultennecesariasparatipicarcomodelitosenelderecho
internolasconductasdenidasenelartículodelProtocolocuando
se cometan internacionalmente100, lo que incluye la explotación se-
xual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o prácticas análo-
gas a la misma, la servidumbre y la extracción de órganos. Trece años
después de su aprobación numerosos Estados, entre ellos Cuba, no
incluyen aun en sus leyes internas a todas las modalidades de la trata
depersonasdenidasenelProtocolo
La cooperación entre los Estados Parte para prevenir y combatir la
trata de seres humanos es regulada por el artículo 10 del Protocolo e
incluye medidas tales como el intercambio de información sobre los
documentos de viaje, los medios y métodos utilizados por los grupos
delictivosorganizadosparalosnesdelatrata depersonas inclui-
dos la captación, el transporte, las rutas y los vínculos entre perso-
nas y grupos involucrados en dicha trata, así como posibles medidas
para detectarlas.
Otro importante componente de la estrategia de la prevención y el
combate a la trata de personas lo constituye la capacitación prevista
en el apartado 2 del artículo 10, la que estará destinada a los funcio-
narios encargados de hacer cumplir la ley, incluidos los de inmigra-
ción, la que deberá centrarse en los métodos aplicados para prevenir
latrataenjuiciaralostracantesyprotegerlosderechosdelasvíc-
timasincluidalaproteccióndelasvíctimasfrentealostracantes
99 Ídem. El apartado a) del Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la
tratadepersonasaldenirlatratadepersonasprecisacomoelementos
detipicidad para laconguracióndel tipo penallaamenaza o el uso
de la fuerza u otras formas de coacción, el rapto, el fraude, el engaño, el
abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o
recepcióndepagoso beneciospara obtenerelconsentimiento deuna
personaquetengaautoridadsobreotraconnesdeexplotación
100 Vid, artículo 5 del Protocolo.
DAMC
207
LasleyesmodelosdeNacionesUnidascontraeltráco
y la trata de personas
Enel añose publicóporlaOcina delasNaciones Unidas
contra la Droga y el Delito (UNODC) la “Ley modelo contra el trá-
coilícitodemigrantes en respuesta a una petición dirigida por
la Asamblea General al Secretario General para que promoviese y
facilitara las iniciativas de los Estados Miembros dirigidas a hacerse
parte en la Convención de contra la Delincuencia Organizada Trans-
nacional y sus Protocolos así como las encaminadas a aplicar las
disposicionesque guranenelProtocolo contraeltrácoilícito de
migrantes por tierra, mar y aire101.
Con propósitos similares se elaboró, en la propia fecha, por la re-
feridaocinadeNacionesUnidaslaLeymodelo contralatratade
personas”, a los efectos colaborar con los Estados a implementar la
Convención de Palermo y las disposiciones del Protocolo para prevenir,
reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y
niños, que complementa102.
6.3. A manera de resumen
La intensa actividad que se desarrolla desde la Comunidad inter-
nacional ha estado encaminada a la protección de los derechos huma-
nos de las víctimas y al enfrentamiento a las actividades del crimen
organizado, lo que pone en evidencia la necesidad impostergable de
combatireltrácoylatratadepersonasconmétodosefectivosque
garanticen tanto el enfrentamiento a las bandas criminales, como la
protección de las víctimas con la participación de los Estados y de la
Comunidad internacional.
Los instrumentos jurídicos que se necesitan existen, las legislacio-
nes nacionales los han ido incorporando, en mayor o en menor medida.
101 OcinadeNacionesUnidasContralaDrogayelDelitoUNODC
Ley modelo contra el tráco ilícito de migrantes Treaty Series vols
2225, 2237 y 2326, núm. 39574. Naciones Unidas Nueva York, 2012. Dis-
ponible en: hpwwwunodcorgdocumentshumantrackingModel
Law_SOM_S_ebook_V1052718.pdf Consultada el 28/5/2013 a las 18.20.
102 OcinadeNacionesUnidasContralaDrogayelDelitoUNODC
“Ley modelo contra la trata de personas”. Treaty Series, vols. 2225, núm.
39574. Naciones Unidas Nueva York, 2012. Disponible en: hpwww
unodcorgdocumentshumantrackingTIPModelLawSpanishpdf
Consultada el 28/5/2013 a las 18:30.
M
208
Lo que falta es la voluntad política de los gobernantes, que no en
todos los casos dedican los recursos necesarios para prevenir y com-
batiresteagelodelahumanidadyconfrecuencialosdestinadosa
estosnesson desviadosomalgastadosDemaneraespecialloque
más se necesita es la cooperación multilateral, en particular de los
Estados más desarrollados, para mitigar los factores que, como la po-
breza, el subdesarrollo y la falta de oportunidades equitativas, exis-
tentesenmuchospaíseshacenalaspersonasvulnerablesaltráco
ilegal de seres humanos y especialmente a las mujeres y los niños103.
Resulta también evidente que el compromiso de los Estados de
origen y de los receptores de migrantes con la protección de los de-
rechos humanos de las personas que obligadas por las circunstancias
de su situación económica emigran hacia el norte desarrollado, no
se encuentra a la altura de las circunstancias, como ha denunciado
Amnistía Internacional en su ya mencionado informe sobre el Estado
de los Derechos Humanos en el mundo de 2013, donde denuncia que:
“Una vez que las personas se han marchado, los Estados de origen
armanquedadoquesus trabajadoresmigrantes yanoseencuen-
tran en su territorio, no tienen obligaciones para con ellos, a la vez
que los Estados de recepción sostienen que, al no ser ciudadanos,
carecen de derechos. Mientras tanto, la Convención Internacional de
la ONU sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajado-
res Migratorios y de sus Familiares, adoptada en 1990, sigue siendo
unodelosconveniosdederechoshumanosconmenosraticaciones
Ninguno de los Estados de acogida de migrantes de Europa Occi-
dentallaharaticadoytampocolohanhechootrospaísescongran
población migrante, como Australia, Canadá, EE. UU., los países del
Golfo, India y Sudáfrica”104.
A lo anterior se une el hecho indiscutible de que el principal com-
promiso que asumieron los Estados Parte del Protocolo contra el trá-
coilícito demigrantesportierra maryaire en laluchacontra el
trácode personasque esanuestro juicioelregulado enelinciso
3 del artículo 15, que los compromete a “promover o reforzar, según
103 Vid, artículo 9, apartado 4 del Protocolo para prevenir, reprimir y san-
cionarlatratadepersonasde noviembredel laresolución
de la Asamblea General de las Naciones Unidas de 22 de diciembre de
yelapartadodelartículodelProtocolocontraelTrácoIlícito
de Migrantes por tierra, mar y aire de noviembre del 2000.
104 Amnistía Internacional, op. cit., pp. 17-18.
DAMC
209
proceda, los programas y la cooperación para el desarrollo en los pla-
nos nacional, regional e internacional, teniendo en cuenta las realida-
des socioeconómicas de la migración y prestando especial atención
alas zonas económicaysocialmente deprimidas andecombatir
lascausas socioeconómicas fundamentales del tráco ilícito de mi-
grantes, como la pobreza y el subdesarrollo”, es precisamente el que
menos se ha cumplido, en especial por parte de los países receptores,
que son los más favorecidos económicamente y tienen la obligación
moral y jurídica de ayudar a los menos desarrollados.
7. Conclusiones
Lasreexionescríticasyanálisisemprendidosnuestrainvestiga-
ción, de la que presentamos, en esta oportunidad, las cuestiones más
generales, muestran distintas aristas de un fenómeno multidiscipli-
nario, encerrado en un profundo contenido social, humano y jurídico
que saca a luz la delgada línea que en ocasiones presentan determi-
nados comportamientos humanos donde los sujetos pasivos son en
reiteradas ocasiones víctimas de la desigualdad del mundo en el que
les ha tocado vivir y donde la Comunidad internacional no obstante
sus desvelos no lo logra mantener en límites “razonables”. De ese
razonamiento surgen las conclusiones siguientes:
PRIMERA:Eltrácoylatrata depersonashanexistidoendife-
rentes épocas con determinadas características, pero el incremento
de las desigualdades entre los países ricos y los menos desarrollados
haalteradolacomposiciónuidezeintensidaddelasmigracionesy
modicadosudistribucióngeográcaconlaparticipacióncreciente
de redes criminales, en un mundo globalizado donde se promueve la
libre circulación de mercancías y de capitales entre los Estados que
al propio tiempo restringen, cada vez más, la circulación de la fuerza
de trabajo.
SEGUNDA El compromiso asumido por los Estados parte del
Protocolo contra el tráco ilícito de migrantes por tierra mar y
aire”, para promover o reforzar, los programas y la cooperación para
el desarrollo de las zonas económica y socialmente deprimidas, como
medida para combatir las causas socioeconómicas fundamentales del
trácoy la trata de personas esprecisamente el que menosse ha
cumplido, en especial por parte de los países receptores, que son los
más favorecidos económicamente y tienen la obligación moral y jurí-
dica de ayudar a los menos desarrollados.
M
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TERCERA: La tendencia a la disminución de las migraciones des-
de varios países de América Latina hacia Europa, evidencia que se
puede hacer más para mejorar las condiciones de vida de los países
del Sur y reducir las desigualdades sociales, que constituyen la causa
principal de las migraciones ilegales, aunque ello en la actualidad
obedece también a un factor económico dada la creciente crisis que
enfrentaesaáreageográca
CUARTA: El tráco internacional de personas constituye cada
vezmásunageloenexpansiónquese complejizacon lacreciente
participación de organizaciones criminales motivadas por los altos
benecioseconómicosquelesgenera