Nuevo paradigma de esclavitud en el siglo XXI: La trata de personas en México

AuthorGonzalo Armienta Hernández - Lizbeth García Montoya - Itzé Coronel Salomón
ProfessionDoctor en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México - Doctora en Criminología por la Universidad de Castilla La Mancha - Alumna del doctorado en Derecho interna y relaciones internacional por la Universidad Autónoma de Madrid
Pages432-453
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Nuevo paradigma de esclavitud en el siglo XXI:
La trata de personas en México
Dr. Gonzalo arMienta hernánDez*
Dra. lizbeth GarCía Montoya**
Ms C. itzé Coronel saloMón***
Sumario
Introducción
1. Aspectos histórico de la Trata de Personas
2. Generalidades sobre la Trata de Personas
3. Formas en las que opera la delincuencia organizada en el delito de
trata de personas
3.1. Prevalencia en México
3.2. Modus Operandi
4. Trata versus tráco ilícito de personas
5. Marco normativo de Trata de Personas en México
6. Iniciativas legislativas federales y estatales para combatir la trata de
personas en los Estados Unidos de América como experiencia com-
parada
6.1. Legislación contra Trata de Personas en California
Conclusiones
* Doctor en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México,
Notario Público, Profesor e Investigador de Tiempo Completo de la Uni-
versidad Autónoma de Sinaloa, Integrante del Sistema Nacional de Investi-
gadores (nivel II), Coordinador de la Unidad de Estudios de Posgrado de la
Facultad de Derecho Culiacán y Líder del Cuerpo Académico de Derecho
Constitucional de dicha facultad. notaria180@yahoo.com
** Doctora en Criminología por la Universidad de Castilla La Mancha. Pro-
fesora Investigadora de Tiempo Completo de la Universidad Autónoma
de Sinaloa, adscrita a la Facultad de Derecho. Colaboradora del Cuerpo
Académico de Derecho Constitucional de la UAS lizbeth.garcia@uas.edu.mx
*** Alumna del doctorado en Derecho interna y relaciones internacional por
la Universidad Autónoma de Madrid. Itze.coronel84@gmail.com
Dr. Gonzalo armienta, Dra. lizbeth García y ms c. itzé coronel
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Introducción
México es un país que en la actualidad está viviendo un periodo
de violencia encabezada por diversos cárteles distribuidos y operando
acentuadamente en ciertos estados de la república. En décadas atrás el
abordar este problema se limitaba exclusivamente en hacer mención
a la forma en la que se dirigían dichos cárteles con respecto al delito
de tráco de drogas, el gobierno se abocaba en determinar el impacto
económico y social que esta modalidad de operar el crimen organi-
zado repercutía en nuestro país, olvidando con ello las otras formas
de modalidades de accionar de estos grupos criminales, como lo es la
Trata de Personas.
Con el paso del tiempo y el desarrollo y fortaleza que alcanzaron
los grupos criminales, se puso atención a la forma en la que empezaron
a accionar dichos grupos con mayor énfasis, reriéndonos al tráco
ilegal de personas, culminando en muchas ocasiones este traslado de
personas con el inicio de una conducta hoy en día tipicada como de-
lito de Trata de Personas. Fue así que el gobierno de México en 2002,
inicia un proyecto de leyes para atender, prevenir y sancionar la Trata
de Personas.
Por otro lado, cabe señalar que al hacer mención a la palabra o tér-
mino de Trata de Personas se suele pensar que las víctimas son solo en
la modalidad de violencia sexual, siendo esto limitado, ya que no es la
única modalidad en la que se presenta la Trata de Personas, teniendo
también: la servidumbre, tráco de órganos, explotación laboral, por
citar algunas.
Con este capítulo intentaremos reejar por una parte,lo qué consiste
la Trata de Personas diferenciándola de la conceptualización de tráco
ilegal de personas, pues en muchos casos suelen confundirse por su es-
trecha relación. Asimismo, se abordará algunos antecedentes históricos
del tema de trata: así como aspecto normativo a nivel internacional,
nacional y estatal que imperan en México y que han hecho de una u
otra manera que el delito de Trata de Personas sea atendido a través
de ciertas recomendaciones hechas a nuestro país por los comités de
expertos de convenciones internacionales de las que México es parte.
Y por último, en este capítulo se hace un breve análisis de la norma-
tividad vigente sobre Trata en el aspecto normativo en Estados Unidos,
especícamente en California.
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1. Aspecto Histórico de la Trata de Personas
La Trata de Personas es un problema a nivel mundial, acentuado cla-
ro está en ciertos países, donde sus características económicas, cultu-
rales y sociales los hacen vulnerables a la incidencia de estas prácticas
delictivas; cabe destacar que hay ciertos aspectos en países como en
personas que constituyen un factor de riesgo a la ejecución de la trata,
violentando los derechos humanos de las y los individuos que han sido
víctimas de ellas.
La raíz de la Trata de Personas tal y como lo señala Kof Annan se
sitúa “en las condiciones sociales y económicas de los países de origen
de las víctimas, así como las prácticas discriminatorias contra la mujer
y la indiferencia hacia el sufrimiento humano de parte de las personas
que se dedicaban a lucrar con ello”1.
La Trata de Personas es un problema cuya práctica implica cruel-
dad, humillación, violencia, por ende es un accionar violatorio a los
derechos humanos de las personas, así pues este problema ha origina-
do tensión, inseguridad enfatizándose en las sociedades con régimen
jurídico aún inconsistente para afrontar el problema, como es el caso
de México.
Ahora bien, como dice Chiarotti“la comercialización de seres hu-
manos no es un fenómeno nuevo, ha ocurrido desde varios siglos atrás.
Durante el periodo que abarca los siglos XVI al XIX, predominó la trata
de esclavos procedentes de África que fueron trasladados a diferen-
tes partes del mundo en barco cruzando el Océano Atlántico. En ese
contexto de esclavitud, colonización y guerras, es donde da inicio el
tráco de mujeres con nalidades de explotación; las mujeres africanas
e indígenas eran sujetas de tráco con propósito de servir como objeto
sexual, mano de obra gratuita en el trabajo y para la reproducción de
esclavos, lo que implicaba la generación de más mano de obra”2.
1 Annan, Ko Atta, “Prefacio” en Ocina contra la Droga y el Delito (UNO-
DC), 2004, Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia
Organizada Transancional y sus Protocolos, Organización de las Naciones
Unidas (ONU), Nueva York, 2000, p. IV.
2 CHIAROTTI, Susana,La trata de mujeres: sus conexiones y desconexiones
con la migración y los derechos humanos, Santiago de Chile, Naciones Uni-
das. 2003, p. 1.
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Por lo que respecta a México, desde la época de la colonización
se ha observado conductas consideradas como trata, sin embargo en
aquella época no era usada esta terminología, así pues los españoles
respaldados por una ley entregaban a mujeres a la parte que ganaba
la guerra, dando origen con esto a la comercialización de mujeres con
nes sexuales.
Afínales del siglo XVIII e inicio del siglo XIX, se retoma en Estados
Unidos la terminología de trata de blancas, la cual correspondía a la
comercialización de mujeres blancas al mercado con el objetivo de
prostituirlas. Con el paso del tiempo la terminología de trata de blan-
cas sufrió una crisis conceptual, pues se argumentaba por estudiosos
del tema que este término era limitante y dejaba por una parte a las
personas de color y a los hombres, pero también las otras modalidades
o los otros nes que tenía el comercio de personas que no era especí-
camente sexual3.
A lo anterior Del Toro Ramírez indica que efectivamente: “el término
de trata de blancas resultaba excluyente de otras formas de explotación
de personas, las que incluían a hombres y a mujeres por su color de
piel, condición social y etnia, entre otras. De esta manera, los Estados,
las organizaciones sociales y los organismos internacionales buscaron
una denición más incluyente y se acordó llamarle Trata de Personas4.
Es importante no seguir confundiendo como se ha hecho hasta aho-
ra el término de trata de blancas con el de Trata de Personas, pues el
primero implica el comercio de mujeres con n de explotación sexual,
mientras que el segundo no se limita a la explotación sexual de mujeres.
3 Esto se debió también que afínales del siglo XIX Josephine Butler equiparó
la explotación sexual como esclavitud. Así pues “la “trata de blancas” es
denida como un término decimonónico que describe unaforma de escla-
vitud, la cual implicaba un abuso sexual hacia las mujeres quienes eran-
mantenidas en calidad de presas y se les obligaba a ejercer la prostitución;
esta situación esdiferente en la actualidad, pues la prisión en la que viven
es psicológica y generada a partirde diferentes formas de engaño. Citado en
FLORES LÓPEZ Raúl. “Estudio sobre trata de personas en México”. Instituto
Belisario Domínguez del Senado de la Republica.2010 p. 20.
4 DEL TORO RAMÍREZ op. cit. p. 9.
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2. Generalidades Sobre Trata de Personas
Si bien es difícil cuanticar a escala mundial la trata de personas, se
cree que anualmente unas 800.000 personas son objeto de trata a tra-
vés de las fronteras internacionales, al tiempo que muchas otras lo son
dentro de las fronteras de sus propios países.5 Según estimaciones, la
explotación de estas personas genera, anualmente, ganancias cercanas
a los 32,000 millones de dólares para los tratantes, lo que coloca a esta
actividad comercial ilícita en el tercer lugar entre las más lucrativas del
mundo para el crimen organizado, después del tráco de armas y del
tráco de estupefacientes. A pesar del alto número de personas que son
explotadas en el mundo, muy pocas llegan a ser identicadas6.
Con las cifras anteriores nos podemos dar cuenta de la fuerza que ha
tomado el crimen organizado en países a nivel mundial. Por lo que res-
pecta a México se puede visualizar que la Trata de Personas ha llegado
a convertirse en uno de los problemas con gran impacto social y una de
los delitos que se ha suscitado y ejecutado a través de la delincuencia
organizada en las sociedades actuales. Al igual que el narcotráco y
lavado de dinero, la trata es difícil medirla, prevenirla y erradicarla. Ala
Trata de Personasse le ha considerado por diversos autores como una
forma “contemporánea de esclavitud”.7 Y se le ha llamado así porque
literalmente las personas son sometidas a esclavitud por los tratantes y
explotadores.8
5 https://www.iom.int/cms/es/sites/iom/home/what-we-do/countertrafcking.
html. Consultado el 17 de marzo de 2015.
6 Trafcking in PersonsReport 2010. Ocina de G-TiP, Departamento de Estado
de Estados Unidos, Washington, Estados Unidos, junio 2010. http://www.sta-
te.gov/g/tip/rls/tiprpt/2010/142760.htm. Cit por. Le GoffHéléne y LotharWeiiss
Thomas. “trata de personas en México: diagnóstico sobre la asistencia a vícti-
mas” Departament of State, UnitedState of América, 2011. p. 4.
ESTÉVEZ, Dolia, “Esclavos del siglo XXI”, 2011, p 2. http://www.huellas-
mexicanas.org/alejandra/migracion-y-derechoshumanos/P7%2003%20
TRATA%20PERSONAS.pdf Consultado el 19 de marzo de 2015.
7 FLORES LÓPEZ Raúl. Op. Cit., p.14.
8 Esclavitud: la esclavitud es el estado o condición de un individuo sobre el
cual se ejercitan los atributos del derecho de propiedad o alguno de ellos.
La Trata de esclavos comprende todo acto de captura, adquisición o cesión
de un individuo para venderle o cambiarle y en general todo acto de comer-
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Así pues la trata es un fenómeno global que se ha expandido en las
últimas décadas, pues según Instituciones como la Interpol y Europol,
además de la policía especializada en Gran Bretaña arman que el
fenómeno global de la Trata de Personas va en aumento.9
Por su parte la Organización Internacional para las migraciones en
el periodo de 2005 a 2010, en México registró 176 casos atendidos,
donde 126 fueron identicados en el estado de Chiapas, 20 en el Esta-
do de México y 30 más en otros estados.10
Realmente las cifras citadas son alarmantes, pues con ellas viene a
la mente todo lo que implica las consecuencias a corto y largo plazo de
las víctimas de cada uno de esos casos registrados. Es ineludible no
pensar en el impacto que esta violencia trae no solo en la víctimas;
sino en sus familiares y en las personas en general como parte de una
sociedad a la que afecta este problema desde diversos ámbitos, pues
no es otra cosa que la evidencia de la existencia de corrupción, impu-
nidad, violencia, pobreza, faltas de oportunidades por citar algunos
elementos de un estado fallido.
Si bien es cierto,como ya se ha visto el problema de trata no es nue-
vo, fue hasta mediados de 2002, cuandoinició el Estado mexicano a
atender este problema en nuestro marco jurídico nacional haciendo
alusión a la imperante necesidad de toma de conciencia que detonó “el
hecho ocurrido en Cancún, Quintana Roo, pues éste despertó no sólo
el interés de los medios de comunicación nacional e internacionales,
sino que también puso de maniesto una red de complicidades en-
tre empresarios hoteleros y funcionarios públicos sobre una red inter-
nacional de pornografía infantil y crimen organizado. El episodio fue
protagonizado por el empresario de origen libanes Jean Touma Hanna
cio o de transporte de esclavos. ONODC. Manual sobre la Investigación de
delitos sobre trata de personas. 2009. p. 12.
9 LÓPEZ FLORES. Op. Cit. p. 7.
10 Dentro del rubro de otros estados se encuentran por orden de número de ca-
sos: Oaxaca (11casos), Jalisco (3), Tamaulipas (3), Nuevo León (2), Tabasco (2),
Yucatán (2), Chihuahua (1), Coahuila (1), Guanajuato (1), Guerrero (1), Pue-
bla (1), Quintana Roo (1), Veracruz (1). . Dato extraído de la siguiente pá-
gina web. http://oim.org.mx/pdf/4%20OIM_est_trata%200605_0810.pdf.
Consultado el 19 de marzo de 2015.
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Succar Kuri, quien fue acusado de abuso sexual de menores por una
joven llamada Emma”.11
Lamentablemente tuvo que pasar un caso que llamara la atención
de las instancias internacionales para que nuestro país iniciara los pro-
cesos jurídicos correspondientes para contar con una normatividad
que no solo sancionara el delito de Trata de Personas como ya lo ha-
cíanotros países en Europa y América; sino que pusiera los medios e
instancias adecuadas para la atención de las víctimas de este delito.
En el caso concreto de México, tenemos que las modalidades de la
trata más recurrentes son las que tienen nes sexuales y laborales. No
obstante existen más modalidades de Trata de Personas que, si bien
es cierto no son tan incidentes en nuestro país, no dejan de constituir
un problema que merece nuestra atención. Por citar alguno de ellos
tenemos: tráco de órganos, militar, servidumbre, adopciones falsas,
comisión de delitos menores, tráco de órganos y esclavitud.
Con respecto a la Trata de Personas en la modalidad explotación
sexual tenemos de acuerdo con datos del Instituto Nacional de Esta-
dística y Geografía (INEGI) que cada año son explotados sexualmente
entre 16 y 20 niños y niñas en México, 85 son usados en actos de por-
nografía, mientras que en 21 de las 32 entidades del país existe turismo
sexual12.
Por otro lado, cabe destacar que el fenómeno de trata es multifacto-
rial, nos referimos a que no hay un solo factor que por sí solo explique
la causa de la existencia de este fenómeno.Lydia Cacho señala como
“factores de riesgo la pobreza y pobreza extrema, la educación sexual,
la falta de oportunidades de educación y empleo, la promoción de la
prostitución dentro del ámbito familiar o social, el traslado de mujeres y
niñas procedentes de países subdesarrollados a países desarrollados, las
adicciones, aislamiento y discriminación o haber sufrido abuso sexual
o maltrato en la infancia”13.
Por su parte la Organización Internacional para la Migración (OIM)
ha denido como resultado del diagnóstico de 2009 que las caracterís-
ticas que constituyen el perl de las víctimas de trata asistidas por esta
11 LÓPEZ FLORES. Op. Cit. p. 18.
12 Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, Fondo Interna-
cional para la Infancia.
13 CACHO, Lidia, Los demonios del Edén, Grijalvo, México, 2009. p. 36.
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institución en México, no se circunscriben a un sólo aspecto o factores
especícos. No obstante la OIM establece que “algunos de los rasgos
que componen el perl de las víctimas de trata son: el sexo14 15, la edad,
la nacionalidad, la lengua, el grado de escolaridad y el entorno familiar
y social, por mencionar los de mayor importancia.
Según datos extraídos del Diagnósticode las Condiciones de Vul-
nerabilidad que Propician la Trata de Personas en México, publicado
en 2009,una de las características que hacen más vulnerable a una per-
sona a experimentar el delito de trata son los siguientes: ser mujer entre 18
y 25 años, ser niños o niñas, originario de un país subdesarrollado,
ser pobres, tener autoestima bajo, haber vivido violencia en el hogar,
haber crecido bajo aspectos culturales donde se encuentra arraigada la
violencia, entre otros16.
Con respecto al sexo como factor vulnerable en las personas a sufrir
trata Del Toro Ramírez externa lo siguiente: “la vulnerabilidad ha sido
referida al género, a la edad, al origen social y cultural de lasvíctimas.
En lo general, se considera que existe una probabilidad mayor de que
sean lasmujeres las que estén más expuestas a ser víctimas de la Trata
de Personas; esto se debe a lamarcada desigualdad social generada por
la construcción cultural de género”.17
14 Así pues, observamos que más del 80% de la población atendida fueron
mujeres la mayoría de las víctimas asistidas fueron mujeres de entre 8 y
22 años de edad provenientes de zonas rurales y suburbanas de países
centroamericanos, mientras que los hombres constituyeron poco menos
del 20%. Extraído de Diagnostico http://oim.org.mx/pdf/4%20OIM_est_
trata%200605_0810.pdf. Consultado el 19 de marzo de 2015.
15 Ahora bien, según el Informe Mundial Sobre la Trata de Personas, publicado
en febrero de 2009, revela que es un alto número de mujeres involucradas
como víctimas en el delito de trata, pero también las mujeres desempeñan
un papel destacado en la esclavitud moderna comparándolo con otros de-
litos. http://www.unodc.org/documents/human-trafcking/Executive_sum-
mary_spanish.pdf. Consultado el 13 de marzo de 2015.
16 CEIDAS y CNDH. Diagnóstico de las condiciones de vulnerabilidad que
propician la trata de personas en México. México, 2009. pp. 35-39.
17 DEL TORO RAMÍREZ, Oscar Guillermo. La vulnerabilidad de género en la
trata de personas en situación de explotación sexual en Tijuana. México,
2012 p. 11. http://www.colef.mx/posgrado/wp-content/uploads/2014/03/
Tesis-completa-Del-Toro-Guillermo.pdf. Consultado el 13 de marzo de 2015.
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Haciendo alusión a que los menores son vulnerables al delito de
trata citamos el dato del Informe Global sobre Tráco de Personas pu-
blicado en 2012, el cual dice:“En América “6.000 víctimas de la Trata
de Personas detectadas entre 2007y 2010. De estas víctimas, cerca de
1.600 eran niños, lo que representa alrededor del 27% del número
total de víctimas detectado en la región”.18
3. Formas en las que Opera la Delincuencia Organiza-
da en el Delito de Trata de Personas en México
3.1. Prevalencia en México
Para darnos una visión de la prevalencia o incidencia del delito de
trata en México decimos que dentro de los países donde se han re-
gistrado más personas víctimas de trata y que han sido atendidas por
la OIM, según diagnóstico realizado por esta institución en México
en el 2009, se encuentran: Guatemala con un 64.8%, Honduras con
un 13,9% y México con un 4.2%.
Cabe mencionar que México cuenta con 31 estados y un Distrito
Federal, cada uno de los estados que componen el territorio mexicano,
tienen su historia sobre violencia y sobre la lucha que se ha generado
para erradicar las formas delictivas que asechan con mayor incidencia
a ciertos estados de la república.
Ahora bien, según Trafcking in Persons Report 2010“en los casos
atendidos por el delito de Trata de Personas por la OIM durante el pe-
riodo 2005 a 2009, se identicaron más de 35 destinos de explotación
a lo largo y ancho del territorio mexicano, principalmente en los cen-
tros urbanos de Chiapas, Tabasco, Quintana Roo, Veracruz y el Distrito
Federal, donde las modalidades de explotación más reveladas fueron
la laboral y la sexual,aunque también se identicaron el reclutamiento
para cometer delitos menores o de bajo nivel, la servidumbre en el ma-
trimonio y la falsa adopción de niños. Durante la explotación, los tra-
tantes ejercieron diversos métodos de control en contra de las víctimas,
siendo los más frecuentes la violencia física, sexual y psicológica, la
18 UNODC. Global Report in Trafcking In in persons, 2012, p. 65.
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privación de la libertad, la presión por supuestas deudas y la retención
de documentos de identidad19.
Haciendo alusión a lo anterior, se puede decir que la zona centro
y sur son las zonas en México más afectadas por el delito de trata, no
obstante no hay que olvidar que en Baja California Norte (principal-
mente enTijuana), por constituir un estado fronterizo y un camino de
migración es un estado riesgoso para implicaciones de Trata de Perso-
nas. Haciendo alusión a lo anterior el Diario Regional “El Mexicano”
publicó el 25 de marzo de 2015, una nota que a su texto dice: “cada
año México aporta aproximadamente 16 mil menores a la explotación
sexual por medio de la trata de blancas y Tijuana es uno de los prin-
cipales focos de este delito en el país, junto con Puebla, Chiapas y el
Distrito Federal20.
3.2. Modus operandi
De acuerdo con el modus operandi que se ha ido registrando las
organizaciones criminales y los grupos criminales vinculados a las es-
tructuras del narcotráco, “privan a los migrantes de su libertad para
realizar trabajos forzados y actividades ilícitas relacionadas con el nar-
cotráco, incluso, algunos han sido secuestrados para ser entrenados
como asesinos. Si la víctima o su familia no pueden pagar el rescate,
la persona secuestrada puede sufrir tortura, mutilación y amputación
de las extremidades o la muerte. Las mujeres migrantes son víctimas de
abusos sexuales durante su secuestro. Los métodos utilizados por tra-
cantes incluyen, pero no se limitan, a abuso sexual y físico, consca-
ción de documentos legales, inanición, y manipulación psicológica”.21
De acuerdo con Montiel Torres, “los proxenetas, encargados en pri-
mera instancia del reclutamiento hacia mujeres y niñas potencialmente
19 Le Goff y Lothar Weiiss, Op. Cit. p. 14.
20 Alma Tucker presidenta y fundadora de la Red Binacional de Corazones,
organización que lucha por erradicar la trata de blancas en el Estado, seña-
ló que “desde que se lanzó la ley para prevenir y sancionar el crimen de la
trata de personas en 2011 en Tijuana se han documentado más de 250 ca-
sos en la ciudad, de los cuales ya se han logrado 5 sentencias.’ http://www.
el-mexicano.com.mx/informacion/noticias/1/3/estatal/2014/05/25/757440/
tijuana-foco-de-trata-de-blancas. Consultado el 25 de marzo de 2015.
21 Ocina del Fiscal General de Texas, 2008, p. 1.
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sujetas a la Trata de Personas, han desarrollado una serie de mecanis-
mos de enamoramiento que provienen de prácticas culturales tradicio-
nales cuyo objetivo se centra en la somatización de la dominación”.22
Es importante no dejar de mencionar un aspecto vanguardista que
ha marcado la pauta para el crecimiento y fortalecimiento de las maas
delictivas en el actuar del delito de trata, reriéndonos a la internet,
toda esta red cibernética que ha facilitado por una parte el actuar de los
tratantes, pero también el desmantelamiento de bandas importantes de
tratantes en México. La internet ha logrado a convertirse el instrumento
idóneo para el reclutamiento de personas que a posteriori serán las
presas fáciles de trata.
Por lo dicho hasta aquí, se evidencia la existencia del preocupan-
te problema de Trata de Personas en México, es importante señalar
también que el territorio mexicano constituye un potencial fuerte para
operaciones delictivas del crimen organizado en la modalidad de trata,
pues no hay que olvidar que México es un país que funge como país
vecino de un país desarrollado al cual muchos centro y suramericanos
quieren llegar de manera ilegal pasando por las fronteras mexicanas con
el único n de “mejorar” sus condiciones de vida. Dicho en otras pala-
bras, Méxicofunge como país de origen y de tránsito de migrantes del
centro y sur de América Latina.
Con lo anterior cabe preguntarnos si existe alguna relación en la
forma de operar del crimen organizado con la migración, la respuesta
es positiva, ya que en 2008 y 2009 delegaciones de Amnistía Interna-
cional visitaron México para entrevistar a migrantes, representantes de
organizaciones de derechos humanos, personas que trabajan en re-
fugiosde migrantes, abogados, académicos, miembros del Congreso,
miembros de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y au-
toridades federales y estatales. Las delegaciones visitaron Ciudad de
México y los estados de Chiapas, Oaxaca, Tabasco y Veracruz, donde,
según el Instituto Nacional de Migración, las autoridades detienen a la
gran mayoría de los migrantes. Amnistía Internacional llevó también a
cabo una encuesta entre 110 migrantes, a los que entrevistó en junio de
2009. Estas declaraciones reforzaron las conclusiones de los estudios
22 MONTIEL TORRES, Oscar, Trata de personas: Padrotes, iniciación, y modus
operandi, Tesis de maestría, 2008. Citado en LÓPEZ FLORES Raúl. Estudio
sobre la trata de personas en México, Instituto Belisario Domínguez del
Senado de la República. 2010. p. 9.
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llevados a cabo por otras ONG que indicaban que se cometen nume-
rosos abusos contra migrantes irregulares que atraviesan México, y que
esos abusos rara vez se denuncian, entre estas violaciones de derechos
humanos se encuentra la Trata de Personas.
Con el objetivo de dar respuesta al fenómeno trasnacional opera-
do por el crimen organizado: la trata, la Organización de lasNaciones
Unidas (ONU) observó la imperante e indiscutible necesidad de crear
una normativa jurídica internacional donde los Estados parte previnie-
ran, atendieran, sancionaran y erradicara el problema de Trata de Per-
sonas trasnacional, es así como nace el Protocolo de Palermo.
4. Trata Versus Tráfico Ilícito de Personas
Aunque ya se dijo en el subtema que antecede, es importante acen-
tuar que la Trata de Personas tiene una estrecha relación con la migra-
ción de individuos, esto obedece a que actualmente por cuestiones
talvez culturales, sociales o económicas muchas de las personas en
América,tratan de migrar al país de los sueños (Estados Unidos) en bus-
ca de mejores condiciones laborales con el propósito de huir de las
pésimas condiciones de vida que les ofrece el país de origen, tratando
con este cambio poder establecer un mejor patrimonio para sus fa-
milias, ignorando o demeritando en muchas ocasiones el riesgo que
corren en dicho trance.
Así pues, para poder alcanzar el llamado sueño americano, en la
mayoría de los casos las personas migran a otro país sin facilidades
legales, es decir, lo hacen haciendo uso de medios no idóneos y poco
seguros para poder llegar a su destino nal, reriéndonos con ello la
contratación de polleros o coyotes quienes a cambio de un pago o re-
muneración, poniendo en peligro a las y los migrantes prometencruzar
las fronteras del país destino, impidiendo a estas personas a través de
engaños llegar a su destino.
Un alto índice de las personas que se dedican a la realización del
traslado fronterizos (trata ilegal de personas), son personas que operan
conjuntamente con los grupos criminales, cabe destacar que el trabajo
del coyote o pollero termina en el momento que ponen a su dispo-
sición a las y los migrantes a su disposición, es allí donde termina el
tráco de personas para inicial el delito de Trata de Personas.
Por otro lado, en la actualidad muchas de las personas tienden a
homogenizar el término de trata y el de tráco de personas, si bien es
cierto que ambas están muy relacionadas, también es cierto que sus
nes las hacen diferentes. Para poder entender la diferencia entre am-
bas a continuación daremos una denición de cada una de ellas, para
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denir la Trata de Personas retomaremos la denición que contempla
en su artículo 3 inciso a) el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancio-
nar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, también lla-
mado Protocolo de Palermo, a nuestro humilde punto de vista hemos
considerado a esta denición como una de las más completas, ya que
retoma en su conceptualización los elementos claves que integran el
delito de trata, siendo esta denición la siguiente:
“Trata de Personas” se entenderá la captación, el transporte,
el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo
a la amenaza o uso de la fuerza u otras formas de coacción, al
rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación
de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o bene-
cios para obtener el consentimiento de una persona que tenga
autoridad sobre otra, con nes de explotación. Esta explotación
incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena
u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios for-
zados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la
servidumbre o la extracción de órganos23.
De la denición anterior se puede acentuar tres elementos impor-
tantes que integran el concepto de trata, siendo éstos: la acción o acti-
vidad, los medios y el propósito o n.
Por “acción o actividad” se reere, según el protocolo para prevenir,
reprimir y Sancionar la trata de Persona, Especialmente Mujeres y Niños
“a la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de
personas”, esto engloba el traslado físico de la persona víctima de trata
de un lugar a otro, (dentro del mismo país o de este país trasladándolo
a otro). Como señala de Le Goff Héléne y Lothar Weiiss Thomas “el
traslado no sólo debe concebirse en términos de distancia geográca,
sino, además, como un desarraigo o un aislamiento de las personasde
su medio conocido y familiar, con el objeto de hacer más efectiva la
explotación y evitar, a toda costa, cualquier intento de escapar”.24
Con relación al “medio o medios” como segundo elemento de la
conceptualización de trata que hace el Protocolo de Palermo, son de-
nidos como: todas las formas a las que los victimarios acuden o se
valen para poder llevar acabo el delito de trata, encontrándose entre
23 Este protocolo entró en vigor el 25 de diciembre de 2003.
24 De Le Goff y Lothar Weiiss. Op. Cit. p. 22.
Dr. Gonzalo armienta, Dra. lizbeth García y ms c. itzé coronel
445
estas: los engaños, amenazas, violencia física, chantaje, abuso de poder,
entre otras logrando con estas en muchos de los casos el “consenti-
miento” de la víctima de trata.25
Por lo que respecta al tercer elemento “el propósito o n”del delito
debe ser única y exclusivamente la explotación de la víctima de trata,
ya sea explotación laboral, sexual, servidumbre e incluso la extracción
de órganos para su comercialización.
A diferencia de la trata el Protocolo contra el Tráco Ilícito de Mi-
grantes por Tierra, Mar y Aire en su artículo 3 inciso a) establece que
el tráco ilícito de migrantes es: “la facilitación de la entrada ilegal de
una persona a un Estado Parte del cual dicha persona no sea nacional
o residente permanente con el n de obtener, directa o indirectamente
un benecio nanciero u otro benecio de orden material.
En términos generales, la Organización de las Naciones Unidas ha
denido el tráco de personas como “la captación, el transporte, el
traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la ame-
naza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al frau-
de, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad
o a la concesión o recepción de pagos o benecios para obtener el
consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con
nes de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explo-
tación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los
trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la
esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos”.26
A continuación se ilustra en la Tabla 1 las diferencias que existe en-
tre la Trata de Personas y el Tráco Ilícito de Personas.
25 Cabe señalar que para el protocolo de Palermo, dicho su consentimiento no
se tomará en cuenta cuando haya sido otorgado en condiciones de engaño
o bajo cualquier otro modo de coacción, así como cuando las víctimas
sean menores de edad, tal como se especíca en los incisos b), c) y d) de su
artículo 3º.
26 Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada
Transnacional, Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de
Personas, Anexo II, Sección I, Art. 3, pp. 44-45.
Nuevo paradigma de esclavitud eN el siglo XXi: la trata de persoNas eN...
446
Tabla27
TRATA DE PERSONAS TRÁFICO ILÍCITO
DE PERSONAS
Consentimiento
Las víctimas consienten el
traslado no la explotación.
El traslado se dé bajo
engaño, abuso y/o
coacción.
El migrante establece
contacto directo con
el tracante (polero o
coyote). El traslado es
voluntario.
Documentación
La migración puede
darse de modo regular o
irregular.
La migración es irregular.
Transnacionalidad
Puede darse dentro o fuera
de un país, implicando el
traslado de una región a
otra en un mismo país o
de un país a otro
Siempre es transnacional.
Implica el cruce de una o
más fronteras.
Pago
El factor económico
relevante no es el dinero
para el traslado, sino
la deuda a la que se
somete a la persona y que
deviene explotación.
El dinero por el traslado
es un factor intrínseco. El
migrante paga por cruzar
la(s) frontera (s).
Interacción
La relación entre el
tratante y la víctima
es más prolongada:
generalmente, una vez
llegada ésta al destino,
inicia o continúa la
explotación.
La relación entre el
tracante y el migrante
termina una vez que éste
llega al destino.
Género
Las víctimas son,
mayormente, mujeres,
niños de ambos sexos y,
en menor grado, hombres.
Los migrantes son, en
su mayoría hombres,
aunque hay poca
diferencia respecto del
número de migrantes
mujeres.
27 OIM. COMMCA, AECID, SICA, La Experiencia de las Mujeres Víctimas de
Trata en América Central y República Dominicana y la Actuación de las
Instituciones. Estudio Regional, San José, Costa Rica, 2008, p. 20.
Dr. Gonzalo armienta, Dra. lizbeth García y ms c. itzé coronel
447
Riesgo
Se minimizan los riesgos
a la salud y a la vida
durante el traslado. Estos
son mayores a largo
plazo, por el impacto
físico y psicológico en las
víctimas.
Durante el traslado hay
mayores riesgos para la
salud y la vida.
Bien Jurídico
Protegido
Es un delito contra las
personas. Atenta contra la
vida, libertad, dignidad,
integridad y seguridad de
las víctimas.
Es fundamentalmente un
delito contra el Estado:
violenta su soberanía.
5. Marco Normativo de Trata de Personas en México
El Informe Global de la Organización de Naciones Unidas sobre la
Trata de Personas28 coloca a México entre los países donde se conside-
ra un delito la explotación sexual y el trabajo forzado; el último estudio
realizado por el Departamento de Estado de EE.UU. 29coloca a México
como un país de nivel 2, lo que signica que el gobierno mexicano no
ha cumplido íntegramente las normas mínimas para erradicar la trata
de personas, según lo establecido en la Ley de Protección de las Vícti-
mas de dicho reporte30.
Al delito de Trata de Personas en México le correspondía ser juzga-
do por la jurisdicción federal cuando los casos eran con la participa-
ción de al menos tres individuos, cuando el acto de la trata se había
repetido, o cuando el delito tenía dimensiones internacionales. Todos
los demás casos de Trata de Personas eran juzgados bajo la jurisdicción
28 United Nations Ofce on Drugs and Crime (2009) Global Report on Trafc-
king in Persons. http://www.unodc.org/unodc/en/human-trafcking/global-
report-on-trafcking-in-persons.html
29 U.S Department of State. (2009). Trafcking in Persons Report 2009 (U.S
Department of State Publication 11407). http://www.state.gov/documents/
organization/123357.pdf Consultado el 10 de marzo de 2015.
30 Es importante señalar según el Informe Mundial Sobre Trata de Personas
que hasta el 2009 existían países sobre todo africanos que no contemplan
legislaciones nacionales donde regulen la gura de trata de personas. Ex-
traído de http://www.unodc.org/documents/human-trafcking/Executive_
summary_spanish.pdf. Consultado el 13 de marzo de 2015.
Nuevo paradigma de esclavitud eN el siglo XXi: la trata de persoNas eN...
448
estatal. En 2007, el Congreso Mexicano aprobó la Ley para Prevenir y
Sancionar la Trata de Personas31, en la que se establece que todas las
formas de trata de personas, tal y como se encuentran en el artículo 3
del Protocolo de las Naciones Unidas para Suprimir y Prevenir la Trata
de Personas32, constituyen delitos. En concreto, la trata de personas era
sancionada con 6 a 12 años de prisión, y de 9 a 18 años si la víctima
era menor de edad o sufría de alguna forma de discapacidad mental.
La pena se incrementa por la mitad cuando la persona procesada es un
servidor público (artículo 6). Ésta ley también ayuda a las víctimas me-
diante la creación de una Comisión Federal liderada por el Ministerio
del Interior, que tiene autoridad para solicitar fondos y poner la nueva
ley en la práctica, y mediante el desarrollo de un programa nacional
dirigido a la prevención de la Trata de Personas33.
Desde 2009, el gobierno Mexicano ha promulgado una serie de re-
glamentos correspondientes a la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata
de Personas, que incluye los principios rectores sobre la aplicación de
esta ley, y el mandato expreso del Programa Nacional que fue publica-
do en el Diario Ocial de la Federación el 6 de enero de 201134.
Sin embargo, a pesar de la legislación vigente, se han identicado
varias deciencias en los esfuerzos de México para hacer frente a la
Trata de Personas; por mencionar un ejemplo, las víctimas están obli-
gadas a presentar cargos contra los tracantes antes de ser considera-
das víctimas reales de trata, hasta ese momento no son elegibles para
recibir ayuda y asistencia35.
Lamentablemente, este condicionamiento desanima a las víctimas
a la identicación de sus captores o denuncia de los abusos a que han
31 Ahora Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia
de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Victimas de esos
Delitos. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGPSEDMTP.pdf.
Consultado el 10 de marzo de 2015.
32 United Nations Ofce on Drugs and Crime.(2000). Protocol to suppress and
Punish Trafcking in Persons, Especially Women and Children. http://www.
unodc.org/unodc/en/treaties/CTOC/index.html. Consultado el 10 de marzo
de 2015.
33 Ocina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, 2009, p.134
34 Consultar en http://www.sre.gob.mx/images/stories/docsdh/.../2012/bd-
gdh1412011.pdf
35 EE.UU. Departamento de Estado, 2009.
Dr. Gonzalo armienta, Dra. lizbeth García y ms c. itzé coronel
449
sido sometidos debido al temor a represalias inigidas a ellos o a sus
familiares por las bandas de tracantes.
La legislación contra la trata de personas (tráco de personas) es
bastante nueva en los Estados Unidos y México, y ambos países se en-
cuentran todavía en el proceso de criminalización del delito de la trata
de personas a nivel local, lo cual ha frenado la lucha contra la trata de
personas en la frontera México-Estados Unidos.
Estos son algunos intentos por ofrecer una ventana abierta a la cruda
realidad de la trata de personas en el contexto Mexicano-Estadouniden-
se, describiendo sus diferentes manifestaciones (dentro de los últimos
cinco años) y proporcionando estadísticas actuales que demuestran su
prevalencia. También destaca la legislación que recién se ha elabora-
do e implementado en cada país, tanto a nivel federal y estatal en un
esfuerzo por combatir ecazmente esta forma moderna de esclavitud.
En 2000, el Gobierno de los Estados Unidos de América aprobó
la Ley de Protección de Víctimas de Trata (TVPA), que tipica la trata
de personas como delito federal, establece recursos para combatir la
trata de personas y las medidas de las cuestiones de la protección de
las víctimas, que incluyen la elegibilidad para ciertos servicios y be-
necios independientemente de su estatus migratorio (asesoramiento,
asistencia de salud mental, vivienda), y servicios de interpretación y
traducción disponibles (United States Department of Justice, 2008).
6. Iniciativas Legislativas Federales y Estatales
para Combatir la Trata de Personas en los Estados
Unidos de América como Experiencia Comparada
En 2000, el Gobierno de los Estados Unidos de América aprobó la
Ley de Protección de Víctimas de Trata (TVPA por sus siglas en inglés),
que hace de la trata de personas un delito federal, establece recursos
para combatir la trata de personas y las medidas de protección de las
víctimas, que incluyen la elegibilidad para ciertos servicios y benecios
sin importar su estatus de inmigración (consejería de crisis, asistencia
de salud mental, vivienda), y dispone de servicios de interpretación y
traducción36.
36 Departamento de Justicia. (2005). Fuerza de Tarea contra el Tráco Humano
Formado en Los Ángeles (Comunicado de prensa N ° O5-014). Obtenido
Nuevo paradigma de esclavitud eN el siglo XXi: la trata de persoNas eN...
450
Con el n de satisfacer los crecientes desafíos que plantea la trata
de personas, la TVPA fue modicada con la Ley de Reautorización de
Victimas de la Trata de Prevención de 2003 (TVPRA), que incluye nue-
vos recursos legales contra la trata de personas, tales como permitir que
las víctimas interpongan demandas civiles contra los tracantes.37 Dos
años más tarde le siguió otra enmienda, la Ley de Reautorización de
la Prevención de Víctimas del Trato de Personas de 2005 (TVPRA), que
atribuye competencia a los tribunales de Estados Unidos contra los em-
pleados gubernamentales que se involucren en el tráco de personas
en el extranjero. Esta enmienda también proporciona nuevas medidas
contra la trata, como el desarrollo de programas de becas dirigidos a
ayudar a la aplicación de leyes estatales y locales contra la trata, y la
ampliación de los programas de asistencia para ayudar a las víctimas
que son ciudadanos estadounidenses o extranjeros residentes38.
Desde la aprobación de estas leyes por parte del Gobierno de
EE.UU., el número de investigaciones y actuaciones judiciales ha au-
mentado. Por ejemplo, entre 2000 y 2005, de los 555 sospechosos
de trata de personas, 146 sospechosos fueron acusados y procesados
por comportamiento delictuoso39, mientras que en el año scal 2008
solamente el gobierno de EE.UU. dio cuenta de 183 investigaciones,
82 procesamientos y condenas 77. En cuanto a la trata de niños con
nes sexuales, 2008 terminó con 486 arrestos, 148 condenas estatales
y federales, así como la recuperación de 245 niños40. En la actualidad,
42 estados han aprobado leyes penales para combatir la trata de per-
de http://www.justice.gov/usao/cac/pressroom/pr2005/014.html. Consulta-
do el 10 de marzo de 2015.
37 Alianza de California de Lucha contra la Trata y Grupo de Trabajo sobre
la Esclavitud. (Octubre de 2007). Trata de personas en California. Informe
Final de la Alianza de California para combatir la trata y Grupo de Trabajo
sobre la Esclavitud. Obtenido de http://www.ohs.ca.gov/pdf/Human_Tra-
fcking_in_CA-Final_Report-2007.pdf (California Alianza para luchar con-
tra la trata y la esclavitud, 2007, p. 19). Consultado el 10 de marzo de 2015.
38 NortheasternUniversity. (2008). Trata de recopilación de datos y presenta-
ción de informes del proyecto (Centro de Recursos en línea). Obtenido de
http://www.humantrafcking.neu.edu/responses/federal_human/
39 (California Alianza de Lucha contra la Trata y la Esclavitud, 2007).Consulta-
do el 10 de marzo de 2015.
40 (EE.UU. Departamento de Estado, 2009).
Dr. Gonzalo armienta, Dra. lizbeth García y ms c. itzé coronel
451
sonas, otros ocho estados - Alabama, Hawai, Ohio, Dakota del Sur,
Vermont, Virginia, Virginia Occidental y Wyoming - todavía se espera
que promulguen leyes contra la trata41.
6.1. Legislación Contra la Trata en California
En 2006 entró en vigor la Ley AB 22. Esta ley establece el tráco en
California como un delito grave punible con un máximo de ocho años
en una prisión estatal. También hace obligatoria la restitución a las víc-
timas, y les permite interponer acción civil en contra de los tracantes,
y establece medidas para garantizar la condencialidad y la protección
de la información. Además, esta ley ordena al Ministerio Público para
dar prioridad al tráco de personas entre otros delitos42.
En 2006 también se estableció la Ley California SB 1569, que per-
mite la asistencia temporal inmediata a las víctimas mientras esperan
que el gobierno federal las certique como víctimas detrata de perso-
nas (lo que les permite recibir benecios federales, y que puede durar
hasta dos años). California fue el primer estado del país en aprobar la
ley43. AB 1278 entró en vigor en 2008, y anulará cualquier disposición
del contrato de trabajo por el cual los salarios son retirados para com-
pensar el movimiento de un futuro empleado en los Estados Unidos.
También en el mismo año promulgó California AB 2810 que establece
una serie de indicadores para identicar los casos de trata de personas,
y requiere de las agencias del orden público para determinar si las víc-
timas de otros delitos también pueden ser víctimas de trata de personas
al mismo tiempo.44 En 2009 California aprobó AB 17 que ordena, entre
otras disposiciones, que el dinero o las multas de los casos de trata de
menores con nes sexuales se colocarán en el Fondo de Asistencia a
Víctimas y Testigos45.
41 EE.UU. Departamento de Estado. (2009). Trata de Personas 2009 (EE.UU.
Departamento de Estado de publicación 11407). Obtenido de http://www.
state.gov/documents/organization/123357.pdf. Consultado el 10 de marzo
de 2015.
42 (California Alianza de Lucha contra la Trata y la Esclavitud, 2007).
43 (California Alianza de Lucha contra la Trata y la Esclavitud, 2007).
44 (Centro de Políticas para la Mujer Estudios, 2010).
45 (Centro de Estudios Políticos de la Mujer, 2010).
Nuevo paradigma de esclavitud eN el siglo XXi: la trata de persoNas eN...
452
Conclusiones
La trata de personas implica la explotación de individuos por parte
de otras personas, englobando esta acción una serie de violaciones a
los derechos humanos como lo son: la libertad, seguridad, dignidad,
trabajo digno, vida libre de violencia, igualdad, no discriminación, en-
tre otros.
México es uno de los países con trascendencia en la presencia de
trata de personas, pues como se ha dicho existe que entre el periodo
que comprende 2005 a 2010 fueron atendidos según la OIM 176 casos
en México donde 126 fueron identicados en el estado de Chiapas, 20
en el Estado de México y 30 más en otros estados.
El problema de trata es multifactorial, no hay un solo factor deto-
nante en la presencia de este fenómeno, no obstante se sabe que hay
variables o características en las víctimas que puedan coadyuvar con
el crimen organizado en la ejecución del delito de trata, como lo son:
analfabetismo, pobreza extrema, vivir violencia en casa, sexo, edad,
por citar algunas.
Ante la creciente de la trata de personas en México, nuestro país en
2002 se vio en la necesidad de proveer a las y los ciudadanos de un
marco jurídico internacional, nacional y estatal, para sancionar el a
los grupos criminales de trata, pero también se vio en la necesidad de
crear áreas especializadas en la indagación de los actos delictivos rela-
cionados con trata. Es así como nuestro país inicia una estrategia para
combatir al crimen organizado. No obstante, no hay muchos estudios
re reejen o midan la efectividad de las normas o la efectividad de las
políticas públicas establecidas por el gobierno con el único objetivo de
prevenir y erradicar la trata en México, constituyendo ésta otra de las
cosas que deberá atender el Estado mexicano ante las recomendacio-
nes hechas por los comités internacionales.
Si bien es cierto, existe una dicultad para medir por una parte la
incidencia del delito de trata y la ecacia de la normatividad interna
en el Estado mexicano, también es cierto que según el último estudio
realizado por el Departamento de Estado de EE.UU coloca a México
como un país de nivel 2, indicando que México no ha podido hasta
ahora garantizar que se sigan violando los derechos humanos de las
personas por el delito de trata.
Así pues, en México existe un marco normativo nuevo al igual que
en Estados Unidos de América, pero está normatividad pareciera ser
invisible ante los grupos criminales, pues no hay que olvidar que las
estadísticas a nivel mundial repuntan el crecimiento del problema y es
Dr. Gonzalo armienta, Dra. lizbeth García y ms c. itzé coronel
453
evidente que en ciertos países de América la entrada de leyes especia-
lizadas para combatir el la Trata de Personas no ha funcionado como
se esperaba.
Por lo que respecta a las y los ciudadanos mexicanos seguimos en
espera de un actuar conciso y adecuado que verdaderamente genere
impacto en el poder garantizar a las personas una vida libre de violen-
cia, el respeto de los derechos humanos establecidos en nuestra carta
Magna, pero también, en los Tratados Internaciones en esta materia en
los que México es parte.
Lo anterior, es una tarea muy difícil, que incumbe, no solo al go-
bierno mexicano; sino también, implica el esfuerzo de cada uno de
nosotros como ciudadanos y como parte de este sistema corrompido
por la maa del crimen organizado.

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