Resolución No. 138/2019.- Modificar el numeral 13 de la Resolución 242 “Indicaciones para la Comercialización Mayorista de Productos Alimenticios, otros Bienes de Consumo e Intermedios y de Servicios”, de 31 de mayo de 2013

POR CUANTO: El Decreto-Ley 321, de 23 de mayo de 2014, establece que el Ministerio del Comercio Interior es el organismo de la Administración Central del Estado que tiene como misión proponer y, una vez aprobadas, dirigir, controlar y fiscalizar las políticas del Estado y del Gobierno en cuanto al comercio interno mayorista y minorista, la logística de almacenes y la protección al consumidor.

POR CUANTO: La Resolución 242, de 31 de mayo de 2013, de la Ministra del Comercio Interior, que aprueba las “Indicaciones para la Comercialización Mayorista de Productos Alimenticios, otros Bienes de Consumo e Intermedios y de Servicios”, en el numeral 2, inciso d), establece que la comercialización mayorista se estructura, con las formas de gestión no estatales y las formas productivas agropecuarias.

POR CUANTO: En cumplimiento de las adecuaciones realizadas para el perfeccionamiento del trabajo por cuenta propia, se hace necesario emitir las indicaciones que garanticen nuevas fuentes para el abastecimiento a las formas de gestión no estatales.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas en el inciso d), del Artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba:

RESUELVO

PRIMERO: Modificar el numeral 13 de la Resolución 242 “Indicaciones para la Comercialización Mayorista de Productos Alimenticios, otros Bienes de Consumo e Intermedios y de Servicios”, de 31 de mayo de 2013, del titular de este organismo, el que queda redactado de la forma siguiente:

13.1 Las empresas comercializadoras mayoristas pueden comprar aquellas producciones y servicios excedentes o que resulten de las inejecuciones contractuales, a los...

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