Resolución No. 145/2019.- Aprobar y poner en vigor, para la elaboración del Plan 2020, las instrucciones identificadas como “Indicaciones Metodológicas para la Elaboración del Plan de la Economía Nacional”

POR CUANTO: El Ministerio de Economía y Planificación es el organismo de la Administración Central del Estado encargado de dirigir, ejecutar ycontrolar la aplicación de la política del Estado y el Gobierno en materia de economía y planificación, conforme a lo dispuesto en los incisos 1 al 4 del Apartado Segundo del Acuerdo No. 5959 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de 2 de abril de 2007.

POR CUANTO: Se hace necesario elaborar la Propuesta del Plan de la Economía correspondiente al año 2020 y por consiguiente, resulta oportuno organizar y precisar las tareas a cumplimentar por bs Organos, Organismos de la Administración Central del Estado, las Qrganizadones Superiores de Dirección Empresarial, bs órganos locales del Poder Popular correspondientes, las empresas estatales, las sociedades mercantiles de capital totalmente cubano y de más entidades económicas.

POR CUANTO: Ete conformidad con bs Lincamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolucbn y bs objetivos del Plan Nacbnal de Desarrollo Económico y Social hasta el 2030, así como la recientemente aprobada Constitución de la República, resulta necesaria la transformación de la planificarión en sus aspectas metadológicos, organizativos yde control, porb que se realizan una serie de modificaciones a la metadología para la elaborarión del Plan 2020.

POR TANTO: En virtud de las facultades que me han sido conferidas en el inciso d) del artículo 145 de la Constitución de la República,

RESUELVO:

PRIMERO: Aprobar y poner en vigor, para la elaboración del Plan 2020, las instrucciones identificadas como “Indicas fanes Ivfetadológicas para la Elaborarión del Plan de la Economía Nacbnal” que se anexan a la presente Resolucbn como parte integrante de la misma; las que son de obligatorio cumplirme nta por bs Organos, Organismos de la Administrasbn Central del Estado, las Organizaciones Superiores de Dirección Empresarial, los órganos be ales del Poder Popular correspondientes, las empresas estatales, las sociedades mercantiles de capital fatalmente cubano y demás entidades económicas.

SEGUNDO: Los Organismos de la Administración Central del Estado, rectores de actividades ramales, y/o responsables de políticas, las Organizaciones Superiores de Dirección Empresarial, así como los órganos locales del Poder Popular correspondientes pueden adicionar indicaciones propias de su actividad que les sean necesarias para las entidades que se les subordinan, integran, patrocinan o radican en sus territorios, según corresponda, con el objetivo de elaborar sus propuestas de Plan del próximo año, siempre que cumplan lo establecido en la presente y sobre la base de los Lincamientos aprobados por el YII Congreso del Partido, las políticas aprobadas para su instrumentación, el Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social hasta el 2030 y las Directivas para la elaboración del Plan 2020.

TERCERO: Las entidades deben construir el plan día a día desde la base, con una participación más activa de todos los trabajadores, identificando las potencialidades que tienen para cumplir las directivas de Gobierno, sin límites máximos ni mínimos, las reservas de eficiencia y las posibles soluciones.

CUARTO: Facultar al Viceministro Primero a cargo de la atención de la Dirección Global del Plan, a dictar cuantas instrucciones se requieran para el mejor cumplimiento de lo que por la presente se establece.

DESE CUENTA de la presente Resolución a la Secretaría del Consejo de Ministros, a los Jefes de los Organismos de la Administración Central del Estado, a la Contralora General de la República y a la Ministro-Presidente del Banco Central de Cuba.

COMUNIQUESE a los Presidentes o Directores Generales de las Organizaciones Superiores de Dirección Empresarial, a los Presidentes de los órganos locales del Poder Popular correspondientes, al Viceministro Primero del Ministerio de Economía y Planificación, así como a los Viceministros y Directores de este Organismo.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original firmado en la Dirección Jurídica de este Ministerio.

DADA, en La Habana, a los 12 días de julio de 2019.

Alejandro Gil Fernández

Ministro de Economía y Planificación

INTRODUCCIÓN

Las Indicaciones Metodológicas para la Elaboración del Plan 2020 anualmente son objeto de revisión, teniendo presente la necesidad de que las mismas den respuesta a los cambios introducidos en la economía cubana y al escenario previsible para el año a planificar, en atención a la actualización del modelo económico, la recientemente aprobada Constitución de la República, el proceso de implementación de los Lincamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución y los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social hasta el 2030 (PNDES 2030).

Estas indicaciones son reflejo de las acciones que se vienen realizando en el país en el perfeccionamiento de la planificación anual, como línea de trabajo priorizada, impregnándole una mayor flexibilidad en todo el proceso, así como logrando una participación más activa de las Entidades desde la base y desde las etapas iniciales de preparación para la elaboración del Plan 2020. Un Plan 2020 de la economía más flexible y participadvo significa, que no se debe dejar de hacer nada que le incorpore eficiencia a la economía, cambiar la manera de hacer las cosas, impregnándole mayor creatividad, objetividad e innovación en la respuesta a los problemas, identificación de las fortalezas y la búsqueda de soluciones nacionales, con la participación, el esfuerzo y la voluntad de todos, garantizando el crecimiento de la economía, sin detener el desarrollo.

Se mantienen como prioridades del trabajo para el Plan 2020:

• El incremento y la diversificación de las exportaciones y los ingresos.

• Lograr una mayor eficiencia del proceso inversionista y participación de la Inversión Extranjera Directa (IED), enfocado en el incremento de las capacidades productivas y de infraestructura.

• Utilizar a la máxima capacidad posible la industria nacional con el objetivo de sustituir importaciones, definiendo las reales capacidades productivas de cada Entidad, atendiendo a su demanda, recursos financieros y materiales y potenciando los encadenamientos productivos.

• Fortalecer el papel que debe jugar la planificación territorial y el municipio en la estrategia de desarrollo del país y en el perfeccionamiento de los procesos de planificación a los diferentes niveles de gobierno.

• Lograr niveles de endeudamiento sostenibles, asegurando la generación de ingresos para financiar el pago de los créditos previstos en el plan.

En las condiciones adversas que caracterizan el contexto internacional y nacional del país, se hace impostergable explotar todas las reservas internas y mejorar la planificación, sin poner límites al crecimiento productivo.

En las presentes Indicaciones Metodológicas se expone la participación de los Organismos de la Administración Central del Estado, las Organizaciones Superiores de Dirección Empresarial, los Consejos de la Administración Provincial, el CAM Isla de la Juventud y otras Entidades económicas en el proceso de planificación, puntualizando la información que deben aportar, el flujo de tareas y coordinaciones que se generan y el cronograma de trabajo para su cumplimiento.

El documento se estructura en cinco secciones. En la primera, se abordan los aspectos fundamentales del proceso de planificación que incluye por primera vez, las directivas de gobierno para todos los actores, el cronograma de trabajo y se enuncian las Entidades que deben presentar el plan al MEP. En la segunda, se abordan los aspectos vinculados a las actividades globales; mientras que en la tercera se reflejan las indicaciones relacionadas con las actividades ramales. La cuarta sección examina otras actividades que por sus características se vinculan tanto con las categorías globales como con actividades ramales. Por último, se presentan las Bases Metodológicas para la Elaboración del Plan de las Empresas.

El proceso de elaboración del plan de las entidades económicas se regirá por estas Indicaciones Metodológicas, siendo potestad del resto de los niveles de planificación emitir las indicaciones complementarias que resulten necesarias para su cumplimiento.

En el...

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