Resolución No. 182/2018.- Modificar el apartado Primero de la Resolución No. 32 de 7 de febrero de 2013

MINISTERIOS

ECONOMÍA Y PLANIFICACIÓN

GOC-2018-467-EX35

RESOLUCIÓN No. 182/2018

POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 32 de 7 de febrero de 2013 del Ministro de Economía y Planificación, se regularon los pagos en CUC que pueden realizar las personas jurídicas cubanas a personas naturales.

POR CUANTO: Como parte del perfeccionamiento del trabajo por cuenta propia, se consideró la posibilidad de realizar pagos en CUC a personas naturales que prestan servicios de alojamiento en dicha moneda, en tal sentido se hace necesario modificar la citada Resolución No. 32 para incluir esta autorización.

POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el artículo 100, inciso a) de la Constitución de la República de Cuba,

Resuelvo:

PRIMERO: Modificar el apartado Primero de la Resolución No. 32 de 7 de febrero de 2013, el que quedará redactado del modo siguiente:

PRIMERO: Las personas jurídicas cubanas podrán realizar pagos en CUC a las personas naturales que prestan servicios de alimentación y de alojamiento en dicha moneda, siempre que lo tengan aprobado en su presupuesto de gastos en CUC...

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