Resolución No. 223/2018.- Metodología para la elaboración de las resoluciones e instrucciones
POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de 14 de septiembre de 2018 quedó aprobada la “Metodología para la elaboración de las disposiciones jurídicas”, y en su Disposición Final Primera faculta al que suscribe para dictar las normas complementarias para la elaboración de resoluciones, en cumplimiento de lo previsto en ese Acuerdo.
POR CUANTO: El Acuerdo del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros No. 3950, de 26 de marzo de 2001, aprobó el objetivo, las funciones y atribuciones específicas del Ministerio de Justicia; en su apartado Segundo, numeral dos, lo faculta para participar en el asesoramiento jurídico y en materia legislativa al Estado, al Gobierno y a los organismos de la Administración Central del Estado y demás instituciones estatales.
POR CUANTO: Por Resolución No. 45 de la ministra de Justicia en funciones, de 6 de marzo de 2002, fue aprobada la “Metodología para la redacción de proyectos de resoluciones en la actividad de asesoramiento jurídico”, y a partir de las disposiciones normativas a que se refieren los Por Cuantos anteriores, resulta necesario actualizar los principios para la redacción de las resoluciones e instrucciones que dictan los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado y de los órganos locales del Poder Popular, los directores o presidentes de las organizaciones superiores de dirección empresarial, empresas, unidades empresariales de base, unidades presupuestadas, otras entidades nacionales y aquellas autoridades facultadas expresamente por la ley.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones conferidas en el inciso a) del artículo 100 de la Constitución de la República de Cuba,
ÚNICO: Aprobar la siguiente:
Resuelvo:
METODOLOGÍA PARA LA ELABORACIÓN DE RESOLUCIONES E INSTRUCCIONES
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La presente Metodología es de aplicación a las resoluciones e instrucciones que dictan y aprueban los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado y de los órganos locales del Poder Popular, los directores o presidentes de las organizaciones superiores de dirección empresarial, empresas, unidades empresariales de base, unidades presupuestadas, otras entidades nacionales y aquellas autoridades facultadas expresamente por la ley.
DE LA ESTRUCTURA DE LAS RESOLUCIONES Y LAS INSTRUCCIONES
De las resoluciones
Las resoluciones son disposiciones jurídicas que dictan las autoridades mencionadas en el artículo 2 de la presente por las que deciden asuntos de su competencia y regulan las relaciones jurídicas internas de la entidad que dirigen, de su sistema de trabajo o del que le está subordinado, integrado, patrocinado o atendido; ponen fin a procesos administrativos que pueden ser impugnables en la vía judicial o regulan relaciones jurídicas de las que el organismo es rector, y como norma complementaria de disposiciones legales de superior jerarquía normativa que así lo dispongan.
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Determinación de la competencia de la autoridad para dictar la Resolución, en la que se ha de valorar si, de acuerdo con las disposiciones vigentes, por su naturaleza y contenido, está en el ámbito de competencia del que resuelve.
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Procedencia de regular o resolver esa materia o asunto:
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Se establece el objeto o materia a regular o en su caso, la naturaleza del asunto a resolver;
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se valora si las disposiciones vigentes permiten regular los asuntos a que se contrae la propuesta de Resolución, o si esa materia ya está regulada;
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si se trata de regular una materia se evalúa si la disposición que se propone puede modificar o derogar otras disposiciones vigentes dictadas por la propia autoridad y, de ser así, identificarlas debidamente; y
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si se trata de resolver un asunto o caso determinado, se valora si la legislación vigente permite la solución propuesta.
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