Resolución No. 270/2018.- Procedimiento financiero para la retribución salarial a los integrantes de la Junta de Gobierno y al Secretario

POR CUANTO: La Resolución No. 52, de 21 de febrero de 2017, dictada por la Ministra de Finanzas y Precios, establece el Procedimiento Financiero para la Retribución Salarial a los integrantes de las Juntas de Gobierno. Considerando la importancia del trabajo que desarrolla el Secretario de la Junta de Gobierno, es necesario incorporarlos al sistema de remuneración aprobado, por lo que en aras de evitar la dispersión legislativa, procede derogar la referida Resolución No. 52 de 2017.

POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que me está conferida en el artículo 100, inciso a), de la Constitución de la República de Cuba,

Resuelvo:

PRIMERO: Establecer el siguiente:

PROCEDIMIENTO FINANCIERO PARA LA RETRIBUCIÓN SALARIAL A LOS INTEGRANTES DE LAS JUNTAS DE GOBIERNO Y AL SECRETARIO.

CAPÍTULO I Artículo 1

ÁMBITO DE APLICACIÓN

ARTÍCULO 1 El presente Procedimiento es de aplicación en las organizaciones superiores de dirección empresarial que tengan aprobadas sus Juntas de Gobierno.
CAPÍTULO II Artículo 2

OBJETIVO

ARTÍCULO 2 El objetivo que se persigue es establecer las normas financieras mediante las cuales se ejecute la retribución salarial a los integrantes de las Juntas de Gobierno, así como su Secretario.
CAPÍTULO III Artículos 3 a 6

DEL FINANCIAMIENTO Y REGISTRO

ARTÍCULO 3 El gasto de la retribución salarial de los integrantes y el Secretario de la Junta de Gobierno, es asumido con los recursos de la organización superior de dirección empresarial que esta atiende.
ARTÍCULO 4 El pago de esta retribución salarial se registra como Honorario de Administración, en la partida de Otros Gastos Monetarios, de igual forma se paga el importe correspondiente al descanso retribuido que por este concepto tengan derecho los integrantes y el Secretario de cada Junta de Gobierno.
ARTÍCULO 5 La organización superior de dirección empresarial confecciona la correspondiente nómina para el pago de la retribución salarial y el descanso retribuido a los integrantes y al Secretario.
ARTÍCULO 6 La organización superior de dirección empresarial en la planificación de su Presupuesto para cada ejercicio económico, incluye la necesidad de los recursos financieros para asumir el pago de la retribución salarial y el descanso retribuido a los integrantes y al Secretario de la Junta de Gobierno que la atiende.
CAPÍTULO IV Artículos 7 y 8.1

TRATAMIENTO TRIBUTARIO

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