Los sujetos de derecho en la legislación laboral cubana ante las modificaciones del escenario económico

AuthorGuillermo Ferriol Molina
ProfessionMiembro Junta Directiva Nacional UNJC. Vicepresidente Sociedad Cubana de Derecho Laboral y Seguridad Social
Pages113-128
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LOS SUJETOS DE DERECHO EN LA LEGISLACIÓN LABORAL
CUBANA ANTE LAS MODIFICACIONES DEL ESCENARIO
ECONÓMICO
Guillermo Ferriol Molina.
Miembro Junta Directiva Nacional UNJC.
Vicepresidente Sociedad Cubana de
Derecho Laboral y Seguridad Social.
Este trabajo es sólo una aproximación a cómo se encuentran regulados actualmente en la
legislación laboral cubana los sujetos de derecho que interactúan en el proceso de trabajo.
Por ello inicialmente realizaremos una breve caracterización de los actores laborales en el
nuevo escenario económico en Cuba, continuando con una valoración de cómo se valora en
legislaciones de otros países estos variados sujetos, así como realizamos propuestas sobre
este tema.
I. Breve caracterización de los actores laborales en el nuevo escenario económico en Cuba.
En el nuevo contexto económico en Cuba los actores socio laborales se transforman,
teóricamente son los mismos de años atrás, pero ya no son hoy ni serán en el futuro iguales,
no son ni serán similares en cuanto a su funcionamiento o interrelación, como parte de las
modificaciones que se introducen en el escenario económico.
Se observa que la empresa estatal, hasta años recientes absolutamente mayoritaria, sin dejar
de observar su papel primordial, se redimensiona en su forma, haciéndose en no pocos casos
más aplanada en sus estructuras, al igual que se ha de convertir en un actor aún más activo
desde el punto de vista de su eficiencia en el nuevo escenario.
Dentro del sector estatal se mantienen aquellas ramas no empresariales, que forman parte del
sector presupuestado, pero que brindan importantes servicios sociales. El aparato estatal
igualmente se prevé continuar disminuyendo.
Por otra parte, se incrementan las formas de trabajo no estatales, una importante cantidad de
trabajadores antes del sector estatal comienzan a prestar labores en nuevas formas de
gestión económica como prestatarios individuales de servicios, los que en algunos casos
realizan sus labores en locales que arriendan a empresas estatales donde antes prestaban
labores como empleados, convirtiéndose en virtud de estas modificaciones de empleados del
sector formal a trabajadores parte del sector no estatal.
Igualmente, otros trabajadores laboran en otras variadas formas de organización en el sector
agrícola (cooperativas de producción agropecuaria, de créditos y servicios, unidades básicas
de producción agropecuaria, o como usufructuarios de tierras), muchos de los cuales tributan
o forman parte del sector no estatal en dependencia de sus formas de organización.
No hay que olvidar que también otros trabajadores prestan sus servicios en empresas
asociadas con capital extranjero, los que igualmente tienen sus regulaciones específicas.
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De modo particular, dentro del sector no estatal se potencia el trabajo por cuenta propia,
autorizado a ejercer en poco más de 180 actividades y en el que hoy se encuentran más de
350 000 trabajadores, por ciento importante dentro de la fuerza laboral del país.
En resumen, en este nuevo escenario se vinculan varios actores o sujetos, que de una forma
u otra realizan labores, ejercen de algún modo alguna labor:
a. Aquellos que ejercitan modalidades de empleo en el sector estatal.
b. Aquellos que laboran en formas no estatales.
c. De modo específico dentro del sector no estatal aquellos que laboran por cuenta
propia.
d. Y dentro del trabajo por cuenta propia aquellos que laboran por cuenta ajena o
dependientes económicamente de otros trabajadores dentro del sector por cuenta
propia.
Sobre estos últimos una consideración preliminar: es nuestro criterio que estimar que éstos
no realizan más que acciones de prestación de servicios significa negar que en el proceso
de prestación de servicios, se ejercen oficios, labores, interviene una persona que trabaja
o cumple funciones, que en algunos casos se trata además de cumplir funciones que otros
les encomiendan, a cambio de una entrega económica, además también al ejercer sus
funciones cumplen objetivos sociales, por ello un aspecto a valorar es el de considerar a
estos trabajadores como sujetos de un contrato de servicios o como sujetos de un contrato
laboral.
Un detalle adicional en el nuevo escenario, las modalidades de trabajo expuestas se
comienzan a interrelacionar unas con otras, ahora de modo más intenso, pues dado su
incremento hay servicios que la empresa estatal no brinda o que junto a la empresa estatal lo
brindan trabajadores del sector no estatal, tributándose unos y otros servicios mutuos o
estableciéndose vínculos entre unos y otros, lo que se ha facilitado, entre otros elementos, al
eliminarse el límite de pago que podía realizar la empresa estatal a los trabajadores por
cuenta propia.
Es decir, cada uno de los sujetos del mundo laboral en Cuba ha cambiado o se encuentran en
transformación, como derivación de las modificaciones que se introducen en el escenario
económico cubano. Teóricamente son los mismos de años atrás, pero ya no son exactamente
iguales a épocas pretéritas.
En la legislación laboral cubana vigente la regulación de estas modalidades de trabajo se
encuentra del siguiente modo:
En el Código de Trabajo no se valora de modo general más que las relaciones donde existe
empleo.
En regulaciones de menor jerarquía, en disposiciones complementarias en materia laboral, se
regulan la forma de acceder al sector no estatal, los trámites a ejercitar, en algunos sectores
como es la forma de solución de conflictos, las condiciones de trabajo, el acceso a la
seguridad social.
En el caso específico de los trabajadores por cuenta propia se regula desde el punto de vista
de esta materia cómo inscribirse como tales, los trámites a ejercitar, cómo lograr la protección

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