En torno a la ley de reforma constitucional

AuthorDr. Juan Escalona Reguera
PositionPresidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular
Pages3-12

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XI Período Ordinario de Sesiones de Tercera Legislatura

10 de julio de 1992.

Previo a iniciarse el debate, el Dr. Juan Escalona Reguera, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, hizo una exposición en la que abordó la génesis del Proyecto de Ley de Reforma Constitucional, sus bases y fundamentación y los procedimientos para facilitar el análisis. Al respecto expresó:

Damos inicio en la mañana de hoy al análisis del proyecto de ley de Reforma Constitucional, en mi opinión, la más importante tarea que ha correspondido enfrentar a nuestra Asamblea Nacional desde el momento de su constitución.

El documento que tienen ante ustedes es el resultado de un largo proceso de estudios e investigaciones realizados por funcionarios y especialistas del Partido y del Estado que se inició aun antes de la fecha en que comenzaron las labores preparatorias del IV Congreso, como resultado del continuo perfeccionamiento de la democracia socialista a que nos convocó el Programa del Partido, aprobado en su III Congreso.

La decisión de perfeccionar nuestra sociedad adquirió una fuerza adicional en el llamamiento a la rectificación de errores y tendencias negativas que formulara nuestro Comandante en Jefe en abril de 1986, llamamiento que permitió devolver a nuestro proceso la originalidad y fuerza creativa que habían constituido, desde su inicio, los más valiosos rasgos de la Revolución cubana.

Ello hizo posible a la dirección del país ganar conciencia de que en la concepción inicial de nuestros órganos de dirección estatal, existían logros inobjetables, al lado de los cuales estaban presentes una serie de problemas que venían influyendo negativamente en la eficacia de su gestión y algunas funciones que resultaron distorsionadas en la actividad diaria.

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Este conocimiento previo, hizo posible en el Llamamiento al Congreso fijar la atención sobre la necesidad de "fortalecer aún más el control del pueblo sobre las actividades del gobierno"; "contribuir a que las asambleas municipales y provinciales puedan cumplir su verdadero papel como representantes de la máxima autoridad estatal a esos niveles" y enfatizar en el deber de analizar la labor de esta Asamblea Nacional, de manera que "logre, en particular, examinar los principales problemas del país donde la perspectiva más profunda que deben propiciar las comisiones de trabajo y la experiencia individual de los diputados, en tanto que foro donde debe encontrar resonancia la gestión del gobierno y de cada organismo de la Administración".

El debate abierto, franco y sereno realizado por nuestro pueblo durante la discusión del Llamamiento, fue dirigido a cumplimentar el acuerdo del Buró Político del Comité Central de mayo de 1990, que señalaba como uno de los propósitos del mismo "la posibilidad de hallar vías para hacer aún. Más representativas nuestras instituciones democráticas, propiciar una mayor participación real del pueblo en ellas y conceder más autoridad a los delegados y las asambleas".

La Comisión Organizadora del IV Congreso del Partido, poco después de su constitución el 26 de mayo de 1990, decidió la creación de una Comisión para estudiar el perfeccionamiento de los órganos del Poder Popular, integrada por diputados y delegados, dirigentes nacionales, provinciales y municipales del Poder Popular, cuadros y funcionarios de la Administración Central del Estado y del aparato auxiliar del Comité Central del Partido.

En el mes de julio, por sugerencia del Comandante en Jefe, esta Asamblea adoptó el Acuerdo III-112 que dispuso: "Encomendar al Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular la organización y ejecución del estudio y análisis acerca de la vida y el funcionamiento de los órganos municipales del Poder Popular", el cual se realizó en 35 municipios del país.

Al mismo tiempo y en cumplimiento de los acuerdos del XI Pleno del Comité Central del Partido, se crearon los Grupos de Consultas Provinciales, integrados por funcionarios estatales, delegados provinciales y municipales, diputados y cuadros del Partido, para analizarlas opiniones vertidas por la población en el debate en torno al funcionamiento de nuestra democracia socialista. Este trabajo de conjunto, permitió a la Comisión creada, realizar un cuidadoso y pormenorizado análisis que hizo posible precisar, tanto las dificultades objetivas, como los aspectos de formalismo, burocratismo e incomprensiones en el tratamiento de los planteamientos y en la solución de las dificultades de nuestra población.

Esta Asamblea en su Acuerdo III-132 de 5 de julio de 1991, consideró que se hacía inaplazable la necesidad de extender el período de mandato dé los órganos del Poder Popular, tomando en consideración Page 5 que el tiempo con que se contaba no sería suficiente para preparar, con calidad, someter a análisis y luego implementar las decisiones que se requerían para perfeccionar los aspectos relacionados con la estructura, atribuciones y funciones de los órganos de dirección estatal en sus diferentes instancias; introducir precisiones sobre las formas diversas de gestión del Gobierno en provincias y municipios; establecer nuevas formas de elección de los diputados y otras cuestiones de interés para la vida institucional del país, cuya formulación definitiva conllevaría necesariamente a realizar modificaciones imprescindibles en la Constitución, elaborar una nueva Ley Electoral y las Normas Reglamentarias del sistema de órganos del Poder Popular. No fue una tarea fácil la que emprendimos. Existían disímiles criterios sobre cada aspecto, contenidos en las opiniones recibidas desde la base. Por otra parte, resultaba necesario someter a estudio las experiencias de la práctica internacional en materia de organización y funcionamiento del Estado, y lo más importante, realizar una profunda reflexión sobre nuestras propias instituciones, tomando en consideración el contenido del ya referido Acuerdo del Buró Político de mayo de 1990 que indicaba: "Identificar y excluir inteligentemente todas aquellas prácticas inventadas por nosotros mismos, o copiadas en ocasiones de experiencias ajenas, que pueden dar lugar a formalismos, dogmatismos, divorcio de las masas, burocratismo y otros fenómenos negativos". "... hay que descubrir, para erradicar aquellas ideas y prácticas, justas en el momento en que fueron adoptadas, pero que han devenido obsoletas".

Como resultado de todo este trabajo, se elaboró el proyecto de "Resolución sobre el perfeccionamiento de la organización y funcionamiento de los órganos del Poder Popular", que fue presentado para su examen y aprobación previa a la Comisión Organizadora del IV Congreso. Y fue ese, el documento que se discutió y aprobó como Resolución, durante el Congreso, en octubre de 1991.

Si me he extendido en esta explicación ha sido con el propósito de que puedan apreciar, en su justo valor, todo el esfuerzo que decenas de compañeros delegados y diputados, así como cuadros del Partido y del Poder Popular, han dedicado durante estos años a encontrar soluciones correctas para superar las tendencias negativas en el marco del funcionamiento de los organismos del Estado, y a dejar atrás los errores queden la aplicación mecánica de conceptos y soluciones importadas, nos han dificultado la búsqueda y una adecuada aplicación de nuestros propios valores, para hacer viable nuestra democracia socialista.

La Resolución aprobada en el IV Congreso sugirió a la Asamblea Nacional que "teniendo en cuenta las experiencias de más de quince años de su vigencia, el Congreso recomienda que en los estudios que se están realizando se incluyan otros aspectos del texto constitucional no relacionados propiamente con ese propósito, pero que pueden estar Page 6 requeridos de actualización o de precisiones", y en su acuerdo final dispuso al Comité Central "la creación de una Comisión para que lo auxilie con el propósito de conocer, analizar y valorar adecuadamente, durante el proceso de su conformación, los proyectos legislativos y otras medidas organizativas que se preparen y adopten para la materialización de los objetivos planteados en esta Resolución".

A partir de ese momento, la Comisión de la Asamblea Nacional, dirigió su esfuerzo a un análisis más integral del texto de la Constitución para elaborar un primer proyecto de modificaciones que diera respuesta a las decisiones del Congreso y que fue consultado con un 30 % de los diputados, en cada provincia, y presentado posterior-, mente a la Comisión creada en el Comité Central. Luego se realizó una etapa de trabajo conjunto que arrojó como resultado final el documento que oportunamente fue distribuido a todos los diputados a la Asamblea Nacional, a todos los miembros del Comité Central y a los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado.

Creo necesario explicar sobre qué bases se han redactado las numerosas propuestas de modificaciones, lo que hemos ido planteando en cada una de las reuniones de análisis del proyecto, o sea:

  1. No se trata de hacer una nueva Constitución. No es lógico que en el transcurso del año más difícil del período especial se pretenda realizar semejante tarea.

  2. Tenemos que dar debida respuesta a los acuerdos y resoluciones del IV Congreso del Partido, no sólo a lo que se refiere al funcionamiento del Poder Popular. Tenemos que ajustar los preceptos constitucionales también a las decisiones sobre el desarrollo económico del país, como política exterior y a los contenidos en el Programa y los Estatutos, ya que todos ellos, de una forma u otra, se relacionan con preceptos de nuestra Ley Fundamental.

  3. La tarea que nos corresponde, por tanto, es realizar las modificaciones indispensables, y sólo las indispensables, para dar cumplimiento a esos objetivos y, desde luego, actualizar el texto suprimiéndole las referencias a países o grupos ya desaparecidos por causa que nada tienen que ver con nosotros.

En muchas oportunidades, al releer una y otra vez nuestra Constitución hemos sentido la tentación de embellecer algún artículo, de añadirle alguna frase más o de suprimir algo que nos parece ya obsoleto. Pero hemos hecho siempre un esfuerzo por librarnos de esa tentación, pues ello sólo nos conduciría a redactar un nueva y, evidentemente, eso será realizable y.necesario una vez que hayamos dejado atrás el período especial y, con todo el caudal de experiencia acumulada durante el mismo, en la seguridad de que no volveremos de nuevo, al año 1989, entonces sí habrá llegado el momento de escribir la nueva Constitución que recogerá todas nuestras tradiciones revolucionarias, porque deberá partir del análisis de la historia Page 7 de nuestro heroico e indoblegable pueblo, éste, que constituye hoy la admiración del mundo que observa con asombro nuestra capacidad de resistencia y mañana contemplará con alborozo nuestra recuperación en todos los órdenes.

De la lectura del proyecto, los compañeros diputados habrán advertido, además, que pretendemos dar cumplimiento a estos propósitos, sin renunciar a ninguno de los principios que desde hace más de treinta años marcan el rumbo de nuestro proyecto revolucionario: "Cuba es un Estado socialista", se señala en el artículo 1; incluimos el ideario de José Martí junto a las ideas político-sociales de Marx, Engels y Lenin como guía del Estado cubano y sus ciudadanos; mantenemos el concepto básico del internacionalismo proletario; se recoge la perspectiva de una más estrecha colaboración de Cuba en el conjunto de la América Latina y el Caribe, y no renunciamos al objetivo de construir la sociedad comunista.

El enemigo, que no se llame a engaño. No encontrarán en éste texto nada que signifique retroceso, nada de vuelta al pasado, porque no admitimos presiones, ni nos intimidan sus amenazas.

Para facilitar el análisis de las modificaciones propuestas, podríamos separarlas en los siguientes grupos:

1. Las que se proponen para cumplir las resoluciones del IV Congreso

Entre las mismas figuran:

- Las regulaciones sobre el voto directo y secreto para elegir a los diputados a la Asamblea Nacional -Artículo 71- y a los delegados a las Asambleas Provinciales y Municipales -Artículo 135, 2do. párrafo-. Es obvio que para hacer efectiva estas formulaciones, se requerirá la elaboración de una nueva Ley Electoral en la que, como conocen nuestros diputados, ya se trabaja en una primera versión.

- Las regulaciones que se refieren a conceptos económicos. Estas modificaciones que se proponen, están referidas en los Artículos siguientes:

- Artículo 14, el que se precisa que la propiedad socialista está referida a los medios de producción FUNDAMENTALES.

- En el Artículo 15, se relacionan los bienes que son propiedad estatal socialista; y de su texto, proponemos hacer desaparecer el carácter irreversible con que figura en la actual Constitución; además, que se autorice la transmisión de dicha propiedad, limitándola a que se destine a los fines del desarrollo económico y social, que no afecte los fundamentos -políticos, sociales y económicos del Estado y previa aprobación del Consejo de Ministros o de su Comité Ejecutivo.

- El Artículo 16 marca la desaparición del rígido Plan Único de Desarrollo Económico Social y se propone la organización, dirección Page 8 y control de la actividad económica "conforme a un plan que garantice el desarrollo programado del país", manteniendo la participación y ejecución de los "programas de producción y desarrollo".

- El Artículo 17 establece dos variantes de administración de los bienes de propiedad socialista: directamente por el Estado u organizando empresas y entidades encargadas de realizarlo.

- En el Artículo 18, se propone sustituir la formulación de que el comercio exterior es función exclusiva del Estado, por otra más flexible, en el sentido de que el "Estado dirige y controla el comercio exterior" y la ley podrá establecer las instituciones o autoridades facultadas para crear empresas de comercio exterior; normar las operaciones de exportación e importación y determinar las personas naturales o jurídicas con capacidad para realizarlas.

- El Artículo 23 hace reconocimiento de la propiedad de las empresas mixtas, sociedades económicas y asociaciones, las que rigen en el uso y disfrute de sus bienes, tanto por la ley, como por los tratados, sus estatutos, y reglamentos propios.

- Las regulaciones sobre las religiones:

Sobre el tema proponemos a la Asamblea un nuevo Artículo, el 8, en el cual se declara que el "Estado reconoce, respeta y garantiza la libertad religiosa" y el hecho de que las distintas religiones y creencias religiosas gozan de igual consideración. Este artículo, incorporado al Capítulo I de la Constitución, referido a los Fundamentos Políticos, Sociales y Económicos. del Estado, responde a la voluntad política de la dirección del Partido y del Estado, que fue ampliamente analizado en el IV Congreso.

En los Artículos 42 y 43 del proyecto, se incorporan las "creencias religiosas y cualquier otra lesiva a la dignidad humana", al contenido de la definición de discriminación, que la actual Constitución prescribe el derecho de todos los ciudadanos a disfrutar de iguales consideraciones, con independencia de sus creencias religiosas.

Esta decisión se reitera en el Capítulo sobre Derechos, Deberes y Garantías Fundamentales, cuando en el Artículo 55 se propone establecer el reconocimiento del Estado a la libertad religiosa y el derecho del ciudadano a cambiar de creencias religiosas, o a no tener ninguna.

Las relaciones del Estado con las instituciones religiosas será regulada por una ley posterior.

- Las regulaciones sobre los órganos locales del Poder Popular.

El mayor número de modificaciones al texto constitucional se encuentra en el Capítulo XIÍ del proyecto, que se refiere a los órganos locales del Poder Popular.

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Los cambios fundamentales se encuentran en las diferencias que se propone establecer en las atribuciones y responsabilidades de las Asambleas Provinciales y Municipales, -Artículos 105 y 106-. Ello nos ha llevado a proponer un nuevo Capítulo -el XI- referido a la División Político-Administrativa, donde se realiza la definición, diferenciando a la provincia del municipio, sin excluir que la ley puede establecer además, otras divisiones del territorio nacional.

Otros cambios están determinados por la desaparición de los actuales Comités Ejecutivos, que se propone con la finalidad de obtener un resultado más eficiente en el funcionamiento de las administraciones locales, ya que la modificación hará posible la profesionalización de sus cuadros de dirección, sin que queden sujetos como hasta hoy a los resultados de una elección cada dos años y medio. Proponemos pues, que los mismos sean designados por las Asambleas a propuesta de su respectivos Presidentes.

Llamo la atención de los diputados en la propuesta de subordinar las Comisiones Permanentes sólo a las Asambleas, propiciando así que queden en condiciones de actuar más activamente, como ojos y manos del órgano estatal; pretendemos, además, ampliar sus facultades al decidir que éstas puedan supervisar a todas las entidades establecidas en sus territorios, con independencia de la subordinación de las mismas. Estarán en condiciones de facilitar a las Asambleas el desempeño de su responsabilidad como contrapartida necesaria a la actuación de los órganos de Administración.

También se recoge en el proyecto, la existencia de los Consejos Populares, aunque sin muchas precisiones aún, por encontrarse los mismos en un momento de experimentación de sus fondones.

Todos los cambios referidos al Poder Popular, demandan de una Ley Orgánica, que precise atribuciones y funciones, señale los métodos de funcionamiento de las distintas estructuras y entidades y fije con toda precisión las vinculaciones de los mismos con los delegados, electores y población en general. Anuncio que ya se trabaja en ese proyecto, con el propósito de poder someterlo a la consideración de ustedes en este mismo año.

2. Modificaciones propuestas con relación a la defensa del país

Nosotros, como diputados a la Asamblea Nacional de un país revolucionario como Cuba, que se encuentra sometido a las amenazas y presiones del más poderoso imperialismo del mundo, estamos convencidos de la necesidad de establecer en el texto de nuestra Constitución, formulaciones que faciliten la consideración y aprobación de una Ley de la Defensa.

De ahí que propongamos en el Artículo 101, la creación del Consejo de Defensa Nacional, para "dirigir el país en las condiciones de estado de guerra, durante la guerra, la movilización general..." Page 10 y en el Artículo 119, con el que nos proponemos completar la estructura del país en las condiciones referidas, con la creación de los Consejos de Defensa Provinciales, Municipales y de las Zonas de Defensa, y otorgar al Consejo de Defensa Nacional la facultad de determinar, la organización y atribuciones de los Consejos.

Para salvar una omisión de la actual Constitución, traemos a las propuestas un Capítulo nuevo, el VIII, referido a la definición de Estado de Emergencia en nuestro país, situación que está recogida en casi todos los textos constitucionales de nuestro Continente, con esta o similar denominación.

3. Modificaciones propuestas con el objetivo de realizar precisiones o actualizaciones en el texto de la actual Constitución

Estas propuestas son de muy diverso ^carácter y están presentes desde el preámbulo hasta los artículos finales del proyecto.

Con el propósito de no abusar de la paciencia de ustedes, voy a referirme sólo a los más importantes:

En los Artículos del 1 al 4, además de modificar la redacción, se cambia el orden de los mismos, toda vez que las Comisiones creyeron que era más conveniente, atendiendo a su importancia.

En el Artículo 1 se retoma la tradición constitucionalista cubana al ampliar el texto actual y referirnos al "disfrute de la libertad política, la justicia social, el bienestar colectivo e individual y la solidaridad humana", aspectos básicos de nuestro proyecto social.

El Artículo 2, también se amplía para presentar a nuestro Estado como "República de Cuba", su idioma oficial y su capital.

En el 3, proponemos hablar de la soberanía, de la cual dimana todo el poder del Estado y no limitarnos a hablar sólo de poder. Y además, expresar el derecho de todo nuestro pueblo a "combatir por todos los medios, incluyendo la lucha armada" contra el que intente derribar el orden político, económico y social establecido.

El Artículo 4, sobre símbolos de la patria, no sufre modificación alguna en su texto.

Luego, el Artículo 11 se propone modificar en su inciso b) para adecuarlo a la redacción de convenios internacionales, y el 12 también sufre cambios para actualizar su contenido, precisando que la "República de Cuba hace suyos los principios antiimperialistas e internacionalistas" y reafirmando "su vocación de integración y colaboración con los países de América Latina y el Caribe".

En los Artículos 19 y 20, también se proponen modificaciones, pero sólo con el objetivo didáctico de referir uno, a los agricultores pequeños y el otro a las cooperativas de producción agropecuaria.

En el Capítulo. II sobre la ciudadanía, la modificación principal se propone en el Artículo 32, sustituyéndose el texto actual, a nuestro juicio muy reglamentario, por uno más flexible, que remite a la ley los detalles que normen la disposición de que "los cubanos no Page 11 podrán ser privados de su ciudadanía ni del derecho a cambiar de ésta", aunque sí reitera el principio constitucional de que no se admitirá la existencia de casos de doble ciudadanía.

Otro Capítulo nuevo que se propone bajo el título de Extranjería -el III- pretende salvar una omisión de nuestro actual texto constitucional y fijar los derechos y obligaciones de los extranjeros residentes en el territorio de la República, equiparándolos a los ciudadanos cubanos en derechos y obligaciones. Una ley posterior establecerá los casos y la forma en que dichos ciudadanos puedan ser expulsados del territorio nacional.

Otras actualizaciones de interés están contenidas en el Artículo 39 del proyecto, pues se propone que la política educativa de nuestro Estado se fundamenta en "los avances de la ciencia y la técnica, el ideario martiano, la tradición pedagógica progresista cubana y universal desarrollada por el marxismo leninismo".

Se mantiene la disposición constitucional actual de que "la enseñanza es función del Estado" y gratuita, y además se fijan las facilidades de estudiar que el país concede a "los trabajadores a fin de que puedan alcanzar los más altos niveles posibles de conocimiento y habilidades".

Otra precisión que se propone a la Asamblea está contenida en el Artículo 44, al modificar el actual 43, para hacer un énfasis mayor en la igualdad de derechos entre la mujer y el hombre, siendo consecuentes con la permanente preocupación de la dirección del Partido y Gobierno al respecto.

Sobre el Capítulo IX del proyecto, que hace cambios en el texto actual del Artículo 66, debernos explicar que la desaparición de la referencia a los tribunales en su inciso a), está determinado porque se propone en el artículo 120, que una ley regule todo lo referido a la organización de los mismos, incluyendo la forma de elección de sus jueces y las causas y procedimientos para su revocación. Ello explica también la razón por la cual desaparece la facultad de elegirlos por las Asambleas del Poder Popular.

Además, proponemos a los diputados derogar el inciso f) actual que se refiere al controvertido "sistema de doble subordinación", pues entendemos que los órganos a que se refiere, y todos los del país, están subordinados a las leyes, decretos-leyes, decretos y resoluciones que dicten los órganos del poder central que son los que norman su actuación y no a meras disposiciones de "la instancia superior que atiende las tareas administrativas que el órgano local tiene a su cargo".

Llamo la atención sobre el cambio del título del Capítulo X del proyecto que modifica al actual VIII, toda vez que la Constitución misma reconoce en el actual Artículo 67, "Que la Asamblea Nacional del Poder Popular es el órgano supremo del poder del Estado", por lo cual preferimos denominar a dicho Capítulo como "Órganos Superiores del Poder del Estado", ya que regula además de las funciones Page 12 y atribuciones de la Asamblea, a su Consejo de Estado y al de Ministros.

Para los que en alguna ocasión han planteado dudas sobre si estas modificaciones que proponemos requieren o no de un referendo posterior a la aprobación, por el voto nominal de los 2/3 de los miembros de la Asamblea, señalamos que no se refieren a cambios en "la integración y facultades de la Asamblea Nacional del Poder Popular o de su Consejo de Estado", corno pueden apreciar en el proyecto que les ha sido entregado, y además añadir, para dejar esclarecido definitivamente este aspecto, que tampoco les hemos propuesto cambios referidos "a derechos y deberes consagrados en la Constitución'' actual, que son los requisitos que fija el Artículo 141.

En el Artículo 93 del proyecto, sí proponemos añadir nuevas atribuciones al Presidente del Consejo de Estado que son el resultado de los cambios propuestos.

El Capítulo XIII del proyecto -Tribunales y Fiscalía- recoge modificaciones sólo con el propósito de precisar y flexibilizar su contenido, remitiendo a leyes posteriores pronunciamientos de la Constitución, que a juicio de las Comisiones resultan demasiado reglamentarios,

Pienso que en la reseña realizada se enmarcan las transformaciones fundamentales del texto constitucional que de inmediato analizaremos. Pido disculpas a ustedes si la exposición ha resultado demasiado extensa, pero he creído que era mi deber, como Presidente de la Asamblea, realizar estas aclaraciones que espero faciliten la discusión del texto, al explicarles las razones y los objetivos que nos han conducido a elaborar estas modificaciones indispensables.

Compañeras y compañeros diputados:

En el pasado período de sesiones el Comandante Fidel Castro expresó, al resumirlo:

"No nos quedó más remedio que prolongar el período de la Asamblea Nacional".

"El hecho de lo que hiciéramos así le da a esta Asamblea una responsabilidad muy grande y les da a cada una de las mujeres y a los hombres que hay en esta Asamblea, una responsabilidad muy grande, porque les ha tocado la Asamblea Nacional del período especial, del período más difícil de la historia de Cuba, no voy a decir de la historia de la Revolución ¡de la historia de Cuba!". "Pienso que cada uno de nosotros debe estarle agradecido a la vida, a la historia, de haber recibido esta responsabilidad que tenemos que cumplir".

Compañeros:

Con ese sentido de responsabilidad histórica, les convoco a comenzar el análisis del proyecto de la Ley de Reforma Constitucional. Muchas gracias.

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