Decreto-Ley No. 29/2021.- Modificativo de la Ley no. 1307, de 29 de julio de 1976”
GOC-2021-358-O40
JUAN ESTEBAN LAZO HERNANDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Consejo de Estado de la República de Cuba.
HAGO SABER: Que el Consejo de Estado ha considerado lo siguiente:
POR CUANTO: Mediante el Decreto-Ley No. 369 de 17 de diciembre de 2018 “Modificativo de la Ley No. 1307, de 29 de julio de 1976”, se aprobó en su Artículo 5 el cambio de denominación de determinadas instituciones de educación superior y se estableció la red nacional de ese tipo de enseñanza, integrada por las universidades e instituciones de similar rango que cumplen misiones académicas en el campo de acción específico para el cual fueron creadas.
POR CUANTO: Según lo establecido en la Disposición Final Primera del mencionado Decreto-Ley 369, el Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias ha propuesto cambios de denominación a cuatro de sus instituciones docentes adscritas, a partir del desarrollo alcanzado por las mismas, lo que hace necesario realizar modificaciones al Artículo 5 de la Ley No. 1307.
POR TANTO: El Consejo de Estado, en el ejercicio de la atribución que le está conferida en el artículo 122, inciso c), de la Constitución de la República de Cuba, ha adoptado el siguiente:
DECRETO-LEY No. 29
MODIFICATIVO DE LA LEY No. 1307, DE 29 DE JULIO DE 1976
Se modifica el Artículo 5 de la Ley No. 1307 de 1976, tal como quedara modificado por el Decreto-Ley No. 369, de 17 de diciembre de 2018, el que queda redactado del modo siguiente:
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Instituto Técnico Militar “José Martí”.
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Escuela Interarmas de las Fuerzas Armadas Revolucionarias “General Antonio Maceo”.
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Escuela Interarmas “General José Maceo”.
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Escuela Militar Superior “Comandante Arides Estévez Sánchez”.
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La red nacional de instituciones de educación superior está integrada por las universidades e instituciones de similar rango, que a continuación se detallan, las que...
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