Del derecho a la vida y los derechos sexuales y reproductivos, ¿configuración armónica o lucha de contrarios?
Author | Caridad del Carmen Valdés Díaz |
Profession | Profesora de Derecho Civil de la Universidad de La Habana, Cuba |
Pages | 64-84 |
DEL DERECHO A LA VIDA Y LOS DERECHOS SEXUALES
Y REPRODUCTIVOS, ¿CONFIGURACIÓN ARMÓNICA O LUCHA
DE CONTRARIOS?
Dra. C C V D.
Profesora de Derecho Civil de la Universidad de La Habana, Cuba.
1. El derecho a la vida como derecho inherente a la personalidad.
Los derechos inherentes a la personalidad ocupan, o deben ocupar, el más destacado lugar dentro del De-
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goce de sus bienes personales, haciendo valer su dignidad como tal. Tales derechos, como acertadamen-
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Si bien desde el Derecho Romano se reconoció a la persona una llamada potestate in se ipsum
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liar, y se reguló la actio iniuriarum
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o moralmente a la persona misma143
como verdaderos y propios derechos subjetivos a partir de la segunda mitad del siglo XIX. Tributan en
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, es
titulada Las reglas
jurídicas,-
res como Filosofía del Derecho,Los derechos de la personalidad
Los derechos extrapatrimoniales,
sin olvidar a y a parecen ser y
y, sobre todo,
y En España, los civilistas del XIX no se ocuparon del tema de los derechos de la personalidad.
derechos de la personalidad; en primer lugar, en segundo término, y luego,
sobre todo, Clemente ,
una visión moderna y acabada de los derechos de la personalidad. No obstante, concluye
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lecimiento y actuación. Si el derecho de la persona, reconocido en la Ley Fundamental, era desconocido
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