DIPLOMACIA Y DERECHO DIPLOMÁTICO. Ángel Domingo Perras Moreno. Editorial de Ciencias Sociales. La Habana, 1989. 241 páginas.

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Por el Doctor en Ciencias Jurídicas Miguel A. D'estefano Pesani

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El libro se plantea la diplomacia como tal y el derecho diplomático; dos alas, diríamos, de enorme y difícil aprehensión en un volumen breve. Lo que resulta en sí una grave dificultad.

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El autor comienza por realizar un recorrido histórico de la diplomacia, que se remonta a las primitivas relaciones intertribales; es así que pasa a recordar aquellas relaciones de algunos estados de la antigüedad, en el feudalismo y la etapa capitalista, así como algunos aspectos de la diplomacia en Cuba; acerca de la definición de la diplomacia mucho se ha escrito y, para Ferrás "es en su más amplio sentido, una disciplina con características propias y definidas, y constituye un elemento de la superestructura jurídico-política de la sociedad, que sirve como método principal para desarrollar las relaciones exteriores de los Estados y lograr sus objetivos conforme a las normas del Derecho Internacional".

El libro se asoma, así, a la diplomacia en el antiguo Egipto, para referirse a las famosas Tablas de Tell-el Amarna y al tratado que, en el año 1296 antes de nuestra era suscribieran el faraón Ramsés II y el rey de los hititas; a la India y su Código de Manú, con unos 2 500 años de antigüedad, al tiempo que se evoca a Kautilya, que viviendo en el siglo IV antes de nuestra era, ha sido llamado como "el Maquiavelo de la India"; a Ferrás le parece más justo que a Maquiavelo -quien viviera casi mil años después- se le llame "el Kautilya de Italia". Se remonta a China, con su historia cuatrimilenaria y la diplomacia de sus distintas dinastías y el pensamiento confuciano; observa la diplomacia en la Grecia antigua y luego en el período del helenismo, así como la diplomacia de la Roma monárquica, republicana e imperial, para destacar que en la instrucción jurídica y la de retórica romana se prestaba gran importancia al arte de la diplomacia.

Se adentra el autor en el análisis de la diplomacia en el feudalismo y, respecto a la diplomacia papal apunta que "Una hábil diplomacia en manos del Papa era un instrumento político no menos importante, algunas veces mayor que la propia autoridad espiritual". Por mucho que nos refiera Ferrás sobre la diplomacia de las repúblicas italianas del período, no le es posible seguir el arca maravillosa de aquella diplomacia de pequeñas repúblicas donde florecía el comercio, la industria, la banca, las flotas, las artes y las letras, en medio de una Europa feudal oscurantista. Es de ahí el Renacimiento y la presencia de figuras como Dante Alighieri y su tratado "De Monarchia" y Nicolo Maquiavelo con "El Príncipe". Por ahí llega el autor al tratado de Westfalia (1648) y su significado para la diplomacia. Pudo el autor haberse detenido más en Westfalia -como en el Congreso de Viena de 1815- pero no pasa más allá de detalles episódicos -por demás de interés- al respecto. Presente está la declaración de independencia de las Trece Colonias y la Revolución Francesa y, tras la Santa Alianza, la etapa de formación del capitalismo devenido en monopolista, la expansión colonial del pasado siglo y el destacado papel de la diplomacia latinoamericana del siglo pasado y principios del actual. A esto le siguen la primera y la segunda guerra mundial y, entre ellas, el período en que suceden cosas tales como la anexión de Austria por Hitler y el pacto de Munich. El autor nos trae una panorámica de lo que trajo consigo, el triunfo de la Revolución de Octubre de -1917 a la diplomacia. Por último un breve recorrido por la diplomacia de la Cuba prerrevolucionaria y de la Cuba revolucionaria.

La segunda parte del libro viene referida al Derecho Diplomático, para asistir a sus fuentes a partir de Westfalia (1648) hasta nuestros días, y seguir la actividad de los órganos estatales de las relaciones internacionales. Entra a considerar los sujetos de derecho internacional y el reconocimiento y presenta el llamado "derecho de legación", las funciones y actividades de la misión diplomática, los antecedentes y teorías sobre privilegios e inmunidades diplomáticas y el status del agente diplomático. A Ferrás no se le escapa la Page 147 vastedad de esta rama del Derecho y sus valiosos antecedentes, que procura citar. Estamos, por demás, ante una rama que ha sido objeto de codificación: convención sobre relaciones diplomáticas, convención sobre relaciones consulares, codificación de la diplomacia ad hoc y de la diplomacia internacional...

En verdad, el Derecho Diplomático requiere -y los tratadistas lo confirman por la extensión de sus obras- de un desarrollo que no es posible intentar en breve espacio. El autor se limita a presentarlo de manera somera en procura de que el lector vaya en pos de lo que se le presenta de esta manera.

El libro tiene dos anexos que forman al menos, una parte indispensable de lo que esta materia reclama: la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1961 y la Legislación cubana en materia de inmunidad de jurisdicción y de exenciones y franquicias diplomáticas.

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