Revista Cubana de Derecho

Editorial:
Unión Nacional de Juristas de Cuba
Fecha publicación:
2008-11-27
ISBN:
0864-165X

Últimos documentos

  • Matrimonio igualitario y unión de hecho homoafectiva en Cuba. Panorama de su regulación legal en el código penal cubano

    El proceso de modificación por el que atraviesa el ordenamiento jurídico interno en la actualidad, a raíz de la promulgación de la Constitución de 2019, y la proliferación de las diversas tipologías familiares en el contexto social cubano exigen que el Derecho penal le ofrezca un tratamiento garantista a aquellas instituciones que se erigen como formas de organización familiar, entre las cuales se encuentran el matrimonio igualitario y la unión de hecho homoafectiva. El texto constitucional regula como derechos fundamentales la igualdad y no discriminación, la dignidad humana y el libre desarrollo de la personalidad, cimentando las bases para el reconocimiento del matrimonio igualitario y la unión de hecho homoafectiva en el futuro Código de las Familias. Ello trasciende al ámbito del Derecho penal, que deberá ofrecer un tratamiento inclusivo a estas instituciones que supere las limitaciones del Código penal vigente, pues tanto los tipos penales que integran el título relativo a las familias, como otras figuras delictivas que atentan contra este bien jurídico indirectamente, circunscriben su regulación esencialmente hacia la figura del cónyuge y determinados parientes consanguíneos, lo que responde a una concepción heteronormada de la familia y lacera las diversas tipologías familiares que imperan en la actualidad

  • Reseñas
  • Carta Editorial
  • Derecho, constitución, ciencia e innovación
  • Antígona y creonte, ambos derrotados por la crisis de la legalidad

    Justicia y certeza –aquella personificada por Antígona, esta por Creonte– son los dos valores del derecho que siempre han estado en conflicto. Las constituciones rígidas de la segunda posguerra han resuelto la controversia mediante la imposición a Creonte, esto es, a la legalidad ordinaria, principios de justicia, aunque históricamente determinados, sancionados por Antígona, en las cartas constitucionales. Hoy en día, la crisis conjunta de la certeza y justicia equivale a la derrota simultánea, sea de Creonte, debido al colapso de la capacidad reguladora del derecho provocada por la proliferación de las fuentes e inflación legislativa; sea de Antígona, debido a la remoción de la Constitución del horizonte de la política, tan impotente respecto a los mercados financieros globales, como poderosa en la reducción del estado social y derechos de las personas. Una respuesta racional a la crisis demanda, hoy, el desarrollo de un constitucionalismo de derecho privado, idóneo para imponer límites y controles a los derechos del mercado, que nuestra tradición ha configurado como “libertad”, pero que consisten en “poderes” sobre los cuales se requiere la rígida sujeción a las leyes como garantía de los derechos y bienes vitales de todos

  • Actualidad Jurídica
  • Fuller Y Kelsen - Fuller Sobre Kelsen

    La relación entre Lon Fuller y Hans Kelsen es compleja e importante, pero ha sido poco estudiada. Fuller, el filósofo estadounidense del derecho más importante durante el tiempo de Kelsen, no solo conocía su fama y escritos, sino que también fue comprensivo con su situación personal. Sin embargo, al mismo tiempo, Fuller empleó a Kelsen como su punto de apoyo para atacar al positivismo jurídico; inclusive parece desempeñar un papel substancial en la relativa invisibilidad de Kelsen, aún hoy en día, para la filosofía del derecho de Norteamérica. Este artículo busca explorar y explicar la compleja relación entre estos dos importantes personajes

  • Conversación ordinaria e interpretación jurídica

    En su libro, Il modello conversazionale. Sulla differenza tra comprensione ordinaria e interpretazione giuridica, Francesca Poggi analiza primero las máximas conversacionales de Grice y las reformula para que resulten también aplicables al discurso normativo ordinario. A continuación, comprueba la posibilidad de aplicar estas máximas en el ámbito jurídico y concluye que sólo son aplicables a la interpretación de los contratos. Mientras que, en lo que respecta a la comunicación entre el legislador y los destinatarios de las leyes, Poggi cree que el modelo conversacional ordinario no es aplicable y que, por lo tanto, la interpretación jurídica es fundamentalmente diferente de la comunicación cotidiana

  • Las interpretaciones concurrentes de la constitución

    Formular la hipótesis de que habría intérpretes concurrentes de la Constitución demanda una clarificación de aquello que significa “interpretar la Constitución”. La posterior identificación de la posible diversidad de intérpretes como actores de derecho debe ser examinada bajo la luz de lo que significa una concurrencia de interpretación: la posibilidad de producir normas constitucionales diferentes, igualmente (más o menos) eficaces

  • Novedad en Cuba: proceso especial para la defensa de los derechos constitucionales

    La Constitución como regla superior, sus contenidos y, especialmente, todos los derechos en ella tutelados, reclaman en cualquier sociedad de múltiples garantías. En el presente trabajo, se realiza una pequeña valoración de la garantía constitucional en Cuba al amparo del texto de 2019 en su artículo 99 y de la Ley del Proceso de amparo para la defensa de los derechos constitucionales

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