LA EVOLUCIÓN DE LA LEGALIDAD EN CUBA. José L Escasena Guillaron. Editorial de Ciencias Sociales. Jurídica. La Habana, 1990. 432 págs.

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Por el Dr. en Ciencias Jurídicas Miguel A. D'Estefano Pisani

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La legalidad ofrece un marco siempre ancho y profundo, tan difícil de asir como de seguir y que este libro -así se presenta- "es más bien un análisis del desarrollo de la superestructura jurídica en nuestro país, a través de dos vertientes fundamentales del Derecho: las relaciones de trabajo y las normas constitucionales. En él prima la interpretación sobre cada etapa del desenvolvimiento histórico, analizada a grandes rasgos".

El trabajo pone un especial énfasis en "los conceptos que sobre la legalidad se han ido precisando por la Revolución desde La Historia me Absolverá."

La obra no establece -aunque procura seguir- una sistemática expositiva. Es así que observamos una primera parte que se contrae a la legalidad burguesa en la Cuba colonial; una segunda que recorre el proceso de algunas constituciones de la época; una tercera parte que se refiere a la legalidad y las Constituciones, tanto mambisas como aquéllas que alcanzan hasta la de 1940 con la denuncia que entraña La Historia me Absolverá; una cuarta parte en que ya estamos ante la Constitución de 1976 y el proceso de institucionalización del país y lo que pudiéramos considerar la quinta y última parte, comprendiendo planteamientos de los compañeros Fidel y Raúl y disposiciones básicas dictadas por nuestros órganos de poder. En realidad, pensamos que el autor, cuyo interés investigativo es evidente, no encontró una forma más atinada de, repetimos, seguir una sistemática expositiva mejor lograda. Y la bibliografía - que no es tan escasa- trasunta "los hilos" que faltan en el trabajo, donde la evolución de la superestructura jurídica en Cuba y el desarrollo del constitucionalismo a través de siglos los encontramos presente desde los días de la conquista de la isla en el primer caso y desde principios del siglo XIX en el segundo; llega un momento en que "ya no horadaba el suelo patrio el afilado sable del soldado español, pero el medio recogía la pólvora del fusil yanqui y las normas jurídicas que llegaban a la vida pública reflejaban la prepotencia del nuevo invasor"; es la época de las más de mil doscientas órdenes militares... de "esa profusa labor legislativa, sujeta a la voluntad y poder omnímodo y unipersonal del gobierno militar yanqui" lo que "sirvió para sentar las bases estructurales de un típico Estado burgués construido al estilo de la democracia representativa estadounidense"

A esta especie de introito le siguen las normas jurídicas relevantes en las relaciones administración-trabajadores a partir del triunfo de la Revolución cubana en que "las normas de Derecho comienzan a tomar un nuevo derrotero", con la formación "de una nueva conciencia jurídica social de las masas". Aparece la legalidad socialista. Y el autor analiza su trascendencia y antecedentes histéricosociales (las Constituciones mambisas y las de 1901 y 1928, "La Historia me Absolverá" y la denuncia de la legalidad burguesa, la preceptiva jurídico-formal de la Constitución de 1949); y se adentra en las realidades sociales reflejadas en las normas constitucionales de 1976, no por pasar por Page 139 alto el orden institucional y legal interinos a partir del primero de enero de 1959 y la influencia de las cinco leyes del programa del Moneada.

Se detiene el autor en el control fiscal que establece la Constitución de 1976 y observa los objetivos Jurídico-sociales de nuestra Constitución, como socialista que es; son objeto de consideración a posterlori los derechos, debe» res y garantías fundamentales reconocidos a los ciudadanos y las primeras elecciones verdaderamente libres en la historia de la nación cubana dado que "los fundamentos democráticos del proceso electoral están indisolublemente unidos a la base democrática del Estado socialista".

La obra se adentra en el proceso de institucionalización del país; "nuestra Constitución socialista -dice- elaborada sobre un gran cúmulo de experiencias revolucionarlas, de éxitos y de errores, durante los años transcurridos, recoge y desarrolla el medio para lograr la perfecta identificación entre el Gobierno y las masas a que se refería el Che". Y se suceden las leyes y normativas Jurídicas de estos años, que trae. Y nos recuerda las palabras del compañero Raúl Castro en el acto de proclamación de la Constitución: "La legalidad socialista exige que el cumplimiento de las leyes sea obligatorio sin excepción para todos los órganos del Estado, las organizaciones políticas y sociales, para todos los funcionarios y ciudadanos"; y estas palabras del compañero Fidel en el Informe al Segundo Congreso del Partido en 1980: "Se han Ido simplificando y perfeccionando las instituciones del gobierno central. Debemos trabajar por el perfeccionamiento de nuestra administración central con el objetivo de hacer cada vez más. eficiente, menos burocrática y más ágil la Administración del Estado en todos sus niveles. Debemos estudiar con más rigor técnico los mecanismos de organización y precisar aún más las funciones y las relaciones entre esas instituciones y los órganos locales del Poder Popular".

La última parte del Libro la dedica el autor a lo que llama disposiciones básicas dictadas por la Asamblea Nacional, el Consejo de Estado y el Consejo de Ministros de la República de Cuba durante los años 1981 a 1988 sostiene el compañero Escasena que "no es posible concluir esta obra sin traer a sus cuartillas, aunque sea en apretada síntesis, algunos de los actos normativos de mayor relevancia aprobados..." y tiene razón en hacerlo porque refleja la vocación de hacer, de normar, de la Revolución y los órganos de poder.

De las conclusiones que nos trae podemos resumir lo que constituyen premisas y colofón a la vez, y es que "la sustitución de la legalidad burguesa por otra superior y más acabada, la legalidad socialista es una realidad histórica Innegable, efecto y consecuencia de la Revolución... que la destrucción del Estado burgués y el nacimiento del Estado socialista... constituyen el hito a tenor del cual se comenzó la sustitución de las relaciones de producción capitalista por un nuevo sistema económico que debe funcionar en forma armónica y planificada... que la consolidación de la legalidad socialista se ha convertido en una condición histórico-necesaria a la construcción de la democracia de nuevo tipo: la democracia socialista", que "no se debe interpretar que la legalidad es sólo un método de dirección estatal, sino también valorarla como una guía creadora que influye intensamente en el fortalecimiento y transformación progresiva de la disciplina y el orden institucional, siempre que en ella estén presentes dos fases decisorias: la voluntad consciente de su estricta observancia y la voluntad consciente de su exigencia".

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