La garantía constitucional del debido proceso y las reglas de valoración de la prueba
Author | Yan Vera Toste |
Position | Doctor en Ciencias Jurídicas; Abogado litigante en materia penal de la ONBC |
Pages | 443-461 |
CUBALEX /
La garantía constitucional del debido proceso y las
reglas de valoración de la prueba
(Comentarios a la sentencia no. 258 de 22 de febrero de 2021
dictada por la Sala Penal del Tribunal Supremo Popular)*
DR. C. YAN VERA TOSTE**
Tema del Comentario
Subject of the Commentary
e criminal program of the constitution and constitutional criminal law. Scope of
the jurisdictional guarantee of due process and its direct link with principles involved in
the practice and evaluation of evidence in the Cuban criminal process. e invalidity of
unlawful evidence.
*
**yanvera76@gmail.com
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La garantía constitucional del debido proceso y las reglas de valoración de la prueba
/
Ponente
Extremos enjuiciados
Textos legales aplicados
Fallo
1. Introducción
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/
prima facie
2. Apuntes doctrinales necesarios
2.1 El papel rector de la Constitución en nuestro sistema jurídico
La Constitución es la norma
jurídica suprema del Estado. Todos están obligados a cumplirla
La garantía jurisdiccional de la Constitu-
ción
Carta sobre la tolerancia
Anuario Iberoamericano de justicia constitucional
Revista cubana de derecho
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/
De los delitos y de las penas
Carta sobre la tolerancia
De los delitos y de las penas
Vid, “
Instituto de investigaciones jurídicas, Seria doctrina jurídica
op. cit.,
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/
Programa penal de la constitución
Derecho penal constitucional
Cuadernos Doxa
Fundamentos y función del sistema penal: el programa penal de la constitución
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La garantía constitucional del debido proceso y las reglas de valoración de la prueba
/
2.2 El nuevo contexto interpretativo a partir de la promulgación de
la constitución cubana de 2019 y las garantías procesales penales.
El programa penal constitucional
tutela judicial efectivadebido proceso
tutela
judicial efectivadebido proceso
habeas corpus
habeas data
Idém
Vid, op. cit.,
UH on Line
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/
La implementación de las nuevas garantías procesales penales y su incidencia en la
interpretación en el proceso penal
Parolechiave
et al), Escritos sobre Derecho procesal constitucional
op. cit.,
Ídem,
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La garantía constitucional del debido proceso y las reglas de valoración de la prueba
/
a posteriori
2.4 El debido proceso como garantía consagrada en la constitución
Introducción al Derecho procesal penal
op. cit,
Ídem
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/
Bill of Rightright to
due proces of law
garantías generales
op. cit.,
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La garantía constitucional del debido proceso y las reglas de valoración de la prueba
/
garantías especicas
2.5 El debido proceso y la actividad probatoria
lege ferenda
infra
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/
prueba directamente ilícita
prueba indirectamente viciada
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/
infra
in dubio pro reo
sine qua nom
op. cit.,
op. cit.,
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/
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/
in bonam
partem
libre valoración de la prueba
op. cit.,
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/
indubio pro reo
Tesis en opción al grado científico de Doctor en Ciencias jurídicas
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La garantía constitucional del debido proceso y las reglas de valoración de la prueba
/
lege ferenda
3. Comentarios a la sentencia stricto sensu
y es que la Sala tomó como punto y soporte fundamental de su
convicción, las declaraciones que los coacusados ofrecieron durante la fase preparatoria …
y así quebrantó el Artículo 1 de la ley de trámites, pues no consta corroboradas las versiones
de estos inculpados con otros medios de prueba …
Ídem,
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/
sine qua non
el recurrente impugnó, en el acto del juicio oral, las actas de presentación para el reco-
nocimiento … no obstante, la Sala omitió todo pronunciamiento al respecto y les concedió
total valor a esos documentos, a pesar de que uno de los testigos, que después fue acusado,
manifestó que los inspectores tenían nasobuco colocado en el rostro, … sin embargo no se
vericó que tal diligencia se efectuara con la utilización de la mascarilla sanitaria por parte
de los intervinientes, tal como venían obligados. Y si eso no fuera suciente, antes de su
realización, se efectuó el 23 de abril, careo entre el acusado OBV y el recurrente, de manera
que ese previo contacto visual entre los involucrados determinaba la improcedencia del cues-
tionado acto de investigación cuyo resultado deviene viciado por haberse incumplido una
formalidad elemental de su práctica; de modo que en correspondencia a lo establecido en el
Artículo 94 inciso c) de la Constitución de la República, debió el tribunal del juicio estimar
nula el acta de presentación para el reconocimiento … y excluirla del material probatorio
supra
con soslayo de que tales documentos no
fueron propuestos por las partes, ni tampoco el tribunal hizo uso de la facultad ociosa que
le franquea la Instrucción 81tal como se constata en el AUTO de admisión de pruebas,
de forma que aquellas diligencias no pasaron de ser meros actos de investigación documen-
tarios … no llegaron a obtener el carácter procesal de prueba documental ni a formar parte
del material probatorio susceptible de apoyar la decisión judicial y en mérito a ello no podía
la Sala extraer ninguna conclusión de ellas
El reconocimiento del debido proceso penal en la Constitución de la República,
en sintonía con la denición del Estado cubano como un estado socialista de derecho, tal
como se declara en los artículos 1 y 95 de la Carta Magna, obliga a los jueces a ejercer un
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control sobre la adecuación constitucional de la actividad procesal, con el objetivo de sub-
sanar eventuales vulneraciones a las garantías que se reconocen a los ciudadanos que son
objeto de investigación y enjuiciamiento por la presunta comisión de un hecho delictivo …
el tribunal del juicio ha pasado por alto que los actos de investigación encaminados a lograr
los cometidos del Artículo 104 de la Ley de Procedimiento Penal … deben producirse en el
marco de “un proceso”, cuyo punto de inicio tiene lugar en el momento en que se formula
denuncia, luego, no existe margen para que las autoridades investigativas llevan a cabo
actuaciones pre-procesales orientadas a obtener fuentes de prueba sobre un hecho delictivo
cuya investigación formal no se ha iniciado.
Esta actuación policial, efectuada de modo previa a la constitución de la relación jurídi-
co-procesal penal, no se compadece con las exigencias garantísticas del debido proceso penal,
pues además de quebrantar la legalidad ordinaria, supuso un menoscabo par los derechos
fundamentales estrechamente relacionados entre sí: el derecho a la defensa y el derecho a no
incriminarse. El hecho de hacerles comparecer e interrogarles, como testigos, sobre un hecho
delictivo en el que se sospechaba que habían participado, es una practica espuria que provo-
ca el desvanecimiento de los citados derechos …
se desentendió la sala del verdadero alcance del careo, diligencia que solo tienen por
propósito orientar al investigador acerca de la veracidad probable de las versiones de los
acusados y demás intervinientes en el proceso, y cuyo resultado, puramente subjetivo, solo
amerita algún valor convencional cuando se practica ante los jueces, en correspondencia a lo
estipulado en el Artículo 340.1 de la Ley de Procedimiento Penal; de modo que el inadecua-
do proceder de la Sala, en lo que respecta a la valoración de los careos, también ha quebran-
tado el sentido del artículo 357 de la citada norma procesal, en relación con lo dispuesto en
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/
el Acuerdo 172 de 1985, y en los apartados quinto y decimoprimero de la Instrucción 247,
ambas disposiciones del antes mencionado Consejo de Gobierno
Al valorar
el testimonio del testigo … la Sala vulneró las reglas que imponen la sana crítica racional,
pues bien aunque éste expresó que no se detectaron dicultades o situaciones indebidas en el
consumo de los metros contadores involucrados en el suceso, fuera del porciento de error per-
misible; la Sala inere que ello no signica que no hubiera existido alguna ilegalidad en la
medida en que, para ello, no tenía que existir necesariamente un incremento sustancial del
consumo, inferencia totalmente subjetiva que no encuentra apoyo en otro medio de prueba
que justique tal convicción …
4. Conclusiones
vid, op. cit.,