INSTRUMENTOS JURÍDICOS INTERNACIONALES Ángel Fernández-Rubio Legra. Ed. Pueblo y Educación. Dos Tomos. 1991

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Doctor en Ciencias Miguel A. D'Estéfano Pisani

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Cuando en 1976 se publicó nuestra obra "Documentos del Derecho Internacional Público", en dos tomos, en la Introducción señalamos "la importancia de tener a mano documentos fundamentales y no siempre de fácil o inmediata localización" y añadíamos que "así como una obra de Derecho Internacional Público general no trae los principios, instituciones, organismos y relaciones que forman la base teórica y estructural de la disciplina... un volumen contentivo de documentos nos presenta las fuentes más directas del conocimiento que además, reflejan un sostenido propósito de desarrollo progresivo".

Estas palabras, tantos años después, son valederas para justificar la publicación de la obra que comentamos.

A los documentos que se disponían entonces se añaden otros aparecidos a posteriori, videncia del proceso de codificación de la disciplina. Fernández-Rubio agrupa tos documentos de diez partes: 1. Carta de las Naciones Unidas, Estatutos de la Corte Internacional de Justicia, Reglamento del Consejo de Seguridad y Principios de Derecho Internacional; 2. Derechos Humanos; 3. Relaciones Diplomáticas y Consulares; 4. Derecho de Tratados; 5. Derecho de Asilo; 6. Descolonización; 7. Nuevo Orden Económico Internacional; 8. Derecho del Mar; 9. Espacio Ultraterrestre; 10. Carta de la Organización de Estados Americanos (OEA) y el Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca (Tratado de Río). Nosotros lo habíamos recogido también en diez capítulos, si bien no coincidentes en parte con esta obra.

En esta obra cada documento incluido tiene su presentación y como se dice una breve reseña acerca de la organización, estructura y contenido del documento "lo cual es importante". En nuestros documentos cada capítulo viene precedido de una NOTA, cuyo propósito es seguir su secuencia histórica, para incluir referencias atinentes a más de tres mil resoluciones y acuerdos, los más de la Asamblea General de las Naciones Unidas, el Consejo de Seguridad y la Comisión Económica y Social de la ONU, que en mucho profundiza el conocimiento.

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El prologuista, Pelegrin Torras de la Luz señala que "un valor esencial de la obra es que no se limita a repetir simplemente el texto... sino que realiza un análisis objetivo de los artículos principales que los definan y explica la importancia relativa de cada uno, así como el momento en que surgen". Precisamente, cuando escribimos nuestra obra citada, teníamos en mente esta necesidad, porque todo estudioso no debe conocer "de oídas" o mera referencia un documento, sino tenerlo a mano, "verlo".

Sin embargo, esta reflexión irrefutable no se encuentra suficientemente recogida en muchas ramas de las ciencias sociales, para particularizar en estas. Fue tal cosa lo que nos movió a nosotros entonces, y ahora a Fernández-Rubio, a producir una obra que atendiera tal requerimiento.

La mejor respuesta que se puede dar a quienes se preguntan o cuestionan el desarrollo y la propia existencia del Derecho Internacional es la de traer tales instrumentos o documentos. Nosotros sostenemos en la INTRODUCCIÓN de nuestra obra que "de los 325 años que corren desde los acuerdos de Westfalia hasta hoy, este volumen recoge un total de 89 documentos; de estos un total de 66, es decir el 75% se ha producido a partir de 1945, período caracterizado, no sólo por el carácter cuantitativo sino que por el contenido universal, trascendente y multifacético de su utilidad: es obvio que hay todo un Derecho Internacional in status nascendi", y una parte de ese se ha convertido en realidad. Nos satisface que nuestra obra sirviera para que se retomara el camino entonces emprendido.

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