Monopolio e inequidad en el acceso de jóvenes a las universidades públicas del Perú

AuthorFelipe Rafael Valle Díaz
PositionUniversidad Nacional José María Arguedas Perú
Pages254-269
Estudios del Desarrollo Social: Cuba y América Latina
www.revflacso.uh.cu
Estudios del Desarrollo Social: Cuba y América Latina
RPNS 2346 ISSN 2308-0132
Vol. 9, No. 2, Mayo-Agosto, 2021
Monopolio e inequidad en el acceso de jóvenes a las universidades
públicas del Perú
Monopoly and Inequality in Young People´s Access to Public Universities
of Peru
Dr. Felipe Rafael Valle Díaz
Universidad Nacional José María Arguedas
Perú
0000-0003-0855-9688 Fecha de enviado: 18/02/2020
fvalle@unajma.edu.pe Fecha de aprobado: 25/09/2020
RESUMEN: El objetivo de este estudio fue argumentar por qué el monopolio exclusivo de vacantes y
producción de servicios en educación básica media, limita y condiciona el acceso y la inequidad de
oportunidades para los jóvenes postulantes a las universidades públicas del Perú, en el período 2014-2020.
La investigación tuvo un enfoque cualitativo, de tipo estudio de caso, con diseño narrativo. El monopolio de los
centros pre-universitarios en las universidades es ilegítimo; no una función y competencia de las casas
mayores de estudios, según lo tácito, expuesto en la Ley Universitaria 30220. Un Centro de Producción
genera ingresos directos que permiten su autofinanciamiento y desarrollan las funciones universitarias del
extensionismo y la innovación, a partir de los Institutos de investigación y/o Centros de Producción de
Productos y/o Servicios. El acceso a la universidad se realiza mediante examen de admisión, por prueba de
selección. Las vacantes que se oferta en cada proceso de admisión por semestre el total entre el 20 % fijo
se consignan al centro pre-universitario de la universidad, fuera del 10 %, para casos excepcionales por
política de equidad y resiliencia social. Esta decisión genera el desplazamiento de la competencia, por la
extrema oportunidad de ingreso que oferta el centro pre-universitario de la universidad; vulnera derechos; y
disimula la inequidad hacia los jóvenes postulantes que no se inscribieron para preparación. No se pudieron
obtener indicadores confiables frente a la competencia porque no existía un par equivalente; incluso, la
universidad subsidiaba al Centro Pre-Universitario.
PALABRAS CLAVE: monopolio; inequidad; acceso; centro pre universitario; ley universitaria.
ABSTRACT: The objective if the study was: to reflect, to argue why the exclusive monopoly of vacancies and
production of services in basic secondary education, limit and condition the access and inequity of
opportunities of for young applicants to public universities in Peru, 2014 to 2020. The research approach was
qualitative, case study type, narrative design. It was concluded: The monopoly of the Pre-University Centers in
the universities is illegitimate, it is not the function and competence of the major houses of studies, according to
the tacit, exposed in the University Law 30220, a Production Center, generates direct income that allows its
self-financing; they develop the university functions of extensionism and innovation, from the Research
Institutes and/or Centers for the Production of Products and/or Services. Access to the university is through an
admission exam, by selection test, the vacancies that are offered in each Admission process per semester, or
the total between the fixed 20% are consigned to the University Pre-University Center, out of the 10% for
exceptional cases due to equity and social resilience policy. This decision generates the displacement of the
competition, due to the extrema opportunity of admission offered by the University Pre-University Center. In
addition, it violates rights, conceals inequity, towards young applicants who did not register for preparation in
the University Pre-University Center, it does not allow to obtain reliable indicators against the competition
because there is no equivalent pair and even the University subsidizes the Center Pre University.
KEYWORDS: monopoly; inequity; access; pre university center; university law.
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Monopolio e inequidad en el acceso de jóvenes a las universidades públicas del Perú pp. 254-269
Felipe Rafael Valle Díaz
Estudios del Desarrollo Social: Cuba y América Latina
RPNS 2346 ISSN 2308-0132 Vol. 9, No. 2, Mayo-Agosto, 2021
La Ley universitaria 30200 (Perú, Ley
Universitaria 30220, 2014), aprobada el 14 de
julio de 2014, fue la reforma universitaria que
sustituyó más de treinta años después a la Ley
Universitaria 23733 (Perú, Ley Universitaria
30220, 2014) de finales de la década de los años
60 del siglo XX. Estas normas establecen los
fines, los objetivos, la injerencia y la atención
social, con respecto a su misión y visión
institucional. El nacimiento de la nueva Ley
universitaria 30220 (Mora, 2014) se basó en
problemas de viejas prácticas, disfunciones
organizacionales, situaciones de nepotismo,
justificaciones indebidas de nombramiento de
docentes, predominancia de una cultura de
autonomía absoluta ajena a los intereses y las
políticas públicas nacionales, entre otras
cuestiones; por ejemplo, las crecientes políticas
de masificación y universalización de los
egresados de secundaria hacia el nivel superior,
y las políticas de inclusión social en respuesta a
grupos minoritarios que sufrieron violencia
política y marginación social.
Hacia mediados de las décadas de los años
80 y 90 del siglo XX, la universidad pública sufrió
cambios ligados al acceso, la cobertura y la tasa
de graduación; presiones de la demanda laboral
desde los años 90 hasta la actualidad; y un
cambio de su sentido y función; aunque mantuvo
su posición de autonomía vertical. En la última
década del pasado siglo, los programas sociales
se impulsaron debido a la implementación del
modelo liberal, que sentó las bases para una
futura concepción de universidad, con sentido
más mercantil y empresarial. Para Mora (2014),
la universidad añora la cultura política antigua y
cuenta con un personal impregnado de viejas
prácticas, como ser solventados por el Estado.
Las instituciones públicas siempre deben tener
equilibrio de ingresos y costos, y los derechos de
propiedad de autor resultan exclusivos. Sin
embargo, para el invento o la patente se usaron
los recursos del Estado, el cual no recibe
retribución; el profesional que ingresa a laborar a
la universidad debe responder a compromisos
con los grupos internos de poder, mas no con la
institución.
Según Mora (2014), las crisis de toma de
locales, las denuncias de peculados, la
malversación de fondos, los encubrimientos de
actos indebidos y el tribunal de honor
condescendiente con favoritismo de grupo se
generaron en las décadas de los años 70, 80 y
90 del siglo XX y primera década del siglo XXI; a
lo que se sumó el contexto de resistencia al
cambio, que se mantenían las universidades.
Mora (2014) justificó que, en la mayoría de las
universidades de régimen público, la gestión y
los procesos eran decepcionantes: resultaba
imposible alcanzar un ranking internacional
europeo; mucho menos, Latinoamericano.
Las funciones inherentes a las universidades
públicas que debieron desarrollarse por
excelencia serían: investigación, extensión
universitaria, y producción intelectual de artículos
y libros (Mora, 2014).
No resulta extraño que también, desde
mediados de la primera década del siglo XXI
hasta la fecha, los programas de apoyo para
fortalecer la educación superior de jóvenes,
como acceder y mantenerse en la educación
superior, se han impulsado notablemente en
Perú.
El problema que se identifica está ligado a la
disposición de autonomía que le otorga la ley a
una universidad pública, donde se confunden la
función, los principios y el quehacer de la
universidad con la orientación de justificar y
aprobar que pertenecen al nivel secundario o
básico; además de generar una competencia
desleal, porque se consignan los cupos de

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