Notijurídicas

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Participo Cuba en reunión de la Onu sobre delito y justicia penal

Cuba participó en la primera reunión de la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal de las Naciones Unidas que se efectuó en el mes de abril en Viena, Austria.

Zenaida Osorio Vizcaíno, viceministra primera de Justicia y Presidenta de la Unión Nacional de Juristas de Cuba, representó a la delegación cubana al evento, que tendrá a su cargo la preparación del IX Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, cuyo cónclave anterior tuvo lugar en La Habana del 27 de agosto al 7 de septiembre de 1990.

Cuba, como integrante del grupo latinoamericano, fue elegida, conjuntamente con Solivia, Uruguay, Paraguay, Nicaragua, Perú, Costa Rica y República Dominicana para representar a los países de esta área regional en la comisión.

Esta comisión, que sustituye al anterior Comité de Prevención del Delito y Justicia Penal, tuvo en su agenda provisional de trabajo, entre otros aspectos, la ejecución de las conclusiones y recomendaciones de la reunión ministerial sobre creación de un programa efectivo de Naciones Unidas sobre esta materia.

Crearan comisión mixta Venezuela-Cuba en la lucha contra el narcotráfico

Un grupo de expertos venezolanos y cubanos de la lucha contra la droga, iniciaron conversaciones encaminadas a constituir la Comisión Mixta para combatir el narcotráfico entre ambos países.

El Dr. Carlos Amat Forés, Ministro de Justicia recibió a la delegación venezolana integrada por Enrique Rivas Gómez, ministro de Estado y presidente de la Comisión Nacional del Uso Indebido de la Droga (CONACUID), el senador Orlando Molina, los coroneles William Pérez y Claudio Tosta, las doctoras Beatriz Gerbasi y Elba Torres, comisario policial Carlos Ramírez, abogada Magaly Rodríguez, Enrique Segundo, Jesús Salazar y María Clemencia López, embajadora en Cuba de esa hermana república.

Durante el intercambio de experiencias, Enrique Rivas Gómez expresó que la lucha contra la droga está vinculada a la defensa social, sanitaria y militar en cada país, porque al enfrentarnos a los Page 148 narcotraficantes se contribuye a incrementar la hermandad de Latinoamérica.

Conferencias de profesores austríacos en la Universidad de La Habana

La Facultad de Derecho de la Universidad de La Habana y la Embajada de la República de Austria en Cuba, organizaron un programa de conferencias que fueron dictadas por los profesores, Dr. Walter H. Rechberger, Director del Instituto de Derecho Procesal Civil de la Universidad de Viena y el Dr. Herbert Hofmeister, del Instituto de Historia del Derecho Europeo y Austríaco de la Universidad de Austria.

Los temas tratados fueron: las características y peculiaridades del procedimiento civil austríaco en la década del 80; el descubrimiento del nuevo mundo como catalizador de un nuevo pensamiento jurídico en Europa; etapas del desarrollo del movimiento hacia un nuevo Derecho Natural desde los albores del siglo XVI a los albores del siglo XIX y los lazos de dinastías entre Austria y España y las consecuencias de las sobre nupcias de 1496/1497 en el desarrollo estatal y constitucional de Austria y Europa.

En la presentación de los temas y su debate participaron profesores y estudiantes de la Facultad de Derecho, la Sociedad Cubana de Derecho Civil y de Familia de la Unión Nacional de Juristas de Cuba, destacados juristas del Ministerio de Justicia y el Banco Nacional, entre otros, así como representantes del cuerpo diplomático acreditado en nuestro país.

Primer evento de seguro internacional

El Buró Ejecutivo Municipal de Habana Vieja de la UNJC, en coordinación con la Sociedad Cubana de Derecho Económico, Financiero y Mercantil, el BEP en Ciudad de La Habana y la delegación de la Empresa de Seguros Internacionales "ESICUBA", efectuó su primer evento sobre "Seguro Internacional" durante el mes de abril de 1992.

Las temáticas tratadas por los participantes estuvieron relacionadas con "El seguro marítimo", "El seguro de responsabilidad civil en el transporte aéreo", "Seguro de Crédito" y "Seguro al turismo", entre otras.

Evento científico sobre "modificaciones al procedimiento penal Cubano"

La Sociedad Cubana de Ciencias Penales de la Unión Nacional de Juristas de Cuba, tomando en cuenta la importancia y actualidad Page 149 que tienen las modificaciones que se proyectan hacer en el procedimiento penal, convocó a sus miembros y a los juristas interesados a un evento científico sobre el tema, que se celebró en la sede de la UNJC y en el que participaron más de cien fiscales, jueces y abogados.

Los temas que se analizaron y discutieron, tales como "Fundamentos de la reforma y objetivos que se persiguen"; "Los participantes en el proceso penal. Nuevos derechos y obligaciones", entre otros, fueron ampliamente debatidos por los asistentes.

Presidieron el evento el Dr. Ramón de la Cruz Ochoa, Fiscal General de la República y presidente de la Sociedad Cubana de Ciencias Penales; el Dr. José Raúl Amaro Salup, presidente del Tribunal Supremo Popular; el Dr. Félix Pérez Milián, funcionario del Comité Central y el Dr. Jorge Bodes Torres, secretario de la Sociedad.

Sobre Derecho Marítimo

El 27 de junio de 1992 se realizó en la sede de la Unión Nacional de Juristas de Cuba el II Evento de Derecho Marítimo, auspiciado por el Buró Ejecutivo Municipal de Habana Vieja, en coordinación con su delegación de Navegación Mambisa y el Buró Ejecutivo Provincial en Ciudad de La Habana, de la organización de los juristas cubanos.

En el mismo se presentaron y discutieron varias ponencias relacionadas con los siguientes temas:

- El buque como objeto del Derecho de Propiedad

- La Hipoteca Naval como crédito privilegiado

- El transporte marítimo internacional

- El Contrato de Fletamento

- El conocimiento de Embarque

- Averías y accidentes marítimos

- El embargo preventivo.

El evento contó con la participación de más de 80 juristas y especialistas en la materia.

Mujeres parlamentarias en el mundo

Un informe de la Unión Interparlamentaria de 1991 sostiene que ese año el total de mujeres parlamentarias era del 11 % en tanto, en 1988 lo sería del 14.62% del total de parlamentarios. En 1991 había 3 081 de un total de 28 019 parlamentarios en 131 países, distribuidas así: En Europa el 12.5%, en las Américas el 12%, en África Sudsahariana el 9 %, en el Pacífico el 5.6 % y en los países árabes el 3.7 %.

El porcentaje más alto es el de Finlandia con el 38.8 %, Suecia el 38.1 %, Guyana el 36.9 %, Noruega el 35.8 %, CUBA, el 33.9 % Page 150 y Dinamarca el 33 º/0. O sea, que Cuba figura en el pequeño grupo de seis países que tienen más de una tercera parte de mujeres parlamentarías, muy cercana a Finlandia, 4,6 % mayor.

Sociedad cubana de derecho civil y de familia

El 9 de mayo de 1992, se efectué el llamado Breve Simposio que realiza la Sociedad casi a mediados de año, debatiéndose temas importantes del Derecho Civil y de Familia en una sesión de trabajo: temas que por su relevancia pueden retomarse en el SIMPOSIO ANUAL de la Sociedad a celebrarse en el mes de noviembre.

En esta ocasión, con una buena concurrencia se debatió el tema "Trascendencia práctica del proceso de declaratoria de herederos", presentado por el Departamento de Derecho Civil y de Familia de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Habana, siendo los autores los recién egresados Vivían Mederos Gil y Aleika Rubio Castañeda y el profesor Leonardo Pérez Gallardo. Fungió como comentarista u oponente, la licenciada María Milagrosa Díaz Magrans, Fiscal Municipal de 10 de Octubre, en Ciudad de La Habana.

Seminario sobre el sistema jurídico cubano

Del 22 al 30 de mayo de 1992 se impartió en la Unión Nacional de Juristas de Cuba un Seminario sobre el "Sistema Jurídico Cubano" para un grupo de abogados pertenecientes al National Lawyers Guild (Gremio Nacional de Abogados) de los Estados Unidos.

Las conferencias teóricas se complementaron con visitas prácticas a Bufetes Colectivos, Fiscalía General de la República, al Tribunal Provincial Popular de Habana y la asistencia a un juicio, visita a un establecimiento penitenciario y otras actividades más.

Los abogados norteamericanos, a su vez, tuvieron una sesión de intercambio de experiencias con sus colegas cubanos, en el cual expusieron a debate sus consideraciones sobre el Proceso de Los Ángeles. Igualmente los visitantes recibieron información sobre las relaciones Cuba-Estados Unidos y el proceso de rectificación y el período especial.

El grupo pudo abordar exhaustivamente la experiencia cubana en Derecho Constitucional, Civil y Familia, Penal y Laboral, a través de las intervenciones de los especialistas cubanos.

Ciclo de conferencias sobre regulación de las empresas mixtas

Existe un gran interés en el seno de la familia de los juristas cubanos por obtener información sobre los aspectos de la regulación Page 151 jurídica en la constitución y funcionamiento de las empresas mixtas.

El Decreto-Ley No. 50 de 1982 que norma las actividades de las Asociaciones Económicas Internacionales y el Código de Comercio vigente hoy en Cuba desde 1888, sirvieron de base al debate del Ciclo de Conferencias sobre el tema que se efectuó en la Unión Nacional de Juristas de Cuba durante los meses de mayo, julio y septiembre de 1992.

Este ciclo de conferencias fue auspiciado por el Buró Ejecutivo Municipal de Plaza de la Revolución y el Buró Ejecutivo Provincial de la Unión en Ciudad de La Habana, donde más de 120 participantes analizaron la teoría, doctrina y práctica internacional en la creación de empresas mixtas, las relaciones que se suscitan a tenor de la constitución de la empresa mixta, como son las laborales, bancarias, de seguros, arancelarias, financieras y de arbitraje.

Cabe destacar la intervención del Dr. Rodolfo Dávalos Fernández, Director Jurídico del Instituto Nacional de la Vivienda y Miembro del Grupo Jurídico Central del C.E.C.M., sobre los aspectos teóricos y la legislación vigente para la creación de las empresas mixtas. Además, se expusieron temas sobre relaciones laborales, financieras, de precios, seguros, arbitraje, las etapas de la negociación y los aspectos comerciales y aduaneros, por especialistas del CEF, CECE, CETSS, CEP, MINCEX, ESICUBA y Cámara de Comercio.

Las conferencias se filmaron en video para ser presentadas en los órganos provinciales de la Unión de Juristas.

Taller interdisciplinario sobre el aborto

En la sede social de la Unión Nacional de Juristas de Cuba, tuvo lugar el día 30 de mayo de 1992, un taller interdisciplinario integrado por juristas, médicos obstetras, ginecólogos, genetistas y forenses, "sociólogos, psicólogos, demógrafos y otros especialistas de las Ciencias Médicas y Sociales, así como también representantes religiosos, con el propósito de debatir y reflexionar sobre la problemática nacional del aborto inducido.

El Taller que contó con numerosa concurrencia e invitados extranjeros fue auspiciado por el Departamento de Derecho Civil y de Familia de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Habana y la Sociedad Cubana de Derecho Civil y -de Familia de la Unión Nacional de Juristas de Cuba.

Se comenzó con el debate por especialidades de un video polémico sobre el tema, continuándose con la discusión da ponencias individuales de profesionales destacados.

Asistieron al Taller como ponentes los doctores en medicina, Celestino Álvarez Lajonchere, Luis Heredero y Miguel Sosa; los doctores en Derecho, Tirso Clemente Díaz, Renén Quirós Pírez y Fernando Cañizares Abeledo, las demógrafas Sonia Catasús y Luisa Álvarez y Page 152 la religiosa católica Olga Madan Rey. Expuso también un equipo de alumnas del cuarto año de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Habana, integrado por Elizabeth Saborit, Lourdes Vilariño e Himilde Jiménez. Sirvió como coordinadora y moderadora del Taller, la Dra. Olga Mesa Castillo, presidente p.s.r., de la Sociedad Cubana de Derecho Civil y de Familia y profesora de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Habana.

III Forum científico estudiantil

En la Universidad de La Habana del 18 al 20 de mayo de 1992 se celebró el III FORUM CIENTÍFICO ESTUDIANTIL. Recibieron premios y menciones con los trabajos presentados un grupo de alumnos de Derecho que se desempeñaron exitosamente dentro del nutrido y competitivo Forum de estudiantes universitarios que incluía trabajos de las distintas facultades correspondientes a las otras ramas de las Ciencias Sociales, Económicas, Naturales y Exactas. Con ello también debe reconocerse la labor desplegada por sus tutores.

Los trabajos premiados fueron los siguientes: PRIMER PREMIO: Las empresas mixtas en el sector turístico, de los alumnos Alcides Pérez Suárez, Yohania Vargas y Vianka Herró. Tutora: Lic. María Isabel Valdivia.

SEGUNDO PREMIO: La reproducción asistida. Propuesta de una legislación en Cuba, de los alumnos Patricia González Vilalta, Alejandro Pérez Rodríguez y Jesús N. Oceguera Hernández. Tutores: Lic. María Elena Cobas Cobiella y Dr. Julio González Hernández (endocrinólogo). SEGUNDO PREMIO: Las inversiones extranjeras en Cuba, de los alumnos Siumey Sánchez, Norma Tania Rivero y Cristina Martín. Tutores: Dr. José Fernández Cossío y Lic. Armando Castañedo Abay. DISTINCIÓN COMO TRABAJO DE MAYOR IMPACTO SOCIAL: Aplicación de la computación en la ejecución del proceso administrativo, del alumno Alejandro Castro Medina. Tutora: Edelia Casanueva Alpízar. MENCIÓN: Investigación en barrios insalubres de San Miguel del Padrón que incluye.- a) "Estudio de la labor de prevención y atención social de Instituciones y Organizaciones", de los alumnos: Idania Falcón, Roberto Carralero, Deborah Carranza, Gretel Delgado, Leidyana Lahera, Sinai Cruz, Gladys Santaña. Tutoras: Doctoras Rosa Ángulo López e Isabel Cristina Varona Fragüela y la Lic. Lissette Pérez Hernández, b) "Estudio de la familia", de los alumnos Nelly Santos Valdés, Peter del Valle y otros: Tutora: Dra. Olga Mesa Castillo.

MENCIÓN: La colación en la doctrina y en Derecho positivo, de los alumnos Víctor Antúnez Rojas y María Estela Suri Pereda. Tutores: Licenciados María Elena Cobas Cobiella y Leonardo Pérez Gallardo.

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Declaración final del i encuentro internacional sobre la protección jurídica del medio ambiente

Los participantes en el I Encuentro Internacional sobre la Protección jurídica del medio ambiente, celebrado en el Palacio de las Convenciones de La Habana, durante los días del 19 al 21 de noviembre de 1991, integrado por 154 expertos de 15 países de América, África, Oceanía y Europa, después del análisis y discusión de las bien documentadas ponencias y exposiciones en mesa redonda de diferentes temas relacionados con la problemática de la prevención del medio ambiente, conscientes de la vital importancia que para el desarrollo de la humanidad tiene la preservación del hábitat, en evitación de la destrucción del género humano, consideramos necesario resumir los asuntos más revelantes expuestos en este evento, como modesta contribución a la lucha por la existencia de una vida sana, en un mundo libre de contaminación.

El medio ambiente como objeto de la protección jurídica

En tanto el hombre utiliza los recursos de la naturaleza en sus relaciones de producción el derecho debe aparecer en su cometido regulador de las relaciones sociales, haciendo objeto de tutela jurídica al entorno y todos sus recursos.

Los Delegados a esta reunión coinciden con que la naturaleza y el medio son en sí bienes jurídicos y por tanto cada Estado debe tutelarlo en su sistema jurídico de manera eficaz. No se trata de usar la protección legal del ecosistema con fines únicamente políticos quedando la Ley como letra muerta; sino que el Derecho se vea respaldado por verdaderas políticas integrales de atención del poder público al ciudadano y uso racional de los recursos de la naturaleza. En este sentido se reclama que los gobiernos sean también susceptibles de ser demandados públicamente por su falta de atención al problema, así como por la no omisión de regulaciones legales de defensa ambiental que los organismos internacionales y la comunidad de naciones reclama de cada Estado; o porque sean responsables de contaminación personas jurídicas colectivas estatales o privadas, y que así de no atender a los requerimientos, pueden ser procesados por los Tribunales. Así mismo se debe instar en foros internacionales de las Naciones Unidas para que las empresas nacionales que invierten sus capitales en procesos industriales en terceros países, sean objeto de vigilancia doble, por el Estado de donde es originaria y por el Estado donde se radican sus industrias.

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Fue objeto de discusión además hasta qué punto el ordenamiento jurídico público existente en los países de los participantes cumple eficazmente en su función si, en cambio, la contaminación ambiental sigue constituyendo un fenómeno de tremendo impacto en el deterioro de la calidad de vida de nuestros pueblos. Esta realidad confirma la necesidad de que al control social formal se una el control social informal para lo cual se requieren procesos de divulgación, educación y otros mecanismos de influencia moral.

Hacemos también, un llamado a los científicos para que pongan toda su inteligencia en la búsqueda de alternativas a las fuentes contaminantes.

Como mecanismo regulador y cíe control el derecho público deberá dotarse de registros e inventarios del estado de los recursos naturales, registros de control de licencias de obras y explotación de recursos, registros de control de afectaciones y de recursos recaudados de la aplicación de sanciones para la restauración de lo dañado, registros de antecedentes individuales y de entidades colectivas involucradas en agresiones al ecosistema, así como debe crearse una policía especial para la vigilancia del cumplimiento de lo legislado en protección de la naturaleza, y si lo demanda el fenómeno también especializar a fiscales o procuradores públicos y también jueces o tribunales.

Siendo las acciones ecocidas generalmente descubiertas por el control estatal deberá promoverse en los países, asociaciones no gubernamentales y asociaciones de víctimas con facultades para instar la apertura de procesos civiles y penales.

El primer derecho que le asiste al hombre es el de vivir en un ambiente sano y en este orden de prioridad debe estar concebido en la Declaración Universal de Derecho del Hombre y en las Constituciones nacionales.

La Contaminación del medio ambiente como delito no convencional

Bajo la influencia de los resultados del VIII Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente celebrado en La Habana en 1990, donde se aprobaron numerosas resoluciones para el tratamiento legal a delitos no convencionales como lo es el delito ecológico, urge que los Estados legislen en materia de Derecho Penal para que se tipifiquen los distintos actos de ecocidio, así aún considerando la validez de la intervención mínima del ius puniendi se tiene el consenso de que la ley penal instituya el delito ambiental y sus sanciones que, evidentemente, no pueden ser las tradicionales.

Dados los efectos irreversibles que pueden provocar los delitos ecológicos deben ser considerados como delito de la lesa humanidad.

Por otra parte, en virtud de las características de la acción ecosiva y del objetivo que un derecho penal preventivo tienen en la motivación Page 155 o la evitación de la conducta prohibida, se discutió en la reunid n la conveniencia o no de concebir los tipos penales del ecosidio como delitos de peligro, sea concreto o abstracto, haciéndose defensa de una u otra concepción del peligro, pero de lo que sí se tiene consenso es de la necesidad de adelantar, en comparación con el delito de lesión, el momento de la punición al punto de la conducta provocadora del peligro. Incluso deberá enriquecerse la idea de que para la tipificación del delito ecológico como figura delictiva de peligro, media una presunción iuris tantum, correspondiéndole al procesado demostrar que no hubo posibilidad de peligro, es decir, que se invierta la carga de la prueba.

Si la conducta ecocida es significativa para el derecho penal ha de lograrse que la amenaza penal, la activación normativa sea realmente preventiva. En este sentido se debatió si realmente el derecho penal es disuasivo para una persona jurídica colectiva, teniéndose la idea de que no lo es y por tanto la coerción a las entidades colectivas debe reforzarse en busca de rigor en el ámbito administrativo; pero dando posibilidad a que en el proceso penal se dicten sanciones administrativas a las empresas como terceros responsables. Estas sanciones pueden ser: multas elevadas, suspensión de licencia de operación, clausura de empresas, sanciones tributarias, y de reasegurador de los daños; así como pueden ser objeto del decomiso de confiscación, de embargo condicional de bienes, de indemnización, etcétera.

En cuanto a las sanciones penales deben concebirse formas de sanción compleja sin que el legislador defina estrictamente penas principales y accesorias y límites del arbitrio judicial, sino que se dé marco amplio de decisión que influyan medidas tales como la inhabilitación, la publicidad de sentencias y procesos penales, labores correccionales capaces de crear motivaciones éticas cuando no existan éstas, encarcelamiento largo en caso de envergadura, pudiéndose valorar la condicionalidad de la pena, sujeta a una obligación de indemnizar, restaurar otro medido real.

La urgencia de dar tutela penal ha generado la vía de legislar en forma independiente de los códigos penales, lo cual es ya realidad en Venezuela, Ecuador, Perú, Brasil, Bolivia, aunque deberá analizarse la inclusión de estos tipos penales y de los principios generales no convencionales en el Código Penal, lo cual requiere de reformas profundas.

Aspecto de interés es definir, bajo el principio de insignificancia, en qué momento significativo la conducta pasa al ámbito de antijuridícidad, planteándose la idea de penalizar de acuerdo al sujeto, al denominado sujeto financiero o industrial en el que se manifiesta generalmente el dolo eventual; dejando para un tratamiento administrativo el sujeto ajeno a la intención antiecológica siempre que el daño no sea significativo,- ele manera que se defina claramente el espacio del derecho penal en la tutela de este bien jurídico colectivo,

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La cooperación internacional y la protección jurídica del medio ambiente

La contaminación ambiental y el daño ecológico en general traspasan con frecuencia las fronteras nacionales o agreden especialmente recursos naturales compartidos y sobre este problema las Naciones han venido estableciendo regulaciones bilaterales, multilaterales y muchas reglas constan en resoluciones de las Naciones Unidas y decisiones de los organismos internacionales especializados; pero a pesar de que tras la Declaración de Estocolmo de 1972 y la Carta Mundial de la Naturaleza de 1982 y el Programa Montevideo, que dejó sentado un mecanismo para el análisis y perfección de las legislaciones en materia ecológica, se advierte heterogeneidad en los sistemas reguladores de los Estados, lo que facilita el traslado de agentes contaminantes de una nación donde la regulación es rigurosa, a otra donde lo es menos o es omisa. Esta situación deberá ser objeto de análisis por el Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente y deberán hacerse propuestas coherentes a los Estados y promoverse la asistencia técnica donde se necesita realmente; además de que cada nación establezca la cooperación con otra; pero de lo que se trata es de que todo lo regulado se haga efectivo y todo lo nuevo que falta por hacer no tenga que pasar por mecanismos dilatorios.

Existe un gran interés de que las Naciones Unidas y otros organismos internacionales asistan a todos los países en el establecimiento de un amplio programa de reformas legales, con la finalidad de eliminar las diferencias sustantivas y adjetivas en el ordenamiento jurídico de las naciones, particularmente para la protección de áreas de interés mutuo, incluyendo la contaminación de los mares y atmósfera, desaparición de la diversidad biológica y vertidos industriales tóxicos. Resultaría de utilidad la elaboración de un Código Ecológico tipo que sirva de base a las legislaciones nacionales, recogiendo los principios legales de la protección del ambiente.

Aspecto de importancia como el establecimiento de un sistema de enjuiciamiento a nivel internacional el cual vaya dotando de un adecuado elenco de sanciones deberá ser considerado en las más próximas reuniones regionales y mundiales, teniendo en cuenta el carácter pluriofensivo y extranacional del ecocidio en sus distintas manifestaciones; pudiéndose tomar como punto de referencia el sistema desarrollado por la Comunidad Económica Europea, el Consejo de Europa y su peculiar y efectivo sistema de tribunales, así como otros de naturaleza supranacional

Por demás, siendo los países más desarrollados los productores de tecnología y de proyectos industriales capaces de contaminar y lesionar el ecosistema en países en desarrollo, es obligación de los primeros compensar a los segundos en sus labores de restauración del medio. Hay que tener en cuenta que existe una creciente interdependencia Page 157 internacional, con respecto no se lo a las condiciones económicas, sino también a las condiciones ecológicas.

Dada la proximidad de la reunión de la Comunidad de Naciones sobre la protección del ecosistema, la cual se celebrará en Brasil en 1992, esta declaración deberá someterse a la consideración de esa magna reunión.

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