La Curatela como institución protectora a las personas con discapacidad. Análisis conceptual y de derecho comparado

AuthorM.Sc. Grisel Galiano Maritan/Claudia Lorena Morffi Collado/Ulises Gabriel Martínez Sherbina
Pages729-746
729 PONENCIAS
La Curatela como institución protectora
a las personas con discapacidad.
Análisis conceptual y de derecho comparado
M.SC. GRISEL GALIANO MARITAN
CLAUDIA LORENA MORFFI COLLADO
ULISES GABRIEL MARTÍNEZ SHERBINA
Cuba
Sumario
Resumen
1. Breves consideraciones introductorias
2. Evolución histórica sobre la Curatela
2.1 La Curatela. Análisis de su contenido
2.2 Sobre la naturaleza jurídica de la Curatela
2.3 Regulación actual de la curatela en algunos países latinoamericanos
Conclusiones
Bibliografía
Palabras claves
Curatela, Protección, Capacidad y Discapacidad
Resumen
El presente artículo titulado “La curatela como institución protectora a las per-
sonas con discapacidad. Análisis conceptual y de derecho comparado” aborda un
tema novedoso para el Derecho de Familia y sobre todo para aquellas personas que
padecen alguna discapacidad, no en el sentido rígido y esquemático que se le ha
reservado en algunos momentos de involución del Derecho, sino en un sentido
amplio, exible y sobre todo, a tono con la nueva realidad que el Derecho impone.
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La Curatela como institución protectora... / M.Sc. Grisel Galiano y otros(as)
La curatela ampara situaciones pasajeras, accidentales, más o menos temporales
y circunstanciales, destinada a actos singulares para los que se requiere un comple-
mento de capacidad a quienes la poseen pero con carácter limitado o insuciente,
que tiene como principal función la de integrar, completar la capacidad de quienes
aun siendo capaces, necesitan ser vigilados, controlados, aconsejados o asistidos para
concluir determinados actos jurídicos patrimoniales, respetando la esfera de actua-
ción del sometido a curatela.
Esta gura no ha sido tratada en nuestro Derecho Familiar, pero la propuesta de
su inclusión está contenida en el Proyecto de Modicación del Código de Familia
para dar respuesta concreta a determinados casos donde no es necesario suplir la ca-
pacidad del curatelado sino complementarla transitoriamente y para los actos legales
que se requiera por ley como vía de protección y guarda a los discapacitados, pero a
la vez idóneas para garantizar la tuición que en la actualidad se reclama.
1. Breves consideraciones introductorias
No es posible desdeñar el legado del Derecho Romano, no solo como la piedra
angular de nuestro sistema jurídico actual y de la educación jurídica de quienes nos
introducimos en los laberintos del Derecho; sino como el ejemplo más genuino
del devenir y desarrollo del mismo en el marco de la sociedad, modicándose y
evolucionando según sus dictados. No es el Derecho, por naturaleza, absoluto e
inmutable; se modica y transforma como toda obra humana y Roma nos dejó la
mejor muestra de ello. En lo que a la curatela respecta, brindó una pormenorizada
regulación a cuantos supuestos estimó oportuno amparar con tan especial instituto,
que no es del caso relatar en este contexto.
2. Evolución histórica sobre la Curatela
La herencia histórica, legislativa y doctrinal acumulada sobre el tratamiento de la
curatela, desapareció de un plumazo durante los trabajos preparatorios del Código
Civil español promulgado en el año 1889. La unidad de guarda legal con abando-
no de la dualidad tutela-curatela, signicó el fracaso de la institución tutelar y el
rompimiento de la más elevada tradición histórica. Con el establecimiento de una
edad central para la capacidad con la consiguiente supresión de edades intermedias
en que se reconocía cierta autonomía a los menores de edad y con la eliminación
de la posibilidad de graduación de determinadas enfermedades o incapacidades, se
unicaron todas las instituciones supletorias de la capacidad civil, refundiéndose en

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