La Propiedad en Cuba. Una visión desde la Constitución

AuthorJosefina A. Mendez Lopez y Danelia Cutie Mustelier
Pages343-360
XXIV.
LA
PROPIEDAD
EN
CUBA.
UNA VISION DESDE
LA
CONSTITUCION
1.
INTRODUCCION
Josefina A. Mendez
LOpez*
Danelia Cutie Musrelier
**
El
24 de febrero de 1976, fue proclamada publicamente la Consritucion Socialista
de Cuba, que
elias
antes habia sido aprobada mediante
un
democratico referendum
popular. 1 Aparece asf en
1a
historia patria una Constitucion de nuevo tipo,
su
pro-
mu1gaci6n dejaba atras
1a
Ley
Fundamental de 1959 con todas sus enmiendas y trans-
formaciones y diecisiere afios de
1arga
provisionalidad
del
gobierno y
las
formas esta-
tales.
Su aprobaci6n significo para Cuba,
la
institucionalizaci6n
del
orden socia1ista
que ya existia, la consagraci6n jurfdica de
10
que de hecho se habfa logrado, pero ade-
mas
era tambien
1a
1egitimidad de un programa, de un futuro y de un suefio politico
y social a decir del profesor Julio Fernandez
Bultg,
marco
un
hito importante en la
historia politica contemporanea de
Cuba
y en su proceso institucionalizador.
Constituye
1a
obra jurfdica fundamental de
1a
Revo1uci6n
que
seiial6
1a
cu1minacion
de todo
el
proceso libertario cubano.
Asf
1a
Constituci6n de 1976 fue
el
resultado de
1a
acumulaci6n de
los
cambios que
se
habfan
produ
cido en
eI
pais durante
1a
provisionalidad, cambios que bacia falta
declarar e institucionalizar para legitimarlos
en
su dimension constitucional.
* Doctora
en
Ciencias Jwidicas. Profesora de Derecho Consti
ruci
onal de
la
Faculrad de Derecho
de
Ia
Universidad de Oriente, Sant
iago
de
Cu
ba.
**
Docrora
en
Ciencias Jurldicas. Profesora de Derecho
Co
nstitucional de
la
Facultad
de
Derecho
de
la Universidad de Oriente, Santiago de Cuba.
I
La
Constirucion Cubana
de
1976, fue fruto de un proceso constituyente s
ui
generis, pero demo-
cratico, donde el
97%
del electorado dijo
51
aI
texto presentado.
Es
cierto
que
no hubo Asamblea
Consriruyente (El Anteproyecto fue elaborado por una Comision Mixta conformada por
el
gobierno,
ejercido por
el
Consejo de Ministros que era
el
6rgano con funciones legislativas-ejecutivas y el Buro
politico del Partido Comunista de Cuba), pero
s{
hubo discusi6n popular del proyecto, aporte directo
de
las
masas populares de
10
que serla
eI
contenido
del
teno
fundamental, que concluyo con
un
refe-
n:ndum popular
de
resultados e10cuemes
Es
decir
se
cre6 un clima consciruyeme que propici6 un amplio
debate nacional a efectos de que las personas
se
sintieran identificadas con
el
texto.
2 Fernandez Bulte, J.: "Cien atlos sin soledadn en
PaiOdi
co Granma del 5 de enero
del
2001,
p.
3.
343
Conscituyo
la
primera Constituci6n Socialista del hemisferio americano
que
ade-
mas de constituir nexo de continuidad de
las
tradiciones historicas
del
pueblo cuba-
no, plasmo, sus miximas aspiraciones y anhelos; mas
que
una Constitucion proyec-
cista de
10
por
hacer,
es
una Constitucion consagradora
de
10
hecho.3
La
Constirucion Cubana nacio sin dudas con
el
sello de la historia constitucional
cubana, pero tambien con
mucho
del constitucionalismo socialista en su normativa,
aunque
es
justo destacar que
una
de
las
marcas distintivas del proyecto
cubano
de
sociedad contenido en su
Carta
Magna, estaba dado
por
la imposibilidad
de
situarlo
en los esquemas del socialismo
de
Europa del Este,
tanto
en su aspecto
interno
como
en su proyeccion internacional.
No
obstante es apreciable
la
fuerte dosis
de
influen-
cia de los principios recrores del sistema socialista, fundamentalmente en
10
que se
renere a la organizacion politica y economica de
la
sociedad y el Estado,
que
condu-
jo en ocasiones
aI
copismo de instituciones del modelo estatal socialista, especial-
mente del sovietico.
Siguiendo esta tendencia, La Constirucion Econ6mica4,
es
decir
el
conjunto de pre-
ceptos constitucionales relativos a
la
ordenaci6n de
las
relaciones econ6micas ,
en
que
se
desenvuelve la sociedad cubana, a diferencia de
las
Constiruciones modernas
de
los
pai-
ses
occidentales, que acogen
la
formula de Estado Social de Derecho y han enmarcado
eI
desenvolvimiento de una economia basada en
la
libertad economica,
la
iniciativa pri-
vada, y la libre competencia con
la
participacion
del
Estado como agente promotor y
regulador
de
la
actividad economica, instituye un regimen opuesto, estructurado sobre
la
base de
una
economia dirigida , planificada y rectorada por
el
Estado como principal
agente de direcci6n y control, e inspirado en los valores
de
justicia social, igualdad, soli-
daridad humana, bienestar individual y colectivo, que persigue como ftnalldad, asegurar
eI
desarrollo humano integral y una existencia digna de la colectividad. En
tal
sentido
se
reconocen como principios sustentadores
del
sistema econ6mico:
3 Fernandez Bulre, J.: "
EI
enfoque
consrirucional cubano de los Derechos
Humanos
y su prorec-
cion", Revista dt:llfDH, Edirada
por
Talleres de
Mundo
Grifico, San Jose Cosra Rica,
1997
, pp. 129.
4
EI
Consriruci6n Econ6mica
se
acufia por
la
doctrina jurIdica alemana
de
la
Constiruci6n
de
Weimar, despues de la Primera
Guerra
Mundial y d rriunfo de
la
Revolucion Rusa
de
1917,
como
un
insrrumemo
de defensa de
La
propiedad privada freme al peligro de
la
socializaci6n
de
la
misma y el
predominio
de
la propiedad estaral sobre los medios de producci6n , escableciendo un nueleo indispo-
nible para la Consriruci6n Po)frica , la propiedad privada que
no
puede
ser sustiruida
por
orro
diferen-
ce
como
consecuencia de
la
acci6n
de
los poderes publicos ,
aunque
permire
la
posible imervencion del
£Srado sobre la EconomIa , m ediante formuLas
como
la
subordinaci6n de
las
riquezas
al
imeres general,
la
funci6n social de la propiedad, etc. Para
mas
detalle consu!tese, Perez Royo, ].:
Curso
tit
Derecho
COTlStitltcional,
novena edici6n, Marcial Pons, Madrid, 2003,
pp
.
233
Y
ss.,
quien considera que esre rer-
mino
ha
dejado
de
ser polemico
ame
la
desaparici6n
de
la
URSS y
es
soLo
un
rermino descriprivo rela-
rivo a las
normas
que proporcionan
el
marco jurfdico para
la
esrrucrura y funcionamienro
de
La
acrivi-
dad econ6mica. Sin embargo
no
compartimo
s esre crirerio, y pensamos que
el
rema de la Consriruci6n
Econ6mica
no
puede verse bajo
un
prisma pacifico , hoy asisrimos a un
mundo
poLarizado, donde
se
abren paso las medidas neoliberales
de
la
economfa,
La
privatizaci6n, que conducen a la crisis del Esrado
Social y
por
OfrO
lado los nuevos desafios del Socialismo del
SigLo
XX]
que parece renacer en algunos
paises
de
Larinoamtrica, con
marcada
impronra imegracionista y repercusi6n para
la
economia
impone
una mirada diferenre a esre
particular,
m:ixime si
La
ordenaci6n de la poresrad econ6mica es
uno
de los
derechos esenciales de la soberanfa esta[a1 en la actual idad.
344

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