Trata de personas. La Comunidad internacional, el consentimiento de la víctima y su regulación en Cuba

AuthorArnel Medina Cuenca
ProfessionDoctor en Ciencias Jurídicas por la Universidad de La Habana, Máster en Derecho público por la Universidad de Valencia, profesor titular de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Habana
Pages64-82
64
Trata de personas. La Comunidad
internacional, el consentimiento
de la víctima y su regulación en Cuba
Las infracciones de los derechos humanos son a la vez causa y consecuencia
de la trata de personas. Por lo tanto, es indispensable que la protección de todos
los derechos humanos ocupe un lugar central en las medidas que se adopten
para prevenir esa trata y ponerle término.
Las medidas para combatir la trata de personas no deben redundar en desme-
dro de sus derechos humanos y su dignidad y, en particular, de los derechos
de quienes han sido víctimas de ella, los migrantes, las personas desplazadas
internamente, los refugiados y quienes soliciten asilo. (Principios Recomendados
sobrelosDerechosHumanosylaTratadePersonasOcinadelAlto
Comisionado de las UN sobre Derechos Humanos).
AMC
Sumario
1. Introducción
2. El rol de la Comunidad internacional en el enfrentamiento a la trata
de personas
3. El problema no resuelto sobre consentimiento de las víctimas de la
trata
4. Análisis de la legislación penal cubana sobre trata de personas
5. A modo de conclusiones y recomendaciones
1.Introducción
Escribir en un muy merecido Libro Homenaje a la Magistrada María
Caridad Bertot Yero, constituye para mí un honor y un reto. El tema se-
leccionado, sobre la trata de personas, me consta que lo ha trabajado y
analizado con carácter crítico, a partir de su introducción en el Código
Penal cubano en el año 1999, con más desaciertos que virtudes, como
Doctor en Ciencias Jurídicas por la Universidad de La Habana, Máster en Derecho
público por la Universidad de Valencia, profesor titular de la Facultad de Derecho
de la Universidad de La Habana. Vicepresidente de la Sociedad cubana de Cien-
cias Penales. Correo electrónico: arnelmedinacuenca@yahoo.es, Registro ORCID:
hpsorcidorg
65
AMC
se analizará supra. En varias ocasiones y especialmente en la etapa de
elaboración del nuevo Código Penal cubano intercambiamos criterios al
respectoy aunqueno todasnuestras propuestasaparecen reejadasen
el texto recién aprobado, como generalmente ocurre, cuando de elaborar
nuevas leyes se trata, nos queda la satisfacción de que hoy contamos con
una norma muy superior y ajustada a los convenios internacionales de
los que Cuba es Estado parte. Agradezco la invitación del Dr. C. Dayán
López Rojas, a formar parte del colectivo de autores, que presenta está
obra a la consideración de la comunidad jurídica nacional e internacional.
Si existe alguna forma de atropello total a la dignidad humana, en
que se representan todas las formas de violencia, es la de convertir a un
individuo en un objeto, en una mercancía, sometiéndole a la voluntad
y arbitrio de su “dueño”. Por ello es tan acertado que se hable con in-
sistencia de que el delito de trata de personas es en verdad la fórmula
moderna de esclavitud de seres humanos1.
En la Edad Media, debido a que las poblaciones marginales no podían
defendersesushabitanteseranvendidoscomoesclavosalostracantes
que los conducían a regiones donde se encontraban los compradores.
Esta perspectiva comercial de una sociedad esclavista propia de la época
no resulta muy diferente de las prácticas actuales, aunque los métodos
sean distintos, de ahí la denominación de esclavitud moderna.
La trata de personas es un fenómeno muy antiguo que sólo desde
las últimas dos décadas ha venido saliendo a la luz pública. Durante
la época colonial mujeres y niñas, en su mayoría pobres o indígenas,
eran separadas de sus hogares y vendidas como mano de obra, como
esclavas o como objetos sexuales. Esta situación se agudizó después de
cada guerra mundial, siendo también víctimas las mujeres europeas,
que huyendo del hambre y de los horrores de la guerra, fueron presa
fácildelostracantesdeahíquelatratacomoproblemasocialcomenzó
areconocerseanes delsigloXIXeiniciosdelXXatravésdelo quese
denominó trata de blancas, concepto que se utilizaba para hacer referen-
cia a la movilidad y comercio de “mujeres blancas”, europeas y america-
nas, para servir como prostitutas o concubinas generalmente en países
árabes, africanos o asiáticos, mediante secuestros, engaños y coacciones
con el objeto de explotarlas sexualmente2.
1 Chiriboga Zambrano, Galo, “Trata de personas. Forma moderna de esclavitud.
Entrelos hechosylos conceptosPerlCriminológico N juliode p
1. Disponible en: hpsrepositorioacsoandeseduecbitstream
BFLACSO-PC16.pdf, consultado el 22/5/2022.
2 Requena Espada, Laura, Andrea, Giménez-Salinas, Framis y Manuel, De Juan Es-
pinosa, “Estudiar la Trata de Personas, Problemas metodológicos y propuestas

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT