Pragmatismo y kantismo en el pensamiento iuspublicista del primer tercio de la República

AuthorYadira V. García Rodríguez
ProfessionDoctora en Ciencias Filosóficas. Decana de la Facultad de Derecho de la Universidad Central 'Marta Abreu' de Las Villas
Pages326-345
326
Pragmatismo y kantismo en el pensamiento
iuspublicista del primer tercio de la República
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Preliminares
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nales para ponerlas en armonía con las necesidades de las sociedades
modernas, se venía manifestando desde el último tercio del siglo .
Ya en 1873, Rolin-Jaequemyns, llama la atención sobre la necesidad,
la posibilidad y la oportunidad de dar cuerpo y vida al lado de la ac-
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que se materializa en la creación del Instituto Europeo de Derecho
Internacional, compuesto por publicistas de todo el mundo.
En los inicios del siglo  en los Estados Unidos la tendencia a
potenciar el conocimiento y la acción en materia de Derecho Inter-
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cación en la política imperialista norteamericana como es el caso de
Teodoro Roossvelt y Woodrow Wilson y tuvo como resultado en el
plano institucional la Fundación de la Sociedad Norteamericana de
Derecho Internacional en 1906, la aparición de la Revista Americana de
Derecho Internacional en 1907, el nacimiento de la Academia de Derecho
Internacional de El Haya en 1913 y la aparición del Instituto Americano
de Derecho Internacional1 como corolario de los esfuerzos de James
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de Derecho Internacional.
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Universidad Central “Marta Abreu” de Las Villas.
1 En el presente trabajo se usa de forma indistinta y abreviada la sigla IADI
y el término Instituto para referirnos al Instituto Americano de Derecho
Internacional.
Yadira V. García Rodríguez
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El inicio de la Primera Guerra Mundial planteaba a los Estados
Unidos el imperativo de fortalecer sus posiciones en América Latina,
no solo en el campo concreto de las relaciones diplomáticas, necesi-
taba más que todo fomentar una “conciencia americana” entre los
Estados del Nuevo Mundo y para ello contaba con la unión de los
esfuerzos de los estudiosos del Derecho Internacional.
En Cuba las primeras décadas republicanas transcurren en una
franca contradicción entre la sociedad cubana y los intereses nor-
teamericanos. Por una parte se necesitaba de un desarrollo econó-
mico que podía venir del apoyo de Estados Unidos, pero por otra se
reconocía el peligro de una penetración política que diera al traste
con el fortalecimiento de la nacionalidad cubana.
En este contexto la creación de la Sociedad Cubana de Derecho
Internacional2 no constituye un hecho aislado sino por el contrario es
el resultado de este movimiento de amplio espectro que en materia
de Derecho Internacional se vigoriza desde inicios del siglo  y que
se fortalece con la progresiva americanización de las relaciones in-
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tradicciones que se manifestaron en el pensamiento jurídico que se
desarrolla en los marcos de esta institución, resulta su vínculo directo
con el IADI.
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la acción, se evidenció en las propuestas de este Instituto. Sus funda-
dores se proponían hacer obra práctica, abandonando las ideas utó-
picas, alimentadas en el iusnaturalismo, que habían fundamentado
el nacimiento del Derecho Internacional: “es necesario considerar las
relaciones del Derecho Internacional no desde el punto de vista me-
tafísico, sino positivo, es decir, inspirándose en las conveniencias de
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2 La Sociedad Cubana de Derecho Internacional fue creada el 10 de noviem-
bre de 1915, pero realizó su primera sesión en 1917 con el objetivo expreso
de hacer coincidir su inauguración con las sesiones del Instituto Ameri-
cano de Derecho Internacional en la Habana. En 1930 ante la situación
política del país la SCDI entró en receso hasta 1942, en que reanuda sus
sesiones, permaneciendo como presidente de la misma Antonio Sánchez
de Bustamante y Sirvén, pero sin la presencia de uno de sus más activos
polemistas Enrique Roig de Leuchsenring, quien funda la Sociedad de Es-
tudios Históricos e Internacionales

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