El procedimiento de revisión en la ley de procedimiento penal cubana

AuthorJosé CANDIA FERREYRA
ProfessionUniversidad de La Habana, Licenciado en Derecho, Master en Derecho Público, Universidad de Valencia
Pages167-174
La revisión penal
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que conoció en la instancia, 19 causales, un procedimiento perfilado en sus
características generales y la facultad del tribunal para adecuar la sanción en el marco
del tipo básico, cuando el realmente aplicable según la calificación agravada, resultare
excesivo, además de estar facultado para incorporar prueba y para resolver sobre
cualquier cuestión o sancionado aparte de lo que se hubiere planteado por la autoridad
promovente o los demás participantes en el proceso.
EL PROCEDIMIENTO DE REVISIÓN EN LA LEY DE PROCEDIMIENTO
PENAL CUBANA
Como se ha mencionado antes, la Ley de Procedimiento Penal vigente, dedica al
procedimiento de revisión el Título VII de su Libro Sexto, De los Procedimientos
Especiales, utilizando en su regulación 12 artículos, algunos de los cuales contienen
preceptos con extensos párrafos o una considerable cantidad de incisos, de modo que,
aunque son pocos artículos, la normativa es bastante detallada.
Para el estudio de nuestra legislación, hemos seguido el método de analizar las normas
según los distintos elementos que integran el proceso, desde el punto de vista teórico, es
decir, comenzando por el concepto y la naturaleza jurídica de la institución en nuestro
medio, su objeto, los sujetos, requisitos, procedimientos y efectos, abordando al final los
presupuestos de la revisión, esto es, el estudio de las causales que establece la ley para
proceder, dada la extensión que ese estudio particular requiere.
No obstante, en algunos casos nos detendremos de modo particular en algunos
preceptos, por sus características muy peculiares, a los efectos de profundizar en su
análisis, dentro del tema al que corresponda.
1.- Concepto y Naturaleza Jurídica de la revisión
De acuerdo con lo establecido en el artículo 455 y considerando las características
generales de la revisión en nuestra Ley de Procedimiento Penal vigente, cabe definirla
como el procedimiento especial de carácter excepcional, que puede ser empleado en las
condiciones que establece la ley, para obtener un nuevo examen del proceso en que se
dictó una sentencia u otra resolución que haya alcanzado firmeza, reputada injusta,62
sobre la base de presupuestos de admisibilidad específicamente establecidos en la
propia ley, para obtener su anulación y hacer prevalecer la justicia material.
La excepcionalidad que le atribuimos a este procedimiento especial está dada
principalmente por tres características esenciales: en primer lugar, es el único medio que
62 De acuerdo con la primera de las causales actualmente previstas en nuestro modelo de revisión,
es posible anular sentencias por vicios esenciales en la aplicación del procedimiento sin que, en
opinión de algunos operadores de las normas penales, sea exigible en esos casos que haya
existido trascendencia al fallo y con independencia de que, en el fondo, haya sido o no justo,
opinión que no compartimos totalmente y que analizamos más adelante, al estudiar los
presupuestos del procedimiento de revisión en la legislación cubana.

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