La calificación del negocio contractual atípico

AuthorTeresa Delgado Vergara
ProfessionProfesora Titular de Derecho Civil, Universidad de La Habana, Cuba
Pages262-276
262
La calicación del negocio contractual atípico1
TERESA DELGADO VERGARA*
Sumario
1. ¿Qué es calicar un contrato?
2. ¿Quién calica?
3. ¿Es previa, coetánea o subsiguiente a la interpretación?
4. Calicación y nomen iuris del instrumento notarial
5. ¿Es la calicación una acción similar a la clasicación?
6. ¿Qué particularidades se denotan en el caso de los contratos
atípicos?
7. Colofón
1.
Con el propósito de dar respuestas a interrogantes e intentando una
metodología socrática se construirán las siguientes reexiones:
“Calicar signica dar un nombre, pero sobre todo, determinar qué acto
jurídico desean llevar a cabo las partes”.2
En esta denición está implícita la idea de que quien calica es un terce-
ro y no las partes, cuando en realidad la primera acción calicadora la
realizan los propios contratantes. Esta acción es meramente orientativa
para una posible actividad hermenéutica ex post, pues el principio de
irrelevancia del nomen iuris o de primacía de la realidad nos enseña que
los contratos son lo que son y no lo que las partes quieren que sean, si
* Profesora Titular de Derecho Civil, Universidad de La Habana, Cuba.
1 Conferencia dictada en la XIX Jornada Internacional de Derecho de contratos, La
Habana 2020.
2 PÉREZ FERNÁNDEZ DEL CASTILLO, Bernardo, Derecho Notarial, 6ª. ed., Porrúa,
México, 1995, p. 240.

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