Intercambios en la red, ¿contrato de permuta?

AuthorCaridad Del Carmen Va Ldés Díaz
ProfessionProfesora Titular de Derecho Civil, Universidad de La Habana, Cuba
Pages227-250
227
Intercambios en la red, ¿contrato de permuta?
DRA. CARIDAD DEL CARMEN VALDÉS DÍAZ*
Sumario
1. Consideraciones preliminares. Los contratos perfeccionados vía
electrónica
2. La permuta en internet
3. Los llamados “bancos de tiempo”
4. Permuta y obligaciones de hacer
4.1. Intercambio de créditos
4.2. Intercambio de facultades de uso
4.3. Intercambio de servicios o cosas por diferentes prestaciones y
contratos atípicos
4.4. Las reglas de la permuta para resolver problemas relativos a la
cosa que se intercambia
4.5. Las reglas de los contratos de servicios como pautas para
resolver problemas relativos a las prestaciones de hacer
5. Algunas ideas a manera de conclusiones
6. Bibliografía
1. Consideraciones preliminares. Los contratos
perfeccionados vía electrónica
El desarrollo de la humanidad ha estado condicionado en todas las
épocas por los avances tecnológicos, algunos trascendentales, pro-
vocadores de verdaderas transformaciones, otros de menor escala,
* Profesora Titular de Derecho Civil, Universidad de La Habana, Cuba.
INTERCAMBIOS EN LA RED, ¿CONTRATO DE PERMUTA?
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pero también con incidencia en el modo de ser, hacer y estar de las
personas en la sociedad que les toca vivir. Desde el invento de la rueda
hasta la tecnología más reciente y avanzada, pasando por el descu-
brimiento del papel, la imprenta, la máquina de vapor, entre otros, han
transcurrido muchos siglos y se han producido muchas revoluciones1.
Así, el siglo XX estuvo signado por el impulso acelerado de las tecnolo-
gías de la información y de las comunicaciones, con notable inuencia
en los diferentes sectores de la sociedad, donde cambiaron los hábi-
tos y costumbres de las personas2.
El fenómeno de la globalización a través de vehículos informáticos cada
vez más sosticados recibe diversas denominaciones3, apuntadas des-
de las más variadas perspectivas, entre las más difundidas: “tercera
revolución industrial”, “revolución de la inteligencia”, “revolución indus-
trial y cientíco-tecnológica” o, más recientemente, “revolución postin-
dustrial” o “sociedad del conocimiento”4. El paso denitivo se completó
con el alumbramiento de un nuevo sistema de comunicación: Internet5.
1 Vid. LOREDO ÁLVAREZ, A., “Contratos informáticos y telemáticos y su regulación
en la Ley Mexicana en el entorno del comercio electrónico”, en Archivo del Ob-
servatorio para la CiberSociedad, 2005. En http://www.cibersociedad.net/archivo/
articulo.php?art=216, Consultado el 16 de febrero del 2013.
2 CASTELLS, M. O., La era de la información, economía, sociedad y cultura, Alianza,
México, 2001, p. 14.
3 Cfr. DEL PESO NAVARRO, E., Servicios de la sociedad de la información: Comercio
electrónico y protección de datos, Ilustrada, Díaz de Santos, Madrid, 2003, p. 35;
Vid. asimismo PÉREZ, W. y MARTÍN H., “La sociedad de la información en América
Latina y el Caribe: desarrollo de las tecnologías y tecnologías para el desarrollo”,
United Nations Publications, Volumen 98, Libros de la CEPAL, 2009, p. 24.
4 La noción de sociedad del conocimiento (knowledge society) surgió a nales de los
años 90 y es empleada particularmente en medios académicos como alternativa de
la llamada sociedad de la información. El término ha sido adoptado por la UNESCO,
que también utiliza la variante “sociedad del saber”, dentro de sus políticas insti-
tucionales, considerando que es una denominación que incluye dimensiones de
transformación social, cultural, económica, política e institucional, así como una
perspectiva más pluralista y desarrolladora. En http://ww.portal.unesco.org/ci/en/
ev.p..., consultado el 17 de diciembre del 2013.
5 Tiene su origen sobre la década de los sesenta en la red informática ARPANET que
comenzó a desarrollarse en los EE.UU. como proyecto del DARPA (Defense Advan-
ced Research Projects Agency). A inicios de los setenta se crearon las primeras apli-
caciones. La red continuó extendiéndose por todo el país, conectó a universidades,
instituciones de investigación y educación, organizaciones gubernamentales o no
gubernamentales y redes privadas y comerciales; en 1980 se extiende internacio-

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