La codelincuencia en el Código Penal cubano. Desde el pasado, con visión de futuro
Author | Yan Vera Toste |
Profession | Doctor en Ciencias Jurídicas, Abogado de la Organización Nacional de Bufetes Colectivos, ONBC |
Pages | 138-158 |
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La codelincuencia en el Código Penal cubano.
Desde el pasado, con visión de futuro
DYVT
Sumario
Introducción
Laconcepciónteóricaenquesesustentalacodelincuenciaenel
CódigoPenalPrincipaleslimitaciones
Laconcepcióntradicionaldentrodelateoríaobjetivoformal
AnálisisdelaregulacióndelacodelincuenciaenelCódigoPenal
cubano
Generales
Particulares
Criteriosdedistinciónentrelacooperaciónnecesariaylano
necesaria
Tomadepostura
Conclusiones
1. Introducción
Enlos díasqueeste librosaldráa laluzestaremos cumpliendo
añosde lapromulgaciónde nuestro CódigoPenal Ensuvigencia ha
recibidoparciamentevariasmodicacionesperosiguemanteniendoel
espíritude aquellos primerosdíasen que violaluz y enqueaún no
pensábamosestudiarDerecho
Conlacooperacióncasiíntegradeunodelosmásconspicuospena-
listasdela revoluciónelDrRenénQPquiena suveztenía
inuenciasde otrogranacadémico comolo fue elDr UlisesB
VelCódigoPenalcubanoLeyhavenidosorteandolosava-
taresdel tiempo ydeuna Cubacadavez máscambiantetanto en sus
realidadessocialescomojurídicas
Doctoren CienciasJurídicasAbogadodela OrganizaciónNacional de Bufetes
ColectivosONBC yanvera@lha.onbc.cu
139
DYVT
SupredecesorlaLeydehabíaconstituidoelprimerCódigo
Penalde unasociedadque cambiabalasesencias que inspiraronel ya
casiobsoletoCódigodeDefensaSocialApocosañosdesuvigenciase
imponíayaconunmayorbagajecientíficoybajolainspiración delos
paísessocialistas promulgarunnuevo Códigoque seatemperaraa la
realidadquevivíamosenlosloscubanos
EstamodicaciónfuesignicativaparainstitucionestantodelaParte
GeneralcomoEspecialdelcódigopenalEsteprocesoabarcótambiéna
laregulacióndela codelincuenciaLadogmáticapenalhadenominado
comoconcursode personas en un mismo delitoconcursus plurium ad
idem delictumcodelincuenciacoparticipaciónosimplementeparticipa-
ciónalfenómenodela intervencióndevariossujetosen larealización
detipos penales queencuentran su formulaciónjurídicasobre la base
deunsolosujeto1DelestudiodeestefenómenoseencargalaTeoría de la
autoría y la participación
Tantoenla Ley comoen lalacodelincuenciase regulóen el
artículoLaprimera inspiradoa suvez enel Códigopenal español
deequiparabaaautoresaungrupodepartícipesloquecomenzó
acomplejizaryoscurecerladeterminaciónde la responsabilidad
penalenmateriade autoría y participación en fenómenos tales como
la participación en los delitos especialesAsuvezincorporófrutode
lainuenciade los códigos penales socialistas especialmente el de la
URSSlaguradelorganizadorLaleymantuvocasiexactadichare-
gulaciónaunqueintrodujounasutilmodicaciónconconsecuencias
trascendentalessustituyóeltérmino deson autoresenvirtuddelcual
seencasillabanvariasformasdeintervenciónaccesoriasporeldese
consideran autores
Elanálisisdogmáticodelaregulación delacodelincuencia enelac-
tualCódigoPenaldecaraafundamentarsu futuroperfeccionamiento
constituyeelobjetivoesencial delas líneasque sedesarrollaránacon-
tinuaciónenunamateriaquedesde lalectura dela obradel profesor
QPcautivóaquienlasescribe
A contrario sensu encontramosungrupodetipospenalesaunquesonlosmenos
enqueresultanecesarialaconcurrenciadevariossujetosparaquesecorporique
eltipo penalsonlosllamadosdelitos plurisujetivos colectivoso departicipa-
ción necesariaVid,VTYanAutoría y ParticipaciónSerieCienciasPenales
yCriminológicasedUNIJURISLaHabanappyss
LCPD
2. La concepción teórica en que se sustenta la
codelincuencia en el Código Penal. Principales
limitaciones
ComobienenunaocasiónexpusieraelqueridoprofesorQuirósLa
cuestióndelgradodelaresponsabilidadpenalcontraídaporlosdiferen-
tesintervinienteshasido objetode diversotratamiento teóricoy legis-
lativo2 Justamenteladeterminación decuando estamos anteun
autorreal estricto uontológicoy cuandoanteun partícipe constituye
unode los dos problemas generales que ha presentado y presenta la
Teoría de la autoría y la participación
Tres constituyen los conceptos fundamentales mantenidos por la
doctrinapenal para explicar la relación y diferencia de las categorías
enunciadasenocasionesteorizandoen base a los propios conceptos
enotras siguiendo las pautasmarcadaspor las legislaciones3 aveces
sustentadosdelege lataotrasdelege ferendaEstostresconceptospueden
sintetizarseendospuntosdevistaalosqueabarcanconelconceptode
autoratodoslosparticipantesenelhechoteoríasnegativasyblosque
establecendistincionesentrelossujetossegúnseaelgradodeinterven-
cióndeéstosenelhechoteoríaspositivasElprimeroeseldenominado
Concepto Unitario de autoryalsegundopertenecenelConcepto Exten-
sivoyRestrictivo de autor.
QreconocequelaregulacióndelacodelincuenciaenelCódigo
penalcubanoestábasadaenelConceptorestrictivodeautorydentrode
estaconcepciónseaferraalaTeoría objetivo formalensuvariantetradi-
cionalEsteconceptopartedelapremisadequenobastaquelosintervi-
nientesenunhechohayanaportadocontribuidoasurealizacióncausa-
ciónnoesigualarealizacióndelhechoLaparticipaciónesunacausade
extensióndelapenayparadiferenciarautorypartícipesedebe partir
decriteriosobjetivosrestrictivoquieredecirLostiposdelaParte
Especialcomprendensóloalaautoríalaregulacióndelaparticipación
enlaParteGeneralrepresentaunaextensióndelaresponsabilidad
QPRenénManual de Derecho PenaltIIIFélixVarelaLaHabana
p
Vid,DGCMiguelLa autoría en Derecho PenaledPPUBarce-
lonap
Paraampliarsobrecadaunodeestosconceptosvid,VTop. cit.,ppyss
QPRenénop. cit.,p
JGünterDerecho Penal, Parte General, Fundamentos y teoría de la imputación
trCuelloContrerasySerranoGonzálezde MurilloMarcialPonsMadrid
p
DYVT
Elconcepto restrictivo de autorrevisteunavitalimportanciayaqueal
descansarsobre ladescripción delaacción enlos tipospenalesse co-
nectaconelpuntodevistaqueelpropiolegisladorhadadoaconocer
estoes comprenderbajo elconceptode autoríala conductacontenida
enlostipos delictivosconcretosyhacedepender lasformasdepartici-
pacióndelhechodelolosautoresprincipio de accesoriedadcoadyuvaa
lainterpretaciónrestrictivadelostipospenalesfortaleciendodelprin-
cipio de legalidadycerteza jurídicaydeestaformasecorrespondeconlas
exigenciasdeunEstadodeDerechoyconlosprincipiosyfundamentos
delDerechopenalmoderno
Paradenirlos criteriosobjetivosquepermitandiferenciar lascate-
goríasdeautorypartícipeentrelosdistintossujetosqueintervienenen
unhechodelictivosehanseguidodoscaminosfundamentalesLa teoría
objetivo formal ylas teorías objetivo materiales
Lateoría objetivo formal consideraautor almargendesusvariantes
aquel que ejecuta por sí mismo, total o parcialmente, las acciones des-
critas en los tipos de la Parte Especialtodoslosdemássonpartícipes
Basándoseen esta premisamuchosautores han consideradoerrónea-
mentequeestateoríasebasaenaspectosestrictamenteobjetivos.
Lasguras delictivaso tipos penalesestán conformados porvarios
elementosentre los que se encuentran los subjetivos por lo que será
autoraquelcuyaconductasesubsumaeneltipopenalcorrespondiente
quetendráquesatisfacertodaslasexigenciasjurídicopenalesdeltipo8
Estateoríapresentadoscorrienteslaconcepción tradicionaly la moderna
2.1. La concepción tradicional dentro de la teoría objetivo
formal
Paraestaconcepciónautor es aquel que realiza todos o parte de los actos
ejecutivos y los partícipes realizarán una acción preparatoria o accesoria a la
acción ejecutiva del autorEstees elcriterio predominanteen ladoctrina
cubanayalaqueseacogeelCódigopenalcubano9
Lostipos penalesensuestructuraestán integradospor diversoselementos que
nosonsóloobjetivos EncontramospejlossubjetivosynormativosVid,V
TYanEstructura delos tipospenales enColectivodeAutoresApuntes
introductorios a la Asignatura de Derecho penal Parte especialedAridesEstévez
pp
QPÍREZRenénop. cit.,p
Vid, Ídem,ppssRSGuadalupeDerecho Penal, Parte GeneraltIa
edPuebloyEducación LaHabanapp ssBV Ulises
Derecho Penal GeneraltII edENPES SantiagodeCuba pp y sstam-
LCPD
Elproblemadeestateoríaesalahoradedenirquéentenderporac-
ción o actos ejecutivosalcarecerdelímitesprecisosLasdosnociones
predominantessonLasqueidentican elactoejecutivoconaquelque
constituyelareferenciainmediataalostérminostípicosyotralasaccio-
nesejecutivaspertenecennosóloalosactosinmediatamenteconsigna-
dosalaguradelictivasinoaotrosactospreviosconlosqueaquellos
formanuna unidadindisolublepejunaacciónquevistaaisladamen-
tepuedaconstituirtentativadeldelitorespectivo
Lospostuladosdeestaconcepciónhansidoampliamentecriticados
Dentrodelosprincipalesseñalamientosencontramos
a) laautoría mediata en el supuestodelque utiliza uninstrumentoel
sujetodedetrásnorealizaenpartenitotallaguradelictivadescrita
enlaParteEspecial Los partidarios de la concepción moderna de la
teoría objetivo formalpartendequenodebeconfundirserealización del
tipoconejecución físicaporquela realización puede ejecutarse por
intermediodeotro11
b) enlos delitosderesultado sinmedios típicamentedeterminadosp
ejelHomicidio noseofreceningúncriterioquepermitadistinguir
entremeracausaciónyautoríaporloqueconduciríaalamismaam-
plituddelConcepto extensivo de autor12.
c) lacoautoríacuandoalgunos delosintervinientesprincipalesnorea-
lizaningúnactotípicoensentidoestrictonoesconsideradocoautor
Estotraecomoresultadounconceptodemasiadoestrictodelacoau-
toríaqueimpideunajustayadecuadarespuestapolíticopenalQué
pasaríacuando todosrealizan variasaccionesquedanal trastecon
undelitoyqueporsísolasnoconstituyenunactotípicoParasolu-
cionarseestaproblemáticaenelplanoprácticoserecurrióa lateoría
del acuerdo previoconelobjetivodeampliarelcriteriovalorativores-
tringidoresultantedelateoría objetivo formal
biénporun sectorde ladoctrina delaantigua URSScfr GP IyB V
ZDerecho Penal SoviéticoedJurídicaMoscúppyss
CfrGOEnriqueAutor y cómplice en Derecho PenaledUniversidad
deMadrid pp y ssB EnriqueNotas sobreel fundamen-
todela coautoríaen DerechoPenalen Poder Judicial,Noseptiembre
ppyssQPRenénop. cit.,p
11VidQPírezRenénop. cit.,pPCAnaIsabelLa responsabili-
dad de los administradores de sociedades: Criterios de atribuciónedCedecsBarcelona
ppyss
12Sobre el Concepto extensivo de autor vid V T Yan, Autoría op. cit.,
pp
DYVT
Ensumala teoría objetivoformal resulta ilimitada en los delitos
meramenteresultativosyexcesivamentelimitadaencambioenlosde-
litosdemediosdeterminados13
3. Análisis de la regulación de la codelincuencia en
el Código Penal cubano
Lasdecienciasantesacotadastrasciendenalaregulacióndelaco-
delincuenciaenelCódigopenalcubanoParaunamejor comprensión
iremosexponiendode manera puntual primero de manera general y
despuésespecícaportipodeautoríayparticipaciónlasqueconside-
remosfundamentales
3.1. Generales
A) Elprimerproblemageneralquegenerala regulaciónde lacode-
lincuenciaen elCódigo penalcubano esloreferentealanodistinción
entrelosautoresen sentidoestricto doctrinalu ontológicoy lospartí-
cipesSibienlaLeymodicóelenunciadocerrado delaley el
actualsiguesuscitandovivaspolémicas en plano hermenéutico La
leycomenzabaexponiendoeltérminodeson autoresmientrasque
ellegisladordel lomodicó poreldese consideran autoresEsta
modicaciónresultaimportanteaunquenolograarmonizarlaspostu-
rasinterpretativas
Comoya expusimosdesdeel punto devistade la CienciaPenal y
enespecíco de la teoría de la autoría y la participaciónsemanejan dos
categoríasesencialesquesonlasdeautorypartícipeÉstasnosiempre
coincidencon los conceptos legales plasmadosenlas diversas legisla-
cionescomoocurreenelcasodelalegislaciónpenalsustantivacubana
estareadelateoríaydelaprácticajudicialdeterminarquiénesson
realmenteautoresentrelosmencionadosenloscincoincisosdelartícu-
lodelCódigoPenal
Conla utilizacióndel términose consideran autoresaunque nolo
sucientementeclaroellegisladorestádandoaentenderqueno todas
lasformasdeintervenciónreguladasenelapartadodelartículoson
tiposdeautoríayqueexistentiposdeparticipaciónoautoreslegales
13MPSantiagoDerecho Penal, Parte GeneralaedReppetorBarcelona
p
QRenénop. cit.,p
LCPD
dentrode ese propio apartadoelinductorcooperador necesario y el
organizador
Laarmación anteriornoestá sustentadaúnicamenteen elsentido
gramaticaldeltérminose consideran autoresargumentopoco sólido y
cientícosinotambiényespecialmenteenelprincipio de accesoriedad yen
todalaherenciaacumuladaporladoctrinapenalenlotocantealadife-
renciaciónentrelascategoríasdeautorypartícipe; asícomoenlavalo-
racióndeldesarrollohistóricodelaregulacióndelacodelincuenciaylas
inuenciasteóricasenlaqueéstasehainspiradoLoantesexpuestono
quitaquelaregulacióndelacodelincuenciaenelCódigoPenalcubano
noeslamásfelizyquelamismacontravieneprincipiosquehoyconsti-
tuyenpilaresenelDerechoPenalmodernocomoeldeindividualización
culpabilidadyproporcionalidadalatentarcontraunjuicioadecuadode
culpabilidadenlo que respecta a los partícipes inductorcooperador
necesarioyorganizador
Delege ferenda consideramos que sería más adecuado realizar una
correctadeterminaciónen laleypenal sustantivacubanade losreales
tiposdeautoría ylosdeparticipaciónauncuandoalhacer unanálisis
valorativoquepartadelpresupuestodequedeterminadostiposdepar-
ticipaciónpresentenlamismagravedadquelostiposdeautoríacomoes
elcasodelinductorcooperadornecesarioyelorganizadorsecastiguen
conlamismapenaLadistinciónquerealizaelCódigoPenalespañoles
acertadayaquerecogedeformaexpresacuálessonlosverdaderostipos
deautoríayquienesseránconsideradosautoresalosefectosdelapena
autoreslegales
B) OtroaspectogeneralaseñalarenelCódigo Penaleslorelativoa
laregulación delprincipio de comunicabilidad de las circunstancias
regulaciónquetambiénpermitedeterminarelaspectointernoocualita-
tivodelaaccesoriedadEstosdoselementosencuentransumaterializa-
ciónenelartículo
ÉsteartículoseencuentraenlaseccióncuartadelCapítuloIVLa ade-
cuación de la sanciónMuchosehadiscutidoacercadelaorientación
teóricadeestainstituciónlacualdeterminaloscasosyrequisitospara
quelasposiblescircunstanciasmodicativasdelaresponsabilidadcon-
currentesenunhechodelictivoseapliquenalossujetosintervinientes
porloque setratadeunadisposición sobrelaimputaciónPorlo tanto
coincidiendocon BP elmarcometodológico adecuado
paraelanálisisdeestainstituciónserálateoría jurídica del delitoydentro
deellalateoría de la participación olateoría general de las circunstanciasen
dependenciadeloquesequieraresaltarUnanálisisdelege ferendanos
llevaríaaubicarelartículonoenelCapítuloIVsinoenelIILa par-
ticipaciónno espropiamenteunareglaparalaaplicaciónde las
DYVT
penascomo pretendeel Códigosino unaregla paraladeterminación
delosresponsablesdelascircunstancias
Loantes expuesto encontrócabidaen elCódigode Defensa Social
Elprincipio decomunicabilidad de las circunstanciasse regulabadentrode
losartículosreferentesalaparticipacióndelictivaartículoNo se co-
municaráalos coreos las circunstancias modicativas de laresponsabilidad
del agente
Unprimerelementoadilucidaresloconcernienteacuálesseríanlos
sujetosdelareglasobrecomunicabilidaddelascircunstanciasylosdes-
tinatariosnalesdesuregulación
Elartículo utiliza el término persona en quien concurran En
quien concurranesaquelsujetooaquellossujetosquehanvericadoen
supersona las característicastípicasde laolas circunstancias Enlo
tocanteaquiénessedirigelaaplicación de la regla prevista en el ar
tículoesdecirsiessóloalosautoresdelhechotípicootambiénalos
partícipesellegislador utilizaeltérmino personanoestableciendodis-
tincióndetipoalgunoycomobienrezaunviejoaforismolatinosobrela
interpretacióndelasnormasjurídicasUbi lex non distinguit, non debemus
distinguerePor lo tantoelcitado artículo sedirigetanto a losautores
comoalospartícipes
Elotroaspectomáscomplejoeslorelativoalaconcreciónyrespeto
delprincipio de culpabilidad enla citadaregulaciónDelalectura alartí-
culosedesprendeque existencircunstancias personalesyporende
nopersonalesdenominadasporQcomofácticasMC
partiendode lodifícil queresultaclasicarlas atendiendoa lagradua-
cióndelaculpabilidado delinjustoensubjetivasuobjetivassigueun
criteriosimilaraldeQaldenominarlaspersonalesymateriales
Vid,BPMiguelALa comunicabilidad de las circunstancias y la par-
ticipación delictivaedCIVITASSAMadridpEsaeslaorientaciónde
lamayoríadelaslegislacionesasípejelparágrafodelCódigopenalalemán
Besondere persönliche Merkmalesesitúaenelartículorelativoalaautoríaylapar-
ticipaciónenel artículo delCódigopenalsuizoPersönliche Verhähnisejunto
alasnormasde participaciónenelartículo delCódigopenalItalianoValu-
tazionedelle circustanze aggravanti oaenuantien el capítulo sobreconcursode
personaseneldelitoenelartículo delCódigo penalbrasileñocircunstâncias
incomunicáveisdentrodelTítulodeconcursosobrepersonasenelartículodel
CódigopenalargentinoapareceenelTítulosobreparticipacióncriminal
Ídemp
QUIRÓSPÍREZRenén, op. cit.,pp
18MCFrancisco yMercedesGA Derecho Penal, Parte General
aedtirantloblanchValenciap
LCPD
Estaclasicación seextiendetambién alascircunstancias eximentes
delaresponsabilidadpenalconclusiónaquesearriba delapropia lec-
turadel artículo Las circunstancias estrictamente personales, eximentes
(...), sólo se aprecian respecto a la persona en quien concurran19.Las persona-
lesesdecirlasquetienenqueveroradicanenelsujetomismocausas
deinculpabilidado deinimputabilidadnosontrasmisibles alrestode
losintervinientesen loscualesnoconcurranquienes síresponderíansi
ayudasenverbigraciaaunenajenadomentalElenfermonorespondería
peroelpartícipeenvirtuddelordenamientopenalsustantivocubanosí
Partiendodelaclasicaciónyaexpuestadelascircunstanciasenper-
sonalesomaterialeselprincipiocitadorezaquesóloafectaránlascir-
cunstanciaspersonalesaaquellossujetosautoresypartícipesenquienes
concurranlas materiales, en cambio, afectan a todos si son conocidas.
EstasconclusionesaquearribaMPlascualessoncompartida
porlamayoríadeladoctrinaespañolayquesedesprendendelalectura
delartículodelCódigopenalespañol21nopuedeninferirsedelartí-
culodelCódigopenalcubanosinodelosprincipiosyfundamentos
queinformannuestroDerechoParaarribaralaideaantesplanteadase
debepartirdelaaplicaciónconsecuentedelprincipio de culpabilidadpo-
niéndosecomolímitedelaexigibilidaddelascircunstanciasmateriales
lateoría del dolo eventual dolus eventualissegúnladenicióndeldolo
eventualenlalegislaciónpenalsustantivacubana elpartícipe respon-
deráporelhechosiserepresentaopreviólacircunstanciamaterialyno
obstanteaellointervinoaportóalhechoprincipal
Laposibilidaddenoapreciarlelascircunstanciasmaterialesalosin-
tervinientescuando alguno de éstos nolaconociesentambién se en-
contrabaprevista en elCódigode Defensa Socialartículo Cuando
el agente no conociera, al tiempo de la ejecución del delito, la existencia de cir-
cunstanciasdehechoquesegúnlaleyinuyanensucalicaciónoagravenla
responsabilidad, dichas circunstancias no le serán imputables
Esteprincipioenuniónaldeunidad del título de imputaciónyeldeac-
cesoriedadesutilizadoporladoctrinaparaestablecerdiferentessolucio-
19Ídemp
VidMPSantiagoop. cit.,p
21Artículo 65. (Ley orgánica No. 10 de 1995)
Las circunstancias agravantes o atenuantes que consistan en la disposición moral del
delincuente, en sus relaciones particulares con el ofendido o en otra causa personal, ser-
virán para agravar o atenuar la responsabilidad sólo de aquellos en quienes concurran.
Las que consistan en la ejecución material del hecho o en los medios empleados para rea-
lizarla, servirán únicamente para agravar o atenuar la responsabilidad de los que hayan
tenido conocimiento de ellas en el momento de la acción o de su cooperación para el delito.
DYVT
nesverbigraciaconrespectoalaintervencióndeextrañosenlosdelitos
especialesEl artículocomo preceptoque acogelacomunicabilidad
delascircunstanciasyelcriteriocualitativodeaccesoriedadreproduce
asurespectivaescalala estructuradel sistema restrictivo de autorqueel
CódigoPenalcubanorecoge
Delege ferendaseríamásgarantistamodicarlaregulacióndelcitado
principioendosórdenesincluirlocomolohacíaelCódigodeDefensa
Socialen el título dondeseregula lo concerniente alacodelincuencia
ypreveropositivizar elprincipio deculpabilidaden suregulación en
otroapartadoporejemploLas circunstancias que consistan en la ejecución
material del hecho o en los medios empleados para su realización, se apreciarán
únicamente en aquellos que hayan tenido conocimiento de ellas en el momento
de la ejecución del delito o de su cooperación en éste
3.2. Particulares
A) Unadelascríticasmásimportantesdelaconcepción tradicional
delateoría objetivo material lo constituye laCoautoríaEnun hecho
delictivopuedeninterveniruno22ovariossujetosCuandosonvarioslos
participanteséstos podrán interveniren diferentes gradosytipos así
podemosencontrarnos la posible participacióndevarios autores varios
autores y varios partícipesoun autor yvarios partícipesEnlossupuestosen
queintervienen varios autoresnosencontramosen loque laTeoría de la
autoría y la participación denominacoautoría
Lacoautoría esuntipo deautoríaquenopodráservaloradaaligual
quelaautoría estricta oinmediataenlamedidaquenoesposibleapreciar
individualmentecadaconductayaquees el conjunto de las aportacio-
nes de los diferentes intervinientes las que realizan plenamente los
elementos del tipo penalElDerechoPenalalreconocerlacoautoría
estáextrayendolaconsecuencialógicadequeseaposibleladivisiónde
trabajo23Elhecho esimputabledemaneradirecta acadaunodelos
coautoresyaquesusconcretasintervencionesdeconjuntorealizanel
tipopenal
Paralograrunacomprensiónexactadelacoautoríaexpondremoslos
elementos tanto subjetivos como objetivos quea nuestra consideración
debenconcurrirenla mismaaunque primerose debedistinguir entre
coautoríaycoparticipación en la ejecución de diversos papeles
22NASóloseexceptúanloscasosdedelitosplurisujetivosodeparticipación necesaria
23JGunterop. cit,p
SobrelaTeoría de la imputación directavidVTYanop. cit.,pp
LCPD
Enlacoparticipaciónenlaejecucióndediversospapelesunoscoautores
ejecutanelhechoyotrospartícipescooperador necesarioinductororganiza-
dorcómplicecooperanointervienendealgúnmodoensurealización
aEl elemento subjetivoDebeexistirunacuerdo previo:requisito indis-
pensablesinéstenosepodráinvocarelprincipiodeimputación recíproca,
elcualfundamentalacoautoríayaquesilosdiferentesintervinientesen
unhechodelictivono actuarancomopartedeunplanestaríamosante
unsupuesto de autoría accesoria28, que noescoautoría verdadera Este
acuerdo previoeselqueconviertealosintervinientesenpartedeunplan
globalunitariocondivisionesdefuncionesytrabajoÉstepodráser ex-
presoyprecedente otácitoydurante la ejecución del delitoautoría sucesiva
bEl elemento objetivoDebeexistirunaintervenciónenlafase ejecuti-
vaproductodelarealizacióndeunplanquepermitallevaracaboelhe-
chodelictivoycuyaaportaciónenuniónalasotrasconformenuntodo
orgánicoEs precisamenteen virtuddeestasintervencionesen donde
medióunacuerdo previoqueelhechoesimputableencalidaddeautora
todoslosintervinientesprincipio de imputación recíproca
Paradelimitar la fase ejecutivade la fase preparatoriaunode los
elementosesencialesquenospermite diferenciarla coautoríadelapar-
ticipación es necesario observar las mismas reglas que la doctrina y
laprácticajudicialsiguenparadiferenciarlos actos preparatorios de la
tentativa
Debemosadicionarademásque noserequierela realizacióndirecta
cercaníaespacialPuedeuncoautorestaronoenellugardeloshechos
pejeljefedeunabandaquedurantelaejecucióndeldelitodictaórde-
nesporteléfono29Noobstante tieneque existirpor partedelosinter-
vinientescooperaciónenelmomentodeloshechosesdecirdurantela
Vid,GyZop. cit.,p
Tambiénaesteacuerdoqueseexigeparaqueconcurralacoautoríaselahadeno-
minadoPactum scaelerismutuoacuerdoacuerdodevoluntadesacuerdoejecuti-
vodecisióncomúndelhecho
Segúnesteprincipiotodo loquehaga unodeloscoautores esimputableexten-
sibleatodoslosdemásSefundaenlaaceptaciónporpartedetodosdeloqueva
arealizarcadaunodeellosNotienesentidoaplicaresteprincipioaquieninter-
vieneunilateralmentequiendeberáserjuzgadodeformaindependienteautoría
accesoriaVidMPSantiagoop. cit.,ppyss
28Vid QUIRÓSPÍREZ Renén op. cit., pLa coautoría accesoria consiste enla
perpetracióndeunhechodelictivoentrevariaspersonasactuandocadauna de
maneraindependientesinacuerdodevoluntades
29Vid, MReinhartTratado de Derecho PenaltIItrCordobaRodaedAires
Barcelonap
DYVT
fase ejecutivaestonoimplicasimultaneidadtemporalQuedaexcluida
lacoautoríaenlosactospreparatoriossalvoqueestosconstituyangura
autónomaosean penadosElqueintervengaenlapreparaciónde un
delitoynolohagaensufase ejecutivapodráseralosumopartícipe
ElCódigoPenalcubanocomo yahemosacotadoinfranoregulala
coautoríay aunqueen suartículo hacealusión alaconcurrencia de
variosautoresenun hechodelictivosóloesalosefectosdeadecuarla
sanciónEsteelemento comoseñalaelQconstituyeunserioin-
convenienteyaqueparasolucionarlasdesventajasdeunconcepto estric-
to de coautoríalaprácticajudicial asumióun criteriode naturalezaam-
plialallamadacoautoría impropialacualseapoyaenlateoría del acuerdo
previoEnvirtuddelprincipio de legalidadporquépreceptoseguiarían
nuestrosoperadoresjurídicos para resolverloscasos de coautoría con
divisióndeltrabajo
Lacoautoría ennuestraprácticajurídica seharesueltoasumiéndose
laTeoría del acuerdo previoperounavezarribadoalaconclusióndeque
determinadosujetoescoautorelpreceptolegalenquesehaamparado
dichacoautoríaeselestatuido enel incisoadelapartadoenrelación
aldelartículolos que ejecutan el hecho por sí mismosautoríainme-
diataenlamayoríadeloscasosenotraengradoinferiorenelaparta
dochdelapartadoenrelaciónaldelartículolos que cooperan en la
ejecución del hecho delictivo mediante actos sin los cuales no hubiera podido co-
metersecooperadornecesarioComosepuedeapreciarenelcasodela
coautoríapordivisióndetrabajoningunodelosintervinientesejecutael
hechoporsímismoNoseestaráviolandoelprincipiodelegalidad32
Delege ferendaesnecesariodefenderlainclusióndeformaclaradela
regulacióndelacoautoríaennuestroCódigopenalEstoevitaríaerrores
enlaprácticajurídicaviolacionesdelaleyalpretenderllevarpejalque
vigilacomoautorinmediatodeundelitodeRoboconfuerzaenlascosas
Laposibleregulaciónpodríaquedardelasiguientemaneralos que
cometan, en virtud de unidad de voluntades, conjuntamente el hecho
B) Otro de los problemas particularesquepresentala regulación de
lacodelincuencia es loconcernientea la distinciónentrela cooperación
EnelCódigopenalcubanosiguiendo elcriterio reduccionistaadmitelapenalidad
delosactospreparatoriosperolimitadaalosdelitosqueatentancontralaSeguri-
daddelEstadoasícomorespectoaalgunosdelitosprevistosenlaParteEspecial
comosonlosestatuidosenlosartículosyVid,
artículo
31QUIRÓSPÍREZRenénop. cit., tIIp
32NALas diferenciasentre la cooperación necesariay lacoautoría serán expuestas
infraenelCapítulocuarto
LCPD
necesariaylaquenoloesesdecirlacomplicidadParaentenderestepro-
blemaynuestraposturaesnecesarioexponeralgunasideasesenciales
EnelincisochdelapartadodelartículodelCódigopenalcuba-
noaligualquesupredecesorlaleydeseregulalacooperación
necesarialos que cooperan en la ejecución del hecho delictivo mediante actos
sin los cuales no hubiera podido cometerse
Desdeel Códigopenal españolde seincorporóalcontexto ju-
rídiconacionallacooperaciónnecesariaalregularlaenelapartadoter-
cerodelartículodelamanerasiguienteSe consideran autores: Los que
cooperan a la ejecución del hecho por un acto sin el cual no se hubiera efectuado
ElCódigodeDefensaSocialconsiderabaa lacooperación necesaria
comountipo deautoríainmediata alconsignarenelincisoapartado
Alos que cooperan a la ejecución del hecho por actos anteriores o simultáneos
al mismo sin los cuales el delito no hubiera podido ejecutarse
Comose puede apreciar no existen grandes diferencias en lo que
respectaa laregulación concretadeeste tipode participaciónLomás
llamativoy positivoa nuestraconsideración eslaregulacióndeforma
expresadelosmomentosen quela cooperaciónpuede realizarsepara
queseaconsideradacomotalcomoquedórecogidaenel Código de
DefensaSocialEn todas estas legislaciones la pena del cooperador ne-
cesario se ha equiparado a la del autor
Lacooperacióncomplicidadoauxilio llamada así por la doctrina
italianaconsisteenlacontribuciónoayudaecazexante o durante la reali-
zación de un ilícito penalÉstaes accesoriaelcooperadorenunHurtono
sustraeunacosade ajenapertenencia sinoque selimita aprestar una
ayudaenélSupunibilidaddependerádequeelautoroautorescomien-
cenarealizareldelitoalcualelsujetobrindasucooperaciónelhecho se
le imputa de manera indirectaenélnoesnecesarioqueconcurrantodos
loselementosdeltipopenal
Losmediosa utilizar para la cooperación sonilimitadosya partir
deéstosse ha discutido si puede existir la cooperacióndenaturaleza
psíquicamoralointelectualosólolamaterialotécnicafísicaLadoc-
trinamayoritarialaadmite33Z distingueacertadamente dos
33MP Santiago op. cit.,p JW Tratado de Derecho Penal,
Parte Generalaed trOlmedo Cardeneteed ComaresGranada p
RMGonzaloComentarios al Código PenaltedArielBarce-
lona pp Z Eugenio RDerecho Penal, Parte General, 2a
edComercialindustrialynancieraBuenosAirespQUIRÓSPÍREZ
Renénop. cit.,tIIIppyssGZop. cit.,p
ZEugenioRaúlDerechoop. cit.,p
DYVT
formasdecooperación psíquicaael consejo técnicoquiendaindicacio-
nesquefacilitanelhechoybel reforzamiento de la decisión del autor
aquísecontemplaelalientoapersistirlapromesaantesdelacomisión
deldelitodeocultaralautoruobjetosobtenidosproductodeldelitoo
suprimirlashuellasdejadaporelautoroautores
Lacooperaciónpresentadoslímitesgeneralesimportantes
Lacolaboracióndebetenerecaciaoutilidadparaelplandelautoroautores
Siéstaes irrelevante carece depeligrosidadsocial o no es incor-
porada al desarrollo del plan delictivonoposeeningunaeciencia
causalsalvoenloscasosenquehayaservidoparareforzarladeci-
sióncriminalcooperaciónpsíquicanopuedetomarsecomoauxilio
alaejecuciónyseexcluyelaresponsabilidadpenal
La cooperación no puede consistir en un acto ejecutivo típicoTodacolabo-
raciónqueconstituyaunactoejecutivotípicolaqueserealizaduran-
telafaseejecutivadel delitoseconvierteencoautoríaComolosde-
neQOlosactosejecutivosnotípicossonaquellos
quesuponiendounaactividadmaterialdelcooperador nopueden
subsumirseenpartedeloselementosdeuntipopenaldeterminado
Eneseordendecosasencontramosentoncesalacooperaciónnece-
saria El cooperador necesario es aquel sujeto que favorece, contribuye, ayuda,
exante o durante la realización del injusto, siempre que no constituya la ayuda
actos típicos de ejecución o una parte esencial del plan global de realización del
mismo (carácter excepcional), a la realización de un hecho delictivo con un acto
sin el cual no se hubiese perpetrado quod causam dedit delictoEstetipode
participaciónsurgeconlaantiguateoría objetivo material de la necesidado
delacausa necesariaYaFsegúnRdistinguióentreautores
ycómplicesenfuncióndequehubieranaportadounacausaprincipalo
accesoriaincluyendoenelconceptodeautoraldenominadocómplice
principaloprimarioquecontribuíaalhechodespejandolosobstáculos
sinelcualalosdemásleshubieraresultadoimposiblecometereldelito
Conarregloalateoríadelanecesidadelcómpliceprincipalelque
cooperaalaejecucióndeldelitoconunactosinelcualéstenosehubie-
raefectuadoquod causam dedit delictodeberíaser equiparadoalautor
materialdeéstesedistinguía elcómplicesecundarioquod causam non
VidQOGonzalo op. cit.,p
Ídem
RClausAutoría y dominio del hecho en Derecho Penal, aedtrCuelloContre-
rasyGonzález deMurillo edMarcialPons Edicionesjurídicas ysocialesSA
MadridBarcelonap
LCPD
deditqueeracastigadoconunapenainferiorelqueayudayllega
asersocius criminisnodebesercastigado conigual penaCuando su
cooperacióneratalquesinellaeldelitonosehubierarealizadoespre-
cisoreconocerenelauxiliadorunamayorpunibilidadporelcontrario
debeser castigadocon penamenorcuandosucooperación eratal que
independientementedeellaeldelitopodíahaberserealizado38
Asuvezdesdelospropiosorígenesdeestetipodeparticipaciónsele
confundióconlacoautoríaPorelañoBplanteabaqueCóm-
pliceprincipalllamaladoctrinaaaquelcómplicequeaportaunauxilio
sinelcualcomoélsabeeldelitonosepodríaejecutarpuedetratársele
comocoautor39
Nose debe confundiraeste tipo departicipacióncon la coautoría
Ladiferenciaesencialradicaenelmomentodelarealizacióndelaporte
Partiendode la propia denición de lacooperación necesariaéstatiene
quetenerlugarenlafasepreparatoriaosiessimultáneaalaejecución
nopuedeconstituiractosejecutivostípicosounaparteesencialdelplan
globalderealización del mismo de ahí su carácter excepcional sino
daríalugaralacoautoríarespetándoseelprincipiodeespecialidadLos
actosdelcooperadornecesariocoadyuvanenlosejecutivosdetalma-
neraqueresultanimprescindibles
Ademásdeloanteriormenteexpuestoexistenalmenosdossupues-
tosclarosenlosquelacooperaciónconsisteenactosejecutivostípicosy
noseconsideracoautoríasinocooperación necesariaEstossupuestosson
aen el casode los delitosdepropia manoyb en elsupuesto que el
sujetono reúna losrequisitos exigidos poreltipo penalparael sujeto
activosupuestosdeintervencióndelextraneusenlosdelitosespeciales
3.3. Criterios de distinción entre la cooperación necesaria
y la no necesaria
Apartirdelospresupuestosenunciadoselsujetoqueauxiliaalejecu-
tormaterialcumpliendoconlosrequisitosgeneralesdelacooperación
yéstanoesnecesariaseledenominaCómpliceocómplice secundario
Ladelimitaciónentreambasgurasconstituyeelprincipalproblema
teóricoyprácticodeestatemáticayaqueapartirdellogrodeestadife-
38PEnriqueElementos del Derecho PenalaedtrGonzálezdel Castilloed
HijosdelREUSMadridp
39Bcit. pos.,RClaus op. cit.,p
Vid,QUIRÓSPÍREZRenénop. cit.,tIIIpMPSantiagoop. cit.,p
CMJoséCursoop. cit., tIIIpZ EugenioRaúlop. cit.,
p
DYVT
renciacióndependesudistintotratamientopunitivoCoincidimoscon
Qenqueladiferenciacióndebedeterminarseenelplanoobjetivo
delacooperaciónalhechoprincipalyaquelascaracterísticassubjetivas
puedenconsiderarsecomunes
Loscriteriosmásimportantesdediferenciaciónentrelacooperación
necesariaylacomplicidadsehandesarrolladoenlaCienciadelDerecho
penalespañola Ladoctrinade ese paísha oscilado entredoscriterios
fundamentalesunoabstractoyotroconcreto
a) Criterio abstracto
Paradeterminarlanecesariedadnosepuedepartirdeunhechoen
concretosinodelanaturalezadeldelitoencuestiónDeloquesetrata
esdepreguntarse sieldelitoensí pejeldelitode Hurtonohubiese
podidocometersetampocobajootrascircunstanciascolaboraciónpres-
tadamediosempleados
Aestecriterioseleseñalaconrazónquepartiendodelavaloración
delanaturalezadeldelitotodoaporteesinnecesarioyaque casitodo
delitoes concebibledeotro modoOtro de losseñalamientos críticos
queselerealizanvienedadoenlasdicultadesinsuperablesenelorden
probatorioyaque los Tribunales difícilmente podrían demostrar que
ningunaotrapersonahabríapodidorealizarlaconducta
b) Criterio concreto
Para determinar la necesariedad hay que partir como indicador
valorativodelhechoenconcretoquesecometióEsnecesariatodacoo-
peraciónqueconstituyacondicio sine qua nonparalaproducciónde un
resultadoesdecirsiseeliminaelaporteconductaelautoroautores
nohubieranrealizadoelhechocriminalolohubieranhechodeunmodo
diferenteentonceseseaporteesnecesario.
Estadicultaddedistinciónhallevadoaladoctrinaargentinaaproponerdejara
criteriodelTribunalhaciendousodelprudentearbitriojudicialladelimitación
vidZEugenioRaúlop. cit.,p
QUIRÓSPÍREZRenénop. cit.,tIIIp
Vid Q O Gonzalo op. cit., p M P Santiago op. cit.,
pCMJoséop. cit.,tIIIpRM op. cit.,p
QPÍREZRenénop. cit.,tIIIpp
VidenestesentidoAOJoséDerecho Penal, Parte GeneralaedAkal
MadridpRMop. cit.,pQPÍREZRenén
op. cit.,tIIIp
Este es el criterio seguido por la doctrina cubana vid Q PÍREZ Renén
opcit t III pp yss B VERNIER Ulises op. cit., p G
LCPD
Lainmensamayoríadeladoctrinalehaseñaladoalcriterio concreto
quedejavacíalacomplicidadyaquetodoaportealarealizacióndeun
injustoseconvierteennecesario
Partiendodeestacríticavariosautoreshanformuladorecticaciones
alCriterio concretoenarasdeperfeccionarlo A O propuso
valorarlanecesariedadsolamenteenlaproduccióndelresultadoyno
enlasmodalidadesdelaacción
EnnuestrosprediosQesel autorquehadesarrolladoestecri-
teriopartiendodelapremisa sentadaporAOÉste parteen
primerlugarnegandolaposibilidadquebajoelcriterio concretotoda
cooperacióneldelitoseanecesariayaquedeloquesetrataesdeaveri-
guarsienlasconcretascircunstanciashistóricasenqueseencontrabael
autorprincipalenelmomentodeldelitoelhechosehubieseefectuado
también
Ensegundolugarreerequeeljuiciodevalorhayquebasarloenla
realposibilidaddequeel autoren concretotenía enun momentohis-
tóricodeterminadoDeloquesetratasegúnQesdeunjuiciode
realidadllevadoacaboporelTribunalSielautorhubieratenidoque
renunciaralaejecuciónoalmenosaplazarlaenlaesperadeconseguir
unacolaboraciónequivalenteodequeuncambio decircunstanciasno
hicieraprecisalacooperaciónajenaelauxilioesnecesario
Enladoctrinasehanpropuestootrasopinionesconelndesuperar
lasinseguridadesofrecidosporloscriteriosanteriores
c) Criterio de los bienes escasos
EstateoríaideadaporGnotomacomoindicadorvalorati-
voelresultadosinoubicasupuntodereferenciaex anteenlaacciónSi
lacooperaciónconductaaldelitoeradifícildeconseguiruobtenerpor
elautormaterialentoncesesnecesariaSiunauxiliohasidonecesario
ADavidManual de Derecho Penal Generalt IIedImprenta Centralde
lasFAR La Habana p Asu vez es elacogidopor la práctica jurídi-
cacubana vidsentencias dela salade loPenal delTribunal SupremoPopular
no dede diciembrede lano de dediciembre de la
nodedeagostodelanodedejuniode
VidportodosCMJoséop. cit.,tIIIp
AOop. cit.,p
QPÍREZRenénop. cit.,tIIIp
ÍdemEn este punto Q coincideconuna idea planteada muchoantespor
RMensuComentarioop. cit.,ppyss
GOop. cit.,ppyss
DYVT
enabstracto oenconcreto pero fácilmentesustituible entonces habrá
complicidad
Estecriteriopretendiósuperarlasumisióndelproblemadelanece-
sariedadalanálisiscausal
Entrelosprincipalesseñalamientosquelehanrealizadoseencuen-
trana no seajustaa la voluntaddela ley al abandonarel punto de
vistacausal elcuales baseyfundamento delagura delcooperador
necesariocomoseexpusosuprablaimportanciaonecesidaddelacoo-
peraciónnopuededependerúnicamentedequeseadifícildeconseguir
Esdifícildeterminarenvariossupuestoslaescasezonodeunacoope-
raciónyaqueestadependedelmediosocialenquese muevaeldelin-
cuenteentreotrascircunstancias
d) Criterio de la imprescindibilidad
RDformulóuncriteriodedistinciónutilizandocomo
baremodevaloraciónlaimposibilidadoposibilidadderealizacióndela
cooperaciónporotrodeloscopartícipeseneldelitoEsnecesariaaquella
cooperaciónquenopudo prestarsepor otrode loscodelincuentes que
participaroneneldelito
Aunqueestaposición noabandonael criteriocausalle sonaplica-
bleslosmismosseñalamientosqueelCriterio de los bienes escasosParece
injustoademásquelaresponsabilidaddeunapersonadependa delo
quepudierononohaberhechootrosynodeloqueélrealmentehizo
e) Criterio del dominio del hecho
Unsectordeladoctrinaespañolasehainclinadoporresolverelpro-
blemadeladeterminacióndelanecesariedadapelandoalaTeoría del
dominio del hechotomandocomobaselaTeoría de la imputación objetiva.
Deesta formalacooperación seránecesariaex antes aumentaoin-
crementasustancialmenteelriesgoderealizacióndeldelitoporelautor
porseruna colaboraciónquedeserretiradapodríadesbaratar elplan
deldelitoDeestemodolamayorpunibilidaddelcooperadornecesario
vendríadeterminadaporunciertodominiodelhechoinsucientepara
RDJMaASGDerecho Penal Español, Parte General
aedDikinsonMadridpp
CMJoséop. cit.,tIIIp
Vid,QOGonzaloop. cit.,pMCFranciscoyMer-
cedesGAop. cit.,pp
LCPD
delimitarcoautoríaperosucienteparadeterminarsupunicióniguala
ladelautor
Intentarresolver elproblemade la determinacióndela necesarie-
daddela cooperación a través del dominio del hecho como arma
QOnoarrojamuchamásluzniofrecesolucionesmás
útilesque lastradicionalmenteofrecidas porla doctrinaAl nal tene-
mosquedecidirqueexistedominiodelhechoquienaportacondiciónen
abstractoo enconcreto solucionesa lasqueyahabía arribadolas
teoríasantesexpuestas
fCriteriounicador
Otrogrupodeautoresbasan losfundamentos deladiferenciación
enaprovecharlopositivodelasposturasanteriores
ParaMPloscriterios de la abstracción yelconcretotratan dede-
terminarlosaspectosdelhechodelosquedebersercondición la coope-
raciónRespondenalacuestióndePara qué debe ser necesaria la coopera-
ciónElcriterio de los bienes escasosofreceuncriterioparadecidircuándo
lamismadebeconsiderarse condición del hechoRespondealacues-
tióndeQué se entiende por necesidad de la cooperación
Primero y según los autores citados la solución a la problemática
debecombinarestosaspectospositivossedebedistinguirentreelresul-
tadoylasmodalidadesdelaacciónsóloentrelosdelitosderesultado
partiendodequedebeentenderseporelresultadolarealizacióndelos
elementostípicosdentro deltiempoque persistelaresolucióncriminal
originariaeincluirdentrodelasmodalidadesdelaacciónsóloaquellas
circunstanciasejecutivasirrelevantesparalaindividualizacióndeltipo
EjemploAunexistiendootrasarmasquepermitiríanunAsesinato
laaportacióndeunmedioalevosocomoelvenenopuederesultarnece-
sariaparaelsídelasesinoaunqueversesobremodalidadesdelaac-
ciónEncambiolaaportacióndeunarmaquenovariaselacalicación
deasesinatoquedeterminaríantambiénlasdemásarmasutilizablespor
elautornoseríanecesarioparaestedelito
SegundoDebe situarseel puntodemiraex anteporque nuncapo-
dríasaberseconseguridadsiluegoelautorhubierapodidoonocometer
MCFranciscoyMercedesGAop. cit.,pp
QOGonzaloop. cit.,p
Vid,M P Santiago op. cit., pp BRJuan Manual de
Derecho Penal, Parte GeneralaedPPUBarcelonap
DYVT
eldelitosinlacooperaciónLo decisivo será la constatación de que exantes
el autor apreciaría la cooperación como necesaria.
Deloquesetrataesdeemitirunjuiciogeneralperopartiendodela
realizacióndelhecho enconcretoenlacircunstancia ymomentohistó-
ricoenqueocurriócombinandoa partirdelplan delautoruncriterio
concretoyabstracto considerandotantoel resultadocomolasmodali-
dadesdelaacciónperopartiendodelasmodalidadesdelaacciónen
laconstataciónex antedequeelautorapreciaríaestacooperacióncomo
necesaria
g) Criterio de la equiparación punitiva o mayor uso del arbitrio del juez
Comola distinciónentrela cooperaciónnecesaria y lano necesaria
sehaconsideradoporalgunoscomounacuestióninsolublesehave-
nidoplanteandola ideadeequipararlapuniciónentreambos tiposde
participación
CMpartedelaideadequesibienavecespuedeserjustala
aplicaciónalcooperadornecesariodelapenacorrespondientealautor
partiendodelagravedadde sucontribuciónalarealizacióndeun de-
litodesdeelpuntodevistadelinjustoydelaculpabilidadlasolución
técnicamentecorrectaesladeestablecerunaatenuaciónmeramentefa-
cultativadelapenaparaloscómplicescomosucedeenelCódigoPenal
suizoartDeestemodoseríaelTribunalquiendecidiríalarebajao
nodelapenaConsideramosqueelproblema aunasíquedaríalatente
Bajoquecriterioseltribunalrebajaríalapenaalcómplice
ParaQOla soluciónestaría enlaexibilización de
lospreceptosincriminadores delaparticipaciónconcediendocon ello
unmayorarbitriojudicialaljuez
3.4. Toma de postura
Pormásquehemosestudiadocadaunadelasposicionesenunciadas
supraresultadifícil aliarnos a alguna de ellas yesqueel problema
radicaenlapropiaconcepcióndeestetipodeparticipaciónesdeciren
sugénesis
MPSantiago op. cit.,pp
VidCMJoséop. cit.,tIIIpMCFranciscoyMercedes
GAop. cit.,p
CMJoséop. cittIIIp
QOGonzaloop. cit.,p
LCPD
Ladistinción entre cooperación necesariacomplicidadprimaria y
cooperaciónnonecesariacomplicidadsecundariasurgecomoseaco-
tódelateoríaobjetivomaterialdelanecesidadlacualbasabaladife-
renciaciónentreautores ypartícipesenelorden causalmecanicistaEs
enestepropiopuntoendonderadicóelfracasodeestaconcepciónante
laimposibilidadcientícamentedemostradadedistinciónalmenosen
elplanojurídicoentrecausaycondición
Deloanteriorsecoligequeresulteenextremodifícilestablecerindi-
cadoresqueeliminenlomásposiblelasubjetividadenlavaloraciónpor
partedeloperadorjurídicoalahoradedeterminarsiuncasodecoope-
raciónesnecesariao noy estotraiga consigoun riesgoderelatividad
incoherenciaeinjusticiaenlasdecisionesjudiciales
Consideramosdelege ferenda lanecesidaddeeliminarcomotipode
participación la cooperación necesaria y resolver todos los casos de
cooperaciónoauxilioaundelitocomocomplicidaddelamismaforma
queesrealizadoenotraslegislaciones
4. Conclusiones
Hastaaquíhemos expuestolasproblemáticasmásimportantesque
consideramostienenincidenciaenelordenpráctico inmediato Otros
elementos han sido abordados en obras anteriores No obstante la
Ley fueresultadode insignesjuristasque ensu época trataronde
ofrecerunalegislaciónmodernayatemperadaalasgarantíasesenciales
deunestadodederecho
Eltiempoyeldesarrollocientícoimponensurevisióndecaraasu
actualizaciónyperfeccionamientoyestatereaservirácomojustohome-
najeaaquellosjuristasdentrode losqueseencontrabanlosprofesores
RenénQPyUlisesBVqueconsutalentoysa-
pienciaenamoraronanopocosestudiantesen eldiscursopoéticoque
aldecirdeCarneluieselDerechopenal
Laidea de suprimir el cooperador necesariode la legislación penal sustantiva
cubanafueexpresadapor vezprimeraporQ PÍREZRenénensuManual
op. cit.,tIIIp
Vid,elCódigopenalalemán